Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 05/11/2003
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
DISCUSION
México, D.F., a 29 de Abril de 2003


El siguiente punto del orden del día, es la discusión del dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen.

LA SECRETARIA DIP. MARIA DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea si se le dispensa la lectura al dictamen, en virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo

(Votación)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo

(Votación)

Mayoría por la afirmativa, ciudadano Presidente.

EL PRESIDENTE: Se dispensa la lectura.

Tiene la palabra, por la Comisión, para fundamentar el dictamen en términos del artículo 108 del Reglamento Interior, hasta por diez minutos, el diputado don Roberto Zavala Echavarria.

EL DIP. ROBERO ZAVALA ECHAVARRIA: Compañeras y compañeros diputados:

Con la representación de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de esta Honorable Cámara, vengo a esta tribuna para solicitar de ustedes la aprobación de un proyecto de modificaciones a la ley vigente de Armas de Fuegos y Explosivos.

Hay cuatro razones muy importantes por la cuales la Comisión aprobó y decidió someter a esta soberanía modificaciones a los artículos 83 y 83 Ter de la ley mencionada.

La primera de estas consideraciones o razones o motivos, es que no tuvimos oportunidad de expedir una nueva Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivo, a pesar del trabajo que realizó la Comisión de Defensa y la Subcomisión designada para el efecto y que analizó de fondo todas las circunstancias que habían en torno a las cuestiones anacrónicas de la ley, a la inclusión de la pirotécnica, a la determinación de facultades para la Secretaría de la Defensa y para la Secretaría de Economía en tratándose de sustancias de uso industrial, pero que también sirven para producir explosivos.

Yo quiero y debo formular un reconocimiento al diputado y General Alvaro Vallarta por el trabajo que desarrolló durante dos años de intenso trabajo, para hacer esta ley que por causas ajenas a su voluntad, no pudimos aprobarla por esta soberanía.

La segunda de las razones, es que a primera vista pareciera que las modificaciones a esta ley son contradicciones o están en contrapelo con el clima de inseguridad que vive el país.

Muchos abogados y no abogados del país y del extranjero, tienen la opinión de que el incremento de las penalidades no necesariamente implica una disminución en los índices delictivos; pero hay otro grupo numeroso al cual en lo personal formo parte, que considera que el incremento en las penas son una respuesta a la demanda de la sociedad para abatir y sancionar a los delincuentes.

Visto esto y dado que la naturaleza, casualmente de este proyecto de ley es disminuir las sanciones para la aportación y posesión de armas de fuego, pareciera también contradictorio que señalemos esta segunda razón.

Sin embargo yo quisiera explicar a esta soberanía, que esa disminución a las sanciones sólo implica disminuir el mínimo para abrir la discrecionalidad del juez a efecto de que éste pueda, en el momento de juzgar un caso concreto, establecer la sanción adecuada a la peligrosidad del delincuente y a la peligrosidad del arma que porte.

La tercera razón son las numerosas recomendaciones de diversos organismos de derechos humanos, que han hecho llegar a las Procuradurías y a diversas dependencias del gobierno federal como la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad Pública, solicitando en palabras de los propios organismos, que reciben los casos en que se han visto involucrados padres de familia, campesinos, comerciantes y personas sin antecedentes penales, que ponen en cuestión la certeza jurídica que la ley debe garantizar a los ciudadanos, máximo que en su aplicación cientos de personas involucradas en estos ilícitos por circunstancias a pretender causar daños a terceros han sido privadas de su libertad corporal, por poseer o portar una arma contemplada en los artículos arriba citados, el 83 y el 83 ter.

Pero el argumento más importante, es el que trata del aspecto social, han venido a este honorable recinto, han acudido con muchos diputados de todas las fracciones parlamentarias, grupos numerosos de familiares, de personas que están en proceso o ya han sido sentenciadas por poseer o portar armas de fuego, en la mayor parte de los casos son delincuentes de primera ocasión, es decir, aquellos que han delinquido por primera vez o son gentes de escaso entendimiento o de escaso nivel, que sin ánimo de ofender a terceros poseían o portaban arma, de estos casos hay miles en el país.

Es la razón principal por la que se motivó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos con la aprobación de la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública para que aprobáramos el dictamen que hoy se somete a su consideración.

En este sentido, yo quiero decirles a ustedes o más bien tratar de explicarles, que las reformas consisten en lo siguiente: la ley vigente establece en su artículo 83 fracción II una sanción de 5 a 10 años de prisión y de 50 a 200 días de multa, cuando se trate de armas comprendidas en los incisos a) y b) del Artículo 11 de esta ley.

