Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 15/12/1995
Categoría: LEY

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/REVISORA
CAMARA DE SENADORES
DISCUSION
MEXICO D.F., A 7 DE DICIEMBRE DE 1995.


DECRETO POR EL QUE SE EXPIDEN NUEVAS LEYES FISCALES Y SE MODIFICAN OTRAS

(Dictamen de segunda lectura)

- El C. Presidente: El siguiente punto del Orden del Día, es la segunda lectura del dictamen con proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras. En virtud de que este dictamen ha sido previamente distribuido entre los ciudadanos Senadores, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura.

- El C. Secretario Salazar Sáenz: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si al dictamen que contiene proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras, se le dispensa la lectura. Quienes estén por la afirmativa. Sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea asiente)

-Sí se dispensa, señor Presidente.

El C. Presidente: Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica. si se autoriza que la discusión de este dictamen se realice en lo general y en lo particular en un solo acto.

-El C. Secretario Salazar Sáenz: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que la discusión de este dictamen se realice en lo general y en lo particular en un solo acto. Quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea asiente)

- Si se autoriza, señor Presidente.

- El C. Presidente: En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el dictamen de proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras.

- Se le concede el uso de la palabra al Senador José Ramón Medina Padilla, del Partido Acción Nacional, que va en contra.

-El C. Senador José Ramón Medina Padilla: Con su permiso, señor Presidente: señoras y señores Senadores: Discutimos hoy la minuta con proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras. documento que contiene el proyecto de tres nuevas leyes fiscales relacionadas con la materia tributaria: La Ley del Sistema de Administración Tributaria. la Ley Aduanera y la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación.

Asimismo, contiene disposiciones que reforman ocho leyes impositivas y finalmente, abroga la Ley del Impuesto Sobre Adquisiciones de Inmuebles. impuesto que por disposiciones legales ahora corresponde a las entidades federativas recaudar.

Antes de entrar en la materia del contenido de esta minuta, quisiera hacer algunas consideraciones generales con respecto a la política tributaria que el Ejecutivo Federal ha venido implementando mediante estas llamadas misceláneas fiscales

La exposición de motivos de la iniciativa de ley. cuya minuta nos fue turnada por la Cámara de Diputados. establece la necesidad de avanzar más en la creación de una estructura fiscal que estimule la competitividad de la economía y favorezca el crecimiento equilibrado y. asimismo, autocalifica las medidas que se proponen como un avance hacia una reforma tributaria integral, que fortalezca la recaudación y promueva la inversión, el empleo y el ahorro, mejore la equidad tributaria. logre niveles más avanzados de cumplimiento. avance en la simplificación fiscal y administrativa y en el otorgamiento de mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y fortalezca las finanzas de los tres niveles de gobierno.

Como podemos apreciar, la política tributaria es una herramienta de la política económica que al buscar entre otros el objetivo del financiamiento adecuado y solvente, de las actividades del gobierno establece los mecanismos y reglas mediante las cuales los ciudadanos cumplen con su obligación constitucional de contribuir para los gastos públicos de la nación.

Asimismo mediante decisiones de política tributaria se establecen las formas en las que las personas físicas y morales. los gobiernos de los estados, de los municipios y de la Federación y las entidades de la administración pública deben cumplir con su obligación, de enterar los impuestos que retienen a los ciudadanos.

En el marco de las reformas a las leyes tributarias, que hoy se contienen en la minuta de la iniciativa de creación de nuevas leyes fiscales y modificación de otras: es preciso analizar un discurso y la política discursiva para establecerla relación precisa entre los objetivos que se plantean y las medidas que se proponen para el logro de esos objetivos.

Se habló de adoptar una estrategia para sustentar el fomento del crecimiento en la participación equitativa. reglas claras y trato justo para todos los sectores productivos. definiendo que el trato justo entre el gobierno y los particulares significa tener un sistema fiscal transparente y equitativo. Significa regulación precisa sin excesos, que fomente efectivamente la actividad económica; se habló de convertir la política tributaria en un pilar de apoyo y aliento a la producción y a la inversión, de promover un ambicioso programa de reformas que proporcione un marco tributario competitivo a nivel internacional.

Para simplificar, además, el cálculo del impuesto de los trabajadores y hacerlo proporcional y equitativo, para crear un régimen fiscal sencillo y accesible a la mayoría de los contribuyentes y de concertar con los estados nuevas fórmulas para garantizar el flujo directo de mayores recursos a los municipios. Más recientemente se habla de evitar que los impuestos se conviertan en obstáculo para la actividad económica y para la generación de empleos.

De ampliar las deducciones de las inversiones que signifiquen mayor inversión productiva y nuevamente se habla de simplificar y reducir costos administrativos. De una revisión urgente en cl cálculo del impuesto de los asalariados que hoy en día requiere de múltiples y complejas operaciones. se habla de la generalidad en la aplicación de las disposiciones fiscales como un aspecto fundamental de equidad tributaria, de un nuevo sistema de coordinación hacendaria para fortalecer las finanzas de los tres niveles de gobierno como factor determinante del nuevo federalismo.

Podemos afirmar que los objetivos aquí señalados coinciden con los propuestos en ejercicios anteriores y son la continuación de una política tributaria que no ha logrado ni la promoción del empleo, ni la generación de ahorro público y privado ni la reducción de cargas administrativas, ni la simplificación de las disposiciones tributarias. Pero en cambio, sí ha permitido al Estado mantener un nivel de fiscalización y recaudación que le ha permitido incrementos prácticamente en todos los ejercicios anteriores.

Entrando al análisis de las propuestas, encontramos que en el caso del Impuesto Sobre la Renta no se presenta la propuesta ofrecida para reformar la mecánica de cálculo de los impuestos de los trabajadores ni para lograr efectivamente una desgravación de los salarios de los trabajadores de menores ingresos y darle proporcionalidad y equidad a la tarifa de este impuesto. En el caso de las deducciones. se mantienen los mismos montos a deducir para inversiones productivas, porcentajes que como en el caso de maquinaria y equipo, de mobiliario y de equipo de cómputo deben ser incrementados dado el avance tecnológico y la rápida obsolescencia en que se encuentran sujetos estos activos.

No basta ajustar sólo los montos de la deducción inmediata de los activos fijos por estimaciones actuariales ajustables anualmente y que implican una perdida de cantidades destinadas a la inversión. Además de un complicado cálculo para la determinación de los impuestos. La medida más importante que se propone en la Ley del Impuesto Sobre la Renta es la relativa a permitir la determinación del impuesto a las personas físicas que no hayan obtenido ingresos superiores a 77 veces el salario mínimo elevado al año.

Por las operaciones que estas personas físicas realicen con el público en general, tiene esta medida la ventaja de permitir el cálculo del impuesto, aplicando un factor a los ingresos totales del contribuyente, pero no lo libera de la obligación de conservar documentación comprobatoria de los gastoso compras que realiza. Impide, además, que los comprobantes que expidan estos contribuyentes por sus ventas sean deducibles para el adquiriente de los bienes. con lo que quedará sujeto el contribuyente pequeño a su condición permanente de contribuyente pequeño sin posibilidad de poder acceder a mercados de mayor consumo que requieran documentación comprobatoria deducible con lo que no se logra el objetivo de promover el crecimiento de la planta productiva.

Por otra parte, en lo que respecta a esta iniciativa cabe destacarla intención recaudatoria de la autoridad fiscal, pues si consideramos que en años anteriores se estableció un mal llamado régimen simplificado, que resultó más complicado que el régimen general, dicho sistema no sólo logró el objetivo de la simplificación y el incremento de la recaudación, sino que además mantuvo el mismo nivel de recaudación del fisco con incrementos en Impuestos Sobre la Renta menores al 30 por ciento, contra un incremento sustancial en el padrón de contribuyentes. Personas físicas de 2millones 700 mil contribuyentes en 1990 a 5 millones 250 mil contribuyentes en 1994.

Con lo que ahora con una cuota fija sobre ingresos totales a una base mayor de contribuyentes se busca un incremento sustancial de la recaudación.

Incremento sustancial que se verá asegurado sobre los ingresos totales. más no sobre las ganancias ni las utilidades o rentas que perciban estas personas físicas.

En materia de Código Fiscal de la Federación las medidas que se introducen amplían las facultades discrecionales de la autoridad para emitir criterios fiscales.

En materia de expedición de comprobantes se establece un mecanismo de revisión o fiscalización que no cumple con las disposiciones establecidas para las visitas domiciliarias; con lo cual obviamente no se garantiza la seguridad jurídica al contribuyente visitado.

En el Artículo 145 de dicho ordenamiento se establece la facultad de la autoridad de practicar el embargo precautorio para asegurar el interés fiscal con lo que se viola la disposición constitucional contenida en el Artículo 16, pues no se tiene la certeza jurídica de la existencia de una obligación fiscal no cumplida.

Por lo que hace a las disposiciones contenidas en la Ley de Coordinación Fiscal, las reformas que se plantean en materia de incremento de la participación federal asignable a los estados de un 18.5 por ciento a un 20 por ciento, es insuficiente para lograr un verdadero fortalecimiento de las finanzas estatales y municipales.

