Sistema de Consulta de Ordenamientos





Fecha de publicación: 26/07/1994
Categoría: ESTATUTO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
DISCUSION
México, D.F., a 7 de Julio de 1994.


Es de segunda lectura.

El Presidente:

Gracias. En consecuencia y de conformidad con el artículo 108 del Reglamento, para fundamentar el dictamen que discutiremos, tiene la palabra el diputado Fernando Lerdo de Tejada.

El diputado Fernando Francisco Lerdo de Tejada Luna:

Señor Presidente, con su permiso; compañeros legisladores:

Tenía yo para lectura de esta tribuna un documento muy detallado y muy prolijo, sobre todo el proceso de elaboración de este Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Sin embargo, creo más conveniente comentar con ustedes los aspectos esenciales y aquellos elementos que vienen a caracterizar a esta nueva norma, en caso de que ustedes así lo aprobaran y también lo hiciera el Senado de la República.

Está la comisión, poniendo a disposición de este honorable pleno el dictamen que contiene el Estatuto de Gobierno para el Distrito Federal, este estatuto, señores legisladores, es una ley sui generis, una ley realmente muy peculiar dentro de nuestro sistema jurídico. En primer lugar, porque tiene algunas características que podrían asemejarla a una constitución, principalmente en lo que se refiere a su parte dogmática y a su parte orgánica, así como en aquellos elementos que se refieren a los derechos y a las obligaciones de los habitantes de la capital de la República y la forma como se estructura a la administración pública local del Distrito Federal.

De tal manera que podríamos decir que goza de varias de las características de una constitución local, aunque por supuesto no de todas y no lo es, sobre todo los principios de formalidad y los relativos a la modificación por un órgano legislativo especial. Esta norma también dota de jurisdicción y competencia a lo que se ha llamado los órganos locales del gobierno del Distrito Federal.

Podríamos decir que el estatuto es la segunda etapa de la reforma política del Distrito Federal. El estatuto viene a avanzar en ese proceso de transformación del gobierno de la capital de la República, el cual, desde mi punto de vista, tiene cuatro fases muy claras, este proceso:

En primer lugar, las reformas constitucionales que el Congreso de la Unión aprobó en octubre del año pasado, diríamos que es la primera etapa que le dio concepción y base al proceso de reforma.

En segundo lugar, es este estatuto que viene a desarrollar, a articular la reforma constitucional y es el elemento intermedio entre la Constitución y los órganos locales de gobierno, ya que el estatuto es precisamente la norma jurídica que establece sus funciones, su jurisdicción y su forma de trabajo.

El tercer elemento de la reforma política del Distrito Federal, lo vamos a encontrar en el nuevo marco que otorgue la Asamblea de Representantes, ya con funciones legislativas, esta III Asamblea de Representantes que también se elegirá el próximo 21 de agosto y ésta deberá de expedir un nuevo marco normativo para nuestra ciudad capital, el cual destaca sobre todo de inmediato la Ley de Participación Ciudadana, que regirá todos los procesos de elección, ya de los consejos ciudadanos, así como las formas de participación de la ciudadanía en general en la toma de decisiones respecto del gobierno de la ciudad, otra que es la Ley Orgánica de la Administración Pública del D.F., que tendrá que reformarse y que cambiarse de conformidad con el nuevo marco jurídico de esta Asamblea legislativa.

Y desde luego, la cuarta etapa de la reforma política en el D.F. se refiere a las nuevas autoridades que tendrán que ser ya electas de conformidad con los preceptos constitucionales y por lo tanto de acuerdo a la mayoría que obtengan los partidos políticos en la Asamblea de Representantes del DF.

Estos cuatro elementos de la reforma política del DF que vienen a dar una congruencia global, ahora nos toca entrar de lleno al segundo que señalo, es el estatuto jurídico. Cuáles son las características del estatuto jurídico del D. F? Quisiera comentárselas a ustedes desde tres puntos de vista; desde el punto de vista jurídico, desde el punto de vista político y desde el punto de vista administrativo.

Desde el punto de vista jurídico, el estatuto es esta norma sui generis, les decía yo, que es una Ley del Congreso de la Unión que viene a desarrollar los preceptos contenidos en el artículo 112 de la Constitución General de la República.

El estatuto contiene el proyecto del dictamen; 132 artículos, y 16 artículos transitorios y simplemente voy a dar lectura a los títulos que son seis, ni siquiera los capítulos que componen cada uno de los títulos, para que se den ustedes cuenta de cómo está estructurada esta norma. El Título Primero, que no tiene ningún capítulo se llama "De disposiciones generales" y en este título se establecen los elementos esenciales para el propio Gobierno que son: población, territorio y gobierno, es en este título en donde se hace la descripción de esos elementos de población, territorio y gobierno necesarios para constituir cualquier Gobierno propio.

El Título Segundo se llama "De los derechos y obligaciones de carácter público de los ciudadanos del D. F".

El Título Tercero se refiere a las atribuciones de los poderes de la Unión para el Gobierno del DF y trata todos aquellos elementos de participación que los poderes federales todavía tienen en el Gobierno de la capital de la República, si bien, éstos están determinados y delimitados, el Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, por las normas establecidas en el estatuto.

El Título Cuarto se refiere ya a la organización de los órganos propios de la capital de la República y lleva por título De las bases de organización y facultades de los órganos locales de Gobierno del D.F. Desarrolla con bastante amplitud los tres órganos locales de Gobierno que ustedes recordarán que son: la Asamblea de Representantes, el jefe del DF y el Tribunal Superior de Justicia del DF.

El Título Quinto, señores legisladores, se refiere a "Las bases para la organización de la Administración Pública del Distrito Federal" y la distribución de atribuciones entre sus órganos y es aquí en donde se pretende establecer todas las cuestiones de la administración pública y el Título Sexto se refiere a una innovación importante que estableció nuestra Constitución al señalar los consejos ciudadanos, recordarán estos nuevos órganos que se establecen a nivel delegacional, que van a ser electos en circunscripciones específicas de cada delegación y que van a ser electos estos consejeros por el voto directo, secreto y universal de la población del Distrito Federal, de la ciudadanía.

Se establece aquí cómo se integrarán, cómo se realizará esta elección, cómo y cuáles son los medios de impugnación y sobre todo, cuáles son las funciones y atribuciones de estos órganos.

Estos son básicamente los títulos en que se divide, nos da una idea desde el punto de vista jurídico de cómo está establecido nuestro estatuto.

Desde el punto de vista político, el estatuto trata de dar una respuesta a las demandas ciudadanas que se han venido planteando en el Distrito Federal sobre estos temas.

Básicamente diría yo que hay tres tipos de respuesta. En primer lugar el estatuto da respuesta a las demandas de identidad propias de la capital de la República, a esa necesidad de pertenencia y de identificación del espacio capitalino como de los ciudadanos que aquí viven y que aquí tienen su hogar, de tal manera que el estatuto, yo diría que es ese positivo regionalismo que encontramos en el interior de la República y que precisamente ahora se vuelve a retomar para la capital a través de conceptos como quiénes son originarios de la capital, quiénes son habitantes, quiénes son vecinos y quiénes son ciudadanos.

Se van definiendo estas categorías, se establecen derechos de obligaciones específicos para cada una de ellas y por lo tanto, se marca o se enmarca ya este concepto de identidad propia para la capital y por supuesto se hace mención a los aspectos de respeto, protección, fomento a las costumbres y tradiciones de la capital de la República.

En segundo lugar, desde el punto de vista político, el estatuto profundiza la vida democrática de la capital de la República; esto lo hace desde luego a través de fortalecer la vida de los partidos políticos, principalmente mediante una mayor intervención de los partidos políticos en la vida, en las decisiones de los órganos fundamentales de la capital y, por el otro lado, a través de limitar efectivamente la intervención de las autoridades respecto de aquellas decisiones que les corresponden.

Nosotros consideramos que en el estatuto realmente hay un avance democrático importante, cuyo contenido se viene expresando a través de los distintos capítulos.

Y en tercer lugar, desde el punto de vista político, el estatuto avanza las demandas de participación que los habitantes de la ciudad tienen con relación a las grandes decisiones que se toman por el Gobierno de la ciudad.

Esto es compañeros, el estatuto, al establecer los consejos ciudadanos, no sólo cubrió una formalidad que la Constitución le obligaba, sino que realmente plantea un esquema muy avanzado para estos consejos ciudadanos, tanto en las funciones que les otorga el estatuto materia de aprobación, de supervisión y de evaluación de la administración pública, como en materia de su funcionamiento. Los consejos ciudadanos son órganos de coordinación, son órganos de colaboración con las delegaciones, pero que tienen importantísimas funciones que les corresponden por ley a ellos decidir, dentro de las cuales simplemente enumero algunas; están las relativas a materias de seguridad pública o bien de uso del suelo y por supuesto los elementos presupuestales de las mismas. Se trata de crear órganos de colaboración y no de enfrentamiento, que permitan la participación organizada de los vecinos y esta participación efectiva, de tal manera que haya esa posibilidad de influir de manera real en las decisiones del Gobierno.

Por último, la tercera característica que les enumero es qué pasa con el estatuto desde el punto de vista administrativo, y yo les diría que desde el punto de vista administrativo, el estatuto también empuja, lleva adelante una administración pública local moderna, eficiente y que atienda las demandas de prestación de servicios de los capitalinos.

¿Cómo hace esto? Lo hace, uno, a través del fortalecimiento de las delegaciones, hace delegaciones más ágiles, hay nuevas facultades para estas delegaciones, por nombrar una ahorita, en materia de concesiones las delegaciones participarán y por supuesto para lo referente al nombramiento del delegado, que también será ratificado por la Asamblea de Representantes.

En segundo lugar, se establece un sistema de profesionalización y de capacitación permanente de los empleados y funcionarios de la administración pública local, con un concepto nuevo que ojalá en, el transcurso del debate, podamos profundizar en él, porque creo que ahorita no sería el tiempo más adecuado, pero es un concepto nuevo de profesionalización y de capacitación.

Y en tercer lugar, mediante un nuevo sistema para el nombramiento de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia. Todos sabemos que hay una demanda importante de la población por mejorar la impartición de justicia, y nosotros hemos considerado en el estatuto que este sistema de impartición de justicia su mejoramiento debe de iniciar con un nuevo esquema de nombramiento de los magistrados, de tal manera que ahora se establece un mayor número de límites, se dice que los magistrados seguirán siendo nombrados por el Presidente de la República, en su momento por el jefe del Distrito Federal, con la aprobación de la Asamblea de Representantes, una aprobación calificada, pero ahora ya no podrá recaer este nombramiento sobre cualquier persona, sino sobre personas que hayan demostrado experiencia o que hayan sido jueces anteriormente y que tienen los requisitos que el mismo estatuto establece.

Compañeras y compañeros: el estatuto es una norma marco. Esto quiere decir que no pretende detallar hasta sus últimas consecuencias las grandes líneas del Gobierno del Distrito Federal, sino pretende únicamente establecer las bases, con el propósito de que la Asamblea de Representantes sea ya el órgano encargado de llegar a este detalle.

No es propósito del dictamen que estamos presentando a ustedes, el revivir viejos debates con relación a la reforma del Distrito Federal, hay aspectos que están en la Constitución y que es obligación del estatuto ceñirse a ellos y seguirlos, y por lo tanto, aquí lo que se hace en el dictamen es desarrollarlos.

Algunos partidos políticos manifestaron su cuestionamiento sobre aspectos anteriores de la reforma política a nivel constitucional, nosotros simplemente quisiéramos señalar que el estatuto se ciñe, como debe ser, plenamente a los preceptos constitucionales.

Para terminar, quisiera yo señalar que la mecánica de trabajo de esta importante norma se siguió a través de un acuerdo del pleno de esta Cámara de Diputados, que ordenó que constituyéramos un grupo plural, esto es, de todos los partidos políticos, con participación de diputados y de asambleístas, quienes nos estuvimos reuniendo dos veces por semana, desde el pasado mes de enero, para llegar a un total de 16 sesiones plenarias y múltiples sesiones específicas con partidos en concreto.