El Artículo 11 dice lo siguiente: Inciso a) Revólveres calibre 357 Magnum y los superiores a la 38 especial, y el b) dice: pistolas calibre 9 mm. Parabellum, Luger y similares, las 38 superior y comando y las de calibre superiores.

Y la única modificación que le estamos haciendo al artículo que les comento, es reducir la pena mínima a 3 años, en lugar de ser de 5 a 10, estamos proponiendo que sea de 3 a 5, a mi juicio nos quedamos corto, pero ese fue el acuerdo de la Comisión.

Luego se propone también la modificación del Artículo 3º., con prisión, dice la ley vigente, de 10 a 15 años y de 100 a 500 días de multa cuando se trate de cualesquiera de las otras armas comprendidas en el mencionado Artículo 11.

En esta Comisión estamos proponiendo que en lugar de 10 sean 4 el mínimo y 15, es decir, igual el máximo.

El Artículo 83 ter también son por las mismas causas, pero esto es solamente poseer, en lugar de ser de 2 a 7 estamos proponiendo que sea de 1 a 7; y en lugar de ser de 4 a 12 años y de 50 a 200 días de multa, que sea de 4 a 12 años. Esto tiene muchos defectos para que muchas personas privadas de su libertad alcancen, una vez sentenciados, la libertad condicional.

Indiscutiblemente que estas reformas beneficiará a muchos que están en la cárcel, pero de ninguna manera procederá para liberar a delincuentes. Estamos hablando de una situación que tiene un alto contenido social y jurídico, pero también estamos conscientes de que no abrimos la puerta para que salgan de la cárcel delincuentes ya probados su tal calidad.

Por eso le pido a esta soberanía, con todo respeto, que aprueben la iniciativa y que seguramente será de mucho beneficio para cantidad de familias mexicanas.

Muchas gracias por su atención.

EL C. PRESIDENTE.- Gracias, señor diputado Roberto Zavala Echavarría.

Está a discusión en lo general y en lo particular.

Diputado Martí Batres; sonido en la curul del diputado Martí Batres, por favor.

EL C. DIPUTADO MARTI BATRES GUADARRAMA, (desde su curul).- Sólo para preguntarle sobre los posicionamientos de los grupos parlamentarios.

EL C. PRESIDENTE.- Es en el capítulo de discusión en lo general. Se estaba viendo si alguien más solicitaba el uso de la palabra; de no ser así, se han inscrito el diputado David Augusto Sotelo Rosas, el diputado Néstor Villarreal Castro y la diputada Josefina Hinojosa Herrera, para fijar la posición de sus grupos parlamentarios.

Tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, el señor diputado David Augusto Sotelo Rosas del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

EL C. DIPUTADO DAVID AUGUSTO SOTELO ROSAS.- Muchas gracias, ciudadano Presidente.

Estimados compañeros y compañeras legisladores:

La fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática votará en contra de este dictamen, porque consideramos no solamente delicado el presente asunto a discusión, un tema por demás controvertido y controversial, pero que nos ha indicado en la historia reciente que este tipo de medidas con una intención que no dudamos ni por un momento de su nobleza, ha generado por ejemplo en el Distrito Federal el aumento de la delincuencia.

Mi partido comparte los criterios de que seguramente y así ha sido a lo largo de las intervenciones en tribuna del ejercicio de esta Legislatura, de que hay en la cárcel muchos inocentes injustamente aprehendidos, injustamente detenidos y purgando condenas que bien hubiesen podido evitarse si hubiesen tenido los recursos económicos que muchos individuos, sorprendidos en flagrancia pero con recursos económicos, han podido evadir.

Sin embargo creemos que es necesario acotar y perfeccionar esta medida para que no vayamos, en aras de liberar a gente inocente, a liberar a mucho más criminales que nos hagan ver en las estadísticas sociales el aumento de la criminalidad.

Recientemente en Acapulco, el pasado fin de semana, un comandante de la Policía Judicial del Estado fue acribillado de dos balazos en la cabeza por un individuo que se le acercó en un semáforo llevando una cubeta, disfrazado de pescador, llevando una cubeta de camarones y de donde extrajo una pistola y que a bocajarro, a menos de 40 centímetros, le disparó dos balazos en la cabeza. ¿Qué hubiese pasado si lo hubiesen detenido antes por la portación de una pistola calibre 22? hubiese alegado que su condición humilde, que en su pueblos, que su cultura, que las palomas, etc. compañeros.

