Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 06/06/2012
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
DIPUTADOS
DISCUSIÓN
México, D.F. martes 10 de abril de 2012.
Versión Estenográfica


El Presidente diputado Guadalupe Acosta Naranjo: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado José Luis Ovando Patrón, para fundamentar el dictamen de conformidad con el artículo 104, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados.

El diputado José Luis Ovando Patrón: Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores, la seguridad pública y privada son dos expresiones que se refieren a una misma actividad, que forma parte del sistema de seguridad pública, llevada a cabo mediante la colaboración entre instituciones públicas y empresas privadas, misma que no produce la delegación de la titularidad y ejercicio de la gestión de un servicio al ámbito privado, sino que se trata de un mecanismo de colaboración en el que las empresas de seguridad privada coadyuvan con el Estado, sin subsumirse en sus funciones.

La actual redacción del artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, distribuye competencias determinando los casos en que será competencia de la autoridad administrativa federal el otorgamiento de dicha autorización y los casos en los que será competencia de la autoridad administrativa local, el otorgamiento de ésta para los mismos efectos.

La Ley Federal de Seguridad Privada establece una serie de requisitos necesarios y suficientes, para poder otorgar la autorización a la que refiere el artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, sin dejar de considerar y enfatizar la necesidad de que las autoridades locales deberán, a su vez, otorgar la autorización a la que hace referencia el citado artículo, cuando la prestación de servicios de seguridad privada los preste una empresa en dos o más entidades federativas.

Sin embargo, los diputados que integramos la Comisión de Seguridad Pública analizamos de manera detallada las legislaciones estatales que se encuentran vigentes en materia de seguridad privada, encontrando que en la actualidad existen, además de los requisitos que establece la Ley Federal de Seguridad Privada, un sinnúmero de requisitos que exigen las entidades federativas, el Distrito Federal y en algunas ocasiones hasta los municipios, para poder otorgar la autorización que requieren las citadas empresas y estar en posibilidad de prestar el servicio.

Dicho análisis arrojó, que de la totalidad de los requisitos que solicitan las entidades federativas, el Distrito Federal y algunos municipios, además de los ya establecidos en la ley en comento, es de 144 requisitos adicionales, siendo estos diferentes en cada una de las entidades federativas, Distrito Federal y municipios.

Esto es, no existe una homologación en cuanto a lo solicitado, lo cual impide su cabal cumplimiento, restando eficiencia en la prestación de los servicios de seguridad privada.

Es menester hacer notar que uno de los requisitos que exigen algunas entidades federativas es que los prestadores de servicios deberán ser personas físicas de nacionalidad mexicana, con cláusula de exclusión de extranjeros, por lo que al establecer como obligatoria, vulnerando el sistema de distribución de competencias que establece nuestra Carta Magna, al imponer restricciones a la inversión extranjera en la prestación de servicios de seguridad privada, siendo ésta una facultad exclusiva de este Congreso de la Unión, cuya regulación se encuentra ya debidamente establecida en la Ley de Inversión Extranjera, la cual establece, en su artículo 6, de manera limitativa, aquellas actividades económicas cuyo ejercicio está reservado exclusivamente a mexicanos o sociedades mexicanas con cláusula de exclusión.

No se advierte disposición alguna que limite o restrinja la prestación de servicios de seguridad privada como actividad económica reservada de manera exclusiva a ciudadanos mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión a extranjeros.

En consecuencia, resulta evidente que al establecer esta disposición en la regulación estatal de dichas actividades, invaden la facultad exclusiva de la federación para legislar en la materia.

Así, como lo mencionábamos, la multiplicidad de requisitos diferentes que solicitan para que las empresas de seguridad privada presten sus servicios en dos o más entidades federativas o en algunos municipios, genera este tipo de inconsistencias que dan como resultado la imposibilidad de cumplir con lo requerido por las autoridades estatales y/o municipales, por no haber homogeneidad en las disposiciones establecidas en las leyes locales en la materia.

Por estas razones, resulta necesario homologar los requisitos a la legislación federal, haciéndolos, para ello, más controlables, evitando de esta manera la discrecionalidad y con ello poner fin al abuso y a la corrupción.

Asimismo, se impide la invasión de competencias entre los órdenes de gobierno y para los ciudadanos les proporciona una mayor certeza jurídica al momento de contratar el servicio, permitiendo así garantizar que los servicios de seguridad privada se realicen en las mejores condiciones de eficiencia y certeza jurídica.

