Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 06/06/2012
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
DIPUTADOS
DISCUSIÓN
México, D.F. martes 6 de diciembre de 2011.
Versión Estenográfica


El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre, para fortalecer el Sistema de Unidades para el Manejo y Conservación de la Vida Silvestre.

Tiene la palabra hasta por tres minutos, el diputado Jaime Cárdenas Gracia, para hablar en contra del dictamen.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Gracias, señor presidente. Me apunté en contra pero en realidad me voy a abstener. Me parece este dictamen importante porque establece Unidades de Manejo para la Conservación de la fauna silvestre, sin embargo hay algo que me preocupa mucho en este dictamen y en otro que vamos a votar en un momento más, que tiene que ver con la violación al principio de supremacía constitucional, la violación a la estructura jerárquica del ordenamiento jurídico en nuestro país.

En particular me preocupa que se establezca que la Secretaría competente podrá negar el registro de Unidades de Manejo para la Conservación de Vida Silvestre, dice la propuesta del dictamen, cuando se contravenga lo establecido en la Ley, en esta Ley, en el Reglamento y en las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones jurídicas aplicables. A partir de esta redacción me generan una serie de dudas. Estas dudas tienen que ver con el fundamento constitucional de las Normas Oficiales Mexicanas.

En México hay fundamento constitucional para la facultad reglamentaria del titular del Ejecutivo, según lo prevé el artículo 89, fracción I, de la Constitución, pero en la Constitución, en la Carta Magna no existe fundamento constitucional para las Normas Oficiales Mexicanas.

Estas Normas Oficiales Mexicanas han sido creadas, han sido aprobadas en legislación secundaria, legislación secundaria que no tiene un respaldo en la Constitución. Vía Norma Oficial Mexicana se ha proliferado, se ha ramificado el ordenamiento jurídico y se ha ido más allá de la facultad reglamentaria conferida al titular del Poder Ejecutivo.

Creo que si las Normas Oficiales Mexicanas van a seguir conviviendo jurídicamente con otras disposiciones jurídicas en el ordenamiento nacional, tendríamos que modificar la Constitución para darles un fundamento constitucional claro a las Normas Oficiales Mexicanas. Por el momento estas Normas Oficiales Mexicanas no tienen ningún sustento constitucional, violan el principio de jerarquía normativa y violan en principio de supremacía constitucional, y por eso me voy a abstener. Muchas gracias, compañeros.

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Muchas gracias, diputado. Tiene la palabra hasta por tres minutos, el diputado Alejandro Carabias, para hablar en pro del dictamen.

El diputado Alejandro Carabias Icaza: Con su permiso, diputado presidente. Las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, mejor conocidas como UMA, han sido en los últimos años un instrumento de la política de conservación de este país que ha crecido de manera muy importante.

Cabe mencionar que al día de hoy y a 14 años de la creación de este instrumento tenemos alrededor de 10 mil 600 UMA registradas oficialmente, que representan alrededor del 18 por ciento del territorio nacional.

Si bien, en estos últimos 14 años hemos sido testigos de las bondades de este instrumento, también se ha demostrado y han quedado muy claras algunas limitaciones y deficiencias del esquema legal mediante el cual operan actualmente las UMA.

Se han detectado, por ejemplo, deficiencias en lo relativo a los planes de manejo inherentes al desarrollo de una UMA, se ha detectado que están mal elaborados, se ha detectado que muchas veces funciona la UMA sin que se estén ejecutando estos planes de manejo, se han detectado estimaciones incorrectas de las poblaciones, criterios económicos que finalmente empiezan a prevalecer sobre los intereses de conservación que dan el origen a esta figura de las UMA, se ha detectado el aprovechamiento de vida silvestre sin control y, sobre todo, se ha detectado que los responsables técnicos de operar y administrar estas UMA muchas veces carecen de los conocimientos y de la preparación suficiente para hacerse responsable.

Así es que ya era muy necesario el poder actualizar el marco legal mediante el cual han venido operando las UMA, las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, y necesitamos ir fortaleciendo la capacidad de este instrumento para ir cumpliendo con los objetivos originales de la creación de este instrumento.

Así es que les pedimos su apoyo, necesitamos ir evolucionando, ir afinando los instrumentos de la política ambiental de este país, y yo creo que a 14 años de su creación ya tenemos, y esta comisión contó con todos los elementos y la información suficiente para poder ir afinando este instrumento para que cumpla de mejor manera con estos objetivos de conservación de la vida silvestre como una política importante del manejo y la conservación de los recursos naturales de este país. Muchas gracias.

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Gracias, diputado. Tiene la palabra, hasta por tres minutos para hablar en pro del dictamen, el diputado César Francisco Burelo Burelo.

El diputado César Francisco Burelo Burelo: Buenos días, compañeros diputados y diputadas. Gracias, diputado presidente. Voy a mencionar algunos de los elementos, de los argumentos por los cuales un servidor se pronuncia a favor de este dictamen.

Quisiera comentarles que en la Ley General de Vida Silvestre se ha desarrollado el concepto de las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, conocidas con el acrónimo de UMA, que en la ley se definen como los predios e instalaciones registradas que operan de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones o ejemplares que ahí se distribuyen.