Además de no establecerse un incremento a los porcentajes mínimos asignables a los municipios, manteniéndose como mínimo el 20 por ciento; situación con la que nuevamente sólo se incrementarán en mayores montos los ingresos de los estados y en mayor medida los ingresos de los municipios.

Debe, a nuestro juicio, incrementarse el mínimo asignable a los municipios cuando menos a un 50 por ciento de lo recaudado por el impuesto sobre tenencias y a un 25 por ciento lo asignable a los municipios por el ingreso o la participación federal correspondiente por el concepto de participación general.

Con esto, los municipios podrán estar en condiciones de soportar cuando menos los gastos que implica la colaboración con los gobiernos estatales en la gestión pública.

Finalmente, consideramos que las medidas propuestas no satisfacen los reclamos de la sociedad en materia de simplificación administrativa ni las aspiraciones de los agentes productivos de contar con un sistema fiscal que realmente estimule la productividad y la generación de empleo y ahorro.

Creemos que la política fiscal. basada sólo en la revisión delas obligaciones tributarias de la ciudadanía para con el gobierno, han agotado las posibilidades de logro de los objetivos planteados y de mayores recaudaciones.

Por lo que el voto del Partido Acción Nacional será en contra de la minuta que contiene el proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras.

Me atrevo a afirmar que es el momento de que asumamos un verdadero compromiso de fortalecimiento del federalismo; entendido éste no sólo como el logro de la equidad en la distribución de los ingresos públicos entre los niveles de gobierno. Sino como el establecimiento de una nueva relación que se debe establecer entre el Estado con sus órganos de gobierno en materia de fiscalización tributaria. Que no nos sorprenda que en el futuro, la Federación revise el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las entidades federativas, de los municipios. de las universidades, así como de las propias dependencias del Poder Ejecutivo y de los Poderes Judicial y Legislativo. Básicamente en lo relativo en su obligación como responsable solidario en el entero de las retenciones por los impuestos de los ciudadanos que trabajan para el Estado.

Dejo la tarea a los especialistas de analizar el impacto en las cuentas nacionales. del monto de los impuestos que hoy se retienen por el propio Estado y que no se contabilizan adecuadamente porque en la mayoría de los casos no se enteran al fisco.

¿Cuánto pueden significar estos impuestos con respecto al Producto Interno Bruto?, un punto, dos puntos, cinco puntos, diez puntos, no lo sabemos. Esto realmente puede. al modificar la contabilidad nacional modificar los criterios en la toma de las decisiones económicas. Muchas gracias.

(Aplausos)

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra para razonar su voto al ciudadano Senador Alberto Santos de Hoyos del Partido Revolucionario Institucional.

- El C. Senador Alberto Santos de Hoyos: Con su permiso, señor Presidente: compañeras y compañeros Senadores: He pedido el uso de la palabra para tratar de convencerlos de la urgente necesidad de derogar el impuesto a los activos. Me hubiera gustado mucho tener suficiente tiempo para discutir y analizar esta propuesta. Lamentablemente no hubo tiempo ni en septiembre, octubre y noviembre. Estuvimos muy ocupados. Y ahora, al cuarto para las doce, quisiera poder convencerlos pensando en México.

El impuesto a los activos es injusto y es inconveniente. Es injusto porque está diseñado para gravar a los evasores del Impuesto Sobre la Renta. Y está diseñado para que paguen justos por pecadores.

Es injusto porque grava los activos y no el patrimonio. Debemos reconocer que un porcentaje importante de los activos de las empresas se deben a la banca y que después de tres años de recesión y de crisis, este porcentaje se ha visto acrecentado y en muchos casos, sobre todo en las empresas medianas deben el 100 por ciento de sus activos y tienen que pagar tasas de interés criminalmente altas, y por encima de eso pagar un impuesto a las posibles utilidades por el uso de esos activos que debido a la recesión en muchos casos ni siquiera están siendo utilizados.

Es un impuesto injusto porque gravo solamente a las empresas que tienen pérdidas. Ya que las empresas que tienen utilidades acreditan este impuesto en contra del Impuesto Sobre la Renta. Es inconveniente porque el mayor problema que tenemos en este momento en el país es la falta de empleos y este impuesto en el pasado ha sido el empujón definitivo para el cierre de miles de empresas y la pérdida de cientos de miles de empleos. Aquéllas que han logrado sobrevivir ya no aguantan otro empujón más; necesitan apoyos y no que se les chupe la poca sangre que les queda.

En condiciones normales este impuesto es injusto e inconveniente. En condiciones de emergencia. este impuesto es criminal. EI propio Presidente Zedillo ya lo reconoció. hace un año, la iniciativa redujo del 2 por ciento al 1.8.y prometió que lo seguiría reduciendo.

Hace pocas semanas, exentó a todas aquellas empresas con ventas durante el 95, inferiores a 7 millones de pesos; mismas que representan aproximadamente el 80 por ciento del número de las empresas. Lamentablemente representan solamente el 30 por ciento en número de empleos generados.

Yo entiendo, que los jóvenes tecnócratas que diseñan la política fiscal no tengan la sensibilidad y el conocimiento de la tragedia que viven los desempleados; pero aquí en el Senado eso es inconcebible; aquí hay experiencia y hay contacto con la realidad. Debemos pensar en ellos, en los desempleados, y actuar por ellos.

Imaginémonos al votar su trágica angustia. Los jefes de familia que llegan a su hogar, a informarle a su familia que ya no tienen trabajo y que ya no tienen un ingreso suficiente para sostener a esta familia.

Imaginémoslo la tragedia de la esposa y de los hijos. al ver que su padre ha perdido el trabajo y ya no puede sostenerlos. Son millones de seres humanos, que dependen de lo que nosotros hagamos o dejemos de hacer.

Yo los exhorto. Compañeros a que no veamos esto como un voto de partido. Hagámoslo un voto de conciencia, un voto de responsabilidad, un voto de amor a México. Muchas gracias.

(Aplausos)

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano Senador Auldárico Hernández Gerónimo. del Partido de la Revolución Democrática. para fijar posición.

- El C. Senador Auldárico Hernández Gerónimo: Con su permiso, señor Presidente: Con fundamento en el Artículo 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Partido de la Revolución Democrática presenta esta Cámara de Senadores su voto particular. respecto al dictamen de la minuta del Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras.

Señoras, y señores legisladores: Frente ala situación de crisis económica que enfrenta el país, el gobierno persiste en su tono y actitud triunfalista; ello le impide pensar medidas alternativas viables, efectivas y consensadas en este Senado y entre los sectores productivos mayoritarios del país.

En lugar de proponernos acciones novedosas y eficientes. diseña acciones burocráticas y confusas, sugiere medidas que han mostrado su inoperancia y su incapacidad de reencauzarnos por la vía del crecimiento estable, algunas medidas parciales, tibias e insuficientes. Arguyendo la falacia de que aunque son insuficientes tales medidas, ello es mejor que no hacer nada.

En este sentido. la creación del Servicio de Administración Tributaria, el contenido de la Ley Aduanera y la Ley de Coordinación Fiscal, entre otros puntos. nos convencen de votar en contra del paquete de leyes fiscales enviado por el Ejecutivo.

Con el conjunto de propuestas contenidas en el paquete a discusión. El gobierno no puede cumplir con sus cinco grandes objetivos;

Impulsar un nuevo federalismo; alentar la actividad económica y promover las exportaciones; avanzar en la simplificación fiscal y administrativa; otorgar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes y modernizar la administración tributaria.

En su Artículo 1o. el Decreto establece la creación del Servicio de Administración Tributaria, como un órgano desconcentrado con carácter de autoridad fiscal, que asumiría la mayoría de las funciones que vienen desempeñando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Y particularmente la Subsecretaría de Ingresos, tales como la determinación y recaudación de impuestos federales, plantea más problemas que soluciones.

Esto debido a que en el texto de la ley propuesta no se menciona qué va a pasar con la Subsecretaría de Ingresos. Al parecer dicha Subsecretaría continuaría operando aunque con menores atribuciones, las que se cederían al SAR.

Entonces surge el pensar en reducir el tamaño de la Subsecretaría, con lo que se lanzaría a la calle a sus actuales trabajadores.

El Artículo Octavo Transitorio de la Ley del SAR determina que los derechos de los trabajadores serán respetados y en ningún caso serán afectados por la reorganización que impIica el presente ordenamiento.

Sin embargo, la ley nada dice de una posible recontratación de trabajadores de la Subsecretaría. Es verdad que en cualquier caso el SAR contratará trabajadores; pero se podría afectar los intereses y derechos de los actuales trabajadores de la Subsecretaría al perderse parte de su materia de trabajo o en el mejor de los casos se incrementaría el personal y se duplicarían actividades.

Por otra parte, ¿qué pasará con la Subsecretaría de Ingresos? ¿Cuál es la razón de que el Servicio de Administración Tributaria opere a partir de julio de1997? ¿Por qué no instrumentar el servicio fiscal de carrera con la actual estructura administrativa?

