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ENCABEZADO


DECRETO PROMULGATORIO DEL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE GEORGIA SOBRE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL, FIRMADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO EL VEINTITRÉS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS.

Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el viernes 12 de abril de 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:




FIRMA


El veintitrés de agosto de dos mil veintidós, en la Ciudad de México, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Georgia sobre Cooperación Educativa y Cultural, cuyo texto en español consta en la copia certificada adjunta.




APROBACIÓN


El Convenio mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el siete de febrero de dos mil veinticuatro, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del cuatro de marzo del propio año.




NOTIFICACIÓNES


Las notificaciones a que se refiere el artículo XXIV del Convenio, fueron recibidas en Tbilisi el once de octubre dos mil veintidós, en Ankara el doce de marzo de dos mil veinticuatro y Ciudad de México el veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro.




PROMULGACIÓN


Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, el 11 de abril de 2024.




TRANSITORIO


TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el catorce de abril de dos mil veinticuatro.

Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra.- Rúbrica.




CERTIFICACIÓN


ALEJANDRO CELORIO ALCÁNTARA, CONSULTOR JURÍDICO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra el original correspondiente a México del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Georgia sobre Cooperación Educativa y Cultural, firmado en la Ciudad de México el veintitrés de agosto de dos mil veintidós, cuyo texto en español es el siguiente:




PREÁMBULO


CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE GEORGIA SOBRE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y CULTURAL

EI Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de Georgia, en adelante denominados "las Partes";

ANIMADOS por el deseo de establecer y consolidar la cooperación en los campos de la educación y la cultura entre ambos países;

CONVENCIDOS de que dicha cooperación fortalecerá el entendimiento mutuo entre ambos países;

RECONOCIENDO la importancia de establecer mecanismos que contribuyan al fortalecimiento de la cooperación en los campos de interés mutuo y la necesidad de ejecutar programas específicos de colaboración e intercambio educativo y cultural que correspondan a la dinámica del nuevo entorno internacional;

Han convenido lo siguiente:




ARTÍCULO I


ARTÍCULO I

EI objetivo del presente Convenio es promover la cooperación entre las Partes en los campos de la educación y la cultura, mediante la realización de actividades que contribuyan a profundizar el conocimiento entre los dos países, con la debida consideración a las convenciones internacionales de las que sean partes, observando los derechos y las obligaciones establecidos en otros acuerdos internacionales y en la legislación vigente de ambos países.




ARTÍCULO II


ARTÍCULO II

Las Partes propiciarán la cooperación entre sus sistemas nacionales de educación, a través del intercambio de expertos, publicaciones y materiales, con miras al futuro establecimiento de proyectos conjuntos de cooperación.



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