El resultado de estas reuniones, compañeros, es un documento en donde se han integrado los puntos de vista de las principales fuerzas del Distrito Federal. Yo quisiera señalar nada más como punto de referencia, que en los datos que tenemos se han integrado o se integraron en su momento 67 propuestas del Partido Acción Nacional, 70 propuestas del Partido de la Revolución Democrática, 28 propuestas del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, siete propuestas del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana y 16 propuestas del Partido Popular Socialista. Del Partido Revolucionario Institucional fue desde luego el documento base.

De esta manera, lo que queremos señalar es que este estatuto no es el resultado de una sola fuerza política en el Distrito Federal, no es resultado ni de mayoriteo ni de imposiciones, sino que es el resultado del acuerdo y la negociación de las distintas partes, con relación a los marcos generales; obviamente no todos estamos de acuerdo con todo, porque las distintas ideologías de los partidos nos llevan a distintas visiones de la ciudad, de lo que debe ser la ciudad de México y por lo tanto, a propuestas también diversas, pero se ha tratado de consensar en lo general, de tal forma que yo diría que todos cedimos, todos los partidos acordamos y por lo tanto todos salimos ganando.

La ciudad de México, todos sabemos es una ciudad compleja. La ciudad de México resume las contradicciones, las diferencias y los contrastes del país, pero también resume la energía y la voluntad de los mexicanos. Nosotros creemos que un estatuto de esta naturaleza es un reto y también una grave responsabilidad para lograr un Gobierno fuerte y un Gobierno por supuesto democrático y representativo, pero un Gobierno que cuente con los instrumentos y con los elementos para realmente gobernar, para poder elevar la calidad de vida de quienes aquí vivimos.

El Gobierno que surja del partido político que los ciudadanos así hayan elegido en las urnas, a través de la mayoría en la Asamblea de Representantes, sea un Gobierno que tenga los elementos para poder realmente llevar adelante las importantes responsabilidades con relación a una ciudad de la magnitud y del tamaño de nuestra ciudad de México.

Compañeras y compañeros, éstas son las características básicas. Nosotros creemos que esta norma difícil por su contenido ha sido el conjunto de planteamientos de los partidos políticos que le han dado vida, que ahora se presenta ante este pleno y que desde luego será una norma fundamental para permitirnos el Gobierno desde luego democrático y representativo y el Gobierno eficiente que requiere la población para elevar su nivel de vida. Muchas gracias por su atención.

El Presidente:

Gracias, señor diputado Lerdo de Tejada.

Conocidas que han sido las circunstancias, las razones que fundan el dictamen que habremos de discutir, comunico al pleno que está precisamente a discusión el dictamen en lo general y que para ello se han inscrito los siguientes señores diputados: Javier Centeno Ávila, Juan Cárdenas García, Alfredo Castañeda Andrade, Manuel Terrazas Guerrero, René Bejarano Martínez, Guillermo Flores Velasco, Gonzalo Altamirano Dimas y Alfonso Rivera Domínguez.

Tiene pues la palabra en primer término, el señor diputado Javier Centeno Ávila. No estando presente, cede el lugar al diputado Juan Cárdenas García.

El diputado Juan Jacinto Cárdenas García:

Con su venia, señor Presidente; señoras y señores diputados:

Para la vida democrática del Distrito Federal es de enorme trascendencia la iniciativa a que se refiere el dictamen a discusión, y no podía ser de otra manera porque se trata efectivamente de la norma que va a regir política, administrativa y socialmente a la ciudad de México.

Con mucho interés el Partido Popular Socialista, su fracción parlamentaria, ha seguido los pormenores participando en todas las etapas de la reforma política para el Distrito Federal, que se inició con aquel foro, precisamente el Foro para la Reforma Política de la Ciudad de México, y que culminó con las reformas constitucionales, y claro, de acuerdo con el artículo 122 constitucional, ahora estamos discutiendo la necesidad de dotar a la entidad de su norma fundamental: el estatuto de gobierno.

No es ciertamente una constitución local porque no se ha dado el paso histórico que el Partido Popular Socialista considera que sí debía haberse dado porque a nuestro juicio hay condiciones para ello de crear el Estado número 32 de la federación.

Y cuando se convocó para participar en una comisión plural que habría de discutir la posibilidad de elaborar un anteproyecto de estatuto de Gobierno, de inmediato, como siempre lo hacemos porque queremos cumplir con el pueblo, participamos en la comisión plural, y en todas sus sesiones de trabajo aportamos con la convicción de que se trataba de una cuestión fundamental para el futuro inmediato de nuestra capital de la República.

Ciertamente el concurso de todos los partidos, excepto Acción Nacional que se negó a seguir participando en la comisión plural, aportamos para que este estatuto de Gobierno se constituyera en la práctica en una constitución local, es decir, el documento fundamental, base de la vida política, administrativa y social de la ciudad de México.

Ahora estamos ya frente al dictamen que contiene este proyecto de estatuto de Gobierno, y así en general, consideramos que sólo se ha dado un paso más, un paso importante, pero un paso nada más en la necesaria reforma política de la ciudad de México, porque queda postergado de nuevo lo que se necesita realmente. Queda para otras luchas de las fuerzas democráticas coronar la reforma política profunda que las necesidades económicas, políticas y sociales demandan en esta etapa para la ciudad de México.

Ciertamente hay avances en el estatuto de Gobierno que se discute. Hay un articulado amplio acerca de las facultades de los órganos de Gobierno, del jefe del Distrito Federal, de la Asamblea de Representantes, de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, en fin, !hay va!

Incluso, en su artículo 12 se contemplan algunas preocupaciones fundamentales del Partido Popular Socialista, en el sentido de que el Gobierno de la capital de la República recobrara su papel de eje fundamental del desarrollo de las fuerzas productivas de la capital. En varias de sus fracciones se habla de la necesidad de planes y programas de desarrollo económico como principios estratégicos para la administración del Distrito Federal, incluso se habla de la rectoría económica de acuerdo con el artículo 25 constitucional en su fracción III.

En fin, en varios artículos se recoge la idea que reiteradamente planteamos de que el desarrollo de la industria del comercio, es decir, del desarrollo de las fuerzas productivas de la capital de la República, fuera una acción directa del Gobierno capitalino. Y en algunos otros artículos se recogen otras cuestiones planteadas por el Partido Popular Socialista, como aquí el diputado Lerdo de Tejada lo ha planteado.

Una cuestión fundamental que nos preocupaba, el avance de la tesis de la ciudadanización, una tesis antidemocrática por todos los lados que se le quiera ver; y nos preocupaba que en el anteproyecto se avanzara tanto que ponga en riesgo la vida de los partidos políticos en la capital, cuando se establecía que para la elección de los consejeros ciudadanos, consejeros delegacionales, éstos podrían ser propuestos por 3 mil ciudadanos sin partido.

Esto lo rechazamos, argumentamos las consecuencias negativas que generaría una enorme dispersión política, pero sobre todo atentatorio a un régimen de partidos.

Afortunadamente hubo coincidencia con varios partidos y se retiró del articulado esta propuesta y será facultado de los partidos políticos con registro nacional proponer a los candidatos a consejeros delegacionales. Esto es positivo, esto es un avance.

Toda la estructura del estatuto de Gobierno es positiva en cuanto a que se ajusta a los límites que le permite la Constitución. Sin embargo, siendo a nuestro juicio un paso adelante en el proceso de democratización, consideramos que no podemos votar a favor del dictamen, porque ajustándose a las reformas constitucionales de diciembre, concretamente al artículo 122 constitucional, el estatuto de Gobierno y estoy consciente de que no podía ser de otra manera plantea aquellos puntos que rechazamos en aquella ocasión que fue el motivo por el cual votamos en contra de las reformas constitucionales en materia de reforma política del Distrito Federal, y que son las siguientes:

Para el Partido Popular Socialista no puede admitirse que, como lo establece el artículo 122 constitucional y ahora el estatuto de Gobierno, la práctica prohibición de las alianzas, de las coaliciones entre los partidos.

Y esto es lo que está establecido, sobre todo en la forma de elegir al jefe del Distrito Federal, es decir, cuando se condiciona que debe ser designado por el Presidente de la República dentro de los diputados, entre los asambleístas o senadores del partido que por sí solo obtenga la mayoría de asientos en la III Asamblea de Representantes, es decir, ahí subyace la práctica prohibición de que pudiera salir de una coalición o de una alianza de partidos, lo que a nuestro juicio es profundamente antidemocrático.

Pero todavía más, se posterga, desde la reforma constitucional, claro, el derecho pleno de los ciudadanos del Distrito Federal a elegir directamente al jefe del Distrito Federal, es una forma de elección, un tanto avanzada, la que se prevé, pero de todas maneras en esencia el jefe del Distrito Federal sigue siendo designado por el Presidente de la República, por esa razón, no podíamos nosotros haber aceptado en las reformas constitucionales la propuesta, y ahora no podemos aceptar que aunque, repito, estoy consciente de que no podía ser de otra manera, el estatuto de Gobierno repita estas cuestiones con las que no estamos de acuerdo.

Pero hay algunas otras cuestiones. Nos parece que el Estatuto de Gobierno sí podía, porque no lo prohibe la Constitución, dejar muy claro la necesidad de que el Gobierno o los órganos de Gobierno de la capital de la República, fundamentalmente el jefe del Gobierno, el jefe del Distrito Federal y la Asamblea de Representantes, recobraran plenamente la función titular que subyace aún, a pesar de las contrarreformas hechas a la Constitución, en esta norma fundamental de la nación.

Es necesario que se retome esta función, porque las consecuencias de haber abandonado este papel en los últimos 12 años, ha sido la pobreza de la gran mayoría de los mexicanos y de 6 millones de capitalinos concretamente. Por eso, para nosotros era necesario que entre los principios rectores para la Administración Pública del Distrito Federal, consignados en el artículo 12, debía haberse recogido la función tutelar de los órganos de Gobierno capitalinos.

En fin, hay cuestiones de principio para el Partido Popular Socialista por las que no podemos aceptar votar a favor de este dictamen, por eso consecuente con nuestra posición frente a las reformas constitucionales, ahora reiteramos los motivos por los que votamos en contra de esas reformas y que son las mismas por las que vamos a votar en contra de este dictamen acerca del estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Muchas gracias.

El Presidente:

Señores diputados: han transcurrido las cuatro horas de duración de la sesión a que se refiere el artículo 28 del Reglamento y estando como estoy, sujeto al voto del pleno, pregunto si autoriza la prórroga de esta sesión.

Señor Secretario, sírvase consultar a la Asamblea.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Por instrucciones de la Presidencia se pregunta a la Asamblea si es de prorrogarse esta sesión.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Se acepta la prórroga de la sesión, señor Presidente.

El Presidente:

Muchas gracias, señor Secretario.

Tiene la palabra el señor diputado Alfredo Castañeda Andrade.

El diputado Alfredo Castañeda Andrade:

Con su venia señor Presidente; señoras, señores diputados:

El espacio territorial que circunscribe la concentración de los poderes de la Unión, ha experimentado en retrospectiva histórica, un crecimiento poblacional de grandes dimensiones, incluso catalogado como el más grande del mundo. Como producto, nos hemos enfrentado a una extensa gama de problemas que impactan severamente el desarrollo integral del mismo.

En efecto, hoy acudimos a razonar nuestro voto en torno a la iniciativa de Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, enmarcado en cinco apartados fundamentales que van desde las atribuciones y organizaciones de los cuerpos de Gobierno, hasta los propios derechos y obligaciones de los habitantes del Distrito Federal.

Para el Partido Auténtico de la Revolución mexicana, el contenido del estatuto es un gran avance para resarcir ciertos vicios y prácticas que han persistido en los cuerpos de Gobierno que frenan, de cierta forma, el desarrollo que se requiere.

Sin embargo, podemos detenernos a plantear algunas reflexiones que consideramos importantes. Evidentemente el presente estatuto no es más que la adecuación de las normas constitucionales a nivel local, tal y como cada Estado de la Federación lo realiza en su ámbito de obvia concordancia con las condiciones e intereses que tiene.

En este marco de ideas, podríamos mencionar como relevante de esta iniciativa, la incorporación de la rectoría económica del Estado en los principios estratégicos a nivel local como una condición sine qua non, para el desarrollo de la ciudad de México, puntualizar la urgencia de las garantías constitucionales en el Distrito Federal, que den congruencia a nuestro sistema jurídico.