Pero no fue así, cometió el homicidio. Muchos de ellos se encuentran actualmente detenidos y purgando una condena. Muchos también injustamente, campesinos sobre todo, en la sierra de Guerrero por portar su salón, su 22, han sido aprendidos y no han tenido el dinero para cohechar, para sobornar al agente judicial o al soldado, para no ser detenido. Es injusto sí, lo sabemos.

Pero tengamos cuidado; tengamos el prurito de pensar que en aras de una medida noble no vayamos a hacer que por nuestra causa se incremente la violencia, el armamentismo, la sangre en las calles, en las ciudades, en los pueblos de nuestro país.

Ojalá pudiésemos tener un periodo extraordinario para que practiquemos una reforma que nos permita acotar precisamente a estos individuos injustamente detenidos o que por su pobreza o por su cultura están purgando una condena.

En ese sentido mi partido reitero, se pronunciará en contra, votará en contra de este dictamen.

Muchas gracias.

-PRESIDENTE: Gracias señor diputado David Sotelo.

tiene el uso de la palabra hasta por 5 minutos, para fijar la posición de su grupo parlamentario el diputado Néstor Villarreal Castro, del grupo parlamentario del partido Acción Nacional.

-DIP. NESTOR VILLARREAL CASTRO: Gracias señor presidente.

Estar aquí en esta tribuna es con el objetivo de apoyar el dictamen que se discute y pretendemos apoyarlo porque nuestro sistema jurídico ha ido creando una serie de injusticias que sería oportuno razonar aquí con ustedes.

Recordar que los centros penitenciarios se han convertido en verdaderos centros de aprendizaje de delincuentes. Recordar que el delito de portación de armas es un delito de fácil prueba y que con esto ha sido usado como instrumento de represión.

El castigo para quien porta un arma según la iniciativa, permanecerá en los mismos términos y seguirá siendo severo. Es posible que una persona sea privada de su libertad hasta 15 años de su vida, sólo por portar un arma de fuego, independientemente de cualquier otro delito que cometa con motivo de las armas de fuego.

La iniciativa pretende dar facultades a los jueces federales para que determinen cuáles el de ser privados de su libertad por un tiempo considerable o tener la opción de considerar que siendo la primera ocasión en que son detenidos y ser una persona de poco peligro y que efectivamente después de recibir un castigo pueda tener la alternativa de recibir el beneficio de una condena condicional.

No se intenta con esta iniciativa disminuir la fuerza del castigo a los portadores de armas, sino de corregir desvíos de justicias que sólo traen consigo que un ciudadano, con un modo honesto de vivir, y que es por primera ocasión acusado de un delito y que nunca ha cometido un delito intencional, es decir, que un ciudadano común y corriente tenga los beneficios que jurídicamente le pueda dar la ley por haber cometido el error de portar un arma ilegalmente.

Sería de mayor trascendencia y beneficio social, según lo establece esta iniciativa, que las penas previstas en el artículo 83 de la mencionada legislación se modificaran a un límite inferior de 3 a 4 años de prisión y los máximos permanecieran en la misma penalidad.

Lo anterior a fin de que todos aquellos sentenciados que demostraron un modo honesto de vivir y pudieran tener acceso a los beneficios previstos en el artículo 70, fracción I y 90 fracción I, ambos del Código Penal Federal, dado que la práctica judicial nos ha demostrado que muchas personas permanecen recluidas, con sentencias con sentencias de penas mínimas de 5 a 10 años por delito de portación de armas de uso exclusivo del Ejército, Armada o fuerzas armadas, contemplados en las fracciones II y III del artículo 83, siendo que incurrieron en el delito sin demostrarse que la portación del arma estuviera encaminada a cometer algún otro ilícito.

Estas aseveraciones nos traen a recordar que de todas las injusticias, si pudiéramos calificarlas así, la más odiosa, la menos soportable es la que se comete con formas judiciales, a nombre de la justicia, por los mismos magistrados que deberían de administrarla.

Esta reforma corregiría muchas de las probables injusticias que se estén cometiendo por nuestro sistema judicial. Gracias.

EL C. PRESIDENTE: Gracias, señor diputado Néstor Villarreal Castro.

Tiene el uso de la palabra la diputada Josefina Hinojosa Herrera, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, hasta por 5 minutos, para fijar la posición de su grupo.

