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Fecha de publicación: 07/02/1983
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DECLARATORIA
DECLARATORIA
México, D.F., a 19 de Enero de 1983.


DECLARATORIA A REFORMAS AL ARTÍCULO 4o. CONSTITUCIONAL

- El C. Presidente: En el transcurso de esta sesión la Tercera Comisión de esta honorable Comisión Permanente del Congreso entregó a esta Presidencia el dictamen relativo a la Declaratoria de reforma al Artículo 4o. Constitucional. Ruego, por tanto, a la Secretaría se sirva dar lectura a dicho dictamen para consideración de la Asamblea.

- La C. Secretaria senadora Silvia Hernández:

"Tercera Comisión Dictaminadora.

Honorable Asamblea:

A la Tercera Comisión que suscribe fue turnado el expediente que contiene el proyecto de decreto que adiciona el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con un párrafo mediante el cual se eleva a la jerarquía constitucional el derecho de toda familia a disfrutar de vivienda digna y decorosa.

Este proyecto de decreto fue aprobado oportunamente por las honorables Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión y, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 135 de la Constitución General de la República se turnó a las honorables legislaturas de los estados, de tal manera que se completase la intervención del Constituyente Permanente y quedara perfeccionada esta adición de tan trascendental importancia.

La comisión que suscribe no quiere dejar pasar desapercibida la oportunidad que da esta declaratoria de reforma constitucional, a la Comisión Permanente, para manifestar que por la vía del Derecho, México ha podido perfeccionar su vida institucional a lo largo del período revolucionario y acrecentar el catálogo de los derechos individuales y sociales en favor de todas las personas, sectores y clases del país.

La declaratoria de reforma al Artículo 4o. Constitucional entraña un importante acontecimiento que enriquece a la vez dentro del orden normativo, el proyecto histórico de México, definido por la Revolución, en el sentido de garantizar para todos los mexicanos una vida digna, que comprende la seguridad en el disfrute de derechos básicos como el trabajo, la educación, la salud y desde luego, la vivienda.

En el criterio de esta Comisión, existe el convencimiento de que la adición cuya declaratoria corresponde a esta Honorable Comisión Permanente es oportuna, pues independientemente de las condiciones adversas de carácter económico que condicionan la vida actual de México, y antes bien forzado por ellas resulta imperioso que la Ley y los programas de desarrollo tiendan a garantizar en favor de las mayorías nacionales los mínimos de bienestar.

En el expediente que ha sido turnado a esta comisión dictaminadora consta que el proyecto de decreto ha merecido la aprobación de las legislaturas de los siguientes estados: Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, México, Michoacán, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas.

Efectuado el cómputo, se desprende que el Proyecto ha merecido la aprobación de la mayoría de las Honorables Legislaturas y por consiguiente procede declararse que se ha dado el debido cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 135 Constitucional.

Por todo lo anteriormente expuesto la Comisión que suscribe se permite someter a la aprobación de la Honorable Asamblea, el siguiente proyecto de

DECLARATORIA DE REFORMA Y ADICIÓN AL ARTÍCULO 4o. DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

La Comisión Permanente del Honorable Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el Artículo 135 de la Constitución General de la República y previa la aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados, declara reformado y adicionado el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo único. Se reforma el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 4o. ...

...

...

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.

TRANSITORIO

Único. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.

Sala de Comisiones de la Honorable Comisión Permanente del Congreso de la Unión. - México, D. F., 18 de enero de 1983.

La Comisión.

Senador Renato Sales Gasque, diputado Joaquin Del Olmo, senador Heliodoro Hernández Loza, diputado Alberto Salgado Salgado, diputado Oscar Cantón Zetina, diputada Dulce María Sauri Riancho, diputado Antonio Vélez Torres, senador Luis José Dorantes Segovia."

- Tramite: Primera lectura.

- El C. Presidente: En virtud, señores, de que la declaratoria que contiene el decreto que ya fue discutido, votado y aprobado por ambas Cámaras del Congreso, la Presidencia pide a la Secretaria se sirva consultar a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura del documento y se somete a discusión y votación de inmediato.

- La C. Secretaria Silvia Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se pregunta a la Asamblea si se dispensa la segunda lectura del documento a que acabamos de dar lectura. Dispensada la segunda lectura, señor Presidente.

- El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión el proyecto de Declaratoria.

- La C. Dulce María Sauri: Pido la palabra, señor Presidente.

- El C. Presidente: Por la Comisión tiene el uso de la palabra la diputada Dulce María Sauri.