Con esto que estamos pidiéndoles que aprueben este día, con la homologación de estos requisitos, existirá entonces una verdadera regulación armónica entre las disposiciones federales, las estatales, la del Distrito Federal convergiendo y concurriendo la facultad legislativa en materia de seguridad privada. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Muchas gracias. Para expresar la posición del Partido de la Revolución Democrática tiene la palabra, hasta por cinco minutos, el diputado Arturo Santana Alfaro.

El diputado Arturo Santana Alfaro: Gracias, diputado presidente. Compañeros y compañeras legisladoras, el Partido de la Revolución Democrática se ha pronunciado sistemáticamente por coadyuvar en el combate contra la delincuencia organizada en nuestro país.

Incluso, aprobando los presupuestos más altos de la historia de este país a la Secretaría de Seguridad Pública Federal, a cargo de Genaro García Luna.

Hoy discutimos una reforma al artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que otorga una herramienta más al gobierno federal, y en particular, al Sistema de Seguridad Pública Nacional en nuestro país. En particular, estamos hablando de lo que es la competencia de la seguridad privada en México.

Nos parece a nosotros importante que hoy aprobemos esta reforma con las salvedades que hemos expuesto los diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Pública, en particular los diputados de la Comisión de Seguridad Pública del Partido de la Revolución democrática, en cuanto a la homologación de los requisitos para ejercer la actividad de seguridad privada en toda la república mexicana.

Creemos que es importante hacer un aparejamiento de la legislación de todos los estados de la república, porque -como bien lo ha comentado aquí con antelación el presidente de la Comisión de Seguridad Pública- existe una diversidad de requisitos en cada una de las entidades de la república mexicana, y eso complica este trabajo en materia de combate contra la delincuencia.

Se habla también, en la exposición de motivos, de la constitución de una verdadera base de datos que regule la actividad de las empresas en materia de seguridad pública. Es aquí donde nosotros, los diputados del Partido de la Revolución Democrática, hemos hecho diversos extrañamientos.

Existe una base de datos -que es un proyecto no de hoy, sino de tiempo atrás, que se supone que ya estaba constituido- que se denomina Plataforma México, el cual desde mi particular punto de vista y desde mi perspectiva no ha cumplido con sus objetivos porque todavía al día de hoy seguimos fundamentando en estos dictámenes la necesidad de llevar un control, llevar un registro verdadero de todas estas empresas en materia de seguridad privada.

Sin embargo -y en atención a que el problema de la delincuencia organizada en nuestro país es un problema que rebasa colores, que rebasa partidos políticos- votaremos a favor, a poyando esta iniciativa de reformas. Incluso recordar que aquí nosotros hemos manifestado nuestra disposición para aprobar los presupuestos más altos de la historia de nuestro país, las reformas que nos han requerido con antelación desde el Ejecutivo federal, y hoy no va a ser la excepción.

Solamente hacemos un llamado, hay que cuidar de manera particular la inversión extranjera en la actividad de la seguridad pública y, en este caso, de seguridad privada. Hacer un llamado para mantener los controles estrictos que se requieren en la legislación.

Es de todos sabido que el tema de procuración de justicia y seguridad pública debe ser un tema 100 por ciento inherente a las actividades que realiza el Estado mexicano. Y por ello hacemos este llamado, a hacer un control tanto de la base de datos -reitero-. Hacer un llamado también al tema de Plataforma México, que desde el punto de vista de nosotros no ha funcionado y que se le ha invertido gradualmente año con año una cantidad importante de recursos.

Entonces, con estas observaciones el Partido de la Revolución Democrática acompañará esta reforma, que -repito- sabemos que coadyuvará en una mejor tarea de seguridad privada al facilitar los requisitos que se requieren para desempeñar esta actividad en nuestro país. Es cuanto, diputado presidente.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Muchas gracias. Escucharemos la intervención del diputado Julio Saldaña Morán, a nombre del Partido Acción Nacional, para conocer su posición.

El diputado Julio Saldaña Morán: Con su venia, señor presidente. Compañeras diputadas y compañeros diputados, nuestro compromiso como representante de la sociedad mexicana implica una alta responsabilidad para afrontar las grandes adversidades en nuestro país.

El tema de seguridad pública representa hoy por hoy una de las principales inquietudes de los mexicanos. Bajo este contexto se resalta la importancia de este dictamen, ya que representa un avance más en el ámbito de seguridad privada.

