Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 31/01/2005
Categoría: LEY

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
DISCUSION
México, D.F., a 15 de Abril de 2004.


Continuamos ahora con la segunda lectura al Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Nacional y se reforma el artículo 50-bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Ya que este Dictamen se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria de este día, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.

- LA C. SECRETARIA CASTELLANOS CORTES: Compañeros legisladores: En votación económica, les consulto si se omite la lectura del Dictamen.

Quienes estén por la afirmativa, favor de manifestarlo.

( LA ASAMBLEA ASIENTE )

Es aprobado, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Gracias.

Ahora solicito a la Secretaría consulte a la Asamblea, también en votación económica, si autoriza que la discusión de este Dictamen se dé en lo general y en lo particular en un solo acto.

- LA C. SECRETARIA CASTELLANOS CORTES: Con mucho gusto.

Honorable Asamblea: En votación económica, les consulto si autorizan que la discusión se realice en lo general y en lo particular en un solo acto.

Quienes estén por la afirmativa, favor de manifestarlo.

( LA ASAMBLEA ASIENTE )

Quienes estén por la negativa.

( LA ASAMBLEA NO ASIENTE )

Señor Presidente, sí se autoriza.

- EL C. PRESIDENTE: En consecuencia, está a discusión el anterior Dictamen.

Ha pedido el uso de la palabra para presentar una moción suspensiva, primeramente, el senador Rutilio Cruz Escandón Cadenas del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

- EL C. SENADOR RUTILIO CRUZ ESCANDON CADENAS: Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros: Los suscritos senadores del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática integrantes de la Quincuagésima Novena Legislativa al Congreso de la Unión y con fundamento en los artículo 109 y 110 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitamos una moción suspensiva del Dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Nacional y se reforma el artículo 50-bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con la siguiente exposición de motivos:

En conferencia especial de seguridad realizada por la Organización de Estados Americanos en octubre pasado, se declara que la seguridad nacional rebasa el ámbito de la seguridad pública y se inscribe también con la misma importancia en los asuntos relacionados con el desarrollo de las naciones.

México es un país en desarrollo y, como en la mayor parte de los estados latinoamericanos, su sociedad no encuentra en el terrorismo la amenaza fundamental para la supervivencia del Estado, sino que considera superiores las amenazas aquéllas que le representan el hambre, las enfermedades, las catástrofes naturales y el deterioro ambiental.

Es innegable que resulta imprescindible lograr un marco normativo que uniforma y fortalezca los esfuerzos gubernamentales en materia de seguridad nacional. Somos conscientes del esfuerzo que el presente Dictamen significa para la sistematización y el ordenamiento de los asuntos de seguridad nacional que deberán ser atendidos por el Estado.

El propio artículo 3° del proyecto de la ley en discusión expone como concepto de seguridad nacional aquéllas normas, cuyo objeto inmediato será el mantenimiento de la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, basada en principios de preservación de la Soberanía e independencia nacionales. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno, así como el cuidado de la unidad nacional, la cohesión social y la protección de la vida y de los derechos de los mexicanos, entre otros.

En el artículo 3° están contenidos los elementos conceptuales, fundamentales de seguridad nacional. En las materias antes descritas, sin embargo, en el cuerpo de la legislación que se dispute únicamente se desarrolla la posibilidad de atención a algunos conceptos relevantes para la seguridad pública, la paz social y la estabilidad de instituciones públicas del Estado, mediante la implementación de medidas administrativas de carácter policiaco.

En el Dictamen que se presenta el día de hoy, adolece de un tratamiento integral a asuntos de suma relevancia, tan importantes como la seguridad pública, la defensa nacional, el desarrollo económico y social.

No debemos de perder de vista los efectos nefastos suscitados en muchas naciones e incluso en nuestra historia con oscuros pasajes en los 60's y en los 70's, donde las actuaciones de los servicios de seguridad al margen de la ley han dejado tan sólo impunidad por un buen número de crímenes.

La voluntad de regular dichas actividades es un paso importante para consolidar un verdadero estado de derecho. Lo cierto es que en las naciones donde aún no se consolida un auténtico estado democrático de derecho, quienes detentan el poder han utilizado el discurso de la defensa, de la unidad y la seguridad nacional para inhibir, aplacar o aniquilar cualquier tipo de disidencia u oposición de sin importar si es institucional o no.

