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ENCABEZADO


ACUERDO CCNO/2/2024 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MONTERREY, NUEVO LEÓN

TEXTO ORIGINAL.

Acuerdo publicado en el Número 21 del Diario Oficial de la Federación, el jueves 21 de marzo de 2024.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.

ACUERDO CCNO/2/2024 DE LA COMISIÓN DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE DOMICILIO DEL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN MONTERREY, NUEVO LEÓN.




CONSIDERANDO


CONSIDERANDO

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO. De conformidad con el artículo 42, fracción VIII, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos tiene la facultad para acordar las acciones tendientes a la adecuada y pronta instalación y cambio de domicilio de los órganos jurisdiccionales, entendido este último como el cambio de ubicación del órgano jurisdiccional dentro de la misma ciudad o localidad en que se encuentra; para lo cual se dará aviso a la Comisión de Administración; y

CUARTO. Es conveniente que el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León, se cambie a un nuevo domicilio, diseñado para albergar la plantilla del órgano y que cuente con las instalaciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Por lo anterior, se expide el siguiente:


ACUERDO




ARTÍCULO 1


Artículo 1. Se autoriza el cambio de domicilio del Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León.




ARTÍCULO 2


Artículo 2. El nuevo domicilio del órgano jurisdiccional será el ubicado en Avenida San Jerónimo 999 Poniente, colonia San Jerónimo, código postal 64640, Monterrey, Nuevo León.




ARTÍCULO 3


Artículo 3. El Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León, iniciará funciones en su nuevo domicilio el 19 de marzo de 2024.




ARTÍCULO 4


Artículo 4. A partir del 19 de marzo de 2024 toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio señalado en el artículo 2 de este Acuerdo.




ARTÍCULO 5


Artículo 5. Las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal estarán facultadas para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias.




TRANSITORIOS


TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación.

SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.

TERCERO. El Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León, deberá publicar avisos en lugares visibles para conocimiento del público, en relación con su cambio de domicilio dispuesto en el presente Acuerdo.

CUARTO. La Secretaría Ejecutiva de Administración, a través de las unidades administrativas con las que cuenta, prestará auxilio en el traslado del órgano jurisdiccional que cambia de domicilio.




CERTIFICACIÓN


EL MAGISTRADO MANUEL CAMARGO SERRANO, SECRETARIO EJECUTIVO DE CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo CCNO/2/2024 de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de domicilio del Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, con residencia en Monterrey, Nuevo León, fue aprobado por la propia Comisión en sesión privada ordinaria celebrada el 12 de marzo de 2024, por los Consejeros Bernardo Bátiz Vázquez en funciones de Presidente y José Alfonso Montalvo Martínez.- Ciudad de México, 12 de marzo de 2024.- Conste.- Rúbrica.



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