Sin embargo, consideramos que más que puntualizar, debemos enfatizar la salvaguarda y respeto de las mismas, que eviten los vicios consuetudinarios a los que concurren los cuerpos de Gobierno y principalmente los cuerpos policiacos.

Asimismo, consideramos importante la normatividad relativa en materia de desarrollo urbano, ya que uno de los principales problemas que durante décadas ha prevalecido en la ciudad de México, es el crecimiento anárquico de la misma sin identidad propia y un permanente problema de cambios constantes de uso de suelo que en muchas ocasiones sólo responden a intereses particulares más que comunales.

En ese sentido, la aprobación de modificaciones en cuanto a este rubro por parte del consejo de ciudadanos, es una apertura oportuna a la democratización que exige la ciudad.

No obstante lo anterior, consideramos que debe continuar la lucha por la democratización efectiva del Distrito Federal, así como el anhelo de su autonomía y la creación del Estado 32.

Las condiciones prevalecientes en la ciudad no pueden sujetarse al mandato de un jefe del Distrito Federal, nombrado por el Ejecutivo en turno y de la mayoría de la Asamblea de Representantes. No se trata aquí de condicionar o adecuar la ley de manera que continúe igual, es decir, realizar sólo cambios de forma más no de fondo.

El Partido Auténtico de la Revolución mexicana considera que el jefe del Distrito Federal debe ser electo por sufragio efectivo, secreto y directo entre los habitantes de este conglomerado del Distrito Federal.

No podemos seguir practicando la democracia.

Nosotros también hemos insistido y lo seguiremos haciendo en torno a la necesidad de la elección directa por principio de mayoría relativa de las autoridades político administrativas del Distrito Federal, como lo son los delegados políticos.

Como derivación del Estado 32, procuraremos la reestructuración de la Asamblea de Representantes como Cámara local, con plenitud de facultades legislativas en el ámbito de su territorio.

De igual forma estimular la organización ciudadana en capacidad legal, y atribuciones de gestión, proporción de sanciones de proyectos y vigilancia.

Compañeros diputados: el Distrito Federal está lo suficientemente maduro para enfrentar un cambio de tal envergadura. El estatuto de Gobierno que hoy discutimos, muestra ya signos de apertura democrática para una participación más sólida y coherente con la realidad existente. Este puede ser interpretado como un avance más, pero no lo suficiente para lograr el objetivo ciudadano. Por ende, en lo que respecta al voto que emita el Partido Auténtico de la Revolución mexicana, en torno a esta iniciativa, será a favor. Por su atención, gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Manuel Terrazas Guerrero.

El diputado Manuel Terrazas Guerrero:

Muchas gracias, compañero Presidente; estimadas compañeras diputadas; estimados compañeros diputados:

Seguramente muchos estaremos de acuerdo, puede ser que algunos no, pero probablemente viendo las cosas en su sentido más esencial vamos a coincidir todos en que, después de más de 60 años, probablemente 66 años se tardó mucho, es verdad, hubieron muchas luchas, muchos esfuerzos también es verdad, pero ahora estamos por culminar una de las más importantes tareas de la Cámara de Diputados, en la LV Legislatura, y de cambiar la situación político administrativa del Distrito Federal.

Hacer esta afirmación, pensamos que no es de poca monta, de poco sentido y significado. Porque en efecto no dejamos de reconocer que el acuerdo que tome el Congreso de la Unión, ya casi en las postrimerías de la LV Legislatura, representa avances, representa progreso, representa logros, conquistas, de la lucha del pueblo del Distrito Federal por reconquistar sus derechos; derechos enajenados por muchos años, derechos conculcados por mucho tiempo.

¡Y qué bueno, compañeras y compañeros diputados, que por fin haya habido conjunción de voluntades para dar estos pasos! Pero son pasos muy iniciales, son pasos que si bien, cambian después de 66 años la fisonomía político administrativa del Distrito Federal, no la cambian como necesita el Distrito Federal, como lo requiere, como lo exigen las condiciones maduras, para poder realmente avanzar hacia la democratización del Distrito Federal.

Por eso, nosotros queremos poner el acento inicial en lo que logramos. Sería un grave error, habiendo ya expresado en un debate importante, fructífero, largo, de dos años y medio casi, con el esfuerzo de todos, poniendo todos algo importante, recogiéndose algo importante de todos, para discutir ahora esta iniciativa.

El que hayamos nosotros puesto nuestro interés en una verdadera democratización del Distrito Federal y ésta no se haya logrado, no quiere decir, de ninguna manera, que desconozcamos el esfuerzo de todos; de todos sin excepción, porque esta LV Legislatura de la Cámara de Diputados va a tener muchos méritos. Uno, el de haber conseguido este avance y no somos mezquinos, no lo vamos a negar, vamos a hacerlo nuestro también porque hemos luchado junto con todos ustedes.

Nosotros queremos afirmar también en el inicio, de manera muy firme, subrayada, que si bien hay avances aún no se realiza la reforma política que requiere el Distrito Federal. Hemos de luchar todavía, queremos hacerlo también juntos, con todos los que tengan ese mismo propósito, por lograr esa reforma, esa reforma importante que acabe por recuperar los derechos ciudadanos del pueblo del Distrito Federal.

Pero al plantearnos este problema, queremos reconocer el esfuerzo de la Comisión del Distrito Federal, queremos reconocer el esfuerzo de la comisión plural, que recogió muchas demandas, nuestras también, están aquí. Quiere decir que hubo espíritu receptivo, que hubo espíritu plural, que hubo un esfuerzo muy grande de los miembros de la Comisión del Distrito Federal. Y si bien podemos tener muchas diferencias con Fernando Lerdo de Tejada, yo las tengo y voy a expresar algunas aquí, hay que reconocer el espíritu plural, con resistencias por supuesto, pero al fin y al cabo, lo que se impone es lo que avanza, la conciencia de avanzar. Nuestro reconocimiento pues en él, a los compañeros todos, de todas las fracciones, que han hecho posible este avance.

Y decimos que lo subrayamos porque tenemos muchas diferencias. En primer término, no se resuelve el problema de elegir todavía a los gobernantes directos fundamentales del Distrito Federal, derecho que se ha reconocido a los demás estados de la República.

No se eligen a los delegados políticos. Si es verdad que no se planteaba el problema de la reconstitución del municipio libre en el Distrito Federal, una forma de municipalizar el Distrito Federal no se recoge, no la encontramos en ningún lado, aunque ya aquí se puede decir que va a comenzar a cambiar este problema en el Distrito Federal efectivamente, con los consejos delegacionales ciudadanos, y esto es muy importante que habría quizá que reforzar.

Y no se resuelve también el problema de órganos de poder local, más directamente relacionados con el pueblo, con las colonias, con este Distrito Federal que vive, quizá, en sus expresiones más puras y auténticas en los barrios, en las colonias, en las viejas y en los nuevos barrios, en los distritos, y que requerían órganos, subdelegaciones electas. Y se viene postergando y posponiendo esto que es un derecho elemental para poder tener un Gobierno propio.

Indudablemente, compañeras y compañeros, que en este sentido mucho tendríamos que considerar. Hay tareas no resueltas, hay metas no logradas por una explicable resistencia, por temor a la democratización, por falta de confianza en el pueblo del Distrito Federal, que ha sido capaz de dar grandes batallas y que puede, y las va a dar todavía para sacar adelante sus derechos democráticos.

La democratización del Distrito Federal plena, verdadera, sigue siendo uno de los principales, uno de los grandes problemas nacionales; así hay que situarlo por la importancia del Distrito Federal. ¿Alguien puede ponerlo en duda?, ¡sobre todo después de los debates que despertó la discusión y finalmente la aprobación de las reformas al artículo 122 constitucional!

Se enfrentaron estas discusiones, el problema fundamental de avanzar y han avanzado sin ninguna duda, pero pudiendo haberlo hecho como lo requería la magnitud del problema, no se consiguió. Y hay que decir que todavía para aplicar las reformas quizá hay que hacer mucho y tener clara la conciencia de que la solución de los problemas fundamentales del DF., de los grandes problemas y urgentes problemas del DF., pasa por la democratización del DF. Nosotros afirmamos que ninguno de los grandes problemas del DF., se puede resolver sin democracia porque democracia no es nada más la participación, la participación ciudadana, se mutila en esta frase o se expresa en esta frase una concepción, la concepción antidemocrática de limitadamente dar participación, pero no dar decisión, nosotros afirmamos: participación ciudadana con capacidad de decidir en los grandes problemas políticos, económicos, sociales y culturales, de sobrevivencia que enfrenta el DF.

El proceso, por eso nosotros decimos, de solución de los grandes problemas pasa por la democratización del DF. y en ese sentido pasa a ser la democratización del DF., uno de los pasos decisivos que aún no logramos. Por eso compañeras y compañeros, queremos referirnos ya en concreto a una serie de cuestiones que se derivan concretamente del proyecto presentado aquí por la Comisión del Distrito Federal que recoge el trabajo de la comisión plural, da respuesta a muchos problemas pero no podemos admitir que da respuesta a problemas fundamentales, de ninguna manera; hay un avance democrático pero no avance en las demandas de participación ciudadana con decisión para la toma de las grandes decisiones y en esto diferimos del dictamen y de la presentación por parte del compañero Fernando Lerdo de Tejada.

No basta, no basta que se avance en la participación ciudadana, participar para que otros tomen las grandes decisiones, no, ése es el problema, que haya avances participando, decidiendo. Se afirma que se trata de crear órganos de colaboración y no de enfrentamiento, el problema no radica, como lo afirma la presentación del informe, en crear órganos de presentación y no de enfrentamiento, es verdad, hay que crear órganos de participación y no de enfrentamiento, pero órganos de participación, de no enfrentamientos, de búsqueda del acuerdo de la concertación, de la unidad, de opiniones en lo posible sin renunciar a lo que se necesita pero con decisión, con decisión de la gente para decidir la solución de sus propios problemas y desde luego, no estamos de acuerdo en que aquí se exprese que se presentan caminos, quizá visto en perspectiva y no por razones ideológicas, porque el problema del DF. no es un problema ideológico, es un problema de concepción, es un problema de conocimiento de derecho, es un problema de atención a las necesidades urbanas de esta gran comunidad en donde la ideología no puede ser óbice ni obstáculo para que puedan resolverse los problemas de la ciudad de México con democracia, a no ser que se exprese la cuestión entre una concepción ideológica, reaccionaria, una concepción regresiva y una concepción de avance o democrática.

No admitimos que el problema sea eso, porque eso nos va a llevar a cuestiones muy difíciles de resolver, pero una administración pública eficiente, moderna, que resuelva las demandas de la población, solamente se puede dar reconociendo los habitantes de la ciudad de México el derecho de elegir sus propios gobernantes, así está planteada la cuestión.

Nosotros queremos decir que en la presentación del dictamen se afirma algo que no podemos admitir, un planteamiento que nuestra Cámara de Diputados no puede admitir, se dice así: "Del análisis que hizo esta comisión respecto a la iniciativa de mérito, se desprende que los cinco grandes temas arriba citados están contenidos en los diversos títulos que la conforman, cuyas disposiciones responden al objetivo primario de diseñar para la ciudad de México un gobierno con características adecuadas a su naturaleza de DF., capital de la República y sede de los poderes de la Unión". Sigue diciendo: Planteando falsamente el problema principal del DF. Se aprecia en el contexto de la propuesta analizada, la consideración de la esencia del DF. La cual radica en el reconocimiento de que el gobierno del orden local lo es al mismo tiempo del ámbito espacial en que los poderes de la Unión deben desempeñar su cometido federal...

El Presidente:

Diputado Terrazas, se le ha terminado su tiempo.

El diputado Manuel Terrazas Guerrero:

Yo demando 15 minutos más, porque hay derecho a 30 minutos. Reclamo mi derecho a hablar 30 minutos.

El Presidente:

Adelante, diputado.

El diputado Manuel Terrazas Guerrero:

Así, la propuesta se combina entre los intereses del ámbito federal y los intereses ciudadanos como la cuestión fundamental.

La iniciativa logra una adecuada conjugación de ambos géneros, de circunstancias e intereses al prever la participación federal en aquello que impacta la federación misma y para los órganos locales del Gobierno del Distrito Federal, lo que es de naturaleza eminentemente local.

