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Fecha de publicación: 07/02/1983
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
EXPOSICION DE MOTIVOS
CAMARA DE ORIGEN: DIPUTADOS
EXPOSICION DE MOTIVOS
México, D.F., a 24 de Septiembre de 1981.
INICIATIVA DE DIPUTADOS


- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al C. diputado Cuauhtémoc Amezcua.

- El C. Cuauhtémoc Amezcua D: Señor Presidente:

Compañeros diputados:

El problema de la vivienda popular es un problema grave y sobre él hemos tenido oportunidad de escuchar los enfoques y las preocupaciones manifestadas hoy mismo y en sesiones recientes por parte de varios de los partidos políticos presentes.

Este problema tiene diversos enfoques, diversa vertientes. El problema inquilinario es uno de ellos. Ya nosotros lo hemos venido tratando también en ocasiones anteriores, pero no es el problema inquilinario el único ángulo del gran problema de la vivienda popular.

Hoy mi Partido, el PPS, viene a esta tribuna para poner a la consideración de esta H. Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer a ese rango, al rango jurídico más elevado, el derecho de los mexicanos a la vivienda digna y decorosa.

Me voy a permitir darle lectura a esa iniciativa.

"Iniciativa de adición al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para elevar a rango constitucional el derecho del pueblo mexicano a la vivienda digna y decorosa.

Honorable Cámara de Diputados:

Los diputados integrantes de la fracción parlamentaria del Partido Popular Socialista en la "LI" Legislatura del Congreso de la Unión, con base en la facultad que nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos a su elevada consideración la Iniciativa de Adición al artículo 4o. de la Constitución con el propósito de elevar al máximo rango jurídico el derecho a la vivienda, que fundamentamos a continuación:

La lucha librada por el pueblo mexicano a lo largo de su historia ha tenido tres objetivos fundamentales: el logro de la cabal independencia de la nación, la ampliación del régimen democrático y la elevación del nivel de vida. En este último aspecto se incluye la lucha por satisfacer las necesidades elementales: casa, vestido y sustento, así como conquistar el acceso a los bienes de la civilización y la cultura.

La Revolución Mexicana de 1910 replanteó aquellos viejos propósitos del pueblo y constituyó un renovado y vigoroso impulso a la lucha por alcanzarlos. Hoy, siete décadas después del estallido revolucionario, podemos afirmar con certeza que hemos avanzado considerablemente en los tres aspectos, pero en todos ellos nos falta todavía un largo trecho por recorrer.

En el caso de la elevación del nivel de vida del pueblo no hemos alcanzado siquiera la satisfacción de las necesidades mínimas elementales. Elevados porcentajes de compatriotas sufren de subalimentación, carecen de servicios médicos y asistenciales y no tienen acceso a una vivienda decorosa.

Este problema en particular, el de la vivienda popular, ha sido motivo de luchas concretas emprendidas por los trabajadores y otras amplias capas sociales. Las acciones del Poder Público frente a esa urgente necesidad del pueblo han carecido de continuidad. Igual que en otros campos, algunos gobiernos han mostrado mayor sensibilidad que otros; se realizan avances y luego hay estancamientos; medidas positivas son abandonadas; el camino se desvía y nuevamente se retoma.

Una ligera mirada retrospectiva a las medidas jurídicas y actos administrativos que se han dado en este campo nos permite recordar que la Constitución de 1917 plasmó, en la fracción XII del artículo 123, la obligación para los patrones de proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas a renta baja, lo que constituyó la primera acción jurídica en la materia. En 1925 se estructuró la primera dependencia pública que construiría vivienda, la Dirección de Pensiones; en 1932 se constituyó el Banco Nacional Hipotecario y de Obras Públicas y en 1934 se creó el Instituto Nacional de la vivienda que debía estudiar el problema habitacional de las capas populares; en 1954 el Instituto Mexicano del Seguro Social inició un importante programa de construcción de vivienda de renta muy baja para sus trabajadores y en 1956 hizo lo propio Petroleros Mexicanos. Vinieron luego las construcciones de grandes conjuntos de edificios para la habitación, como la Unidad Nonoalco Tlatelolco, que no siempre alcanzaron sus objetivos, y de extensas áreas de construcción unifamiliares, como San Juan de Aragón y otras, en diversos lugares de la capital del país. Surgió el FOVI (Fondo de Operación y Descuento Bancario de la Vivienda), y el FOGA (Fondo de Garantía y Apoyo a los Créditos para la Vivienda) que son fideicomisos creados para otorgar apoyo financiero para la vivienda popular. En 1970 se creó la Dirección General de Habitación Popular del Departamento del Distrito Federal, hoy desaparecida, y se creó también el INDECO (Instituto Nacional para el Desarrollo de la Comunidad y la Vivienda Popular). En 1970 se modificó la Ley Federal del Trabajo para fortalecer el derecho de los trabajadores a la habitación cómoda e higiénica, y en 1971 se reformó la fracción XII del apartado "A" del artículo 123 de la Constitución para dar origen al INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores) cuya ley se expidió en 1972. En ese mismo año se establecieron el FOVISSSTE y el FOVIMI, fondos semejantes al INFONAVIT que atenderían a los trabajadores del Estado y a los integrantes de las fuerzas armadas. Por último, en ese mismo año, se formuló la Ley General de Asentamientos Humanos, previas reformas a la Constitución para facultar al Congreso de la Unión para legislar en esa materia.

El balance de todos estos esfuerzos, no siempre congruentes entre ellos ni adecuadamente continuados, arroja este resultado: en total, las diversas dependencias públicas creadas para resolver el problema de la habitación popular construyeron en más de medio siglo, desde 1925 hasta 1978, 598 542 viviendas. Las necesidades, sin embargo, son mucho mayores. Las estimaciones más benignas sobre el déficit de vivienda popular lo fijan en la actualidad en un millón de unidades, pero otras estimaciones lo elevan a más de 7 millones. Uno u otro cálculo, aun el menor, muestran la necesidad de multiplicar el esfuerzo, de una manera substancial.

A más de setenta años de iniciada la Revolución Mexicana se hace indispensable superar la etapa errática y zigzagueante y elevar el nivel del compromiso surgido del gran movimiento popular en cuanto a atacar con mayor firmeza y continuidad el grave problema de la carencia de vivienda digna e higiénica para el pueblo.

Estimamos que no puede postergarse el momento de elevar a rango constitucional el derecho de los mexicanos a disfrutar de vivienda digna y decorosa, el que debe ser garantizado por el Estado.
Por lo expuesto, nos permitimos formular la siguiente proposición:

Artículo único. Se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 4o. (Los tres primeros párrafos quedan igual).

Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. Este será garantizado por el Estado.

Sala de sesiones de la H. Cámara de Diputados, septiembre de 1981. - Diputados Belisario Aguilar Olvera, Cuauhtémoc Amezcua Dromundo, Hildebrando Gaytán Márquez, Benito Hernández García; Humberto Pliego Arenas, Ernesto Rivera Herrera, Ezequiel Rodríguez Arcos, Lázaro Rubio Félix, Amado Tame Shear, Martín Tavira Urióstegui, Gilberto Velázquez Sánchez."

El C. Presidente: Túrnese a la Comisión de Gobernación y puntos Constitucionales. Imprímase.

 




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