Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 09/04/2012
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION (ART. 72-E CONST.)
SENADORES
DISCUSIÓN
México, D.F. martes 21 de febrero de 2012.
Versión Estenográfica


Pasamos al apartado del Orden del Día que corresponde a dictámenes de segunda lectura. Tenemos la segunda lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas leyes federales a fin de actualizar los artículos que hacen referencia a las Secretarías de Estado cuya denominación fue modificada; así como al Gobierno del Distrito Federal en lo conducente.

Este dictamen, compañeras y compañeros, también ha sido publicado en la Gaceta del Senado del día de hoy.

(SIGUE 7ª PARTE) ...este dictamen, compañeras y compañeros, también ha sido publicado en la gaceta del Senado del día de hoy, por lo que ustedes pueden consultarlo, y la secretaría recogerá --en votación económica-- si la Asamblea autoriza omitir su lectura.

-LA C. SECRETARIA MENCHACA CASTELLANOS: Consulto a la Asamblea --en votación económica-- si se omite la lectura del dictamen.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente)

-Sí se omite la lectura, Senador-Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: En consecuencia, es un dictamen a discusión, y en su momento a votación.

Antes de iniciar el procedimiento de discusión y votación de este dictamen, y en cuanto me dejen tranquilos los papeles, gracias, quiero informar a la Asamblea que se encuentran con nosotros una importante Delegación de la Asamblea Regional de Murcia, que está integrada por el Excelentísimo Don Francisco Celdrán Vidal, Presidente de la Asamblea Regional de Murcia, y Decano de los Presidentes de los Parlamentos Regionales de España.

Viene también con él Don Juan Carlos Ruiz López, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular de la Asamblea Regional de Murcia, acompañados ambos, por Doña Encarnación Fernández de Simón, Presidenta de la Asociación Española de Letrados de Parlamentos y Secretaria General de la Asamblea de Murcia.

Don Enrique Arnaldos Paya, Jefe del Gabinete de la Asamblea Regional de Murcia, y la doctora Doña Piedad García Escudero Márquez, Letrada de las Cortes Generales de España.

Esta delegación nos visita, y les deseamos feliz estancia en nuestro país, con motivo de la Asamblea Nacional de la Asociación de Oficiales Mayores y Secretarios Generales de los estados en México. Sean ustedes bienvenidos.

A nombre del Senado les deseamos feliz estancia en nuestro país y éxito en sus trabajos. (Aplausos).

-Para la discusión del dictamen, se ofrece el uso de la palabra al Senador Don Jorge Ocejo Moreno, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, como autor de la Iniciativa y para hablar en pro del dictamen.

Tiene el uso de la palabra Don Jorge Ocejo Moreno.

-EL C. SENADOR JORGE OCEJO MORENO: Con su venia, señor Presidente.

Compañeras y compañeros legisladores:

El dictamen que hoy pone a su consideración las Comisiones Unidas de Gobernación; y de Estudios Legislativos, es relativo a una Iniciativa que presenté ante el Pleno de esta soberanía el 17 de septiembre del año 2008.

La Iniciativa con proyecto de decreto tiene por objeto actualizar todos aquellos artículos, que en diversas leyes federales, hacen referencia a las Secretarías de Estados, y cuya denominación en algún momento fue modificada sin que se reflejara esta modificación en las leyes correspondientes, y actualizar también la referencia al Gobierno del Distrito Federal eliminado la mención de los departamentos administrativos que ya no tienen vigencia.

La Iniciativa presentada fue aprobada por el Pleno de esta Cámara, el día 28 de abril de 2010, y remitida --en esa misma fecha-- a la Colegisladora, posteriormente fue aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados con modificaciones el día 28 de abril de 2011, y remitida de nuevo a esta soberanía.

En el dictamen de la minuta enviada por el Senado y aprobada por la Colegisladora, se llevaron a cabo algunas modificaciones, y esto fue necesario, porque en el lapso de prácticamente un año, que va desde la aprobación, en esta Cámara, y el dictamen que la Colegisladora realizó de la minuta, hubo algunas leyes que fueron modificadas, y en ella se aprovechó para actualizar los nombres o denominaciones de algunas dependencias y, como ya se habían propuesto en la Iniciativa en comento, requerían que en el dictamen de la minuta se hicieran las correcciones pertinentes.

Es así que las comisiones dictaminadoras, habiendo analizado las correcciones hechas por la Colegisladora, las han considerado procedentes, y por ello se presenta el proyecto de decreto a esta soberanía para su aprobación, quedado finalmente reformadas un total de 77 leyes federales, en las cuales solamente se actualizan y corrigen las denominaciones de las Secretarías de Estado que se citan en sus diversos artículos, con la aclaración de que esta reforma no modifica atribuciones, responsabilidades, ni funciones de los órganos cuya denominación se actualiza.

Sin embargo este decreto es importante, pues, deja en debido orden todas las denominaciones a que se hace referencia y con ello se da certeza jurídica en la aplicación de las leyes reformadas.

La denominación de las Secretarías de Estado que se citan en las leyes, debe ser concordante en nuestro orden jurídico, por lo que debe de existir una actualización en las leyes federales de las denominaciones de las dependencias, ya que de no hacerlo se propiciaría --como se ha dicho-- falta de certeza jurídica.

