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PROCESOS LEGISLATIVOS
Fecha de publicación: 31/10/1996
Categoría: DECRETO

Registro 1 de 3
EXPOSICION DE MOTIVOS

CAMARA DE ORIGEN: DIPUTADOS
EXPOSICION DE MOTIVOS Y DISCUSION
MÉXICO D.F. A 30 DE OCTUBRE DE 1996
INICIATIVA DE DIPUTADOS.


CODlGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

«Escudo Nacional.- Poder Legislativo Federal.- Cámara de Diputados.

Ciudadanos secretarios de la mesa directiva de la Cámara de Diputados.- Presentes.

Los suscritos diputados integrantes de la LVI Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en uso de la facultad que nos otorga la fracción ll del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, conforme a la siguiente

EXPOSICION DE MOTIVOS

1o. Con fecha 22 de agosto de 1996, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se hizo la declaratoria de reforma a diversos artículos


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Registro 2 de 3
MINUTA

CAMARA REVISORA: SENADORES
MINUTA
MÉXICO, D.F., A 31 DE OCTUBRE DE 1996


-El C. Presidente: Procederé a dar lectura a la minuta que envía la Colegisladora.

"MINUTA PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTICULOS DEL CODIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES

Artículo primero. Se reforman los artículos 74; 76 párrafo primero, incisos f), h), e i) y párrafo segundo; 77 y 79. Se adiciona el artículo 75; y el inciso j) al párrafo primero del artículo 76, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

"Artículo 74. .

1o. El consejo general se integra por un consejero presidente, ocho consejeros electorales, consejeros del Poder Legislativo, representantes de los partidos políticos y el secretario ejecutivo.

2o. El consejero presidente del consejo general será elegido por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, de entre las propuestas que formulen los gru


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Registro 3 de 3
DISCUSION/REVISORA

CAMARA REVISORA: SENADORES
DISCUSION
MÉXICO, D.F., A 31 DE OCTUBRE DE 1996

-Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior, consulte la Secretaría en votación económica si la minuta con la que se acaba de dar cuenta, se considera de urgente y obvia resolución y se pone a discusión de inmediato.

-El C. Secretario Rosendo Villarreal Dávila: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea en votación económica si la minuta con la que se acaba de dar cuenta, se considera de urgente y obvia resolución y se pone a discusión de inmediato. Quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea no asiente)

-Se considera de urgente y obvia resolución, señor Presidente.

-El C. Presidente: Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 97 del Reglamento para el Gobierno Interior, ruego


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