El SAR constituye una medida administrativa burocrática para mejorarla administración hacendaria. se requiere voluntad política para erradicar la corrupción, el manejo discrecional y patrimonialista de las funciones gubernamentales, así como la ineptitud de altos funcionarios solapados por compadrazgos; no es necesario ni mucho menos afectar las fuentes de trabajo de los trabajadores.

El Artículo 2º del Decreto expide la Ley Aduanera, la cual establece diversas disposiciones generales relacionadas a las importaciones y exportaciones que regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías.

Se nos presentan páginas y páginas de dichas disposiciones sin que éstas tengan relevancia fundamental para encarar los problemas productivos y del sector externo que enfrenta la economía.

No hay disposiciones para proteger la planta productiva ni para mejorar la posición competitiva, ni para incrementar el contenido nacional de las exportaciones.

Por el contrario. la Ley Aduanera presenta iniciativas que exentan del pago de impuestos a las importaciones realizadas por los exportadores. así el Capítulo Tercero. Sección Primera de la Ley Aduanera, está referida a las importaciones temporales de mercancías donde se señalan que "no pagarán los impuestos al comercio exterior y las cuotas compensatorias". Lo cual está dirigido a favorecer a las maquiladoras y a las empresas con programas de exportación.

El Artículo 110 señala que las maquiladoras y las empresas con programas de exportación podrán cambiar el régimen de importaciones definitivas; las mercancías que hubieran importado temporalmente siempre que se trate de bienes de activos fijos importados al amparo de programas de exportación.

Si bien más adelante se afirma que se debe cubrir el pago de impuestos. en tal cambio de régimen de temporal a definitivo, otorga facilidades para disminuir el valor de las mercancías al momento de la importación temporal desde ese período hasta 3 mil 665 días.

Con estas disposiciones se exenta del pago de impuestos a las importaciones realizadas durante 10 años por tales empresas. Así. menos posibilidades tenemos para avanzar en el mayor contenido nacional de las exportaciones.

Nos condenamos así a ser un país maquilador. sin generar valor agregado en los productos de exportación; sin que las exportaciones se traduzcan en dinámicas productivas que irradien dinamismo a las diversas ramas industriales y a las diversas regiones del país sin que generen el empleo que demandan millones de mexicanos.

¿De qué sirve que se exporten alrededor de 50 mil millones de dólares de manufacturas? Si éstas tienen un bajo componente nacional; si la mayor parte de éstas tienen un alto contenido importado. Tal situación no genera efectos positivos. significativos, sobre la dinámica de producción nacional ni sobre el sector externo ni sobre el empleo.

Considerarnos que la entrada de mercancías debe regularse y controlarse para proteger la poca planta productiva y el empleo que quedan; deben prohibirse las importaciones de aquellos bienes que son producidos internamente, debemos regresar al régimen de permisos previos de importación para proteger la planta productiva y el empleo, no se trata de regresar a los regímenes profesionistas del pasado que configuraron ganancias monopólicas de ineficiencia y baja productividad.

Proponemos instrumentar medidas de regulación y control del comercio exterior, que han sido exitosas en otros países. Dichas medidas deben estar condicionadas a asegurar mayores niveles de productividad y mayores niveles de integración interna. Para conformar efectos multiplicadores que irradien en el dinamismo del conjunto de la economía.

Asimismo, las salidas de mercancías del territorio nacional, deben estar sujetas a reglamentaciones y disposiciones en relación al contenido nacional de las mismas, para poder dinamizar la economía y disminuir las presiones sobre el sector externo, lo cual no contempla dicha ley.

Finalmente, a pesar de nuestro reconocimiento como positivos a ciertos avances, hechos como el aumento de la recaudación federal, participable el 18.5 por ciento al 20 por ciento, la abrogación del impuesto de adquisición de bienes inmuebles, las modificaciones a la tenencia de automóviles y al impues-to sobre automóviles nuevos, así como al incremento de las participaciones federales a los estados, por concepto de bebidas alcohólicas, cerveza y tabaco. Las anteriores medidas resultan doblemente insuficientes.

Son insuficientes en su monto. en lo general pero son también insuficientes en el sentido de que dichas participaciones en los estados, fueron regateadas en los municipios, se apoya a los estados pero no a los municipios, no hay un verdadero federalismo, sino un apoyo a los gobernadores caciques que así ven reforzado su poder de dominio y control político en sus respectivos estados.

En este tema como en muchos otros el Ejecutivo maneja más apariencias que realidades. Por todo lo señalado nuestra fracción vota en contra del presente Decreto. Muchas gracias.

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano Senador Mauricio Fernández Garza, del Partido Acción Nacional, que hablará en contra.

El C. Senador Mauricio Fernández Garza: Con su permiso. señor Presidente; estimados compañeros: Quisiera apoyar, por supuesto, los pensamientos que acaba de expresar el Senador Alberto Santos, dado que además preside la Comisión de Fomento Industrial, yo tengo el honroso cargo de Secretario de la misma.

Es para mí ridículo considerar que estamos hablando de un nuevo rumbo económico, un nuevo rumbo al país, que hasta el colmo. De que importantes o las cúpulas empresariales, así lo manifestaran al Presidente que ahora sí había rumbo.

No es posible en ningún sentido pensar en rumbo. cuando este país, si algo ha requerido en los últimos años, es precisamente inversión. ahorro e inversión.

México viene desde 1980 aproximadamente, creciendo al 1 por ciento, cuando montones de países en nuestro propio continente nos han demostrado en nuevos modelos económicos cómo se puede crecer por encima del 10.

Y no es posible pensar que si lo que necesitamos sea inversión, precisamente a quien la pretenda llevar a cabo se le imponga un impuesto. Y lo más absurdo es que hoy por hoy después de ver la crisis y el caos en el cual estamos sumergidos en este país, tengamos el atrevimiento para mantener un impuesto como en los activos hoy por hoy.

Yo tuve oportunidad de comentárselo tanto al Secretario Herminio Blanco como al Presidente de la República. Que simplemente a mí nunca me han gustado las secretarías con apellido y SECOFI desgraciada-mente es el caso. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, cuando por años lo que hemos necesitado en este país es precisamente cómo incentivar el comercio industrial que a su vez genera comercio, y no viceversa como hoy por hoy lo tenemos, que el comercio no genera fomento industrial y si ven el enfoque del país, es precisamente en comercio lo cual ya lo tuvimos con un Tratado de Libre Comercio indiscriminado.

Necesitamos por lo tanto no de nombre, como se lo decía al propio Secretario, que por supuesto, si las quieren dejar juntas, debería ser SEFICO y nunca SECOFI: pero, no es un problema de nomenclatura de cómo ponerle a la Secretaría sino un enfoque precisamente de rumbo de país, que creo que es el que hemos perdido considerablemente.

Conocemos datos de que, aproximadamente, hemos perdido un millón de fuentes de empleo, este año y créanme que necesitamos urgentemente fomentar el empleo, que vamos a tener que incorporar a casi un millón anual y esto implicaría crecer muy por encima del 10 por ciento en nuestro Producto Interno Bruto. Y, ¿cómo es posible considerar que estas cosas se puedan dar como les repito con una aberración de una ley que grave a los activos?

Yo no quisiera ya ampliarme, creo que fue suficientemente amplio, también el comentario del Senador Alberto Santos y, por lo tanto, los suscritos Senadores a esta Quincuagésima Sexta Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el Artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente

PROPOSICION

UNICA.- Se suprime el numeral dos de la fracción ¡del Artículo 1º. de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1996, relativo al impuesto al activo. Muchas gracias.

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano Senador Jesús Orozco Alfaro, del Partido Revolucionario Institucional, que hablará en pro.

- El C. Senador Jesús Orozco Alfaro: Con su permiso, señor Presidente: compañeras y compañeros Senadores: Hago uso de esta tribuna para fijar la posición de mi partido en relación al dictamen en discusión y que tiene que ver con el proyecto de Decreto que modifica ocho leyes fiscales; abroga una y crea tres nuevas para el ejercicio fiscal de 1996.

Antes de entrar al análisis del contenido del dictamen que nos ocupa, considero necesario ubicar las reformas fiscales que hoy analizamos y debatimos -en el contexto de la política fiscal propuesta por el Ejecutivo Federal.

Es importante tener presente que la política de ingresos en l996 estará orientada a financiar sanamente el gasto de los tres órdenes de gobierno; estimular una eficiente asignación de los recursos entre sectores y regiones y alentar la actividad económica, la inversión y la generación de empleos.

De manera más específica podemos establecer que las acciones contempladas, en materia fiscal, persiguen cuatro propósitos básicos:

Uno. Alentar la actividad económica en general y las exportaciones en particular;

Dos. avanzar en la simplificación administrativa:

Tres, modernizar la función de administración tributaria, y

Cuatro. Dar pasos firmes hacia una nueva distribución de recursos y responsabilidades entre la Federación, los estados y los municipios del país.

En el marco de estos objetivos, de política fiscal, la Comisión de Hacienda de este Senado desarrolló las labores de análisis, discusión y modificación de la iniciativa del Ejecutivo Federal.