El grupo parlamentario del PRD está a favor de que sea normada la actividad de Seguridad Nacional. Sabemos que se ha hecho un enorme esfuerzo por lograr una legislación adecuada, sin embargo, consideramos necesario que el contenido del dictamen que revalore en la oportunidad de mejorar el proyecto a la luz de una auténtica visión de Estado.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter as la consideración de este pleno la siguiente moción suspensiva:

UNICO.- Se apruebe la moción suspensiva del dictamen de las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Nacional, y se reforma el artículo 50 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con el objeto de que sea devuelto a las comisiones respectivas para su revaloración. Por su atención, compañeras y compañeros, muchas gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE: En razón de la moción suspensiva, presentada, consulto a la asamblea si existe algún impugnador frente a la moción. No habiendo oradores, proceda la Secretaría, con fundamento en el artículo 110 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a consultar a la asamblea, en votación económica si es de aprobarse la moción presentada.

-LA C. SECRETARIA CASTELLANOS CORTES: Con mucho gusto, señor presidente. Compañeros senadores, por instrucciones de la presidencia, consulto en votación económica si es de aceptarse la moción presentada por el senador Rutilio Cruz Escandón.

Quienes estén por la afirmativa, favor de demostrarlo. (La asamblea asiente).

Quienes estén por la negativa, favor de demostrarlo. (La asamblea no asiente).

Desechada la moción suspensiva, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE: En consecuencia, continuamos con la discusión del dictamen. Y para tal efecto se ha registrado previamente el senador Gildardo Gómez Verónica, por las comisiones. Tiene usted el uso de la palabra.

-EL C. SENADOR GILDARDO GOMEZ VERONICA: Muchas gracias, señor presidente. Solamente para informar a la asamblea, a nombre de la Comisión de Gobernación, que voy a presentar a la Mesa Directiva un documento con varias correcciones a la publicación del dictamen de la Ley de Seguridad Nacional, aparecida en la Gaceta Parlamentaria. Señor presidente, hago entrega de este documento.

-EL C. PRESIDENTE: Las propuestas que recibimos, presentadas por el senador Gildardo Gómez Verónica, se pondrán a consideración del pleno al culminar la discusión del dictamen.

Ahora tiene el uso de la palabra el senador Antonio García Torres, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

-EL C. SENADOR ANTONIO GARCIA TORRES: Gracias, señor presidente. El día de hoy daremos un paso más en el Congreso para crear a este país una materia nueva, la de la Seguridad Nacional. Es un tema de gran trascendencia, y es un tema en donde actualmente México no cuenta con un marco jurídico que sustente el actuar de la autoridad en materia de Seguridad Nacional.

Para llegar a esta iniciativa que hoy votaremos, fue necesario, primero, hacer una reforma constitucional a los artículos 73 y 89 para dar facultades al Congreso de legislar en materia de Seguridad Nacional, y para dejar bajo el cuidado del Ejecutivo el preservar y el observar y dictar las medidas necesarias para la Seguridad Nacional.

Esta ley prevé la acción coordinada del poder del Estado en su conjunto, con el propósito de garantizar la defensa de la nación y del Estado, como forma de organización política que se ha construido sobre la base de los derechos fundamentales, cuya realización constituye su fin íntimo.

Existen controles descritos en la iniciativa tanto jurisdiccionales para que cuando el órgano de gobierno solicite intervenciones, estas no se puedan realizar si no se da la autorización de un juez federal.

Existe el control legislativo a través de la participación del Senado de la República para conocer la agenda nacional de riesgos; para conocer los programas anuales sobre Seguridad Nacional para solicitar la información que se requiera al Gabinete de Seguridad Nacional, que se crea a través de esta iniciativa, y existe en realidad un actuar del órgano legislativo que trasciende en tan importante tarea.

Además, existirá el control del propio Ejecutivo a través del Gabinete de Seguridad Nacional, a través del Secretario de Gobernación para saber qué está haciendo el CISEN a quien hoy estamos dando, por primera vez, un marco jurídico, a quien por primera vez a través de esta iniciativa tendremos el Poder Legislativo la facultad de solicitar información, de saber de qué están haciendo y de tener una normatividad que hoy es indispensable para la vida de este país, que es un país democrático.

Creo que es de suma importancia que esta iniciativa que vamos a votar lo hagamos unidos y que nadie quede fuera de la aprobación de esta ley, porque como lo he dicho, le estaremos dando a la Nación un marco normativo que necesita; un marco legal que es una exigencia hoy en día.