En ese sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha expresado, al dictar las tesis de jurisprudencia: P./J10/94, sobre la competencia y fundamentación del acto de la autoridad que literalmente dice:

"Que los actos de molestia y privación deben --entre otros requisitos-- ser emitidos por autoridad competente y cumplir las formalidades esenciales que les den eficacia jurídica, lo que significa que todo acto de autoridad necesariamente, y lo expresa la Corte, debe emitirse porque en para ello está facultado, expresándose como parte de las formalidades esenciales, el carácter con el que se suscribe y el dispositivo, acuerdo o decreto que otorga tal estimación, de lo contrario se dejaría al afectado en estado de indefensión". Terminal a cita de la Jurisprudencia de la Suprema Corte.

Es por ello que al aprobarse este proyecto de decreto, nuestro sistema jurídico:

Primero.- Conserva su eficacia.

Segundo.- Brinda certeza jurídica a los gobernados.

Y en tercer lugar, salvaguarda a los principios de legalidad y seguridad consagrados en los artículos 14 y 16 de nuestra Constitución Política.

Desde este órgano legislativo, tenemos la responsabilidad de actualizar --cuando sucedan cambios-- la denominación que reciben los órganos de la administración pública federal en nuestra legislación, asuntos que en otros momentos no se tomaron en cuanto, habiendo dejado jurídicamente lagunas en nuestras leyes, en algunas de nuestras leyes federales y que hoy se vuelven a poner en orden en todas estas leyes para lograr que sean consistentes en todo momento y ofrecer al ciudadano mejores leyes y más eficaces.

Por ello pido a ustedes que pasemos a la aprobación de esta Iniciativa que reforma 77 leyes federales en cuanto a las denominaciones de las Secretarías de Estado.

Es cuanto, señor Presidente. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Gracias, Senador Don Jorge Ocejo.

Ruego a la Secretaría Parlamentaria, por le eminencia de la votación, dar los avisos a los que se refiere el artículo 58 del Reglamento.

Compañeras y compañeros:

No hay más oradores registrados, y simplemente consulto ¿si alguna Senadora y algún Senador va a reservar algún artículo?

-No habiendo reserva de ningún artículo, ni oradores registrados, procederemos a recoger la votación nominal, en lo general y en lo particular, en un solo acto.

-Abrase el sistema electrónico de votación para recibir, en lo general y en lo particular, la votación nominal hasta por 3 minutos.

(Se abre el sistema electrónico de votación)

(Se recoge la votación)

(Sigue 8ª. Parte). particular, la votación nominal hasta por 3 minutos.

(Se abre el sistema electrónico de votación)

(Se recoge la votación)

-EL C. PRESIDENTE GONZÁLEZ MORFÍN: Permítanme, darles la más cordial de las bienvenidas, a un grupo de estudiantes de la Facultad de Derecho de la UNAM, que se encuentran aquí presentes, invitados por el senador Rogelio Rueda.

Bienvenidos al Senado de la República. (Aplausos)

Gracias, por acompañarnos.

(Continúa votación electrónica)

-LA C. SECRETARIA MENCHACA CASTELLANOS: Senador presidente, se emitieron 83 votos en pro; cero en contra; cero abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE RICARDO GARCÍA CERVANTES: En consecuencia, está aprobado en lo general y en lo particular, el decreto por el que se reforman diversas leyes federales, con el objeto de actualizar todos aquellos artículos que hacen referencia a las Secretarías de Estado, cuya denominación ha sido modificada; y al Gobierno del Distrito Federal.

Así como eliminar la mención de los departamentos administrativos, que ya no tienen vigencia.

Se remite al Ejecutivo Federal, para los efectos del artículo 72 constitucional.

 




Estimado usuario:

La edición de los ordenamientos jurídicos del ámbito federal en medios electrónicos representa una versión oficial, con base en lo dispuesto por los artículos 2°, 5°, 6° fracción IV, y 8° de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

La edición de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en medios electrónicos no representa una versión oficial, con fundamento en el artículo 3° del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando en algún párrafo aparezca la leyenda “N. DE E.” significa Nota de Editor y consiste en la nota, aclaración o acotación de la persona que compiló la reforma, al advertir la falta de precisión en el decreto de promulgación o modificación.

En caso de que algunas fechas de publicación o modificaciones a este ordenamiento aún no incluyan la imagen digitalizada de su periódico oficial o texto sistematizado en Word, se hace de su conocimiento que éstas se encuentran en proceso de ingreso u obtención. Para confirmar los datos o conocer su seguimiento o actualización, favor de comunicarse al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 1623 o 2113.

Para todo comentario o sugerencia adicionales en relación con la información que aquí se muestra, agradeceremos los haga llegar a las cuentas de correo electrónico cdaacl@mail.scjn.gob.mx y sjuridico@mail.scjn.gob.mx; o bien, se comunique al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 4109 o 1262.

Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes / cdaacl@mail.scjn.gob.mx / (55) 4113-1100 extensiones 4109 o 1262.

Procesando...