En relación a ese trabajo cabe mencionar que aún antes de que el Poder legislativo recibiera formalmente el contenido de las iniciativas, se tuvieron diversas reuniones con servidores públicos de la Secretaría de Hacienda, encabezados por su titular, por el Secretario, en las cuales se ventilaron criterios y opiniones sobre el alcance y orientación de la política fiscal para 1996.

Por otra parte, tal como se asienta en el dictamen, se trabajó en conferencia con la Comisión de Hacienda y Crédito Público de La Cámara de Diputados, lo que permitió que los Senadores tuviéramos una significativa participación, con propuestas de modificaciones que, cabe señalar, en su mayoría. fueron incorporadas.

A continuación expresaré. en primer término, nuestra posición en torno a la importancia y alcance de las tres nuevas leyes que hoy discutimos: La Ley del Servicio de Administración Tributaria, la Ley Aduanera y la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación.

El propósito central de la Ley Orgánica del Sistema de Administración Tributaria es la configuración de un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con carácter de autoridad fiscal, conformado por personal profesional calificado, cuya actividad consista en la organización de los procesos recaudatorios, el mejoramiento del servicio y la atención a los contribuyentes y el perfeccionamiento de los sistemas para vigilar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

Es necesario precisar que la creación de este Organo no implica que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deje de ejecutar las atribuciones que tiene en materia de formulación de la política fiscal del gobierno federal, y determinación de precios y tarifas del sector público, dado que éstas son cuestiones estrechamente ligadas a la política económica.

Otras ventajas que se obtendrán. de aprobarse la constitución de este nuevo órgano tributario lo son sin duda la mejor prestación de servicios, dada su autonomía técnica. así como el impulso al servicio fiscal de carrera. Entre las modificaciones efectuadas a la iniciativa, sobresale la obligación del Presidente de Administración Tributaria. De rendir ante el Congreso de la Unión, o en su caso ante la Comisión Permanente, una exposición sobre las actividades realizadas.

La nueva ley en materia aduanera es. desde nuestro punto de vista, congruente con la importancia que se otorga al comercio exterior del país en la estrategia de reactivación económica.

De manera concreta podemos afirmar que la ley Aduanera propuesta persigue tres objetivos básicos: estimular las exportaciones. Combatir adecuadamente las prácticas ilícitas de comercio internacional y hacer más eficiente la operación aduanera y brindar mayor seguridad jurídica a los usuarios de comercio exterior.

Para avanzar en materia de simplificación administrativa, se contemplan las figuras de "pedimento consolidado" de la cuenta aduanera, la constancia de exportación y la eliminación del padrón de importadores. Y de los regímenes de marinas turísticas y casas rodantes.

Asimismo, propone crear el Consejo de clasificación Arancelaria como órgano colegiado para agilizar la resolución de las consultas en materia de clasificación correcta de las mercancías, objeto del comercio exterior.

Entre los cambios introducidos a la iniciativa de Ley Aduanera, como propuesta de los legisladores, sobresalen los que tienen que ver con un mejor tratamiento a los tiempos y tipos de almacenamiento, el apoyo a las personas discapacitadas en materia de importación de vehículos especiales; las medidas orientadas a establecer un trato equitativo entre los agentes y apoderados aduanales como coadyuvantes de la autoridad aduanera y la gradualidad de las sanciones aplicables.

La nueva Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación implica una reestructuración sustancial de dicho tribunal, a fin de abatir el rezago que se ha venido presentando en la resolución de asuntos, fortalecerlo para convertirlo en un verdadero tribunal de justicia administrativa, establecer diversas estructuras para una más eficaz impartición de justicia en materia fiscal, y dotarlo de los elementos necesarios para que adquiera su plena autonomía.

En lo que respecta a la integración del tribunal, se establece que el Presidente de la República, con la aprobación del Senado, será quien designe a los magistrados del tribunal fiscal y se precisan los requisitos para ser magistrado, así como el régimen de duración en los encargos, tanto en las Salas Superiores como en las Salas Regionales.

Dentro de las modificaciones realizadas al texto de la iniciativa destaca la del Articulo 4º. en el sentido de eliminar el requisito de que los magistrados para ser designados, sean menores de 65 años al día de la primera designación, permitiendo así el aprovechamiento de la capacidad y experiencia de los posibles magistrados que rebasen el límite señalado.

Por otra parte, con esta nueva ley se eliminará el concepto de magistrado supernumerario para que sea el primer secretario de cada ponencia el que supla al magistrado en sus ausencias, lo que ayudará a estructurar una mejor carrera jurisdiccional.

Con la reestructuración del tribunal se incrementará sensiblemente la capacidad jurisdiccional de la Sala Superior, en virtud de que sus magistrados sólo intervendrán en las cuestiones administrativas más importantes, concentrándose en las funciones sustantivas.

Ahora abordaré lo que se refiere al conjunto de modificaciones a diversas leyes fiscales.

En el conjunto de medidas que coloquialmente se conocen como miscelánea fiscal, se contemplan importantes adecuaciones tributarias que son congruentes con la difícil situación económica que hoy vivimos.

Es nuestra convicción de que las medidas inicialmente propuestas, que fueron enriquecidas y adicionadas en el transcurso del proceso legislativo, entrañan avances importantes que no deben desdeñarse a partir de análisis parciales.

Las modificaciones fiscales que hoy nos ocupan se orientan, indudablemente, a favorecer la generación de empleos y mejorar la situación de las empresas en un ambiente de recuperación económica. Se incluyen igualmente cuestiones importantes en materia de estímulos fiscales, simplificación tributaria y mayor seguridad jurídica para el contribuyente.

Mención especial merecen los avances obtenidos en materia de federalismo fiscal, que significan pasos importantes en el fortalecimiento financiero de los estados y municipios. Resulta indispensable tener presente que este conjunto de cambios fiscales no está desvinculado del Decreto que el Ejecutivo Federal emitió el 31 de octubre pasado por medio del cual se exime del pago de diversas contribuciones federales y se otorgan estímulos fiscales con una vigencia del 1o. de noviembre de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1996.

Aquí quisiera hacer algunas consideraciones en relación al impuesto al activo de las empresas; hay que precisar que el impuesto al activo no es un impuesto adicional, sino complementario al de la renta, y además es un instrumento eficaz para combatir la evasión proveniente de la manipulación de precios de transferencia, ya que ninguna de las diversas técnicas que se utilizan para determinarlos es precisa; especialmente tratándose de la transferencia de bienes intangibles como es para mencionar un ejemplo: La transferencia de tecnología.

Como impuesto de control, el impuesto al activo, permite a los contribuyentes cumplidos y que obtienen un rendimiento promedio igual o superior a 5.3 por ciento de sus activos pagar sólo el Impuesto Sobre la Renta, al ser éste último acreditable al impuesto al activo. Además el impuesto al activo contiene mecanismos que dicen que se incremente la carga fiscal cuando las empresas reducen sus ventas, cuando las inversiones son de larga maduración o cuando las empresas están incrementando sus inversiones en activos productivos.

En el tratamiento al impuesto al activo no se deducen las deudas al sistema financiero en virtud de que el sistema financiero en su conjunto no está gravado. El impuesto al activo, hay que precisarlo, es en esencia un impuesto de control para mejorar los niveles recaudatorios; finalmente quisiera decir en relación al impuesto al activo que durante 1996 se exime del pago del impuesto al activo a los contribuyentes, personas morales y físicas con actividades empresariales, cuyos ingresos para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en el ejercicio 1995 no excedan de 7 millones de nuevos pesos.

Esta medida beneficiará alrededor del 85 por ciento del conjunto de empresas que hoy operan en el país. A continuación me referiré a las reformas más relevantes que apuntan hacia el estímulo a la inversión y al empleo para 1996; se hace permanente la reducción a 4 por ciento de la tasa de descuento para el cálculo.

- El C. Presidente: Me permite el orador. Sí. Senador Alemán.

- El C. Senador Miguel Alemán Velasco: (Desde su escaño). Puedo hacer una pregunta. señor Presidente.

- El C. Presidente: ¿Le puede usted contestar una pregunta al Senador? Adelante.

- El C. Senador Miguel Alemán Velasco: ¿Con respecto al artículo anterior no quisiera ser usted tan amable de explicar en qué consiste para que todos estemos enterados?

El C. Senador Jesús Orozco Alfaro: Si, cómo no, Senador Alemán. Ya lo señalaba yo en la serie de reflexiones que hacía con respecto a los cambios que en relación al tratamiento de este impuesto se van a dar en 1996 y que son resultado o serán resultado de la aplicación del Decreto expedido por el Ejecutivo Federal el 31 de octubre pasado.

Como yo lo señalaba, para 1996 estarán exentos totalmente de este impuesto al activo todos los contribuyentes, sean personas físicas o morales que realicen obviamente, actividades empresariales y que para efectos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en el ejercicio de este año de 1995 no excedan de 7 millones de nuevos pesos. Esto es lo que yo señalaba que tiene un efecto positivo para el mayor número de las empresas pequeñas y medianas del país, que esa es la conformación empresarial que tenemos actualmente.