El artículo 21 constitucional establece claramente la obligación del Estado de salvaguardar la seguridad y tranquilidad del pueblo de México bajo un esquema de legalidad, coordinación, cooperación y corresponsabilidad de las autoridades federales, estatales, del Distrito Federal y municipales.

Es atinada la afirmación de que la seguridad privada se encuentra comprendida dentro de la seguridad pública; en consecuencia existe tanto la obligación como la facultad de los tres órdenes de gobierno de regular este tipo de servicios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

El artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, actualmente distribuye competencias administrativas a las autoridades federales y locales para el otorgamiento de las autorizaciones a particulares para los servicios de seguridad privada de la siguiente manera.

Por una parte la federación, a través de la Secretaría de Seguridad Pública Federal, se encargará de autorizar los servicios de seguridad que se presten en dos o más entidades federativas, sin dejar de cumplir con la regulación local, en tanto que las entidades federativas, a través del órgano que establezcan las leyes locales, se encargarán de autorizar los servicios de seguridad que se presten en un solo estado.

Ahora bien, la propuesta es concreta. Establecer en el artículo 150 -citado- que los requisitos en las legislaciones locales no deberán exceder de los requerimientos establecidos en la Ley Federal de Seguridad Privada para otorgar las autorizaciones de prestación de servicios de seguridad privada que operen en dos o más entidades federativas.

De esa forma se podrá solucionar el problema que ocasiona el exceso de requisitos que los particulares deben cubrir al solicitar dichas autorizaciones, ya que es revelador el dato indicado en el dictamen al referir que los requisitos que solicitan las entidades federativas, el Distrito Federal y algunos municipios, sin contar lo solicitado por la legislación federal, son de al menos 114 requisitos adicionales.

Por otro lado se pretende solucionar cuestiones de invasión de competencias de las legislaciones locales, en atribuciones exclusivas del ámbito federal.

Por ejemplo, la cláusula de exclusión de extranjeros que requieren algunas entidades federativas para las empresas encargadas de prestar el servicio de seguridad privada, es una situación que vulnera el sistema de distribución de competencias que establece la Constitución federal.

Es claro que las restricciones a la invasión extranjera en la prestación del servicio de seguridad privada, es una facultad exclusiva del Congreso de la Unión, cuya regulación se encuentra establecida en la Ley de Invasión Extranjera.

Por último, el dictamen propone adicionar el monitoreo electrónico, como una modalidad en el servicio de seguridad privada, a efecto de requerir a quien realice dicha actividad, la autorización de la Secretaría de Seguridad Pública Federal.

Por lo anterior, la bancada de Acción Nacional apoya y solicita el voto a favor para la aprobación del presente dictamen con el propósito firme de que exista una verdadera regulación armónica entre las disposiciones federales, las estatales y del Distrito Federal. Con ello se garantizará que las mexicanas y mexicanos tengan un mejor servicio de seguridad privada eficaz y de calidad. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Tiene la palabra la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, hasta por cinco minutos, para expresar la posición del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, respecto del dictamen que está a discusión.

La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado: Con la venia de la Presidencia; compañeros y compañeras diputadas, mucho se ha dicho lo importante que es el poder tener una articulación de las estrategias en materia de seguridad pública de los distintos niveles de gobierno, al igual que los cuerpos normativos.

Este hecho no escapa a lo que es la seguridad privada. Hoy estamos dictaminando una iniciativa de distintos compañeros diputados y diputadas, de diferentes grupos parlamentarios, en este tema, en lo que es la seguridad privada.

Fue un tema muy debatido hacia adentro de la Comisión de Seguridad Pública, como bien lo dijo el compañero diputado presidente José Luis Ovando, y es un tema que realmente nos interesa y nos interesa mucho en el grupo parlamentario del PRI.

En este dictamen el homologar los requisitos que se establecen, las leyes estatales y las del Distrito Federal a lo dispuesto en la Ley Federal de Seguridad Privada, es observar lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en la Ley Federal de Seguridad Privada, a fin de que exista una verdadera regulación armónica entre las disposiciones federales, las estatales y del Distrito Federal, convergiendo y concurriendo la facultad legislativa en materia de seguridad privada.

Esto encuentra fundamento en la reforma constitucional del 2008, misma que estableció que el Sistema Nacional de Seguridad Pública integrado por la federación, los estados y los municipios, garantizará una política coherente en materia de seguridad pública.

El artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública distribuye competencias, determinando los casos en que será competencia de la autoridad administrativa federal el otorgamiento de la autorización de permisos de operación de empresas de seguridad privada y en los casos en los que será competencia de la autoridad administrativa local.

