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Fecha de publicación: 23/05/2012
Categoría: LEY

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION (ART. 72-C CONST.)
SENADORES
DISCUSIÓN
México, D.F. martes 27 de marzo de 2012.
Versión Estenográfica


Pasamos a la segunda lectura a un dictamen de Comisiones Unidas de Fomento Económico; y de Estudios Legislativos, Segunda.

(Sigue 8ª. Parte). pasamos a la segunda lectura a un dictamen de comisiones unidas de Fomento Económico; y de Estudios Legislativos, Segunda, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 constitucional, en lo referente al sector social de la economía.

Este proyecto fue aprobado por el Senado de la República el 26 de abril de 2011, y remitido al Ejecutivo Federal el 23 de noviembre del mismo año.

El pasado 4 de enero se recibieron las observaciones que aplicó a este proyecto.

Debido a que el dictamen se encuentra publicado en la gaceta de este día, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.

-EL C. SECRETARIO ZOREDA NOVELO: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si autorizan se omita la lectura del dictamen.

Las senadores y senadores que estén porque se autorice, favor de manifestarlo levantando la mano. (La Asamblea asiente)

Las senadoras y senadores que estén porque no se autorice, favor de manifestarlo levantando la mano. (La Asamblea no asiente)

Autorizan se omita la lectura, senador presidente.

-EL C. PRESIDENTE GONZÁLEZ MORFÍN: Muchas gracias.

En consecuencia está a discusión.

Y para presentar el dictamen por parte de las comisiones, tiene la palabra el senador Jorge Ocejo.

-EL C. SENADOR JORGE A. OCEJO MORENO: Con su venia, señor presidente.

Señoras y señores senadores, el 14 de septiembre de 2010, el senador René Arce, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el cual se creaba la Ley General de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía.

Con esa misma fecha, la Mesa Directiva de esta Cámara de Senadores, turnó la iniciativa a las comisiones unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos, Segunda, para su estudio y dictamen correspondiente.

El 6 de abril de 2011, los integrantes de las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos, Segunda, discutieron y aprobaron el respectivo dictamen por unanimidad.

Seguido el trámite legislativo, el 26 de abril de 2011, la iniciativa de referencia fue aprobada también por unanimidad en el pleno de esta Cámara de Senadores, y enviada como minuta a la Cámara de Diputados.

Acto seguido, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, resolvió turnar dicha minuta a las comisiones unidas de Economía y Fomento Cooperativo y Economía Social, mismas que se discutieron y aprobaron en la comisión, aprobando en el dictamen, también, por unanimidad

En la sesión del pleno de la Cámara de Diputados de fecha 23 de noviembre de 2011, fue aprobado el proyecto por una amplia mayoría, ordenándose su remisión al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.

El proyecto fue recibido por el Ejecutivo Federal el día 10 de diciembre de 2011, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el propio Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Gobernación, remitió a ésta, como cámara de origen, el proyecto con algunas observaciones.

Con fecha 1° de febrero de 2012, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, turnó nuevamente a las comisiones unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos, Segunda, las observaciones remitida por el Poder Ejecutivo Federal, para su estudio y análisis y su dictaminación correspondiente.

Las comisiones unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos, Segunda, una vez estudiadas y analizadas las observaciones del Ejecutivo Federal, realizaron los cambios pertinentes al proyecto y aprobaron por unanimidad el dictamen correspondiente, el 1° de marzo del presente año.

Dentro de las principales observaciones recibidas del titular del Ejecutivo Federal, se analizaron y aprobaron las siguientes: -me parece importante hacerlas notar para que ustedes tengan conocimiento de ellas-

Se modifica la forma de constitución y operación del Instituto Nacional de la Economía Social que se establece en esta ley, en razón de establecer una armonía entre las facultades de la Secretaría de Economía y el propio Instituto.

Se sustituye la Junta Directiva, por un Consejo Consultivo.

Se modifica la personalidad jurídica y el patrimonio del Instituto, en razón de su naturaleza; ya que es un órgano de carácter desconcentrado.

Se cambia la conformación de un Fondo de Fomento, por un Programa de Fomento para la Economía Social.

Se establecen además en el proyecto los grados de integración de los organismos del sector, puesto que a pesar de encontrarse en la doctrina, era necesario por certeza jurídica, su incorporación al marco de la ley, quedando como sigue:

Organismo de segundo grado, a los organismos en los que se integran organismos simples del sector.

Organismos de tercer grado, a que los organismos en los que se integran, precisamente los organismos de segundo grado y así con los organismos de cuarto grado, en donde se integran organismos de sector grado.

Se elimina la participación del Instituto en la realización del Congreso Nacional del Sector Social de la Economía, con el objeto de impedir una indebida injerencia del Ejecutivo, en los organismos del sector.

Se cambia la denominación de la ley, al no existir facultades concurrentes en la materia, para denominarla como una ley general; quedando solamente su título, como Ley de la Economía Social y Solidaria, reglamentaria del séptimo párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía.

Se eliminaron las facultades del Instituto, sobre conciliación y arbitraje, con objeto de conservar, principalmente, el objeto de fomento del Instituto.

Se modificó el esquema de sanciones, a fin de establecer un sistema de gradualidad en la imposición de las mismas.

Los integrantes de las comisiones unidas revisoras de la iniciativa en estudio, ratificaron la necesidad de establecer en la ley, un marco de la economía social y solidaria que estructure en forma coherente y oriente las políticas públicas de fomento del sector social de la economía, al que se refiere el artículo 25 de la Constitución.

Esta ley, sienta las bases para una estrategia de desarrollo del sector social, proporcionándole su marco legal para abrirle perspectivas; armándolo con un conjunto de tareas, claras y coherentes, que harán de este sector un actor fundamental en las políticas de crecimiento, desarrollo y empleo en este país.

Finalmente, atendidas, en lo conducente, las observaciones del Ejecutivo Federal, vengo a ustedes a solicitar su aprobación; misma que deberá votarse por mayoría calificada de dos tercios, a favor de este importante proyecto de ley; de igual forma que se hizo con el primer dictamen, que en su caso fue aprobado por unanimidad en esta misma cámara.

Es cuanto, señor presidente. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE GONZÁLEZ MORFÍN: Gracias, senador Ocejo.

Informo a la Asamblea, que el senador René Arce, ha hecho llegar su intervención y esta Presidencia autoriza a que se inserte en el Diario de los Debates.

Y también quisiera informar a la Asamblea, que este dictamen tiene su origen en las observaciones que el Ejecutivo Federal aplicó al proyecto de Ley General de la Economía Social y Solidaria, como lo ha hecho saber aquí a la Asamblea, el senador Ocejo.

Y en virtud de que hay observaciones que han sido aceptadas, y se modifica el proyecto para superarlas, y otras observaciones que no fueron admitidas. y otras observaciones no fueron admitidas, es necesario lograr una mayoría calificada, como lo establece el artículo 72 constitucional.

En virtud de que no hay artículos reservados, la votación que estamos por realizar, deberá ser aprobada, por lo menos, por dos terceras partes de los senadores presentes, para que se pueda confirmar su propósito.

Ábrase el sistema electrónico de votación, por tres minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 del Reglamento.

(Votación electrónica)

(SIGUE 9ª. PARTE).. los avisos a que se refiere el artículo 58 del Reglamento.

(Votación electrónica)

-EL C. SECRETARIO HERVIZ REYES: Señor presidente, se emitieron 86 votos por el sí; 0 votos por el no; y 0 abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE GONZÁLEZ MORFIN: Muchas gracias. Está aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo VII del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

 




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