Este es un planteamiento que no podemos admitir, la esencia del problema radica en que no es contradictorio, no se opone de ninguna manera, el reconocimiento a los derechos de los ciudadanos del Distrito Federal a elegir un gobierno propio con la existencia aquí de los poderes federales, con las necesidades locales del Distrito Federal. Este es el problema principal, que no hay contradicción.

Y el informe, el planteamiento del dictamen lo hace de manera falsa, por eso no se puede, de ninguna manera, resolver el problema de tener un gobierno propio de manera cabal.

Por eso, compañeras y compañeros, seguimos creyendo sin ambages, que es necesario avanzar en la democratización del Distrito Federal mediante la aprobación de un estatuto de gobierno mucho mejor que el que aquí se presenta, que recoja una serie de cuestiones, para que así constituya un paso fundamental para la consecución de la representación ciudadana en el Gobierno capitalino, no obstante insistimos en que es imperativo nuevos pasos, nuevos esfuerzos legislativos para realizar las reformas constitucionales que se requieren.

El Distrito Federal, por sus conocidas e importantes características, como lo es ser sede de los poderes federales, requiere de espacios democráticos en los que sus ciudadanos puedan participar y decidir, el Distrito Federal sigue exigiendo una apertura política plural en la que los reclamos y necesidades de sus habitantes encuentren respuesta satisfactoria.

Sería injusto que en una ciudad de la magnitud del Distrito Federal, con sus agudísimos problemas y tan serios desafíos, se encontrará cerrada la participación decisoria de sus habitantes en aras de constituir la capital de la República. Las características políticas del Distrito Federal no deben ser un impedimento para la participación de sus habitantes y no debe ser un obstáculo para que sus habitantes exijan la solución de sus problemas ocasionados por la naturaleza política de la ciudad de México.

La importancia política de la ciudad capital es grande, pero grandes son también sus problemas urbanos.

La ciudad más grande del mundo cuenta con grandes problemas de transporte, viviendas contaminación, seguridad pública, agua, drenaje, servicios de muy diferente naturaleza, en fin, problemas demográficos que producen la insuficiencia de servicios públicos para la población, aparte de estar en una zona sísmica de alta peligrosidad, problemas que requieren de la participación de sus habitantes, de la solidaridad plenamente despegable, a base de la democracia como se demostró en 1985.

La apertura democrática del Distrito Federal es una tarea necesaria e impostergable, instituye la única vía para la solución de sus problemas tanto urbanos como políticos; la participación de la ciudadanía en los órganos locales de Gobierno permitirá una solución justa a las necesidades de la capital.

Así, mismo, el Distrito Federal como sede de los poderes federales y como capital de la República, no debe dar paso a la descomposición de la estructura política de la misma Federación.

Con base en esta necesidad y con las aportaciones de las fuerzas políticas y de los mismos ciudadanos, se abrieron espacios a la democratización del Distrito Federal, encontraron respuesta primero en las reformas constitucionales de octubre de 1993, y a su vez, plantearon la necesidad de expedir un Estatuto de Gobierno para el Distrito Federal, el cual estableciera la distribución de atribuciones entre los poderes federales y los órganos legales de Gobierno de la ciudad, así como las bases para la organización y facultades de éstos últimos.

Las bases para la organización de la Administración Pública del Distrito Federal, la distribución de atribuciones entre sus órganos centrales y desconcentrados y la creación de entidades paraestatales, determinarán que se reconozcan derechos y obligaciones de carácter público, así como las bases para la integración de los consejos de ciudadanos que habrán de intervenir en la gestión de programas delegacionales y que planteamos que tengan también, si vamos a recoger lo dicho por el diputado Fernando Lerdo de Tejada, atribuciones también para de alguna manera incidir en la toma de grandes decisiones de otro carácter en el Distrito Federal.

Con base en lo anterior, el estatuto de Gobierno del Distrito Federal constituye una norma fundamental para su Gobierno. Por su importancia el estatuto debe responder a las necesidades que motivaron su expedición.

Nuestra fracción parlamentaria considera necesaria y apoya la expedición del Estatuto de Gobierno, pero a la vez, al votar en sentido afirmativo esta iniciativa, no puede dejar de mencionar las deficiencias que presenta, así como los puntos que nos inquietan y las sugerencias al respecto, de las cuales algunas fueron retomadas en el dictamen de proyecto, otras posteriormente y algunas han sido no consideradas.

Del análisis del articulado del anteproyecto de estatuto de Gobierno para el Distrito Federal, se pudo observar que en ciertos artículos se presentan grandes problemas de redacción y formulación jurídica de los mismos, problemas en la utilización de conceptos jurídicos y administrativos, suposiciones de conocimiento a priori hacia quienes va dirigido el estatuto.

De igual forma, aparecen artículos cuya colocación dentro del ordenamiento es incorrecta e innecesaria, problemas de competencia e imparcialidad de algunos órganos y el efectivo ejercicio democrático de los órganos de representación ciudadana dentro del Gobierno para el Distrito Federal.

Nuestra fracción parlamentaria analizó el anteproyecto y el proyecto de dictamen y ha considerado que deben hacerse una serie de importantes modificaciones, y dentro de su redacción se presupone que la Asamblea de Representantes y el Tribunal Superior de Justicia, por ejemplo, es una cuestión que debe ser considerada. Se dice: "Estarán subordinados al jefe del Distrito Federal", cuando éstos son órganos autónomos, como un ejemplo; consideraciones como éstas que provocan confusión y se reflejarán en la aplicación del estatuto.

Otro ejemplo de confusión que debe ser corregido se presenta en relación al nombramiento del jefe del Distrito Federal y despacho de asuntos de la Administración Pública del Distrito Federal, en caso de que estuviere pendiente el nombramiento del Presidente de la República.

De acuerdo a esta redacción, se apuesta a situaciones irregulares que no tienen porqué presentarse, como posibles interinatos, porque el nombramiento no puede quedar pendiente, por lo menos constitucionalmente no está establecida esta situación, por lo que no puede preverse esta figura; en todo caso si existe un interinato, es el presidente interino el que debe hacer el nombramiento, y pese a otros que apuestan al interinato, nosotros no apostamos al interinato. Por eso señalamos esta cuestión.

La seguridad pública en el Distrito Federal constituye uno de los problemas que más agobia a la sociedad civil, constituye un reto para el Gobierno del Distrito Federal. En base a ello, consideramos que esta materia debe ser incluida dentro de los elementos esenciales para el desarrollo y bienestar social de la ciudad capital.

En el dictamen que hoy discutimos se retomaron, como ya decíamos, de nuestras consideraciones, puntos relacionados con la definición del Distrito Federal, el mando de la fuerza pública, la pluralidad en la integración de la comisión de Gobierno, áreas estratégicas para el desarrollo, y con relación a los consejos cívicos ciudadanos delegacionales, el problema de que no debe ser el delegado el que dirija, como inicialmente estaba considerado, presida las reuniones, sino que debe ser rotatoria, como efectivamente está la dirección de las reuniones de los consejos ciudadanos.

Áreas también como las que se refiere a las estratégicas para el desarrollo, uso del suelo, etcétera, el régimen de elección de los consejos de ciudadanos a base de los partidos.

Este Estatuto de Gobierno para el Distrito Federal constituye un paso importante para la apertura democrática de la ciudad capital, así como para la solución de sus problemas. La participación ciudadana será elemento fundamental para ello, será un paso que establece la apertura democrática para el Distrito Federal, por eso vamos a votar en favor, pero además de manifestar nuestras observaciones al estatuto de Gobierno que hoy discutimos, estamos conscientes que todavía hace falta mucho para la apertura democrática en la ciudad de México, la más grande del mundo y capital de nuestra Federación mexicana, por eso vamos a presentar un conjunto de 20 ó 26 modificaciones en lo particular, y de esta manera queremos nosotros expresar la posición de la fracción parlamentaria nuestra, y de esta manera queremos seguir confiando en que vamos todavía a avanzar más para que esta LV Legislatura legue a la ciudad de México un instrumento de mucha importancia que va a ser para bien de todos, con todas sus limitaciones. Muchas gracias.

El Presidente:

Muchas gracias, diputado Manuel Terrazas Guerrero.

Para el mismo asunto, tiene la palabra el diputado Javier Centeno Ávila, diputado independiente.

El diputado Javier Centeno Ávila:

Con su permiso, señor Presidente; compañeros diputados:

No podíamos dejar pasar los diputados independientes esta oportunidad de opinar acerca de la democratización del Distrito Federal. Primero que nada valoramos el hecho de que no se hayan reglamentado la libertad de asociación y manifestación de las ideas, ya que en aras del orden público cierto sector de los partidos políticos pretendían restringir libertades esenciales de todo hombre y ciudadano.

Es evidente que las movilizaciones en cualquier ciudad del mundo seguirán existiendo mientras existan demandas insatisfechas.

Nosotros, me refiero a un sector de diputados independientes, nos pronunciamos contra las reformas de la normatividad referente al Distrito Federal y que se realizó a los artículos 31, 44, 73, 74, 79, 89, 104, 105, 107, 122 constitucionales y demás adiciones aprobadas por esta soberanía y ya publicadas en el Diario Oficial de la Federación del día 25 de octubre de 1993.

Hoy discutimos la reglamentación de dicha reforma. Es evidente que los partidarios, los que estamos por el establecimiento del Estado 32 en el Distrito Federal, y que consideramos que las autoridades del mismo deben ser electas por voto directo, secreto y universal, no estamos de acuerdo con esta normatividad y votaremos en contra.

Consideramos que no es la democracia indirecta ni la democracia a cuenta gotas a la que se ha sometido a los ciudadanos del Distrito Federal, la solución para avanzar en forma democrática en el corazón político del país.

Evidentemente no estamos de acuerdo con que no se hayan establecido mecanismos democráticos de consulta ciudadana, tales como el plebiscito o el referendum, y que aunque hay ciertos avances en elección de autoridades ahora con ciertos mecanismos de ratificación, no se pierde en lo esencial la forma de nombrar a las autoridades políticas del Distrito Federal, la cual sigue siendo de manera vertical y siendo una designación en especial del Poder Ejecutivo.

En el estatuto, motivo de discusión, consideramos también hay algunos avances, como los mecanismos de ratificación de ciertos funcionarios a partir del cuerpo colegiado de la Asamblea de Representantes.

Existen mayores facultades a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, pero ésta no es un verdadero congreso legislativo.

También el establecimiento de los consejos ciudadanos consideramos que es un avance, ya que ellos realizarán diagnósticos, vigilarán el desarrollo y evaluarán la acción gubernamental en el Distrito Federal. Sin embargo, lo esencial, que es la elección democrática de las autoridades por parte de la ciudadanía del Distrito Federal, permanece en manos del Ejecutivo.

Por otra parte, consideramos que la elección de los consejos ciudadanos debe realizarse bajo mecanismos electorales democráticos, en lo cual todos tenemos el compromiso de contribuir y no se realicen elecciones como las actuales y que llevan al nombramiento o a la elección de estructuras vecinales en las diversas delegaciones políticas y que están llenas de vicios y de componenda y maniobra política, lo que no ha permitido tener una genuina representación en el Distrito Federal.

La democratización gradual del Distrito Federal, a la que nos ha sometido el partido de la mayoría, expresa el temor que se tiene a perder el control del gobierno del Distrito Federal, ya que éste es el corazón político de nuestra nación.

No hay razones objetivas para que los ciudadanos del Distrito Federal no tengan derecho a elegir a sus autoridades.

Las fuerzas democráticas seguiremos en la lucha hasta lograr una genuina democratización del Distrito Federal, que devuelva la plenitud de sus derechos a la ciudadanía.

Por otra parte, consideramos que debe de existir y que es una necesidad el que todos tengamos la preocupación por la elaboración de un código electoral para nuestra ciudad capital, dado que aquí no tenemos una forma de regular la elección de nuestras autoridades, derechos que tienen todos los demás ciudadanos de la República mexicana.