En la ley se describe con toda precisión cuáles son las causas de amenazas a la seguridad nacional, y será precisamente un control para que el Estado no pueda traspasar los derechos individuales de los ciudadanos, a través de esta ley sabremos hasta donde llega la materia de la Seguridad Nacional, y hasta donde puede haber un actuar fuera del marco legal de los órganos de gobierno.

Es por esto que los principios que se definen en esta Ley de Seguridad Nacional son la salvaguarda de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio; el mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.

La unidad nacional, la cohesión social y la protección de la vida y de los derechos de los mexicanos; la defensa legítima de los intereses vitales de la Nación respecto del exterior y, finalmente, la preservación de la democracia fundada en el desarrollo económico, social y político del país.

Como toda ley al momento que entre en vigencia, si es que el Congreso lo aprueba, tendremos la oportunidad de irla mejorando, de ir viendo qué es útil y qué no lo es y, de ir viendo la eficacia de este nuevo ordenamiento legal, al que exhorto a todos los senadores y senadoras, a apoyar.

Por todo lo expuesto, la bancada del PRI apoyará esta Iniciativa y la votará en sentido afirmativo.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE: Se concede ahora el uso de la palabra al Senador Jesús Galván Muñoz, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

-EL C. SENADOR JESUS GALVAN MUÑOZ: Con su venia, señor Presidente.

La aprobación de la Ley de Seguridad Nacional, compañeras y compañeros, implica un instrumento para salvaguardar los verdaderos intereses nacionales dentro de un gobierno democrático que vele por el bienestar de los mexicanos.

De ahí que la ley tenga por objeto establecer las bases de integración y acción coordinada entre las instituciones y autoridades encargadas de preservar la seguridad nacional y la colaboración entre las autoridades federales, estatales y municipales.

En el dictamen que contiene este Proyecto de Ley, se atribuye al Ejecutivo Federal la determinación de la política en materia de seguridad nacional. Entendiendo por ésta, el conjunto de principios, normas, valores, personas, instancias y procedimientos que tienen por objeto inmediato y directo la condición de mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, velando por la preservación de la soberanía, independencia y unidad nacionales, la defensa del territorio; el mantenimiento del orden constitucional; la protección de la vida de los mexicanos; la defensa de los intereses del Estado Mexicano y la preservación de la democracia.

Asimismo, señala, que las disposiciones de esta ley están regidas por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales y garantías individuales y sociales; confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación, con lo que se garantiza el pleno respeto a la dignidad de la persona humana y, se evita un abuso en el actuar de las autoridades que tienen encomendada la tarea de preservar la seguridad nacional.

Eliminando toda discrecionalidad, en el dictamen de la ley se señala, de manera precisa y clara, los supuestos en los que debe considerarse que existe una amenaza a la seguridad nacional y, establece que en el Plan Nacional de Desarrollo se definirán los temas de la materia, de tal forma, que el Ejecutivo Federal deberá elaborar una agenda nacional de riesgos tomando en cuenta el propio plan y el programa respectivo.

Por mandato de ley, se crea un gabinete de seguridad nacional, instancia encargada de coordinar las acciones orientadas a preservar la seguridad nacional y de articular la política en la materia.

El gabinete contará con un secretario técnico para un buen desarrollo de sus funciones.

Además, se prevé que las reuniones del gabinete serán de carácter privado y, los documentos y demás información que genere, será reservada.

Con esta ley, también se crea el (Centro de Investigación y Seguridad Nacional) como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que tendrá a su cargo el establecimiento y operación de un sistema de investigación e información, además de otras atribuciones como: preparar estudios sobre asuntos que pudieran afectar la seguridad nacional; adquirir, administrar y desarrollar tecnología especializada para la investigación de las comunicaciones del Gobierno Federal en la materia.

Por la propia naturaleza de la materia regulada por la ley, esta prevé disposiciones relativas al estatuto que regirá al personal del (Centro de Investigación y Seguridad Nacional) y además establece disposiciones específicas, relativas a la información que sea recabada y procesada para usarse con fines de seguridad nacional, así como las acciones de inteligencia que se llevaren a cabo.

Por otro lado, se dispone un capítulo específico para regular las intervenciones de comunicaciones en los casos de una amenaza inminente a los intereses vitales del Estado Mexicano, disponiendo que el centro podrá solicitar tales acciones al Poder Judicial de la Federación y, estableciendo el procedimiento respectivo.

Finalmente, para garantizar el pleno cumplimiento a las disposiciones de la ley, se establece: "Que las acciones y políticas vinculadas con la seguridad nacional están controladas y evaluadas por el Poder Legislativo Federal a través de esta Cámara de Senadores".