- La C. Diputada Dulce María Sauri: Señor Presidente; compañeros legisladores: En esta sesión del día de hoy, en que el tema de la vivienda ha sido tratado en forma reiterada, tratado en la dimensión que tiene un problema social, cabe muy bien resaltar la importancia que tiene la elevación a rango constitucional de la garantía social de la vivienda. Si bien la Constitución Mexicana en 1917 recogió la garantía del pueblo Mexicano la garantía de la nación mexicana, a dar a los mexicanos la educación; si posteriores luchas de nuestros diversos grupos sociales han logrado que el derecho al trabajo sea también consagrado como una garantía en esta Constitución, ahora nos toca como Comisión Permanente conocer la declaratoria de la elevación a rango constitucional del derecho a la vivienda. En el primer período de la LII Legislatura conocimos también y aprobamos la elevación a rango constitucional del derecho a la salud; es el derecho a la educación; el derecho al trabajo; el derecho a la vivienda y en breve tiempo si las Legislaturas de los gobiernos de los estados lo aprueban también el derecho a la salud, en conjunto de garantías sociales que nuestra Constitución otorga y consagra al pueblo mexicano. El día de hoy se ha hablado en forma reiterada de la importancia que tiene el derecho a la vivienda, del problema que representa esta situación para muchos miles de mexicanos que, se ven en la necesidad de tener un techo bajo el cual cobijarse.

En 1980 ya había más de 12 millones de viviendas en el país, de estos 12 millones de viviendas el 34% eran viviendas en arrendamiento, esto nos habla de la magnitud del problema que hay que afrontar, no solamente la necesidad de año con año de garantizar el ritmo de incremento de construcciones, sino también de mejorar en muchos casos la vivienda que se haya en condiciones precarias en algunas partes del país y especialmente que se encuentran estas en el medio urbano, en las grandes ciudades de la República. No es posible enfrentar el problema de la vivienda en una forma aislada, aquí ya se trató el día de hoy, no es posible enfrentarla únicamente desde el punto de vista del problema del arrendamiento de la vivienda, aunque es sumamente importante. No le podemos dejar de contemplar las cifras en esta cuestión que en las ciudades de más de 50 mil habitantes, de acuerdo con los datos del último censo, más del 50 por ciento de las viviendas estaban en condiciones de arrendamiento. Esta proporción disminuye conforme disminuye también el tamaño de las ciudades y se reduce notablemente en el campo. Pero también tenemos que contemplar desde el punto de vista de la construcción de vivienda a un ritmo que pueda satisfacer las necesidades de los mexicanos. La elevación a rango constitucional del derecho a la vivienda nos permite legislar de una manera integral al respecto.

No puedo también dejar de contemplar la importancia del compromiso que el Ejecutivo Federal en su mensaje a la nación del primero de diciembre, estableció con respecto a la vivienda. Señalo el Ejecutivo Federal, que tendrá como preocupación fundamental la satisfacción de las necesidades básicas del pueblo: alimentación, vivienda, educación, cultura, recreación y deporte.

Elevaremos el derecho a la salud a rango constitucional, señaló, y envió la correspondiente iniciativa a esta legislatura, para dar base a un sólido e integrado sistema nacional de salud, daremos prioridad a la medicina preventiva particularmente en zonas rurales y urbanas marginadas. Señaló también: atacaremos el problema de la vivienda desde todos sus frentes, reservas territoriales, reorganización administrativa, nuevas tecnologías, financiamiento y apoyo a la autoconstrucción. Es, pues, la Reforma Constitucional, el inicio, un sólido inicio, del camino para legislar en forma integral y afrontar el problema de la vivienda, y dar, como señala la Reforma Constitucional, derecho a la familia mexicana a una vivienda digna y decorosa. Muchas gracias. (Aplausos.)

- El C. Presidente: En virtud de que el proyecto de Declaratoria no ha sido impugnado, ruego a la Secretaría recoger de la Asamblea la votación nominal.

- La C. Secretaria senadora Silvia Hernández de Galindo: Se procede a recoger la votación nominal.

(VOTACIÓN.)

La Declaratoria ha sido aprobada por unanimidad de 27 votos.

- El C. Presidente: La Declaratoria de aprobación a las reformas al Artículo 4o. constitucional, ha sido aprobada por 27 votos.

- La C. Secretaria senadora Silvia Hernández: Pasa al ejecutivo para sus efectos constitucionales. (Aplausos.)

 




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