Por otra parte, al hacer un análisis jurídico de la propuesta del estatuto, llegamos a las siguientes consideraciones:

La Constitución Política de los Estados Mexicanos contempla que dentro de la normatividad jerárquica de las leyes existirán: La ley Constitucional, que es la ley fundamental; luego siguen las leyes ordinarias, las leyes reglamentarias.

En ningún apartado se utiliza el término "estatuto", por lo que no sabemos cuál realmente es la naturaleza de la ley que hoy analizamos; que si bien viene al caso en la conformación de asociaciones o sociedades, no creemos que sea conveniente la utilización de este término en una ley de orden público que habrá de reglamentar al Distrito Federal, que es además una entidad moral con personalidad jurídica propia, porque consideramos que este término resulta bastante inexacto.

Entrando también al análisis del texto que ahora discutimos, encontramos que en el artículo 7o. de la iniciativa se establece que el Gobierno del Distrito Federal estará a cargo de los poderes de la Unión, los cuales lo ejercerán por sí o a través de los órganos del gobierno del Distrito Federal, representativos y democráticos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El anterior artículo está totalmente confundido con dos artículos más de la propia ley, me refiero, aquí se señala que los poderes de la Unión son los encargados del nombramiento del Gobierno del Distrito Federal.

Ahora vamos a leer los otros dos artículos, me refiero a los artículos 25 y 49 de la propia ley. No entendemos por qué el 49 establece como facultad del titular del Poder Ejecutivo el nombramiento del jefe del Departamento del Distrito Federal, aquí ya es una facultad exclusiva del jefe del Ejecutivo y no de los poderes de la Unión, como se señala en el artículo 7o. y al mismo tiempo el artículo 25 a la letra dice: "Corresponde a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión nombrar y remover al jefe del Distrito Federal en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de este estatuto".

Existe aquí una confusión que debe ser aclarada, porque una ley debe ser clara y concreta. Nosotros observamos que el artículo 25 de esta iniciativa de ley se plasmó a fuerza de un reclamo democrático que se ha venido dando de una manera cada vez más constante y lo que hace impostergable que luchemos para que modifiquemos el presidencialismo que siempre ha estado pesando en la vida de nuestras instituciones.

No vemos qué es lo que se entiende por cambio democrático que pregona el artículo 7o., ya que el artículo 45 deja las cosas como están hasta ahora; es decir, el Presidente sigue siendo la cúspide de un sistema jerárquico que controla e impone al titular del gobierno del Distrito Federal, al titular de la fuerza pública, al Procurador General de Justicia del Distrito Federal y al titular del Poder Judicial Federal. Creemos que el presidencialismo y esas formas de elección vertical han perjudicado el reclamo de democracia política de los habitantes del Distrito Federal.

Por otra parte nos llama la atención que entre los principios estratégicos que regirán la organización política a iniciativa del Distrito Federal que se señala en el artículo 3o. no se menciona en ninguno de sus incisos como principio rector el de la democracia. Consideramos que toda la actividad política de un gobierno debe estar regida por la democracia y no simplemente por decisiones jerárquicas y verticales.

Por otra parte también consideramos que es inexacto el artículo 25, porque a pesar de que establece como facultad para nombrar al jefe del Distrito Federal a cargo de la Cámara de Senadores, no vemos la razón de esto, porque no debemos olvidar que el Senado es un órgano representativo de todos los estados que conforman la federación, no tiene por que decidir sobre un asunto que le compete sólo al Distrito Federal, porque si no, que se establezca esta manera para todos los estados. Por lo que creemos que lo más correcto sería en este caso concreto de cada designación, si así se quiere, a cargo de la Cámara de Diputados y sería mucho más correcto a cargo de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

Nosotros manifestamos hoy, como en la ocasión anterior, que no estamos de acuerdo con este gradualismo a que se nos ha sometido a los ciudadanos del Distrito Federal, de llegar a una democracia programada quizá para el año 2000 y creemos que serán los propios ciudadanos del Distrito Federal y será el pueblo de México, como siempre, quienes nos señalen el camino y reivindicaremos la democracia. Muchas gracias, compañeros.

El Presidente:

Gracias, diputado Javier Centeno Ávila.

Tiene el uso de la palabra el diputado René Bejarano Martínez, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado René Juvenal Bejarano Martínez:

Con su autorización, señor Presidente; señoras y señores diputados:

La ciudad de México ha vivido en los últimos nueve años un proceso, no sin sobresaltos, de transición a la democracia, que se ha venido desarrollando y acelerando en diversas esferas de la vida económica, política y social.

La tragedia de los sismos de 1985 propiciaron la posibilidad de una reconsideración de mitos y actitudes que habían venido sosteniéndose durante muchos años por parte de quienes también ya desde hace muchos años han gobernado al país y al Distrito Federal.

La vitalidad de la sociedad expresada en la verdadera solidaridad, en el ánimo de reconstruir y en la búsqueda de alternativas de consenso para mitigar el dolor de la muerte y para reconstruir la propia vida, posibilitó que emergiera en la capital del país una nueva cultura política que ponía el acento en los derechos de los ciudadanos y en lo más importante de la ciudad, que son sus habitantes.

El año de 1985, fue sin duda, un elemento muy importante para que los candidatos a la presidencia de la República de aquel entonces, en 1987, hicieran pronunciamientos por la democratización de la ciudad de México. La reforma política fue una de las tesis de campaña del candidato del partido oficial en 1987, Carlos Salinas de Gortari.

El resultado de la elección, el resultado oficial de aquel 6 de julio de hace seis años, propició que esta tesis de la reforma política y la democratización, se fortaleciera significativamente.

El PRI obtuvo en ese entonces, a pesar de la operación fraudulenta de Estado, que aún ahora se sigue discutiendo, un 27% de los votos en la capital del país y, sin embargo, el Gobierno que desde entonces permaneció y permanece, ha pertenecido a ese partido, al PRI. Cinco años tuvieron que pasar para que el partido oficial concretara, después de múltiples esfuerzos de diversos partidos, organizaciones no gubernamentales, ciudadanas etcétera, para que se concretara la reforma política que fue aprobada finalmente en esta Cámara de Diputados en octubre del año pasado. Esta reforma política generó una serie de aberraciones jurídicas, salidas falsas para mantener lo insostenible, que es la permanencia de un esquema autoritario de gobierno.

Y a contrapelo, con muchas resistencias, se ha tenido que ir concediendo razón a quienes desde hace mucho tiempo hemos venido insistiendo en la necesidad de democratizar la capital a través de varios mecanismos: la creación de la Asamblea de Representantes, la ampliación de las facultades a la propia Asamblea de Representantes, los términos de la propia reforma política, la posibilidad de elegir gobernantes aun de manera indirecta, como está en la propia Constitución, en el artículo 122 y una serie de elementos adicionales, confirman que ha sido el proceso democratizador que hemos impulsado desde diversos partidos políticos y aún en algunos sectores del Gobierno, el que ha venido imponiendo la lógica de las transformaciones democráticas.

No en el tiempo y bajo la forma y las propuestas que hubiéramos deseado. Pero más tarde que temprano, se ha tenido que reconocer que muchas de las tesis que habíamos presentado y hemos presentado, son válidas.

Por eso seguimos insistiendo en que la transición acelere su marcha; que no repitamos el expediente manipulador, el expediente de la simulación de 1987; el que propicie ofertas políticas que no se cumplan.

Ahora, el candidato del partido oficial a la presidencia de la República, carente de un proyecto de fondo y transformador del propio Distrito Federal, ha mezclado propuestas de la propia oposición, con viejas propuestas del propio Gobierno y ha generado una serie de confusiones en lo ideológico y en lo político. Un ejemplo típico ha sido la expresión, tal vez sin un profundo conocimiento, de la necesidad del establecimiento de los cabildos en la ciudad de México.

Ciertamente, no cabalmente recuperada por los representantes del partido oficial. Pero aun en otro ejemplo un ex delegado que ha sido delegado en tres ocasiones: en Alvaro Obregón, en Gustavo A. Madero y otra vez en Alvaro Obregón, en lo que va de este sexenio, ha propuesto en el marco de su campaña para diputado en el distrito XXIII, que se elijan los delegados.

Desde luego que estamos de acuerdo que este descubrimiento súbito de una propuesta por parte de un delegado o ex delegado, nos llama la atención, pero no nos ofrece sino el ejemplo patético de una presentación demagógica, puesto que no se corresponde con los hechos, puesto que no lo defendió así cuando fue delegado y porque su partido no avala en todo caso este pronunciamiento que se le presenta a los votantes como una propuesta de partido, pero que no está en condiciones de cumplir.

La necesaria democratización tiene que expresarse en diversos aspectos que desafortunadamente no están contenidos totalmente en el proyecto de estatuto de gobierno que se nos ha presentado.

La democracia es una forma de gobierno, pero también una forma de vida. La democracia en la capital del país es un destino al que llegaremos muy pronto, porque las condiciones se están dando; se están generando para garantizar gobernantes electos democrática, legal y legítimamente y la creación de un gobierno representativo, fuerte, plural, con posibilidades reales de hacer las transformaciones que la mayoría de los ciudadanos están demandando.

Insistimos por ello en algunos aspectos que nos parecen nucleares, de la elaboración del estatuto de gobierno y que no han sido tomados en cuenta. En primer lugar, aun con los límites constitucionales de la reforma al 122, era posible incluir en este proyecto de estatuto, la posibilidad de alguna forma de elección de los delegados. No hubo la disposición política y el acuerdo en el interior del partido oficial para avanzar en esta materia; no había razón incluso suficiente, cuando propusimos, por ejemplo, que retomando el esquema de designación del jefe de gobierno se pudiera designar de entre los consejeros del partido que tuviera mayoría de votos en una delegación, al delegado correspondiente.

Ciertamente el que ahora se ratifiquen las propuestas de delegados es un avance, pero no es suficiente. El que por ejemplo tengamos la negativa en este terreno, con el poder que tienen los delegados y con la estructura de representación económica y política que ostentan, implica la negativa a tener gobernantes que provengan del voto popular.

El temor a la consulta sobre materias determinadas y con un procedimiento claro a los ciudadanos, cuando les afecten las determinaciones gubernamentales, o cuando un asunto polémico pudiera ser debatido en el seno de la sociedad, habla también de una visión estrecha de la democracia en las grandes ciudades. No son pocas las grandes ciudades y los países modernos económica y políticamente, que tienen reglamentada la existencia del referendum y el plebiscito para cuestiones centrales que importan a todo un conjunto de ciudadanos.

No es raro que en el Distrito Federal haya problemas que requieran de una consulta y que los partidos políticos no tienen de por sí, aun con los resultados electorales, la facultad de aprobar cualquier cuestión. No hubo tampoco la disposición para avanzar en el terreno de la reglamentación de la figura del plebiscito o referendum o una de las dos.

Este tipo de consultas a la ciudadanía, en una sociedad democrática, en lugar de debilitarla y confrontarla, son un mecanismo para garantizar la unidad a la propia sociedad y una forma civilizada de resolver las controversias y no mediante la imposición de determinados puntos de vista a través de los partidos.

Quiero decir aquí también que con todo respeto, lo que algunos partidos consideran un avance democrático, nos parece un retroceso muy grave y que ha sido una concesión que el partido oficial ha hecho para obtener un discurso matizado o un voto favorable en favor de esta iniciativa y que se refiere a la posibilidad de que los consejeros ciudadanos sean electos a propuestas de los partidos políticos, o, en su caso, a propuesta de 3 mil ciudadanos en una demarcación correspondiente.

El sistema de partidos políticos en México se ha pervertido, porque la autoridad política nacional no ha garantizado que los votos representen verdaderamente la fuerza de cada partido. La facultad para otorgar o negar registros, para apoyar subrepticiamente a determinados partidos y hostilizar a otros y el apoyo artificial y el mantenimiento oficial de fuerzas políticas en franco proceso de extinción, no hacen sino pervertir al sistema de partidos en México, que en presencia además de un partido de Estado impide que sean verdaderamente partidos legítimos, legales y representativos los que presenten las propuestas.

Hay un sistema artificial, ficticio, de representación con el actual sistema de partidos y por el contrario, impedir que expresiones ciudadanas auténticas de más de 3 mil ciudadanos con un universo electoral aproximado de 20 mil puedan presentar candidaturas cuando los partidos no tengan la capacidad de representar a esos ciudadanos, no es sino inhibir una de las formas que la sociedad tiene para representarse por el sistema de partidos.