Sin embargo, en la práctica, como ya los compañeros que me antecedieron en el uso de la palabra lo han comentado, observamos que las legislaciones estatales que se encuentran vigentes en esta materia cuentan, además de los requisitos que establece la Ley de Seguridad Privada, con un sinnúmero de obligaciones que exigen las entidades federativas, el Distrito Federal y en ocasiones hasta los municipios para poder otorgar la autorización que requieren las citadas empresas para estar en posibilidad de prestar el servicio.

De hecho, la totalidad de los requisitos que solicitan las entidades federativas, el Distrito Federa y algunos municipios -estuvimos haciendo el conteo en la comisión- son más de 114 requisitos que se están solicitando, lo cual nos indica que no existe una homologación en cuanto a las exigencias requeridas, situación que produce que no exista un cabal cumplimiento de las leyes y se reste eficiencia en la prestación de los servicios de seguridad privada.

Es por esto que la comisión consideró viable esta reforma con la finalidad de homologar estos criterios, sin dejar de lado la necesidad de mantener la facultad de los estados y el Distrito Federal de regular y autorizar la prestación de servicios de seguridad privada, aun cuando cuenten con la debida autorización federal, tratándose de empresas que operan en dos o más entidades federativas, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es por esto que el Grupo Parlamentario del PRI votará a favor de esta reforma en materia de seguridad privada que consideramos que era importante el poder realizarla. Por su atención, compañeras y compañeros diputados, muchas gracias.

El presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Para la discusión en lo general, en los términos del artículo 104 del reglamento de la Cámara de Diputados, se han registrado el diputado Jaime Cárdenas Gracia y el diputado Gerardo Fernández Noroña para hablar en contra. Tiene la palabra el diputado Jaime Cárdenas, hasta por tres minutos.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Gracias, diputado presidente. Diputadas, diputados: éste es un dictamen realmente grave. Yo les pido que reflexionen en él porque se trata, en pocas palabras, de legalizar a los mercenarios que realizan tareas de seguridad privada en nuestro país. Se trata de que equipos de mercenarios, policías privados extranjeros realicen tareas de seguridad pública de apoyo a las agencias o a las instituciones de seguridad pública del país. Es decir, no solamente estamos permitiendo la privatización y la extranjerización de la seguridad pública, sino estamos permitiendo que estas tareas sean realizadas también por transnacionales de la seguridad.

Se trata en pocas palabras de que empresas como Panamericana de Seguridad, pues esté legalizada y pueda contratar a mercenarios extranjeros, como ya lo hacen por cierto en el norte de la República para realizar estas tareas de seguridad en nuestro país.

Este gobierno no solamente quiere que el Ejército, la Marina, realicen anticonstitucionalmente tareas de seguridad pública en contravención al artículo 21 de la Constitución, sino también este gobierno lo que quiere es dejarle el espacio, la vía abierta, la posibilidad para que policías o personas que se dedican profesionalmente a brindar servicios de seguridad de carácter extranjero lo puedan realizar en nuestro país.

Por otro lado, y aunque es verdad, como señala la exposición de motivos del dictamen, hay una controversia constitucional, una resolución de la Suprema Corte en la controversia constitucional 772010 que permitió que se limitaran los requisitos de las leyes de seguridad privada en los estados para permitir que se derogara la cláusula de exclusión de extranjeros en esta materia, me parece que sí hay una violación al artículo 124 de la Constitución, porque una ley federal no puede nunca indicarle a las leyes estatales, sobre todo cuando hay concurrencia, competencias concurrentes, lo que debe hacer la ley estatal.

La ocurrencia, en todo caso, debe estar limitada, debe estar regulada en la propia Constitución...

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Concluya el orador.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: ... y no es válido -termino, presidente- que leyes federales impidan que legislaciones locales establezcan requisitos adicionales. Pido que reflexionen, estamos legalizando a los mercenarios en nuestro país, esto es gravísimo en términos de soberanía nacional. Por su atención, muchas gracias, compañeras diputadas y compañeros diputados.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Muchas gracias.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Tiene la palabra el diputado Gerardo Fernández Noroña, hasta por tres minutos, para hablar en contra del dictamen.