Esto es lo que yo me permitiría enfatizar en relación a cómo se va a manejar este impuesto para 1996.

En lo que se refiere a las medidas más importantes para estimular el empleo y la inversión. Se introduce el régimen opcional del Impuesto Sobre la Renta para personas físicas, que enajenen bienes o presten servicios al público; cuando sus ingresos no excedan de 77 salarios mínimos anuales, pagando un porcentaje predeterminado de sus ingresos brutos reduciéndose la tasa a 2.5 por ciento.

Se permite a los contribuyentes acumular o reducir los intereses moratorios hasta que se cobren o se paguen, cuando las operaciones se realicen entre empresas; se amplía de 5 a 10 años el período de amortización de pérdidas fiscales.

Se incorpora nuevamente a la Ley del Impuesto al Valor Agregado el régimen de tasa cero para alimentos procesados y medicinas a todo lo largo de la cadena productiva.

Se establece la tasa cero en el IVA sobre el servicio o suministro de agua para uso doméstico se da permanencia en ley a la disposición de que el IVA se aplique únicamente a los intereses reales en el caso de créditos al consumo y tarjetas de crédito.

Se hace excepciones en el pago de los derechos por uso de aprovechamientos de aguas nacionales en distintas actividades productivas.

En lo que respecta a las reformas sobresalientes en materia de seguridad jurídica, podríamos puntualizar las siguientes:

Se avanza en la definición de un marco legal que tiende eliminar interpretaciones discrecionales de las disposiciones fiscales que van en contra de los intereses de los contribuyentes; se reduce de cuatro a tres meses el plazo para resolver peticiones o instancias formuladas a las autoridades fiscales.

Se dispondrá por parte del contribuyente de mejores medios de defensa por medio de un sistema de justicia de ventanilla, el cual deberá dar una solución pronta a los problemas fiscales.

Se suprime la posibilidad de que la autoridad fiscalizadora levante actas después de concluida su visita domiciliaria; se amplía el plazo para que los contribuyentes consigan la documentación necesaria para desvirtuar las irregularidades que consten en las actas de la visita domiciliaria.

Y en materia de simplificación fiscal valdría la pena destacar, que se perfeccionan procedimientos y mecanismos relacionados con la escisión y fusión de sociedades se reduce el plazo para efectuar devoluciones de impuestos de tres meses a 50 días y se establece que las empresas dictaminadas compensen los impuestos que tengan a su favor contra los impuestos Sobre la Renta o al Valor Agregado, lo que favorece el flujo de recursos y el ahorro administrativo de las mismas.

Compañeras y compañeros Senadores:

Considero que el trabajo legislativo realizado en torno a la iniciativa del Ejecutivo, que modifica y crea diversas leyes fiscales para el ejercicio 1996 ha sido relevante.

Las 50 modificaciones introducidas como producto de las propuestas de Diputados y Senadores de las diversas fracciones parlamentarias, otorgan plena vigencia al principio constitucional de división de poderes sin dejar de reconocer que todavía falta mucho por perfeccionar en materia del proceso legislativo sobre todo en lo que concierne a los tiempos es indudable que el dictamen que hoy discutimos contiene avances y signos alentadores en nuestro quehacer legislativo y de representación popular.

Aceptamos que también falta mucho por avanzar en diversas cuestiones de orden fiscal, sobre todo en materia de federalismo hacendario y en una mas justa participación tributaria de los trabajadores.

Ante estos retos, no quisiera dejar de señalar el compromiso asumido por la Comisión de Hacienda de este Senado de la República, en el sentido de trabajar en los próximos meses en la revisión y adecuación del sistema de coordinación fiscal y del régimen integral del Impuesto Sobre la Renta, aplicable a las personas físicas.

Sería injusto no dejar aquí constancia de la voluntad política del Presidente de la República para avanzar en este camino.

Reconocemos también su decisión para aplicar en 1996 una política fiscal que efectivamente contribuya a resolver los graves problemas económicos que hoy enfrenta México.

Por todas estas consideraciones, compañeras y compañeros Senadores, solicito a esta Honorable Asamblea el voto a favor del dictamen presentado a su consideración. Muchas gracias.

- La C. Senadora Irma Consuelo Serrano Castro Domínguez: (Desde su escaño). Señor Presidente, ¿puedo pasar a decir algunas palabras en contra?

- El C. Presidente: Con mucho gusto la anoto, Senadora.

- La C. Senadora Irma Consuelo Serrano Castro Domínguez: Muchas gracias. señor Presidente.

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano Senador Rosendo Villarreal Dávila, del Partido Acción Nacional, que hablará en contra.

- El C. Senador Rosendo Villarreal Dávila: Con su permiso, señor Presidente: señoras Senadoras: señores Senadores: señoras y señores: Hace aproximadamente un año en este recinto se tomó el acuerdo de que el Senado, se convirtiera en un verdadero impulsor del federalismo y para eso nos dio el mandato a tres Comisiones para que trabajáramos y conociéramos en detalle qué se pensaba en las entidades federativas que cada uno de nosotros representamos sobre el federalismo en general y sobre el federalismo fiscal también en particular.

En este año, a principios de este año, ustedes recordarán iniciamos una serie de foros. El primero en el patio del Senado al que asistió el entonces Secretario de Gobernación y después iniciamos una serie de foros. Uno en Monterrey, otro en Mérida en donde hubo una participación plural de funcionarios, de gobernadores, de funcionarios federales que cada uno desde su punto de vista nos dijeron, a nosotros al Senado. Como debería ser el federalismo; qué es lo que ellos querían que tuviera el federalismo.

Uno de los hechos reales de esta consulta es que fue plural y que se confundían muy seguido las voces de un gobernador del PRI, de uno del PAN, de un Diputado del PRD, de algún presidente municipal de otro partido y el clamor era general.

México no puede seguir con una vida centralizada México no puede depender de un gobierno central que no tiene ya capacidad de dictar las disposiciones adecuadas en cada lado y que están atorando el desarrollo del país. Y eso fue plural. No recuerdo en estos foros haber oído un sólo comentario en contra.

Voy a poner una excepción. Un foro de Hacienda, que se realizó en Saltillo. en el que algunos funcionarios de Hacienda presentaron una tesis diferente a la de todos los demás. Los impuestos y el manejo fiscal y hacendario lo debe hacer el que tiene más capacidad. Y en México el que tiene más capacidad es la Federa-ción; por eso no lo deben hacer estados y municipios. Pero fue una sola voz en muchas realmente, consultas.

Los gobernadores realizaron foros en que participaron gobernadores panistas; gobernadores priístas en los que fue invitado el Presidente de la República y participó y habló claramente que debería de cambiarse la forma en que el gobierno central tomaba todas las decisiones cobraba los impuestos y repartía en una forma muy pobre a estados y municipios. Y fue general el consenso. Vinieron después todas las consultas del Plan Nacional de Desarrollo. Muchos de ustedes, señoras Senadoras y señores Senadores, participaron en aquellos foros y volvimos a oír lo mismo. Se necesita descentralizar la vida nacional; se necesita un auténtico federalismo; se necesita que los estados y municipios hagan más su función de gobierno y el gobierno central cada vez tenga menos injerencia en la vida de las entidades.

Yo recuerdo a la mayor parte de ustedes les hemos pasado la síntesis de lo que se recogió en estos foros. Y una de las cosas importantes era invertir la pirámide hacendaria; que el municipio fuera el primero, el primer ente que cobrara los impuestos y le participará luego al estado y el estado a la Federación. Esa fue una demanda casi general. En que se le diera facultad a los estados o que se les regresara la que habían perdido por medio de los convenios de ellos cobrar los impuestos y vigilar las obras.

Si el año pasado o el año antepasado había una confusión, por ejemplo, en una posición del PAN, en la que algunas gentes decían; Es que ustedes quieren que nada más se les dé más participaciones, y eso no resuelve; creo que quedó claramente aclarado que eso no es cierto. Están municipios y estados dispuestos a recibir más dinero y a tener más responsabilidades ya ejercerlas, y que sus pueblos les reclamen, si no lo hacen adecuadamente.

En estos foros se habló mucho de que se pedía que PRONASOL pasara completamente al manejo municipal; se pidió que se eliminaran las delegaciones federales de muchas de las secretarías, no fue un reclamo exclusivo de gobernadores panistas, sino de varios gobernadores priístas, recuerdo, Sonora, Nuevo León y otros que dijeron; Es más grande la Secretaría de Agricultura en nuestro estado que todo; pero hablaron de más, no nada más de esa Secretaría.

Se habló, el año pasado, de los puentes federales y tuvimos aquí al Alcalde de Ciudad Juárez, que encabezó un movimiento plural; aquí estuvieron con nosotros en el Senado varios presidentes municipales de diferentes partidos, pidiendo que se les dejara el manejo.

Fue un esfuerzo grande y se hizo un esfuerzo serio, plural, abierto, sin ningún tinte partidista o buscando banderas. Sin embargo, al llegar a recibir la iniciativa, vemos que no se interpreta correctamente todo esto. Todo lo que dijeron muchos miembros del Ejecutivo Federal, sobre el federalismo, a la hora que lo plantearon es sus propuestas de leyes de hacienda, totalmente desapareció.