La política no se hace sólo a través de los partidos, ni mucho menos los sistemas representativos en el mundo se circunscriben a los partidos políticos. Se garantizaba la preeminencia de los partidos con un sistema de postulación prioritariamente de partidos, pero anular la posibilidad de las candidaturas avaladas por ciudadanos es un retroceso significativo en la vida democrática del país y de la ciudad.

Si los partidos reales son sensibles a las aspiraciones de los ciudadanos, no tienen por qué temer la posibilidad de que la ciudadanía los rebase. La sociedad necesita renovar permanentemente los lazos con el Gobierno y con el sistema de partidos. La forma de refrendarlo es identificar los problemas de la sociedad, de los grupos y sectores y hacer en consecuencia las propuestas y atraer a los líderes y representantes de esos grupos para que en función de ellos se acepten sus propuestas y se postule a sus propios candidatos.

Los partidos dogmáticos anclados en el pasado, que no tienen la sensibilidad para entender las transformaciones de la sociedad de las ciudades y de los países, inevitablemente rompen los nexos con sus representados y sólo pueden vivir en sistemas de representación antidemocrática como lo es el que actualmente padecemos en el Distrito Federal.

Ciertamente el estatuto de gobierno ha incorporado múltiples propuestas que en un proyecto integral presentamos como partido, en enero pasado. Sin embargo hubiéramos querido, más allá del acuerdo que se tuvo en esta Cámara de crear una comisión plural, que fuera la Asamblea de Representantes la que discutiera y analizara el proyecto de estatuto de gobierno y en todo caso lo presentara como iniciativa de ley a este pleno de la Cámara de Diputados y después a la de Senadores, para cubrir el trámite correspondiente.

Quienes debieron haber elaborado el proyecto, debieron haber sido los representantes a la II Asamblea y a partir de ello pudiéramos tener un proyecto mucho más cercano y conocido por los propios representantes de los diversos partidos políticos.

No hubo la disposición política para hacerlo porque, entre otras cosas, el partido oficial nunca presentó, sino hasta el final, su propuesta integral. Siempre esperó a que el resto de los partidos fueran presentando parcial o íntegramente su propuesta y al final lo que hizo fue sintetizar algunos aspectos de forma, otros de fondo, pero tratando con ello de resolver las propias diferencias al interior del partido oficial.

Un proceso de negociación democrática y equitativa implicaba que todos los partidos presentaran sus propuestas y a partir de ello hacer el análisis comparativo, buscar los consensos y encontrar fórmulas en todo caso alternativas para las diferencias.

El Presidente:

Diputado...

El diputado René Juvenal Bejarano Martínez:

Señor Presidente:

Quisiera decirle que deseo utilizar los otros 15 minutos.

El Presidente:

Adelante, señor Diputado.

El diputado René Juvenal Bejarano Martínez:

Muchas gracias. Hemos insistido, además, en que la ciudad requiere acuerdos jurídicos pero también políticos para el proyecto de desarrollo que necesita, atender los problemas centrales que todos conocemos, parcial o totalmente, y que requieren de una discusión profunda.

La transición a la democracia no puede ser solamente vista de manera politicista; es también en el terreno económico y en el terreno social. La ruptura del orden social y el debilitamiento de un gobierno se precipita cuando este gobierno y la fuerza política que lo representa no tiene la capacidad para integrar las mejores propuestas que en la sociedad y en los partidos existen.

Los hechos violentos que en la ciudad se repiten cada vez de manera más preocupante; el descrédito de algunas instituciones como las corporaciones policiacas. El escepticismo acerca de las acciones de Gobierno. El clima de inseguridad pública. El deterioro de las condiciones de vida. El degradamiento del medio ambiente y el éxito relativo o el fracaso relativo de algunas de las políticas de gobierno no hacen sino expresar la punta de un enorme iceberg, que expresa la necesidad de un gran acuerdo político para la transformación de la ciudad en el terreno económico y social.

Que el estatuto faculte a la Asamblea para la aprobación del programa de desarrollo urbano es algo muy importante, porque puede significar un avance. Que los consejos ciudadanos tengan la posibilidad de aprobar las propuestas de desarrollo urbano delegacional y que además tengan la posibilidad de aprobar o rechazar las modificaciones al uso del suelo, también es un avance. Pero si el titular del Ejecutivo o el jefe de la administración pública en la capital se reserva para sí y para su fuerza política el proyecto de desarrollo urbano integral, estará excluyendo la posibilidad de una discusión profunda en torno a problemas que no tiene resueltos la capital y que van o pueden hacer crisis en los próximos meses o años.

Discutir también en este terreno, significa reconocer la pluralidad y el enriquecimiento de las propuestas a partir del diálogo, del análisis mesurado, serio y responsable de las diversas propuestas. Negarse a escuchar y a implementar de manera plural en un gobierno de composición idónea las propuestas que surjan para los múltiples problemas de la capital, es negarse a entender la diversidad de propuestas que la capital tiene.

Recordar que aun con el operativo de Estado de 1991 el partido oficial sólo obtuvo el 44% de los votos en esa elección y desconocer que muy probablemente en la elección del 21 de agosto próximo no obtenga un porcentaje superior al 50% o incluso mucho menor al de 1991, es desconocer una realidad política que tarde o temprano va a cuestionar al propio proyecto de estatuto de gobierno.

Trasladar al tiempo futuro, cercano o lejano, según se le vea, las propuestas de solución a múltiples problemas, es apostar incluso a que estas propuestas nunca se lleven a la práctica.

Si alguien hubiera afirmado después de que se aprobó la reforma electoral del año pasado en esta Cámara, que se iba a tener que hacer otra reforma electoral como resultado de los sucesos del 1o. de enero de este año, seguramente sería acusado de fantasioso, por lo menos si lo hubiera dicho con esa confianza.

Nosotros decimos que el proceso de transformación democrática en la capital está en marcha y que tarde o temprano se va a tener que reconocer la realidad y se va a tener que integrar a la legalidad la realidad política que están demandando múltiples fuerzas y organizaciones políticas.

En ese sentido, es muy importante que se entienda que este proceso requiere de un acuerdo político de convivencia democrática, que requiere entender lo que significa la alternancia en el poder, que requiere asimilar la importancia del gobierno plural, de la política en la busca del acuerdo y que requiere también entender que se tiene que dejar a un lado la soberbia, la política excluyente, el autoritarismo, la antidemocracia, como forma de gobierno.

Se tiene que entender que la transición implica acuerdo en las políticas urbanas, regionales y a nivel estatal, en las políticas de desarrollo metropolitano y se tiene que entender también que todo este proceso tiene que estar en continua revisión y evaluación, para garantizar enfrentar en tiempo los problemas que se vayan presentando.

Estamos ante la oportunidad de avanzar en esta materia. Creemos que están dadas las condiciones, que si hubiera la disposición política y si las fuerzas partidarias del cambio fueran las dominantes en todos los partidos, seguramente estuviéramos avanzando. Pero está privilegiándose por parte de algunos partidos o fuerzas dominantes en los partidos, el interés sectario de cada expresión política antes que el interés general de la ciudad.

Una oposición responsable es aquella que busca la solución a los grandes problemas y que es fiel a sus principios, aun cuando tenga que hacer concesiones tácticas. No se puede ser oposición responsable si se concede con la fuerza política dominante sólo por beneficios políticos parciales y se está mediatizando la aspiración democrática que los ciudadanos reclaman y que esas fuerzas políticas también han reclamado. En todo caso se asume una actitud cómplice con las fuerzas que retrasan esta transformación democrática y no porque se trate, como se ha dicho, de una propuesta del todo o nada, no porque se trate de negar los avances parciales, significativos o insignificantes que pudieran tenerse en las diversas propuestas que se nos han presentado, sino porque se trata de una evaluación política de fondo, de una coyuntura política determinada y porque en la capital del país desafortunadamente no estamos avanzando a los mismos ritmos que está avanzándose a nivel nacional, y pongo por ejemplo el Capítulo VIII del Cofipe. Ese Capítulo VIII, tiene muchos aspectos que han sido ya rebasados en la legislación electoral nacional y que en la capital del país se mantienen a contrapelo de la tendencia nacional.

O bien, a lo que se refiere también, muy importante, a la cláusula de gobernabilidad que ha sido eliminada de la legislación electoral nacional, que se mantiene en la capital del país; o bien, a la legislación electoral que puede ser un avance importante para la elección de los consejos ciudadanos en julio del año entrante y que existe la intención en la Ley de Participación Ciudadana que deberá aprobar la III Asamblea de Representantes, de no poner ahí ya los avances de las últimas reformas electorales y tratar de repetir los vicios de la elección de representación vecinal de las anteriores abstenciones de residentes.

El temor que existe, es además a que haya una verdadera renovación de las fuerzas políticas, porque sabemos que la estructura de reproducción del partido oficial en la capital está asociada al control político, monopólico, del Gobierno, al control de la información y de los recursos, al control y manipulación de los órganos de representación vecinal y al uso - venta en competencias electorales de todo eso.

Modificar eso, desde luego que representa una desventaja para los que están acostumbrados, pero representaría un avance en la transparencia y equidad electoral; ser consecuentes con el acuerdo para la transferencia y equidad electoral significa renunciar, antes que sea por la fuerza de las condiciones políticas reales, a estas ventajas indebidas en las competencias políticas equitativas.

Se requiere entonces un proceso de transformación moderna de la sociedad en el país. Este proceso de transformación moderna implica modernizar la forma de actuación política, implica desechar aquellas propuestas que han demostrado su obsolescencia o anacronismo y avanzar hacia formas de gobierno mucho más creativas que necesariamente la sociedad está demandando. Insistimos, además, en que esta aspiración democrática tiene que analizarse a partir de la propia realidad. Si nosotros observamos por ejemplo el esquema de participación electoral hoy en la capital, observamos con claridad la fusión entre el aparato de gobierno y el partido oficial y la utilización que se hace de ello, el coordinador general de campaña del partido del D.F. anterior delegado en Venustiano Carranza; el actual delegado en Venustiano Carranza; anterior vocal ejecutivo del IFE en las elecciones de 1991 y el actual secretario de acción electoral, anterior delegado en Milpa Alta y anterior delegado en Alvaro Obregón, actual candidato a diputado por ese distrito y podríamos hacer la larga lista de toda esta relación que ha sido utilizada ventajosamente por el partido oficial.

Nosotros confiamos en que las condiciones políticas propicias para el cambio van a avanzar más rápido de lo que desean quienes están anclados en formas de gobierno francamente esclerotizadas, que la administración pública tiene que incorporar los avances en esta materia, tiene que incorporar por ejemplo el servicio civil de carrera, tiene que hacer a un lado lealtades solamente debidas a una complicidad política y no a una actitud eficiente y de servicio. Nuestro partido, el PRD, ha tenido una presencia significativa a través de sus protagonistas anteriores a su fundación y actualmente en la capital del país, promotor junto con otras organizaciones y ciudadanos, del plebiscito al 21 de marzo; partícipe de la expresión viva en diversas organizaciones sociales, culturales, políticas, artísticas, no gubernamentales; expresión política significativa de una fuerte transformación y de avance; una fuerza impulsora de la paz, desarrolladora de la movilización responsable, del entendimiento y del acuerdo y de la búsqueda del avance genuino en el marco del rechazo a la confrontación que lastima y genera casi siempre rencores y resentimientos.

El Partido de la Revolución Democrática, es opción responsable de gobierno y alternativa, porque no sacrifica lo que representa el avance significativo por aspectos menores por una táctica política convenenciera que no reconoce las aspiraciones democráticas.

Respeta las tácticas de otros partidos pero no las comparte, comparte eso, señor, la aspiración de la mayoría de la oposición y de un sector del propio Gobierno de que la transformación democrática se exprese en ley, que tengamos un Gobierno legítimo y legal.

Haremos entonces un gran esfuerzo por seguir avanzando por este camino, por obtener en este estatuto de gobierno más y mejores avances, pero no podemos convalidarlo porque no representa la genuina aspiración democrática a pesar de los avances logrados.