Compañeras y compañeros senadores:

Por todos estos motivos, el Grupo de Acción Nacional, en este Senado de la República, apoyará afirmativamente este Proyecto de Dictamen que ahora se discute.

Muchas gracias. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE: Tiene ahora el uso de la palabra el Senador Raymundo Cárdenas, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

-EL C. SENADOR RAYMUNDO CARDENAS HERNANDEZ: Gracias, Senador-Presidente.

Compañeras y compañeros:

La Iniciativa sometida a nuestra consideración parte de una concepción limitada de lo que debemos entender por seguridad nacional.

Si bien en sus artículos 3º y 4º se hacen menciones a los derechos sociales, a la necesaria preservación de la democracia y al desarrollo económico, social y político del país y de sus habitantes, en el artículo 5º, que es el sustantivo, no se consideran amenazas contra la seguridad nacional, los actos que tiendan a socavar las instituciones democráticas, ni siquiera aquellos realizados por los medios más extremos; como tampoco se consideran en esta categoría los actos o los eventos que afecten gravemente las condiciones de vida de la población, como podrían ser: el deterioro grave de las bases productivas del país, las decisiones en materia económica o los actos de especulación en contra de nuestra moneda, actos que ya hemos sufrido en el pasado y, que han puesto a nuestro país al borde de situaciones gravísimas.

Nosotros consideramos que la seguridad nacional, es decir, la estabilidad de las instituciones, se basan principalmente en la vigencia de los derechos individuales y sociales. Entre estos, claro, los que se refieren a la seguridad pública ¡Por supuesto! Pero también al trabajo, a la educación, a la salud y al salario remunerador.

La Iniciativa presentada pretende --correctamente-- regular y someter a control las actividades de investigación e información conocidas en el mundo: como actividades de inteligencia que hoy mismos ya se desarrollan en el CISEN, al margen de un fundamento jurídico suficiente.

Sin embargo, tiene la sustantiva limitación de sólo abarcar las actividades de inteligencia realizadas por el citado organismo, dejando al margen las que realizan, sin duda, las Fuerzas Armadas, ya que estas jamás son mencionadas.

Por otra parte, quedan también al margen las labores de investigación que realiza la Secretaría de Seguridad Pública.

Compañeras y compañeros:

Hace dos semanas, por encargo del Senado, me tocó participar en la Tercera Reunión del Foro Interparlamentario de las Américas y, me tocó presidir los trabajos del Comité Contra el Terrorismo, que ese foro ha instituido y, que preside de manera permanente nuestra compañera Silvia Hernández.

La reunión se llevó a cabo en Valparaíso, en Chile, y se debatieron estos asuntos.

Los legisladores chilenos, que como ustedes saben, tienen un país con una democracia sui generis, que algunos catalogan como una democracia tutelada, todavía, por las fuerzas armadas; porque tienen una representación en el Senado que puede y es definitiva para probar muchas cosas.

Pero en esa democracia, todavía tutelada por las fuerzas armadas, acaban de aprobar una Ley de Seguridad Nacional, que tengo en mis manos, y que compañeros, parte de un hecho, de admitir que en Chile existen diversas dependencias e instancias que hacen seguridad. que hacen inteligencia. Son las que realicen, el equivalente al Cisen, pero también son las que realiza el Ejército, las que realizan las fuerzas de todos los niveles de la seguridad.

Y lo que crea la ley chilena, es un organismo que coordina a todos, y que obliga a todas, a informar a esa coordinación civil, que es muy importante.

El debate en el Comité contra el Terrorismo, y también en el Congreso chileno, tiene. ha tenido por objeto ver, cómo combatir, sí al terrorismo, pero intentando recoger las experiencias nefastas que hemos vivido en América Latina o que han vivido otros países de América Latina, en donde las fuerzas armadas han sido un factor de desestabilización bárbaro.

Y a mí me parece muy incongruente, que unas fuerzas armadas, como la chilena, que tienen representación automática en el Congreso chileno, hayan aceptado a que sus mandos fueran al debate. aquí está la relatoría de ese debate, y a que esas fuerzas armadas aceptaran la creación de una ley, que las incluye y que las obliga.

Pero sobre todo, estimados compañeros, compañeras, establece un control externo por parte del Poder Legislativo, que nosotros no nos queremos dar.

El Congreso chileno, por ejemplo, nombra la comisión que tiene por objeto, entre otras cosas, además de citarlos, por ejemplo, "requerir en cualquier momento de los directores o jefes de los organismos de inteligencia del sistema, informes o antecedentes relativos a las actividades realizadas por estos".

