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Fecha de publicación: 06/04/2010
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
MINUTA (ART. 72-E CONST.)
CAMARA DE ORIGEN: DIPUTADOS
MINUTA
México, DF, a 12 de noviembre de 2009.

Se devuelve para los efectos del inciso e) del artículo 72 Constitucional.


CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY GENERAL DE DERECHOS LINGÜÍSTICOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS, PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCIÓN E DEL ARTÍCULO 72 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Para los efectos de lo dispuesto en la fracción E del artículo 72 constitucional, me permito devolver a ustedes el expediente que contiene la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Atentamente
Senador Arturo Núñez Jiménez (rúbrica)
Vicepresidente


Minuta
Proyecto de Decreto

Por el que se reforma el artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticas de los Pueblos Indígenas

Artículo Único. Se adiciona una fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, para quedar como sigue:

Artículo 13. .

I. a XII. .

XIII. Establecer políticas, acciones y vías para proteger y preservar el uso de las lenguas y culturas nacionales de los migrantes indígenas en el territorio nacional y en el extranjero;

XIV. Propiciar y fomentar que los hablantes de las lenguas indígenas nacionales participen en las políticas que promuevan los estudios que se realicen en los diversos órdenes de gobierno, espacios académicos y de investigación; y

XV. Instrumentar las medidas necesarias para que en los municipios indígenas del país, las señales informativas de nomenclatura oficial, así como sus topónimos, sean inscritos en español y en las lenguas originarias de uso en el territorio.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 12 de noviembre de 2009.

Senador Arturo Núñez Jiménez (rúbrica)
Vicepresidente

Senadora Ludivina Menchaca Castellanos (rúbrica)
Secretaria


 




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