No votaremos a favor, votaremos en contra de este proyecto de estatuto de gobierno en congruencia con nuestra posición cuando se discutió la reforma política de octubre pasado, pero seguiremos insistiendo con nuestras alternativas y nuestras propuestas, dispuestos a escuchar a los demás, pero también a ser escuchados y a buscar la solución íntegra de los problemas.

En ese camino, en el camino de una transformación justa y verdadera, en el marco de un cambio justo y razonable, en la búsqueda del respeto a nuestras tradiciones democráticas y en la búsqueda de una modernización que rechaza posiciones nostálgicas ancladas en el pasado, nuestro partido convoca a los demás y a la sociedad a seguir caminando por la senda de la transformación democrática. Muchas gracias.

El Presidente:

Muchas gracias, señor diputado René Bejarano Martínez.

Tiene el uso de la palabra, para rectificar hechos, el señor diputado Juan Cárdenas García.

El diputado Juan Jacinto Cárdenas García:

Con su permiso, señor Presidente:

Una cuestión preocupante, planteada por el diputado Bejarano, relativo a un régimen de partido o avance de la llamada sociedad civil. El Partido Popular Socialista no puede dejar pasar sin comentar al respecto.

En mi intervención hice una valoración de lo positivo al haber eliminado la posibilidad de que ciudadanos sin partido propiciaran a los candidatos a ser consejeros delegacionales. Ahí, a nosotros nos parece positivo, porque lo que históricamente ha hecho avanzar a este país, es precisamente la ampliación de la vida democrática y el hecho fundamental para nosotros fue el que en la misma medida en que se desarrollaban y se diferenciaban las clases sociales, se fortalecieron los partidos.

Y los partidos políticos son las instituciones que deben seguirse fortaleciendo, a nuestro juicio, para que podamos retomar el camino revolucionario.

El retroceso que hemos observado en los últimos 12 años, desde el punto de vista de la vida económica, social y política, se debe mucho precisamente a la tesis impuesta desde los Estados Unidos, de sustituir la acción de los partidos políticos con la acción de las llamadas organizaciones de la sociedad civil.

¿En la práctica qué ha sucedido? Debemos observar con más seriedad los resultados, una enorme dispersión política. El hecho no se puede llamar sólo con el título de antidemocrático, de que en las instancias electorales los partidos políticos ahora no tengan derecho a voto. ¿Esto es democrático? Para el Partido Popular Socialista es uno de los pasos más antidemocráticos como consecuencia de estar impulsando a la llamada sociedad civil.

Nosotros estamos de acuerdo que en la práctica, en el combate diario, los vecinos, los colonos, los que habitan una misma cuadra se tengan que organizar para cuestiones de la limpieza de una banqueta, que se tenga que reparar etcétera, por intereses de ese tipo meramente concretos, pero no se puede aceptar que esto se traslade a la lucha por el poder, porque aquí en la lucha por el poder se trata de las clases sociales y los ciudadanos, ésos que llaman representantes de la sociedad civil, ésos están representados en los partidos políticos, y que no se oculte que en muchas de las llamadas organizaciones sociales se repite la presencia precisamente de militantes de los partidos políticos.

Ha llegado el momento, creo yo, de decidir entre fortalecer un régimen de partidos o avanzar en la dispersión política, a través del fortalecimiento de la llamada organización civil.

Es una trampa que nos ha impuesto el imperialismo y creo que es momento de salir de ella, hay la coyuntura política que nos permite avanzar.

Es claro que la pretensión de haber metido en muchos articulados del estatuto de gobierno la participación ciudadana, tiene la intención de avanzar en este deterioro constante de la presencia de los partidos políticos. Esta contradicción no debe continuar. Debemos recobrar la vía que se había avanzado de fortalecer a los partidos políticos, hasta llegar a la instancia última en que los partidos políticos estaban a punto de tener el control de las instancias electorales, del proceso electoral, ¿y qué ha pasado?, los partidos están siendo retirados del control de las elecciones, ¿y a qué clase social se esta beneficiando?, pues ahí están, quienes gobiernan, quienes están a punto de asaltar el poder o cuando menos pretenden asaltar el poder. ¿Y la clase trabajadora está representada? ¿La clase trabajadora tiene la misma influencia que en el pasado reciente?

Creo que ésas son las cuestiones que deben preocuparnos. No debe haber contradicción entre la participación de eso que llaman organizaciones civiles, en los partidos políticos, que es donde están mejor representados los intereses del pueblo. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado Cárdenas García.

Tiene el uso de la palabra para el mismo tema el señor diputado Guillermo Flores Velasco, del PRD.

El diputado Guillermo Flores Velasco:

Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

Hoy se cierra una nueva etapa en la inquebrantable lucha por la democratización del Distrito Federal, que han venido impulsando la mayoría de la población, la mayoría de sus fuerzas políticas y de personalidades democráticas.

Ha sido un largo parto que se aceleró después de la derrota electoral del PRI en 1988, en que perdieron Salinas, sus candidatos al Senado, los candidatos priístas y las candidaturas a diputados y asambleístas en diversos distritos electorales del Distrito Federal a pesar del fraude.

La reforma política constitucional y el estatuto de gobierno, se presentan en la agonía del sexenio salinista. En septiembre del año pasado, el pueblo sufrió una derrota al no reconocerse el derecho inalienable de contar con una entidad federativa, con un Gobierno democrático, representativo y republicano, con la existencia de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial a través de los cuales los ciudadanos ejerciéramos nuestra soberanía.

Estado 32, gobernador electo, Congreso local con plenos poderes, Poder Judicial con verdadera autonomía, plena vigencia de la división de poderes, municipios libres con plena capacidad constitucional, son demandas que siguen teniendo plena vigencia y nuevamente las volvemos a reivindicar.

La realidad política nacional en el Distrito Federal, va abriendo paso a la creación de nuevas instituciones; las actuales normas constitucionales y el proyecto de dictamen del estatuto de Gobierno del Distrito Federal nacen anacrónicos y pronto esa realidad terminará por imponerse.

El régimen de partido de Estado nuevamente ha impuesto sus condiciones. Se nos dirá que hay avances, es cierto, pero cualquier reforma lo es si nos encamina a terminar con el sistema autoritario y antidemocrático de negación de los más elementales derechos políticos en que ha vivido el Distrito Federal la mayor parte de este siglo.

Gana espacio la democracia y lo seguirá ganando, y la resistencia de los autoritarios y antidemocráticos, cada vez será menor.

En el debate de la reforma política constitucional para el Distrito Federal, desde sus evidentes limitaciones se nos resaltaba como síntesis de los avances el contar con un Gobierno propio en el Distrito Federal.

En la instalación de la comisión plural, el 18 de enero del presente, el diputado Manuel Jiménez Guzmán, presidente en ese entonces del Partido Revolucionario Institucional en el Distrito Federal, afirmaba categórico: "No se piensa dar marcha atrás en lo alcanzado". Sus palabras se las llevó el viento. ¿Puede haber un Gobierno propio si los ciudadanos no participan en la elección de sus gobernantes?

La Constitución nos impone una restricción al jefe del Distrito Federal, pero ¿qué impedimento hay para elegir a los delegados? ¿Puede surgir un gobierno propio cuando ese estatuto impone en sus artículos 11 y 12 una visión presidencialista y centralista que limita las facultades legislativas de la Asamblea de Representantes? ¿Puede surgir un Gobierno propio cuando se propone un sistema electoral fragmentado y limitado a la elección de los consejos ciudadanos con evidentes contradicciones constitucionales?

Nuestro partido, desde la instalación de la Comisión Plural para la elaboración de la iniciativa, propuso un anteproyecto completo, y presentamos en cada una de las sesiones de la Comisión Plural nuestras propuestas y comentamos con todo respeto las propuestas de otros partidos.

La Comisión Plural solo conoció un documento final, pero no lo discutió en colectivo, pues se inició un proceso de negociación entre el partido oficial y cada uno de los partidos.

Se incorporaron solamente los puntos de vista que aceptó el partido oficial. Se dirá que se aceptaron muchas propuestas del PRD y de otros partidos, pero no estamos en un mercado para comprar o vender y regatear las propuestas. Las propuestas fundamentales de nuestro partido no fueron aceptadas y vamos a precisarlo, porque recientemente el candidato presidencial del partido de Estado pretende dar gato por liebre a los ciudadanos del Distrito Federal.

La conformación de las alcaldías en vez de las delegaciones existentes y la elección por el voto directo del titular que esté al frente de ellas, es parte fundamental de la propuesta de nuestro partido, el de la Revolución Democrática, para la elaboración de este estatuto de gobierno.

No existe ninguna limitación constitucional al respecto y sí una gran congruencia con una aspiración largamente postergada de avance democrático para nuestra ciudad.

La reforma constitucional establece los siguientes preceptos en relación con la división administrativa del Distrito Federal.

"Artículo 122, fracción I, inciso e,). Las bases para la integración por medio de elección directa en cada demarcación territorial de un consejo de ciudadanos para su intervención en la gestión, evaluación y en su caso consulta o aprobación de aquellos programas de la administración pública del Distrito Federal que para las demarcaciones decidan las leyes correspondientes, etcétera...

Artículo 122, fracción IX. Para la eficaz coordinación de las distintas jurisdicciones locales y municipales entre sí y de éstas con la federación y el Distrito Federal, en la planeación y ejecución de acciones en las zonas conurbadas limítrofes en el Distrito Federal de acuerdo con el artículo 115 constitucional".

También el referido mandato constitucional de la reforma en su sexto transitorio, en concreto plantea: " Los consejos ciudadanos por demarcación territorial se erigirán e instalarán en 1995, conforme a las disposiciones del estatuto de gobierno y las leyes respectivas".

El séptimo transitorio: "Los servidores públicos se reinscribirán a la Administración Pública del Distrito Federal y sus dependencias conservarán todos sus derechos laborales".

El décimo transitorio: "En tanto se expidan las nuevas normas aplicables al Distrito Federal, continuarán rigiendo las disposiciones legales y reglamentarias vigentes".

Como se observa, en este recuento en ningún momento la reforma constitucional establece normas que regulen la división del Distrito Federal, ni qué organismos se encargarán de gobernar y administrar los territorios resultantes de esta división.

Sólo el artículo décimo transitorio puede considerarse como un precepto que establece, que continuará la estructura actual de las delegaciones, pero es hasta que se expida la nueva legislación para el Distrito Federal en los términos de esta reforma.

Por lo tanto, podemos decir que en este punto el Constituyente Permanente, al no precisar norma alguna, deja abierta la posibilidad de establecer opciones distintas a las que están en vigor.

En el inciso e de la base primera del artículo 122, queda claramente establecido que el Distrito Federal se dividirá en demarcaciones territoriales sin precisar qué órgano u órganos serán responsables del Gobierno y administración en estas demarcaciones, ni las facultades que estos órganos tendrán.

Lo que sí se establece es que las demarcaciones territoriales que se formen, habrá órganos de representación, los consejos ciudadanos, que se elegirán por medio del voto directo de los ciudadanos en cada una de éstas y con algunas funciones que hoy ejerce la actual Asamblea de Representantes como gestión, supervisión, evaluación y consulta de programas de la administración pública y hasta atribuciones que hoy ejerce el jefe del Departamento, como es la posibilidad de aprobar algunos programas de acuerdo a lo que determinen las leyes correspondientes.

Por otra parte, aunque, el término jurisdiccional es jurisdicciones locales, de que habla la fracción IX del artículo 122, puede interpretarse que se refiere a los órganos de Gobierno de las entidades conurbadas, Estado de México y Distrito Federal, por el uso que se hace al término "local" en la misma reforma y otras normas, por ejemplo, en la legislación electoral, el texto de esta fracción no nos lleva necesariamente a la interpretación que es preciso mantener las delegaciones en el estado actual.

Las bases y las reglas se establecerán en las comisiones de que habla esta fracción IX de acuerdo a los incisos a, b y c de la misma, pueden corresponder a los programas que en su caso podrán aprobar los consejos ciudadanos de cada demarcación, por lo que es aceptable que en este caso el término "jurisdicción local" se aplique a las demarcaciones territoriales en que se divida el Distrito Federal.

Además se iguala a las jurisdicciones locales con las municipales y se establece la coordinación entre éstas con la federación y el Distrito Federal, lo que da más elementos para considerar que en las comisiones metropolitanas de que se habla en esta fracción, los órganos de cada demarcación puedan estar integradas de manera similar a los órganos municipales circunvecinos.