Vuelven al regateo, a decir, mira en lugar del 18.5 que va al fondo general de participaciones, va ir al 20. Eso es regateo, es regateo de mercado, no es el fondo del federalismo. Se dice: Te vamos a dar algo de lo que se cobre para licores y para cigarros y ya va ir directamente a los estados. No es eso lo que estamos discutiendo nosotros como federalismo, lo que queremos es que cambie la manera en que se cobren y se maneje después la obra pública de México; que nazca del municipio, luego sea el estado y luego sea la Federación. Esto no va a remediar.

Es una respuesta muy tibia, una respuesta muy corta. la que se está haciendo en federalismo fiscal.

Hay algunas cosas que reconocemos, ya se hace, el ISAI que fue un impuesto sobre adquisición de inmuebles, se les pasa concretamente a que lo manejen ya los estados; fue un impuesto que era federal, que lo había pasado a los municipios, pero que fue de los pocos que fue rebajando durante años, del 10 al 8 al 6 al 4 y al 2 porque no lo recibían directamente. Pero eso, ya pasó allá.

El impuesto sobre automóviles nuevos, también se va a pasar, aunque este año no se cobra, que creemos que es correcto estimular una industria que está sumamente decaída.

Y se les da facultad para el cobro de los impuestos a los servicios y hospedaje.

Como fracción del Partido Acción Nacional, insistimos en que no se está entendiendo el verdadero federalismo, el auténtico federalismo, el nuevo federalismo, como lo quieran poner; no se está Ejecutivo Federal tiene que reducir su tamaño significativamente y los recursos deben ir a estados y municipios, primero al municipio, luego al estado y luego la Federación.

Yo veo que en otras leyes, como la del Seguro Social, están con audacia cambiando los fondos de pensiones; y aquí no están haciendo nada; simples regateos de mercado, a ver si con esto ya quedamos contentos para este año.

Yo los invito, señoras Senadoras y señores Senadores, a no aceptar esta ley, este cambio que se aprobó en las leyes, y pedir que realmente se viva un federalismo fiscal, que es lo que necesitamos para cambiar a México. Un país de 90 millones de gentes no puede ser que siga el Ejecutivo metiéndose en decisiones municipales y estatales.

Nuestro punto de vista es que se debe rechazar. Y aprovechamos y hacemos un exhorto a todos ustedes, a que el año que entra, desde el primer día o desde ahorita, volvamos a trabajar, para hacer entender al Ejecutivo, que el federalismo es una cosa muy diferente; que es realmente, que la vida nazca del municipio; luego estados y luego Federación, y no regateos de mercado, de si el 18 al 20 fue bueno o fue malo. Creo que es totalmente inadecuado para la época que estamos viviendo y para las necesidades de nuestro país.

Con objeto de ayudar un poco a los ayuntamientos y estados a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional. queremos entregar una propuesta.

"Señores Secretarios de la Cámara de Senadores: Los suscritos Senadores de la LVI Legislatura, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el Artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente

P R O P O S I C I O N

UNICA.- Se adiciona una fracción al Artículo 2o.-A del Artículo Octavo del Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras, en relación a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:

"Articulo 2o.-A. fracción V.- Los servicios que presenten los gobiernos de las entidades federativas y ayuntamientos".

Lo que estamos pidiendo es la tasa cero para todas las entidades federativas; es algo que puede ayudar y que pedimos también sea aprobado por ustedes; y que luchemos realmente juntos por el auténtico federalismo que necesita nuestro país. Muchas gracias.

- El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra a la ciudadana Senadora Irma Serrano, que hablará en contra.

- La C. Senadora Irma Consuelo Serrano Castro Domínguez: Muchísimas gracias, señor Presidente: Ya se dijo o trató de que los ciudadanos Senadores pongan atención un poquito en estas leyes que son tan fundamentales para la vida de nuestro país y que desgraciadamente estamos agarrando casi al vapor.

Vengo de estar en otra ley que apenas a unos cuantos días de que se aprobó también, siendo muy delicadas todas las situaciones de la justicia en México, se siga cerrando a la industria, la inversión.

Están convirtiendo a México en un país de terrorismo. Yo no sé a dónde lo quieren llevar al que compre señores, algo que le vendieron al otro señor que vendió algo que puede parecer lavado de dinero. Ya no sé hasta dónde llega ese tal lavado de dinero, deberá ser castigado.

Eso es un pequeño cacahuatito de lo que hoy en la mañana oí con la nueva ley, en que no se quiso escuchar a los Senadores que opinaron que si era preciso en cinco días tomar una determinación, por qué no la mandaron hace un mes: todo lo que es justicia, señores, y sobre todo cuando se viene de castigos a leyes que son inconcebibles, deben ser estudiadas y analizadas por nosotros, por los mexicanos todos.

Ya sabemos que estas leyes, aunque parezcan descabelladas, las van a votar a favor porque así se los ordena un señor. ¡Qué verguenza señores! Voten, pero siquiera ahí esperamos que no nos borren las palabras de aquellos que nos atrevemos a decir que están hundiendo a México.

La gente tiene hambre, necesita comer, necesita que sus hijos coman, necesita trabajo. Y cada día se les cierran más las puertas, ya sea por una Secretaría, por la otra Secretaría; ahorita ya es la fiscalía que se puede apropiar de lo único que puede tener un mexicano, como su fábrica, su casa, 7 millones de nuevos pesos, ¡qué son señores! ni una triste taquería vale ya 7 millones de nuevos pesos. Pero éstas que valgan 7 millones para abajo, para arriba, van a ser beneficiadas con esto, yo no sé si se toma a este Senado como retrasados mentales por el Ejecutivo.

Pero como mexicana, creo que ya hasta la lengua se me secó y se me trabó, no es posible que una ley sea analizada con cordura, con conciencia, en 5 días que nos exigen mañana seguramente van a sacar otra, otra y otra.

Siento que el que está con ideas de ahogado es el señor Presidente, que acepta estas reconsideraciones a todas las leyes, quiere hacer un México en dos días, su México.

Creo que, hablábamos el otro día, de este señor que antes le antecedió en la Presidencia, que en 6 días quiso transformar a México, recuerdo a Echeverría, a los 6 días ya había hecho esto, el otro, puesto leyes. Qué rapidez, dioses nacieron, y nosotros los mexicanos borregadas, nada más les puedo decir ya señores, porque no tengo las leyes en la mano ni mi méndigo librito ahí, para estarles diciendo ahí en qué artículos están atropellando a México, lo están atropellando en toda su libertad, en toda su red de trabajo, a todos los estados, todos los días sale la voz del Presidente diciendo que mató a Chiapas, que mató a Veracruz, que va a crear empleos, va a crear impuestos, va a crear una bomba que ojalá y le estalle en las manos. Muchísimas gracias, señor Presidente.

El C. Presidente: Se concede el uso de la palabra al ciudadano Senador Eloy Cantú Segovia, del Partido Revolucionario Institucional, que hablará en pro.

- El C. Senador Eloy Cantú Segovia: Con su permiso, señor Presidente: compañeras y compañeros Senadores: Por la naturaleza de esta Cámara, un tema muy importante para nosotros, es analizar y reflexionar en torno al federalismo, en esta tribuna ya se han hecho diversas alusiones al federalismo fiscal, permítanme abordar este tema con una metodología fincada en cinco preguntas: preguntas que considero obligadas, que nos tenemos que hacer al abordar el tema del federalismo.

La primera pregunta, la pregunta normal sería, ¿cómo se asocia, cómo se entiende, cómo se enfoca el federalismo en la iniciativa que discutimos; se enfoca de manera simplista, cuantitativamente reduciendo el federalismo a una caja registradora de cuántos pesos entran y cuántos pesos salen, o es un enfoque más amplio, más rico, más acorde con la naturaleza del federalismo? Esa sería la primera pregunta.

Segunda, en la política de ingresos, objeto de nuestro análisis, es obligado preguntamos, ¿quién obtiene más ingresos, se obtienen más ingresos por parte del gobierno federal que las entidades federativas, estamos privilegiando las finanzas nacionales en detrimento de las finanzas locales?, obligando a cuestionarlos.

Tercera pregunta, en relación con las fuentes de ingresos, ¿Siguen siendo las mismas fuentes de ingreso para las autoridades locales, siguen siendo fundamentalmente las participaciones o hay algún cambio en materia de potestad tributaria de las entidades federativas?

Cuarta pregunta -y nosotros, legisladores-, ¿qué hicimos frente a la iniciativa, la recibimos de manera pasiva, complaciente o asumimos una actitud analítica, crítica, propositiva, frente a dicha iniciativa?

Y, finalmente, el día de hoy, ¿cuáles son nuestras conclusiones frente ni federalismo, qué actitud asumimos hoy frente al federalismo?

Permítanme responder, brevemente, a estas cinco preguntas: Primero, ¿cómo se enfoca, cómo se contempla el federalismo en esta iniciativa?