El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña: Compañeros diputados, compañeras diputadas, hoy se cumple un año más del aniversario luctuoso del asesinato de Emiliano Zapata y esta LXI Legislatura en 93 -me comentan mis compañeros-, yo ya ni cálculos quiero hacer. Y esta LXI Legislatura piensa conmemorar su asesinato aprobando una barbaridad de iniciativa de ley, que como aquí ya lo planteó mi compañero Jaime Cárdenas, abre la puerta a las trasnacionales de la seguridad.

Como faltaba ese ramo de abrir, aquí quieren ahora abrir a las trasnacionales de la seguridad privada el manejo de la seguridad pública.

Todos ustedes, todas ustedes cuando viajan han visto en el aeropuerto qué es seguridad privada la que hace los proceso de revisión, inclusive, para acceder a los aviones esa revisión ilegal, abusiva, arbitraria, indigna a que se somete a muchos pasajeros y pasajeras se hace por seguridad privada también.

Yo lo he denunciado aquí, pero de poco sirve denunciarlo, bueno queda el testimonio por lo menos, de que siempre hubo voces que planteaban estas cosas. Pero esta soberanía es totalmente indiferente frente a estos temas, a pesar de que esas vejaciones las sufren los propios diputados y diputadas cuando hacen viajes, sobre todo a los Estados Unidos.

Y ahora se pretende abrir la puerta grande como se ha venido haciendo, a un proceso que en los hechos ya viene desarrollándose de la entrada de trasnacionales de la seguridad privada, haciendo todavía más frágil el marco legal para que puedan actuar a sus anchas en el territorio nacional.

Yo creo que pocas veces en la historia de nuestra patria se ha concedido tanto al capital trasnacional y a las fuerzas del exterior. Creo que pocas veces el entreguismo ha llegado a los niveles que estamos viviendo en este momento.

Alega Calderón de las reformas estructurales que no se han hecho, pero no ha necesitado de esas reformas para entregar el petróleo, para entregar la energía eléctrica, para entregar las minas, para entregar la riqueza y no les basta, siguen presionando para que se sigan haciendo cada vez más y más concesiones.

Que Calderón promueve estas cosas no me sorprende, pero que esta soberanía las conceda, no deja de causarme extrañeza. Y no deja de causarme extrañeza, no porque yo sea cándido o porque sea un ingenuo político, sino porque sigo pensando que no sé en dónde ponen la cabeza mis compañeros y compañeras diputadas y diputados en el momento de cada una de estas votaciones.

Entonces yo me sumo al llamado de Jaime Cárdenas, de que se vote en contra esta iniciativa, aunque sé que el llamado es un llamado, ya no digo a misa porque eso es como consta en actas, y atienden más. Muchas gracias por su atención, compañeros y compañeras.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Agotada la lista de oradores, consulte la Secretaria en votación económica a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido.

El Secretario diputado Mariano Quihuis Fragoso: Por instrucciones de la Presidencia en votación económica se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Suficientemente discutido en lo general y en lo particular, y se instruye a la Secretaría abra el sistema electrónico hasta por cinco minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

El Secretario diputado Mariano Quihuis Fragoso: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por cinco minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.

(Votación)

La Secretaria diputada Guadalupe Pérez Domínguez: Ciérrese el sistema de votación. De viva voz, el diputado Salvador Caro Cabrera.

El diputado Salvador Caro Cabrera (desde la curul): En contra.

La diputada Carmen Lizeth Valle Vea (desde la curul): A favor.

La diputada María Dolores Patricia Cabrera Muñoz (desde la curul): A favor.

La diputada Elvira de Jesús Pola Figueroa (desde la curul): A favor.

El diputado Moisés Narváez Ochoa (desde la curul): A favor.

La diputada Estefanía Durán Ortiz (desde la curul): A favor.

El diputado Hilario Everardo Sánchez Cortés (desde la curul): A favor.

La diputada María Florentina Ocegueda Silva (desde la curul): A favor.

El diputado Heladio Gerardo Verver y Vargas Ramírez (desde la curul): A favor.

El diputado Jesús Ramírez Rangel (desde la curul): A favor.

La diputada Laura Piña Olmedo (desde la curul): A favor.

El diputado Fernando Santamaría Prieto (desde la curul): A favor.

El diputado Valerio González Schcolnik (desde la curul): A favor.

La Secretaria diputada Guadalupe Pérez Domínguez: Señor presidente, se han emitido un total de 253 votos en pro, 33 en contra, 6 abstenciones.

El Presidente diputado Jesús María Rodríguez Hernández: Aprobado en lo general y en lo particular por 253 votos, el proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 150 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 




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