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Fecha de publicación: 15/11/2011
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
DIPUTADOS
DISCUSIÓN
México, D.F. jueves 3 de noviembre de 2005.
Versión Estenográfica


El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con el proyecto de decreto que reforma los artículos 15 párrafo segundo y 19 párrafo primero de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

En virtud de que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la Asamblea, si se le dispensa la lectura al dictamen.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura al dictamen.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo por favor:

Votación

Gracias.

Las ciudadanas diputadas y ciudadanos diputados que estén por la negativa:

Votación

Mayoría por la afirmativa, diputado presidente.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Se dispensa la lectura.

Honorable Asamblea, esta presidencia no tiene registrados oradores, luego entonces considera el asunto suficientemente discutido pero para los efectos del artículo 134, se cumple con la formalidad de preguntar si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular.

No habiendo reserva alguna se pide a la Secretaría, ordene la apertura del sistema electrónico de votación por cuatro minutos a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular, en un solo acto.

El Secretario diputado Marcos Morales Torres: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Abrase el sistema electrónico por cuatro minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto en un solo acto.

Votación

Señor presidente, se emitieron en 361 votos, en contra cero votos y dos abstenciones.

El Presidente diputado Francisco Arroyo Vieyra: Aprobado en lo general y en lo particular por 361 votos el proyecto de decreto que reforma los artículos 15, párrafo segundo, y 19, párrafo 19, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Pasa al Senado para sus efectos constitucionales.

 




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