Primero, es importante resaltar, se le da un carácter prioritario, es el primer tema que aborda y es recurrente, a lo largo de la iniciativa; ciertamente, el carácter prioritario lo tiene, sobradamente el tema del federalismo; pero no es ese enfoque simplista de caja registradora, no es un enfoque reduccionista, por primera vez observamos que se establece el análisis de cuántos recursos, pero también se plantean responsabilidades, atribuciones, redistribuir recursos con responsabilidades. Yo creo que podemos hablar de que se plantea un binomio federalista. Se asocian recursos con responsabilidades. En este sentido el enfoque es satisfactorio, en términos federalistas, es un enfoque adecuado porque nos ubica ya en el camino que nos ha de conducir a un federalismo integral.

Ciertamente, en un dictamen, como el que estamos actualmente discutiendo, relacionado con la política de ingresos, no es el tipo de iniciativa para entrar aun análisis exhaustivo del federalismo; sí, abordar una de sus expresiones, pero, aquí no se agota el tema del análisis del federalismo.

Ciertamente, en este país, hay mucho que analizar, discutir y reflexionar, sobre el tema basta simplemente recordar que en nuestro sistema federal no existe un sistema coherente en la distribución de las responsabili-dades o de las competencias. Ustedes saben que en el Artículo l24 de la Constitución se dice: "Las facultades que no están expresamente señaladas para los funcionarios federales, se entienden reservadas para los estados".

A la luz de este artículo estamos en presencia de un régimen federal de facultades explícitas.

Pero nos vamos a las atribuciones del Congreso y en su última fracción, están las denominadas facultades implícitas: pero luego, nos vamos al Artículo 3o. constitucional y vemos que en educación por ejemplo, es una corresponsabilidad entre Federación, estado y municipio, facultades coincidentes; luego nos vamos a otras atribuciones o más bien prohibiciones constitucionales, que se les prohibe a los estados actuar en determinadas materias bastaría que estuvieran reservadas expresamente a la Federación, para que no la pudieran hacer los estados.

Tenemos que trabajar, a fondo sobre una más clara más precisa, más coherente distribución de competencias: pero insisto, ese tema está en la agenda de la discusión del federalismo, no es en esta iniciativa de Ley de Ingresos, el instrumento jurídico para ir más a fondo en esta materia.

Segunda pregunta, ¿en la política de ingresos se privilegian las finanzas federales nacionales, se fortalecen éstas en detrimento de las locales?

¿Estamos pues, ante un escenario donde hay más ingresos federales y menos ingresos locales?

Bueno, si tal fuera el caso, resultaría imposible hablar de federalismo; pero por supuesto que esto es lo más alejado a lo que nos ocupa en esta Ley de Ingresos, en esa política de ingresos.

Y yo creo que éste es el punto más importante: si aquí estuviéramos diciendo: "Señores, los ingresos federales aumentan en tanto por ciento en términos reales y decaen las participaciones". Compañeras y compañeros Senadores, tendríamos que decir, es más de lo mismo, centralismo, centralismo financiero en el marco de un federalismo político formal, pero no es el caso, ahora aquí está lo que nosotros calificamos como un cambio cualitativo, como un cambio de rumbo, como un nuevo rumbo por el cual se encauce el federalismo en nuestro país.

Un dato significativo es que, mientras los ingresos del sector público federal disminuyen en términos reales en 1.7 por ciento, el fondo general de participaciones aumenta, también, en términos reales en un 11.4 por ciento menos ingresos para el sector público federal, más ingresos para las entidades federativas se puede decir que es una feliz combinación federalista.

Esto es una realidad objetiva estos son los hechos, qué injusticia debemos de reconocer y admitir como avances en materia del federalismo, ciertamente es un punto de inflexión, estamos en presencia y así lo quiero entender con el inicio de una nueva tendencia, de una tendencia que nos ha de llevar a través del federalismo financiero o hacendario hacia un federalismo integral.

Tercera pregunta, ¿el incremento en los ingresos de las entidades federativas es únicamente debido al incremento en el fondo general de participaciones responde únicamente a ese criterio o ya en términos federalistas también las entidades federativas ya cuentan con mayores potestades tributarias, es decir, la capacidad de directamente ir a gravar fuentes de riqueza?

Ciertamente, los ingresos locales más importantes a nivel de las entidades federativas siguen siendo los que provienen de las participaciones federales que son ingresos propios de las entidades federativas, sin embargo, estamos ahora en presencia de un traslado de potestades tributarias que antes eran exclusivas de la Federación estas facultades o estas potestades tributarias, previamente exclusivas de la Federación son dos que ya se han mencionado.

Efectivamente, por una parte a partir del 1o. de enero de 1996, la ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles queda abrogada; una ley del 27 de diciembre de 1979, también quedará abrogada, pero esto a partir del 1o, de enero de 1997, la Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos del 22 de diciembre de 1979; adicionalmente a estas potestades tributarias de las entidades federativas, también ahora existen derechos, la facultad la competencia para establecer derechos concretamente para que las autoridades locales puedan expedir licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales, cuyos giros sean la enajenación de bebidas alcohólicas o la prestación de servicios que incluyan el expendio de dichas bebidas.

También se les otorga a las autoridades locales la facultad para expedir licencias en permisos o autorizaciones para la colocación de anuncios y carteles.

Así pues, junto con el incremento cuantitativo de las participaciones encontramos las potestades tributarias que empiezan a ampliarse para las autoridades locales, se puede decir que es incipiente, se puede decir que no es más que un ligero cambio en esta materia, pero es un cambio y es un cambio cualitativo el que estamos presenciando.

En este punto, quisiera antes de entrar a la siguiente interrogante, comentar algo de lo que previamente en esta tribuna se ha señalado en tomo a que se otorgue tasa cero en el Impuesto al Valor Agregado a estados y municipios, ciertamente esto es una petición que es muy popular es una petición que puede ser considerada altamente aceptable por las bondades que tendría para los estados y municipios, eso no me cabe la menor duda. Yo quisiera, sin embargo, recordar que el Impuesto al Valor Agregado en todos los países en donde se ha instituido se le da tasa cero a los productos de exportación, a los productos que se consumen en el exterior; esos son los que tienen tasa cero, porque el IVA es un impuesto al consumo.

Por lo tanto, se le da tasa cero a los productos que se van a consumir fuera del territorio donde se produce, pero siendo un impuesto al consumo es difícil seguir estableciendo esta distorsión de que se sigan dando más y más excepciones, es muy legítimo lo que alcanzamos en las Comisiones Unidas de Hacienda de lograr tasa cero para el consumo doméstico de agua, pues era éste un bien y un satisfactor primario, es un logro que se consiguió en materia de tasa cero del IVA.

Cuarta interrogante, ¿que hicieron los legisladores frente a la iniciativa en materia de ingreso, preguntaba, hubo una actitud complaciente, pasiva o una actitud reflexiva, crítica, propositiva; nos limitamos a analizar los contenidos de la iniciativa o hubo adiciones a la iniciativa de contenido no previstos en ella?

Primero, vamos a ver que estas iniciativas, hablando en lo general de las iniciativas que estudiamos, fueron objeto de 50 modificaciones, 50 modificaciones que son un testimonio real de cuál fue la actitud de los legisladores. Es decir, una actitud propositiva, una actitud crítica, y gracias a ello podemos decir que en las dos categorías de propuestas que se formularon encontramos sendos avances.

Primera categoría, vamos a decirlo así, las modificaciones efectuadas por los legisladores a propuestas contenidas en la iniciativa; los Senadores en Comisiones Unidas de Hacienda propusimos, ratificamos, hablo de lo que estaba previsto en la iniciativa, que en el impuesto especial de producción y servicios los IEPS en lugar del 10 por ciento en materia de cerveza y de bebidas alcohólicas fue del 20 por ciento, y que en lugar del 4 por ciento en materia de tabacos labrados fuera el 8 por ciento.

Los legisladores que compartimos esta propuesta vimos con gran satisfacción que en las Comisiones Unidas se dictaminó favorablemente esta propuesta.

Esto se traduce o significa un incremento en la asignación directa a los estados de mil 200 millones de nuevos pesos; esto en términos de participaciones significa el .5 de lo del fondo general.

Por lo tanto, si estaba en 18.5 pasaría a 19 con esta asignación directa. De lo que estaba también previsto en la iniciativa, el Ejecutivo planteó un incremento del 150 por ciento de aumento en los ingresos que el gobierno federal participará directamente a estados y municipios por concepto de los ingresos que se obtienen por peaje en aquellos municipios o estados que tienen puente.

Es el 150 por ciento de incremento que pasa al 25, estaba previamente amarrado, exclusivamente se podía asignar a obras de vialidad. Compañeras y compañeros Senadores, quienes conocemos ciudades de la frontera donde hay puentes sabemos que muchas veces antes, de obras de vialidad, hay demanda de agua potable, de luz, de drenaje, de cuestiones mucho más elementales, son ciudades que crecen enormemente, tienen una presión demográfica muy por encima de la del resto del país; por todos esos conacionales nuestros que no pudiendo pasar a los Estados Unidos se quedan ahí en la frontera.