LA C. DIPUTADA JOSEFINA HINOJOSA HERRERA: Con permiso, señor presidente. Quiero empezar, compañeros legisladores, por relatar algunos casos que son los que nos interesan, que son a los que están dirigidas estas reformas.

El velador al que su empresa le dio un arma y en el cumplimiento de sus funciones llegaron los judiciales y lo agarraron y él argumentó que se la había dado su empresa, pero no hubo ni fianza ni recurso suficiente para que alcanzara él la libertad y él está hoy todavía preso.

Como él hay muchos cientos de veladores que en esa situación se encuentran, que cometieron un delito, que lo hicieron de manera involuntaria, que fue un error y que la ley, por considerarlo con una pena muy alta, que son 5 años, aún permanece en la cárcel.

A cientos de campesinos que por hábito cultural, porque así son, porque así se da en las comunidades y principalmente en la zona norte del país, porque hay el hábito, está la costumbre, está la cultura, de poseer un arma, de portarla, de transportarla, de llevarla de su casa a su labor y que los propios judiciales o que los propios miembros del Ejército o que traficantes les venden el arma y ellos la compran sin saber el delito que están cometiendo. Y que ellos mismos después para cobrar la fianza o para cobrar la multa o para sobornarlos, para decirles que no van a ir a la cárcel, ellos mismos los denuncian y les dicen que los van a llevar a la cárcel si no les dan la multa o les recogen el arma.

A esos cientos de campesinos, labradores, empresarios, comerciantes, a esos que les han recogido el arma y les han cobrado la multa, a esos, compañeros, y que sin ninguna posibilidad de argumentación simplemente que no son delincuentes, que por error, por omisión o por descuido o por la seguridad de ellos y sus familias, a ellos, compañeros, está dirigida esta reforma.

Hace dos años presenté esta iniciativa y hoy estamos a punto de aprobar estas reformas nada más para una cosa, compañeros legisladores: para que el juez a la luz de la comisión del delito y del delincuente juzgue y amplíe su discrecionalidad. No es para liberar a delincuentes, que no se confunda esta reforma, nosotros no estamos apoyando una reforma para liberar a delincuentes ni esta reforma está dirigida a liberar a Arellano Félix, ¿eh?, en ningún sentido y bajo ningún motivo. Estas reformas son escandalosas y hasta fuera de lugar si nos atenemos, compañeros legisladores, a argumentar únicamente o a juzgar por los criterios que nos están dando los funcionarios públicos.

Quienes apoyan el aumento de las penas es porque han demostrado su incompetencia para acabar con los delincuentes, porque a cuatro años de haberse aprobado la reforma de aumento de las penas en este específico caso la delincuencia no se ha reducido, los altos índices de comisión de delitos no se han reducido, no se han reducido, tampoco el tráfico de armas; por el contrario, compañeros legisladores, se ha aumentado y las penas vigentes son altas pero eso no influye, no es una estadística directa o no es proporcionalmente directo el aumento de las penas, por el contrario es el aumento de la comisión de los delitos.

Hoy están casi 10 mil mexicanos en la cárcel procesados o huyendo porque portaron o poseían un arma, no para cometer un delito pues la gran mayoría, como les he argumentado, de quien ha sido procesado o sentenciado por portación o por posesión no tienen antecedentes penales, no cometieron ni iban a cometer otro delito. Ya demostraron ante el juez tener un modo honesto de vida, pero estas altas penalidades han sujetado la autoridad jurisdiccional a no llevar la sanción a la luz de otros criterios. Que el propio Código, como ya mencionaba el compañero Néstor, prevé.

En 1998 se argumentó que la nueva Ley de Armas combatiría el pistolerismo, argumentos que hoy estamos también escuchando. Y en el transcurso de los últimos años el sistema jurídico mexicano se ha inclinado por instaurar las penas máximas, pero eso no ha resultado en beneficio ni de que se sigan no cometiendo los delitos ni que no sigan portando armas; por el contrario, ha perjudicado a cientos de personas.

Lo que yo les puedo decir, compañeros legisladores, que el norte del país, que el sur del país, no es el Distrito Federal. En el norte del país y en el sur del país y en la mayoría de las entidades federativas las gentes no portan armas o no poseen armas para cometer otros delitos; lo hacen por costumbre, por hábito, por su seguridad y la de su familia. Pero no son delincuentes.

Por eso, compañeros, simplemente estamos ampliando el criterio del juez para que a la luz de la comisión del delito y del delincuente juzgue con otro criterio.

Es cuanto. Muchas gracias.