Tiene el Congreso chileno, a través de una comisión ad hoc, la facultad de formular recomendaciones al Presidente de la República, relacionadas con el funcionamiento, la eficiencia u otros aspectos del sistema, dentro de los 30 días recibidos los informes.

Tiene, además, facultades, como hacer presente a los ministros del Interior o de Defensa Nacional, según corresponda, cualquier acto que a su juicio vulnere la normativa que regula la actividad de inteligencia.

Y por último, leo otra facultad del Congreso chileno: "velar porque las actividades de inteligencia sean concordantes con la seguridad del Estado y la defensa nacional, y con pleno respeto a los derechos y garantías individuales".

Esto es, en un país con una democracia tutelada por las fuerzas armadas, el Congreso tiene más facultades que las que esta ley nos está otorgando.

Yo no sé cuál sea la razón por las que en esta ley, que vamos a votar hoy, si se aprueba, no está la respetabilísima función que tiene la inteligencia militar.

¿Un país debe tener inteligencia militar? ¡Claro que la debe tener!

Y la tenemos, el Ejército hace inteligencia. ¿Por qué no está en esta ley? ¿Qué razón hay? Para que mantengamos esa gran zona en la oscuridad.

No hay razón ninguna, que no sea simplemente atavismos del pasado de nuestro sistema autoritario.

La democracia mexicana, estimados compañeros y compañeras, tiene que avanzar en este ámbito también. Estas zonas oscuras que han llenado en el pasado de vergüenza a nuestro país, deben ser iluminadas con el planteamiento que en general está en la ley.

Nosotros decimos la ley no está.más es muy insuficiente. Y yo no sé cuál es la prisa para votarla hoy, con estas grandes lagunas.

Por eso nuestro compañero, Rutilio Escandón, planteó la moción suspensiva. Porque es relativamente fácil obtener de la legislación comparada los artículos o capítulos que nos permitan garantizándole toda la solvencia que tiene a nuestra inteligencia militar, pero dándole la necesaria transparencia. Y sobre todo, que frente a la actividad que realiza la inteligencia militar, y también la inteligencia de la Secretaría de Seguridad Pública. Porque ahí hay también labores de inteligencia. Es necesario hacer labor de inteligencia, por ejemplo, para desmantelar el crimen organizado, al narcotráfico.

¿Por qué no está esa instancia, que existe contenida en la ley? ¿Quién la coordina? ¿Y por qué el Congreso, -el Senado en este caso- no va a poder citar a los que hagan inteligencia en las fuerzas armadas con las Secretarías de Seguridad Pública?

Yo creo que, es lamentable que nos estemos auto conteniendo y que estemos más atrás de esa democracia tutelada por las fuerzas armadas, como es la democracia chilena. Gracias. (Aplausos.)

-EL C. PRESIDENTE: Para fijar la posición de su grupo parlamentario, el Verde Ecologista de México, tiene el uso de la palabra la senadora Sara Castellanos.

-LA C. SENADORA SARA ISABEL CASTELLANOS CORTES: Gracias, Presidente.

Senadoras y senadores: Cada día se agregan nuevos elementos, que ensucian el ambiente político. En este sexenio en donde la voluntad democrática permitió la alternancia, se está optando por el descrédito de la política.

Precisamente ante situaciones como las de Morelos o la del Distrito Federal, el dictamen que se somete a consideración el día de hoy, adquiere una gran relevancia.

Las tareas de inteligencia del Estado mexicano, se han desvirtuado en un límite impresionante, su utilización se ha puesto al servicio de algunos funcionarios públicos, que lejos de buscar la salvaguarda de los intereses generales de la Nación, pretende alcanzar sus metas personales; no tengo duda, que esta situación irá empeorando en la medida que se acerque el proceso electoral del 2006.

Por esta razón, considero que el decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Nacional y se reforma el artículo 50 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, llega en un momento indicado, buscará volver a encarrilar los objetivos de la seguridad nacional al servicio de nuestra Nación.

En teoría, la misión del Servicio de Inteligencia Nacional, es desarrollar y operar un sistema de investigación y análisis de inteligencia estratégica, táctica y operativa para la toma de decisiones. Su fortalecimiento conduce a mejorar la toma de decisiones en asuntos de seguridad nacional, tanto internas, como externas.