Por eso los Senadores, los legisladores, propusimos que no se estableciera ese amarre a ese candado, a esos recursos; pero también pusimos una prohibición y hoy la ratificamos: Que por ningún concepto estos ingresos vayan al gasto corriente, que no sirva para el gasto corriente, que se asegure que sea gasto de inversión social, en infraestructura o en vialidades, pero que decidan las autoridades locales; esa fue otra aportación de los legisladores.

Segunda, entro a las propuestas de temas que no estaban contemplados en la iniciativa, pero que los legisladores consideramos necesarios incluirlos. El más importante de estos temas no contemplados en la iniciativa, es lo referente al fondo general de participaciones.

En la iniciativa no se contemplaba modificar el 18.5 que citaba previsto para el fondo general; aquí en esta tribuna, haciéndome eco de muchos compañeros legisladores, propusimos que hubiera un incremento del 4 por ciento en las participaciones.

Una vez que pasamos por todo el análisis, una discusión fuerte, seria, responsable, donde vimos las repercusiones que tendría el aumentar ese 4 por ciento; consideramos que un aumento en el fondo general de participaciones para ser sostenible, para ser real tiene que acompañarse de un necesario equilibrio en las finanzas federales.

Si nosotros caemos en fortalecer las finanzas locales en detrimento del equilibrio de las finanzas nacionales estamos creando un nuevo problema.

Consideramos entonces que un incremento de 1.5 por ciento era un incremento aceptable por compatible con dos valores que buscabamos: Aumentar los ingresos de las entidades federativas y simultáneamente mantener el equilibrio de las finanzas federales.

Lo importante es acreditar que gracias a esta propuesta de los legisladores se logró aumentar el fondo general de participaciones; este aumento significa un aumento de 4 mil 500 millones de nuevos pesos, este aumento no significa que el presupuesto general del gobierno federal se haya aumentado en esta cantidad; esta cantidad de 4 mil 500 millones, más lo referente al IEPS se ha tenido que buscar de qué otras partidas presupuestales quitar esos recursos; se hizo una condición: Que no se le quite dinero a la inversión. La reducción en el gasto corriente del gobierno federal.

Así pues, llegamos a la quinta interrogante.

Finalmente, ¿cuál es nuestra actitud ahora frente a los logros alcanzados en materia de federalismo hacendario?

¿Estamos y vale la pena preguntarse frente a una forma de federalismo acabado; estamos frente a una situación de lo deseable?

Bueno, ciertamente nosotros no creemos eso; creemos sí como lo señala la iniciativa del Ejecutivo que ese es el primer paso; en un primer paso, pero estamos convencidos que existe ya un cambio. Existe un cambio cualitativo, existe un cambio de rumbo, que ha de conducir hacia nuevos y más importantes estadios de desarrollo de nuestro federalismo.

Hoy resulta legítimo aspirar a esos nuevos estadios de desarrollo de federalismo.

Hoy es importante ratificar nuestro compromiso por impulsar el desarrollo del federalismo. Pero hoy, este compromiso no nos puede cegar para llevarnos a ignorar los logros obtenidos en justicia; hay que reconocer lo que hemos avanzado y también definir el camino que hemos de recorrer para avanzar hacia estadios superiores de perfección de nuestro federalismo.

Quisiera comentar en este mismo espíritu federalista, aunque no es competencia todavía al menos de la Cámara de Senadores, lo referente al Presupuesto de Egresos de la Federación, pero es un dato importante que debemos de tener presente. El Ramo 26 se descentraliza en un 65 por ciento a estados y municipios. Es decir ¿en qué se traduce esto? En que se transfieren 7 mil millones de nuevos pesos para que lo ejerzan directamente estados y municipios. Es un dato importante hablar del gasto en el Ramo 26 porque complementa este espíritu de renovado federalismo.

Quisiera señalar, en justicia también, que a pesar de los avances logrados, tenemos por delante tareas muy importantes. Se ha planteado, diversos legisladores hemos planteado, que para avanzaren el federalismo se requiere revisar los criterios con base en los cuales se definen las asignaciones federales en el fondo general de participaciones. Sabemos que estos criterios deben de preservar su carácter de justicia distributiva. Sabemos que estos criterios deben de preservar criterios de solidaridad federalista; pero también consideramos que deben de incorporarse criterios en términos de producción y formación de riqueza de las entidades federativas, entre otros temas; son temas que habremos de consensar, de trabajar, durante los próximos meses para seguir avanzando en esta ruta del federalismo.

Todos nosotros sabemos y compartimos la convicción de que el régimen federal es una de las decisiones políticas fundamentales del pueblo de México, cuando definió como quería gobernarse, definió la forma federal. Todos compartimos la idea de que el federalismo como principio y valor político y como forma de organización política del Estado nunca será una obra acabada; siempre será perfectible, cuando hayamos alcanzado estadios de desarrollo como el actual, ya estamos pensando en uno superior; ese es nuestro compromiso, ir avanzando por ese camino. Es el camino que reclama la nación mexicana, hoy más que nunca la mejor forma de fortalecer a México, es en la medida en que se fortalezca el federalismo.

Vemos pues, que el rumbo es correcto; es un nuevo rumbo; es un camino que reclama el futuro al que aspiramos, porque desde hoy estamos en ese camino, porque queremos transitar por él y llevarlo al estadio de desarrollo donde unamos lo posible y lo acerquemos con lo deseable, hoy hemos dado un paso dentro de lo posible, rumbo a lo deseable.

Por eso, compañeras y compañeros Senadores, yo les pido su apoyo, su voto, para el dictamen de la Comisión de Hacienda. Gracias.

(Aplausos)

El C. Presidente: Con fundamento en el Articulo 115 del Reglamento para el Gobierno Interior y en virtud de haberse agotado la lista de oradores, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si el dictamen se encuentra suficientemente discutido.

- El C. Secretario Salazar Sáenz: Por disposición de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si el dictamen se considera suficientemente discutido. Quienes estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea asiente)

- El C. Presidente: Proceda la Secretaría a someter a la consideración de la Asamblea, en votación económica, la propuesta presentada por el Senador Mauricio Fernández Garza del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

- El C. Secretario Perez Tijerina: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si acepta la propuesta presentada por el Senador Mauricio Fernández Garza. Quienes estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea no asiente)

- Quienes estén porque se rechace, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea asiente)

- Rechazada. señor Presidente.

- El C. Presidente: Proceda la Secretaría a someter a la consideración de la Asamblea, en votación económica, la propuesta presentada por el Senador Rosendo Villarreal Dávila, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

- El C. Secretario Salazar Sáenz: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la Asamblea, en votación económica, si se acepta la propuesta presentada por el Senador Rosendo ViIIarreal Dávila. Quienes estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea no asiente)

- Quienes estén porque se rechace, sírvanse manifestarlo poniéndose de pie.

(La Asamblea asiente)

- Rechazada. señor Presidente.

El C. Presidente: Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras.

- El C. Secretario Salazar Sáenz: Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de Decreto por el que se Expiden Nuevas Leyes Fiscales y se Modifican Otras. Se ruega a la Oficialía Mayor, se hagan los avisos a que se refiere el Articulo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior.

(La Oficialía Mayor cumple)

- La recibe por la afirmativa, Salazar Sáenz.

- El C. Secretario Lopez Tijerina: La recibe por la negativa, Lopez Tijerina.

(Se recoge la votación)

- El C. Secretario Salazar Sáenz: Señor Presidente, se emitieron 82 votos en pro y24 en contra.

- El C. Presidente: Aprobado el proyecto de Decreto por el que se expide la Ley del Servicio de Administración Tributaria; la Ley Aduanera; La Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y se modifican diversas disposiciones fiscales. Pasa al Ejecutivo de la Unión, para sus efectos constitucionales.





 




Estimado usuario:

La edición de los ordenamientos jurídicos del ámbito federal en medios electrónicos representa una versión oficial, con base en lo dispuesto por los artículos 2°, 5°, 6° fracción IV, y 8° de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

La edición de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en medios electrónicos no representa una versión oficial, con fundamento en el artículo 3° del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando en algún párrafo aparezca la leyenda “N. DE E.” significa Nota de Editor y consiste en la nota, aclaración o acotación de la persona que compiló la reforma, al advertir la falta de precisión en el decreto de promulgación o modificación.

En caso de que algunas fechas de publicación o modificaciones a este ordenamiento aún no incluyan la imagen digitalizada de su periódico oficial o texto sistematizado en Word, se hace de su conocimiento que éstas se encuentran en proceso de ingreso u obtención. Para confirmar los datos o conocer su seguimiento o actualización, favor de comunicarse al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 1623 o 2113.

Para todo comentario o sugerencia adicionales en relación con la información que aquí se muestra, agradeceremos los haga llegar a las cuentas de correo electrónico cdaacl@mail.scjn.gob.mx y sjuridico@mail.scjn.gob.mx; o bien, se comunique al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 4109 o 1262.

Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes / cdaacl@mail.scjn.gob.mx / (55) 4113-1100 extensiones 4109 o 1262.

Procesando...