(Aplausos)

- EL C. PRESIDENTE DIPUTADO ARMANDO SALINAS TORRE: Gracias compañera diputada Josefina Hinojosa.

Ruego a la diputada Secretaria consultar a la asamblea para que en votación económica manifieste si el proyecto de decreto se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

- LA C. SECRETARIA DIPUTADA ADELA CEREZO BAUTISTA: En votación económica se pregunta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto en lo general y en lo particular el artículo único del proyecto de decreto.

Los ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

Los ciudadanos diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo.

(VOTACIÓN)

Mayoría por la afirmativa, ciudadano Presidente.

-PRESIDENTE, DIP. JAIME VAZQUEZ CASTILLO: Suficientemente discutido.

En consecuencia, diputada Secretaria, le ruego ordenar que se abra el sistema electrónico de votación ...

-DIP. AMADOR RODRÍGUEZ LOZANO (desde la curul): Vamos a reservar los transitorios para hacer una propuesta a nombre de todas las fracciones parlamentarias.

-PRESIDENTE: Perdón diputado, pasó la oportunidad para la reserva de los transitorios.

-DIP. AMADOR RODRÍGUEZ LOZANO (desde la curul): Usted preguntó si estaba suficientemente discutido, pero no dijo si se reservaba algún artículo o no.

-PRESIDENTE: Fue puesto a discusión en lo general y en lo particular. Se trata de un solo artículo, de un artículo único del Proyecto de Decreto, señor diputado. Si usted ve la Gaceta Parlamentaria, en la página 18 verá usted que se trata de artículo único y usted conoce el procedimiento cuando se trata de un artículo único del Proyecto de Decreto.

Le ruego que le pongan sonido al diputado Amador Rodríguez Lozano en alguna de las curules cercanas a donde se encuentra.

-SECRETARIA, DIP. MA. DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: Sonido en la curul del diputado Del Río Virgen.

-DIP. AMADOR RODRÍGUEZ LOZANO (desde la curul): Gracias. Señor Presidente, se tenía preparado un artículo transitorio tercero, en donde se obtenían ventajas muy positivas para todas las personas que puedan ser beneficiadas con el cambio de esta ley.

Lo que sucede es que normalmente lo primero que se pasa son los posicionamientos de los partidos políticos y con posterioridad se abre la discusión en lo general y en lo particular y entonces es cuando se presenta la discusión. En esta ocasión yo no me fijé que el trámite haya sido cambiado.

-PRESIDENTE: Sí, en su oportunidad fue abierta la discusión en lo general y en lo particular. El señor diputado Martí Batres inclusive me consultó sobre la fijación de posiciones, porque quise ver si algún otro señor diputado hacía alguna expresión para poder participar. Lamentablemente diputado usted es un hombre muy experimentado y entiende que en el proceso legislativo tratándose de un artículo único tiene que someterse a votación en lo general y en lo particular y desde luego la discusión fue en ese sentido.

Creo que no se atendió oportunamente la apertura del trámite a discusión.

Diputado Amador Rodríguez Lozano. Sonido en la curul en que se encuentra.

-DIP. AMADOR RODRÍGUEZ LOZANO (desde la curul): Sí Presidente, lo que pasa que cuando el diputado Martí le preguntó por el posicionamiento, se ha acostumbrado siempre y ese es el trámite que se le ha dado a todos, es que hay un posicionamiento de todos los partidos políticos para justificar su voto y luego viene el debate y en ese es el momento en que se inscriben los oradores en pro o en contra.

-PRESIDENTE: Declaré abierta la discusión en lo general y en lo particular, esperé unos instantes y luego fui consultado por el diputado Batres. Diputado, se le fue el momento procesal oportuno para hacer la solicitud. Estamos en el trámite ya de la votación, porque la asamblea acordó que está suficientemente discutido el artículo único.

Le ruego a la diputada Secretaria ordenar la apertura del tablero electrónico por diez minutos, para proceder a la votación del artículo único del Proyecto de Decreto en lo general y en lo particular. Diez minutos.

-SECRETARIA, DIP. MA. DE LAS NIEVES GARCIA FERNÁNDEZ: Se pide se hagan los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

Ábrase el sistema electrónico por diez minutos, para proceder a la votación del artículo único del Proyecto de Decreto.

(VOTACIÓN NOMINAL)

Se emitieron 359 votos a favor, 39 votos en contra y 14 abstenciones.

-PRESIDENTE, DIP. ARMANDO SALINAS TORRE: Aprobado el Proyecto de Decreto por 359 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

 




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