Los datos sobre el avance del narcotráfico, los choques entre grupos políticos en diversas partes del país, la profesionalización del secuestro y los altos índices delictivos, y el incremento de las acciones de la delincuencia organizada y la falta de capacidad para tomar decisiones acertadas ante la comunidad internacional, nos hace pensar que el sistema de inteligencia del Estado Mexicano está siendo subutilizado.

¿Por qué se está desvirtuando su sentido? La respuesta es sencilla. Las características de su origen y la nueva realidad nacional ya no se compaginan.

Hoy México requiere un sistema de inteligencia democrático, moderno o totalmente transparente y honesto. La realidad ha superado a esa institución y la ha dejado al margen de las actividades que realizan agencias especializadas de inteligencia como la CIA, etcétera.

El dictamen que está en discusión nos permitirá cimentar los nuevos fundamentos para actualizar a nuestra agencia de inteligencia.

En estos últimos meses quien no ha tenido temor de que sus conversaciones o actos sean grabados, independientemente de que esto sea honesto o no, nos ha sometido a un caos impresionante. El estado ha sido incapaz de garantizar la privacidad en las comunicaciones de los mexicanos, el decreto pretende solucionar este problema al defender y garantizar el derecho de las personas a la privacidad de sus comunicaciones, ya que se encontraría sujeta a un control jurisdiccional.

De ahí que el Poder Judicial de la Federación determinará los juzgados que deban conocer de las solicitudes que en materia de seguridad nacional se presenten para intervenir comunicaciones privadas.

La inseguridad pública en nuestro país no podrá erradicarse mientras no haya un sistema de inteligencia capaz de ubicar a los principales grupos de delincuentes, sus redes, formas de operación y movimiento.

Así el dictamen es una medida concreta en la lucha contra la inseguridad pública; pero también es un mecanismo de apoyo para la toma de decisiones gubernamentales.

Felicito honestamente a los promoventes de la iniciativa, así como a las comisiones dictaminadoras porque se observa un amplio y profundo trabajo en este decreto.

Muchas gracias, compañeros.

-EL C. PRESIDENTE: No habiendo más oradores, damos por cerrada la etapa de discusión. Y en razón de que las propuestas de modificación presentadas por el senador Gildardo Gómez Verónica, a nombre de las comisiones ya fueron distribuidas las propuestas entre la totalidad de los integrantes de esta asamblea, para su conocimiento pido a la secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si son de aceptarse dichas propuestas.

-LA C. SECRETARIA CASTELLANOS CORTES: Con mucho gusto, señor presidente. Consulto a la Honorable Asamblea, en votación económica, si es de aceptarse las propuestas presentadas.

Quienes estén por la afirmativa, favor de manifestarlo.

(la asamblea asiente)

Quienes estén por la negativa,.

(la asamblea no asiente)

Por mayoría sí se acepta, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE: Gracias. Abrase el sistema electrónico de votación por tres minutos para recoger la votación nominal del Proyecto de Decreto con las modificaciones aprobadas.

(Se abre el sistema electrónico de votación)

-LA C. SECRETARIA CASTELLANOS CORTES: Señor presidente, se emitieron 68 votos a favor; 12 en contra y 2 abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE: Aprobado el Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Nacional y se reforma el artículo 50 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

(Aplausos)

 




Estimado usuario:

La edición de los ordenamientos jurídicos del ámbito federal en medios electrónicos representa una versión oficial, con base en lo dispuesto por los artículos 2°, 5°, 6° fracción IV, y 8° de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

La edición de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en medios electrónicos no representa una versión oficial, con fundamento en el artículo 3° del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando en algún párrafo aparezca la leyenda “N. DE E.” significa Nota de Editor y consiste en la nota, aclaración o acotación de la persona que compiló la reforma, al advertir la falta de precisión en el decreto de promulgación o modificación.

En caso de que algunas fechas de publicación o modificaciones a este ordenamiento aún no incluyan la imagen digitalizada de su periódico oficial o texto sistematizado en Word, se hace de su conocimiento que éstas se encuentran en proceso de ingreso u obtención. Para confirmar los datos o conocer su seguimiento o actualización, favor de comunicarse al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 1623 o 2113.

Para todo comentario o sugerencia adicionales en relación con la información que aquí se muestra, agradeceremos los haga llegar a las cuentas de correo electrónico cdaacl@mail.scjn.gob.mx y sjuridico@mail.scjn.gob.mx; o bien, se comunique al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 4109 o 1262.

Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes / cdaacl@mail.scjn.gob.mx / (55) 4113-1100 extensiones 4109 o 1262.

Procesando...