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Fecha de publicación: 06/04/2010
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION (ART. 72-E CONST.)
DIPUTADOS
DISCUSIÓN
México, D.F., martes 23 de febrero de 2010
Versión estenográfica


El siguiente punto del orden del día es la discusión del dictamen con proyecto de decreto que adiciona una fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

En virtud de que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si se dispensa la lectura.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Por instrucciones de la Presidencia se consulta a la asamblea, en votación económica, si se le dispensa la lectura. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación); las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Mayoría por la afirmativa, señor presidente.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Se dispensa la lectura. Tiene la palabra el diputado Teófilo Manuel García Corpus, por la comisión dictaminadora, para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

El diputado Teófilo Manuel García Corpus: Con su permiso, ciudadano presidente. Honorable asamblea, el pasado 8 de diciembre, el pleno de la Comisión de Asuntos Indígenas, por unanimidad de los diputados integrantes presentes, dictaminamos favorablemente la minuta de la Cámara de Senadores con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

El propósito central de la adición es facultar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para instrumentar las medidas necesarias para que en los municipios indígenas del país las señales informativas de nomenclatura oficial, así como sus topónimos, sean inscritos en español y en las lenguas originas de uso en el territorio.

Como ustedes saben, el valor de una lengua está en el valor de uso e intercambio que ésta tiene. Al inscribir los señalamientos y los nombres de los lugares en la lengua indígena, ésta se difunde, se hace familiar y, con ello se contribuye a su conservación, uso y aprecio.

En México las lenguas originarias del país han resistido por más de cinco siglos, la exclusión, la discriminación y la marginación por parte del Estado y de una gran parte de la sociedad. Es necesario recordar que de los más de 200 idiomas que existían, antes de la Conquista, actualmente, según el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, en nuestro país se hablan 68 idiomas originarios y 364 variantes.

Aunque disminuido, éste es el gran patrimonio cultural que es necesario comentar, ejercitar y compartir con todos los mexicanos. Este patrimonio aún es vulnerable; más de 20 de las lenguas de nuestros pueblos originarios están en peligro de desaparecer.

Con la propuesta que hoy ponemos a su consideración estamos promoviendo que la maquinaria de gobierno se movilice y que con el apoyo del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas se realicen acciones efectivas y permanentes a favor de nuestros idiomas originarios, lo que complementa y fortalece el trabajo de las escuelas bilingües y el esfuerzo de los pueblos por preservar y desarrollar sus idiomas.

Con esta reforma el Poder Legislativo contribuye a dar vigencia al mandato expresado en la fracción IV del apartado B del artículo 2o. constitucional y en la propia Ley de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; instrumentos suscritos por el Estado mexicano en cuanto al derecho de los pueblos indígenas a preservar, difundir y fortalecer sus idiomas, y a la obligación de los Estados nacionales a realizar lo necesario para apoyar a los pueblos en este propósito.

Por todo ello, compañeras diputadas y compañeros diputados, solicito su voto favorable al dictamen, por el cual se adiciona la fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Muchas gracias.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Muchas gracias, señor diputado. En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.

Al no existir quien intervenga en la discusión en lo general y en lo particular, se considera suficientemente discutido y se pide a la Secretaría que abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto en un solo acto.

(Votación)

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: ¿Falta algún diputado o alguna diputada por emitir su voto? Ciérrese el sistema electrónico. Diputada Gutiérrez Cortina, si nos lo hace de viva voz.

La diputada Paz Gutiérrez Cortina (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Diputado Gil Zuarth.

El diputado Roberto Gil Zuarth (desde la curul): A favor.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Diputada si nos dice su nombre y el sentido de su voto.

La diputada Laura Elena Estrada Rodríguez (desde la curul): Estrada Rodríguez, a favor.

El Secretario diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar: Señor presidente. Se han emitido 260 votos a favor.

El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Aprobado en lo general y en lo particular por unanimidad el proyecto de decreto que adiciona una fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.


 




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