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PROCESOS LEGISLATIVOS
Fecha de publicación: 05/11/2003
Categoría: DECRETO

Registro 1 de 6
EXPOSICION DE MOTIVOS

CAMARA DE ORIGEN: DIPUTADOS
EXPOSICION DE MOTIVOS
México, D.F., a 10 de Abril de 2001
INICIATIVA DE DIPUTADA (GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI)


DE REFORMAS A LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y AL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, PRESENTADA POR LA DIPUTADA JOSEFINA HINOJOSA HERRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, EN LA SESION DEL MARTES 10 DE ABRIL DE 2001

Con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la suscrita Diputada Federal del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, someto a la consideración de esta Honorable Cámara de Diputados la presente Iniciativa de Decreto que reforma diversos artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El 24 de diciembre el 1998, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto me


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Registro 2 de 6
DICTAMEN/ORIGEN

DICTAMEN
México, D.F., a 28 de Abril de 2003


DE LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión Justicia y Derechos Humanos de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión fue turnada para su discusión y resolución constitucional, la iniciativa de Reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y al Código Federal de Procedimientos Penales presentada por la Diputada Josefina Hinojosa Herrera del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Esta Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con fundamento en lo establecido por los artículos 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con las facultades que le otorgan los artículos 39, numeral 1, fracción XVIII, artículo 45, párrafo 6, incisos f) y g), y demás relativos de la Ley Orgánica de


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Registro 3 de 6
DISCUSION/ORIGEN

DISCUSION
México, D.F., a 29 de Abril de 2003


El siguiente punto del orden del día, es la discusión del dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

LA SECRETARIA DIP. MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, ciudadano Presidente.

EL PRESIDENTE: Se dispensa la lectura.

Tiene la palabra, por la Comisión, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamen


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Registro 4 de 6
MINUTA

CAMARA REVISORA: SENADORES
MINUTA
México, D.F., a 29 de Abril de 2003.


MESA DIRECTIVA
LVIII LEGISLATURA
OFICIO No.: D.G.P.L. 58-II-4-1630


Secretarios de la
H. Cámara de Senadores,
Xicotencatl No. 9
C i u d a d .

Tenemos el honor de remitir a ustedes para sus efectos constitucionales, el expediente con la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 83 y 83 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, aprobado en esta fecha por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

México, D.F., a 29 de abril de 2003.

RODOLFO DORADOR PEREZ GAVILAN
Diputado Secretario

MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNANDEZ
Diputada Secretaria


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Registro 5 de 6
DICTAMEN/REVISORA

DICTAMEN
México, D.F., a 11 de Septiembre de 2003


De las Comisiones Unidas de Justicia; de Defensa nacional; y de Estudios Legislativos, Primera, el que contiene proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 83 y 83 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

Quedó de primera lectura

COMISIONES UNIDAS DE JUSTICIA; DE DEFENSA NACIONAL; Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS PRIMERA.

Cámara de Senadores

LIX Legislatura

El 30 de abril de 2003 se turnó para dictamen a las Comisiones Unidas de Justicia; de Defensa Nacional; y de Estudios Legislativos Primera, la Minuta con proyecto de Decreto por el que se reforman los Artículos 83 y 83 Ter, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 85, 86, 88, 89, 90 Fracciones VII XIV y XIX de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 65, 85, 87, 88, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, corresponde a es


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Registro 6 de 6
DISCUSION/REVISORA

DISCUSION
México, D.F., a 30 de Septiembre de 2003


- Continuamos con la segunda lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia; de Defensa Nacional y de Estudios Legislativos, Primera, con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 83 y 83 Ter de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

- En razón a que el dictamen se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria de este día, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.

-EL C. SECRETARIO MELGOZA RADILLO: Se consulta, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.

- Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente.)

- Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente.)

- Sí se omite la lectura, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si autoriza a que la discusión del dictamen se realice en lo general


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