En la actualidad, las UMA junto con los ordenamientos ecológicos del territorio y la creación de áreas naturales protegidas constituyen uno de los principales instrumentos para la conservación de la biodiversidad del país.

Ahora bien, el derecho al aprovechamiento de una UMA se obtiene mediante el cumplimiento riguroso de un plan de manejo, el cual es elaborado por el responsable técnico de la misma. Y para que dicho plan sea aprobado y autorizado por la Semarnat, debería garantizar la conservación de los ecosistemas, de sus elementos y de la viabilidad de las poblaciones de especies existentes dentro de esta UMA. Pone especial énfasis en aquellas que serán sujetas a algún tipo de aprovechamiento.

El desempeño de una UMA está sujeto a un seguimiento constante, que consiste en conocer la relación, reproducción, aprovechamiento a través del desarrollo de estudios sobre la dinámica poblacional de las especies. Es decir, es fundamental el papel que deben realizar los responsables técnicos de las UMA.

Sin embargo, se observa que de manera repetida, a pesar del éxito, siguen reconociéndose múltiples problemas, entre los que les mencionaría: persiste un manejo de las UMA basado de manera primordial en criterios económicos. Existe un seguimiento inadecuado por parte de los responsables técnicos de las UMA. También un déficit de responsables técnicos, por lo que muchos atienden un mayor número de UMA de las que podrían atender de manera óptima.

Por ello, el objetivo de esta ley o de esta reforma a ser aprobada, viene a subsanar vacíos importantes en la Ley General de Vida Silvestre.

Entre las principales mejoras legislativas de esta reforma, es establecer que la Semarnat emita los términos de referencia para estudios poblacionales y se fortalezca... Un momento, presidente. Y se fortalezca a la autoridad administrativa al establecer criterios claros para autorizar, negar o revocar la autorización de UMA o responsable técnico.

Por lo anterior, compañeras diputadas y diputados, daremos nuestro voto a favor del decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre. Es cuanto, señor presidente. Muchas gracias.

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Gracias, diputado. Tiene la palabra el diputado Jesús Giles Sánchez, hasta por tres minutos, para hablar en pro del dictamen.

El diputado Jesús Giles Sánchez: El artículo 3o., en su fracción XLV de la legislación en comento, define comunidades de manejo para la conservación de la vida silvestre, los predios e instalaciones registrados que operen de conformidad con un plan de manejo apropiado y dentro de los cuales se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones de ejemplares que ahí se distribuyan.

A través de la definición anterior se hace notar que dichas unidades están regidas por métodos y técnicas para la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat.

Ahora bien, para determinar las tasas de aprovechamiento de los ejemplares de vida silvestre, que por su interés económico o ecológico pretendan sujetarse al Sistema de Unidades para el Manejo y Conservación, la reforma que estamos discutiendo tiene por objeto facultar a la Semarnat para que a través del Instituto Nacional de Ecología, de la Comisión Nacional para el Reconocimiento y Uso de la Biodiversidad y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, lleve a cabo los estudios poblacionales necesarios.

Como se señala en el dictamen de la comisión las unidades de manejo son un esquema innovador en el aprovechamiento de la vida silvestre en México, pero que desafortunadamente en términos operativos tiene vacios desde el punto de vista de la conservación. Es por ello que se hace necesario fortalecer esta parte.

El falseamiento de estudios, que con una lógica meramente lucrativa desvirtúan el objeto por el cual fueron concebidas las unidades de manejo, hacen necesario que los estudios poblacionales sean confiables, lo cual sin duda permitirá un manejo sustentable, pero además viable en términos económicos.

Con la adición y reformas a la ley se busca reforzar las disposiciones vinculadas a la operación y requisitos para la integración de las unidades de manejo para la conservación de la vida silvestre.

En razón de lo anterior coincidimos con el propósito de robustecer la normatividad referente al Sistema de Unidades para el Manejo y Conservación, y por ello el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional votará a favor de este dictamen. Es cuanto, señor presidente.

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Gracias, señor diputado. Agotada la lista de oradores consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se encuentra suficientemente discutido en lo general.

La Secretaria diputada Laura Arizmendi Campos: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica, se consulta a la asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Suficientemente discutido. En virtud de que, de conformidad con el artículo 109, del Reglamento de la Cámara de Diputados, no se ha reservado artículo alguno para discutirlo en lo particular ruego a la Secretaría que abra hasta por tres minutos el sistema electrónico para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

La Secretaria diputada Laura Arizmendi Campos: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 144, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados. Ábrase el sistema electrónico por tres minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Votación)

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Esta Presidencia quiere dar la más cordial bienvenida a estudiantes destacados de distintas escuelas, primarias, secundarias y preparatorias, del municipio de Cojumatlán de Régules, del estado de Michoacán. Invitados por el diputado Pavel Díaz Juárez.

Asimismo, les damos la más cordial bienvenida a vecinos del municipio de Otzolotepec, estado de México, invitados por el diputado Eduardo Zarzosa Sánchez. Sean todos ustedes cordialmente bienvenidos.

La Secretaria diputada Laura Arizmendi Campos: Señor presidente, le informo que se emitieron 343 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones.

El Presidente diputado Emilio Chuayffet Chemor: Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre para fortalecer el Sistema de Unidades para el Manejo y Conservación de la Vida Silvestre.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

 




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