Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 24/10/2011
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
SENADORES
DISCUSIÓN
México, D.F. jueves 9 de diciembre de 2010.
Versión Estenográfica


Tenemos ahora la segunda lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Primera, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

El dictamen se encuentra publicado en la Gaceta de este día, pregunte la secretaría a la Asamblea si es de omitirse su lectura.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.

-Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente.)

-Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente.)

Sí se omite la lectura, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: Está a la consideración del Pleno. No habiendo quien haga uso de la palabra, ábrase el sistema electrónico de votación, por dos minutos, a efecto de recabar votación nominal en lo general y en lo particular en un solo acto.

(Se recoge la votación)

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Señor presidente, conforme al sistema del registro electrónico, se emitieron 81 votos en pro; 0 en contra; 0 abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE SENADOR ARROYO VIEYRA: En consecuencia, queda aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.

 




Estimado usuario:

La edición de los ordenamientos jurídicos del ámbito federal en medios electrónicos representa una versión oficial, con base en lo dispuesto por los artículos 2°, 5°, 6° fracción IV, y 8° de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

La edición de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en medios electrónicos no representa una versión oficial, con fundamento en el artículo 3° del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando en algún párrafo aparezca la leyenda “N. DE E.” significa Nota de Editor y consiste en la nota, aclaración o acotación de la persona que compiló la reforma, al advertir la falta de precisión en el decreto de promulgación o modificación.

En caso de que algunas fechas de publicación o modificaciones a este ordenamiento aún no incluyan la imagen digitalizada de su periódico oficial o texto sistematizado en Word, se hace de su conocimiento que éstas se encuentran en proceso de ingreso u obtención. Para confirmar los datos o conocer su seguimiento o actualización, favor de comunicarse al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 1623 o 2113.

Para todo comentario o sugerencia adicionales en relación con la información que aquí se muestra, agradeceremos los haga llegar a las cuentas de correo electrónico cdaacl@mail.scjn.gob.mx y sjuridico@mail.scjn.gob.mx; o bien, se comunique al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 4109 o 1262.

Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes / cdaacl@mail.scjn.gob.mx / (55) 4113-1100 extensiones 4109 o 1262.

Procesando...