En suma, la propuesta que hemos venido haciendo, sobre el establecimiento en una demarcación territorial como alcaldía cuyo titular sea electo de manera universal y directa por los ciudadanos de cada demarcación, es perfectamente viable. No hay limitación alguna en la reforma constitucional. No es conveniente que frente a órganos como los consejos de ciudadanos que se integran por medio del sufragio en cada demarcación territorial y que tendrán atribuciones de gobierno, el titular del órgano de administración y gobierno correspondiente sea designado por una vía distinta.

La posibilidad de coordinación con los órganos municipales del Estado de México y en su caso el Estado de Morelos, difícilmente será eficaz si se establece entre órganos tan disímbolos en su integración y facultades como las delegaciones y los municipios, por lo que hay que buscar colocarlos a niveles similares, lo que puede lograrse si se aplica el mismo mecanismo de integración de los municipios, el sufragio a las actuales delegaciones.

Junto con estos elementos que se desprenden de la reforma, consideramos que la ciudad ya no se puede seguir gobernando bajo la lógica de que el que gane la elección gana todo, sino que deben abrirse espacios para que la pluralidad existente en la sociedad capitalina se refleje en todos los órganos de Gobierno y administración de la ciudad.

Por otro lado, es evidente el significado tradicional que atribuimos a la palabra alcaldía, nos remite a una forma de gobierno autónomo, con jurisdicción precisa y facultades de Gobierno.

Las alcaldías y los alcaldes en la propuesta que presentamos no cumplen con todos los requisitos para ser denominadas como tales, pero constituyen la denominación que más les acerca por tres razones: el tipo de elección del funcionario que está al frente de la demarcación, explicitando en nuestra propuesta la conformación y facultades en los consejos ciudadanos derivados de lo expresamente señalado en la Constitución y por eliminación, dado que la denominación delegación, no corresponde al órgano dependiente por entero del Poder Ejecutivo y la del delegado al funcionario al que exclusivamente se le delegan ciertas funciones administrativas.

El nombre de demarcación no da idea absolutamente de nada que tenga que ver con una entidad administrativa y de Gobierno, lo mismo que zonas o regiones, el de prefectura, el de distrito o el de departamento, nos remite a una administración enteramente descentralizada, que es la situación de la que queremos alejarnos como ciudad. En fin, no encontramos otra definición precisa a la que ya ofrecimos.

Esa fue la esencia de la propuesta que nosotros hicimos en el proyecto de Estatuto de Gobierno para el Distrito Federal.

En una muestra de flexibilidad ante la negativa del partido oficial de debatir el fondo de este problema, propusimos que al menos se eligiera al delegado.

Para finalizar, otro tema central que permite la Constitución y que se trata de limitar aún más a lo ya de por sí limitado de la Reforma Política Constitucional del Distrito Federal, es el sistema electoral.

Este es un debate que ha rehuido el partido oficial. En la discusión del Cofipe, el año pasado revisamos siete libros de ese Cofipe; al mismo tiempo estábamos debatiendo la reforma constitucional del Distrito Federal. Cuando se debatieron los siete libros se hacía evidente que había muchos preceptos que el propio Cofipe contemplaba como omisiones claras a un proceso electoral en el Distrito Federal, como por ejemplo, lo ha mencionado el compañero René Bejarano, todos los avances que hemos venido presentando en cuanto a los recursos públicos, el gasto de los partidos, el financiamiento, las prerrogativas, todo eso no fue incluido para el caso del Distrito Federal.

Cuando debatimos estos siete libros se dijo que debatiríamos posteriormente lo del Distrito Federal y cuando debatimos el Libro Octavo del Cofipe, que fue en diciembre, también se volvió a rehuir el problema, porque se decía que eso podía estar discutido en el propio estatuto.

En resumen, que hay un conjunto de lineamientos, y voy a tratar de sintetizar en la Constitución, con referencia al artículo 122 constitucional, que hacen enteramente posible el contar con un sistema electoral propio en el Distrito Federal que organice las elecciones de los consejos ciudadanos, las elecciones de la Asamblea de Representantes y las elecciones de los delegados, como mencionamos en la propuesta que posteriormente haremos estatuto.

En este sistema electoral, la propia reforma nos dice las bases, los principios que no pueden ser otros que los mismos principios establecidos en el propio artículo 41 constitucional, porque estamos ante un problema de contar con dos órganos electorales: el IFE, que actualmente no tiene atribuciones para organizar más que solamente las elecciones de la Asamblea y otro órgano electoral que haría, con el mismo padrón, con la misma dificultad de la otra elección, la elección de solamente los consejos vecinales. Entonces necesitamos un organismo propio, un procedimiento electoral propio, órganos contenciosos propios, órganos de calificación propios, bajo los lineamientos de nuestra Constitución y, eso es perfectamente posible y si no es con votos, si no es con un sistema electoral de esta naturaleza, cómo se puede legitimar un poder, no hay otra forma y si se quiere tener dos estructuras, una con la legitimidad que da el Cofipe y otra más laxa que permita cualquier cosa, pero que no puede estar haciendo lo mismo que el Cofipe, creo que eso sería una gran incongruencia para la aspiración democrática que tienen todos los habitantes del Distrito Federal. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el señor diputado Gonzalo Altamirano Dimas.

El diputado Gonzalo Altamirano Dimas:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

De 1824 al 20 de octubre de 1993, se han dado grandes transformaciones políticas en el Gobierno del Distrito Federal y por supuesto de esa reforma política discutida aquí en octubre de 1993, a esta sesión en la que nos encontramos discutiendo el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, que como ya lo explicaron los oradores que me antecedieron en el uso de la palabra, es la norma de organización y funcionamiento del Gobierno del Distrito Federal. Y que en palabras más llanas significaría o sería equivalente, aunque, no exactamente, a lo que es una Constitución de cualquier otro estado de la República: su norma fundamental en cuanto a su ámbito local.

Antes de hacer algunas reflexiones en torno a este estatuto, quiero decir que la posición del Partido Acción Nacional, es una posición como la ha mantenido siempre, responsable no en cuanto a los intereses que convengan al propio partido; ni tampoco a la satisfacción de una corriente política que todo le parece mal.

La actitud de Acción Nacional se da en el sentido de ver si esa ley, si ese ordenamiento sirve a los intereses generales. Esa es la actitud que asumimos al discutir el estatuto de gobierno.

Ni es actitud cómplice, como se vino a decir aquí en esta tribuna, porque como ya se afirmó también anteriormente, éste es un documento que recoge infinidad de propuestas de los distintos partidos políticos. Propuestas que fueron hechas en las mesas de trabajo que para el efecto se llevaron a cabo. No es papel cómplice, porque la actitud responsable asumida por Acción Nacional refleja que las normas que se están aprobando o que se van a aprobar de este Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, van a servir a una mejor vida democrática de los habitantes de esta capital.

Y hay que tener cuidado con esos calificativos de actitud cómplice, porque yo diría que este Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, es mucho más avanzado que otros propósitos, si es que se les puede llamar propósitos, de un gobierno como el de Cuauhtémoc Cárdenas, cuando se aprobó la ley electoral de Michoacán, que ya ha sido referido en esta tribuna.

No somos mercaderes que venimos a ver cuánto nos conceden o cuánto se afloja por la contraparte. No somos del todo o nada o de ver hasta dónde se van a conceder expectativas o avances democráticos. Somos un partido congruente con más de 55 años de lucha, que ha servido fielmente a su perfil como partido democrático.

El papel de la oposición es el de una actitud más responsable que el de estarse oponiendo sistemáticamente a todo propósito, ya sea proyecto de ley o sea alguna propuesta que sirva al interés general de la nación.

El papel de la oposición va más allá de sentar simples tesis que se van a oponer a todo aquello que se ha planteado desde el grupo en el poder; hacer esto es quedarse anclado precisamente en el pasado como se ha venido a decir en esta tribuna. El papel de la oposición va más allá de ser simples críticos sistemáticos de todas las acciones de Gobierno o de todas las acciones que provengan del grupo en el poder.

La oposición debe de criticar y debe de oponerse a todo aquello que vaya a lesionar los intereses de la comunidad; pero también la oposición debe de apoyar todos aquellos propósitos o todas aquellas actitudes que vayan precisamente en beneficio de la comunidad.

Por eso Acción Nacional ha avanzado; por eso estamos gobernando a más de 13 millones de mexicanos que han confiado en Acción Nacional, que no se quedó en el simple papel de opositor a todo aquello que provenga desde el poder o desde grupos distintos al de Acción Nacional. Somos un partido responsable que ha jugado el papel de la oposición, cuando se trata de formar un valladar contra aquellos actos o actitudes que afectan a la población; pero que también ha servido como puente para que el país avance en grandes propuestas, en grandes cambios, como lo hemos demostrado que sin estar en el poder, hemos sido factores de cambio importante en la vida constitucional, en la vida política y en la vida social del país.

Por eso no nos vienen ninguno de los calificativos que se han venido a hacer en esta tribuna, y tenemos la conciencia tranquila en cuanto a lo que estamos haciendo.

Este proceso que hoy culmina en esta Cámara de Diputados, como ya se dijo, ha venido caminando con grupos representativos de la Asamblea de Representantes, de la Cámara de Diputados y de dirigentes y miembros partidistas. Este proyecto de estatuto no es fruto de un partido político, ni Acción Nacional se está sumando a una propuesta del PRI.

Acción Nacional va a apoyar este proyecto de dictamen que tiene propuestas del PRI, que tiene propuestas del PRD, que tiene propuestas del PPS y que tiene propuestas de muchos otros partidos que hicieron contribuciones a este estatuto de gobierno.

Nosotros creemos que es un documento que refleja la pluralidad de las diferentes fuerzas políticas, y por lo tanto rechazamos que sea un documento exclusivista de alguna de estas fuerzas.

En esta tribuna se vino a decir hace un momento, primero a recriminar de una actitud cómplice; pero posteriormente se nos dice que se estaban apostando, palabras más palabras, menos porque se eligieran a los delegados políticos. Es decir, que la carta o la condición del PRD era que se eligiera a los delegados políticos, que se introdujera en el estatuto para poder votar a favor de este documento.

Con ese mismo argumento, quiero decirles que Acción Nacional tuvo otras propuestas de peso que consideró satisfechas para que nuestro voto sea aprobatorio en este dictamen.

En primer lugar, la de los consejos delegacionales. Los consejos delegacionales van a tener una importancia definitoria en la vida democrática de la capital. Quienes no han vislumbrado los grandes cambios que va a sufrir la capital con los consejos delegacionales, es porque no han entendido el proceso democrático que vive esta gran urbe.

Efectivamente, aquí vamos a coincidir con algunos partidos políticos. Los consejos delegacionales van a ser el embrión o son el embrión de lo que son los ayuntamientos, de lo que son los cabildos, los cabildos que de acuerdo con la Constitución, son la forma más genuina de la expresión democrática en los estados, en los municipios. No es exactamente un cabildo, pero sí tiene facultades muy cercanas al cabildo. Y voy a decirles por qué es más importante para nosotros, es más importante para nosotros el peso de estos cabildos que sobre los delegados.

Los delegados van a formar parte de los cabildos, pero no van a ser los únicos. Los consejos delegacionales van a estar integrados por fórmulas electas, elegidas por medio del sufragio popular, del sufragio directo.

Quiero ver a los delegados ahí, con representantes de diferentes partidos políticos que les van a tener que aprobar programas delegacionales, que van a tener que opinar y supervisar programas de seguridad pública, que van a tener qué ver con obras públicas, que conciernen a los habitantes de esa delegación.

¿Qué va a ser más importante: la elección del delegado o la elección de estos consejos delegacionales, con las facultades que tienen y con la exclusividad de los partidos políticos, que fue una de las condiciones que sentó Acción Nacional para discutir y consensar este documento?

Para nosotros tiene más peso esto segundo. Respetamos y coincidimos con el PRD en la importancia de los delegados políticos y esto no es exclusividad de este partido. Acción Nacional reitera que la vida democrática de la capital debe tener como premisa la elección directa de los gobernantes. No estamos renunciando a una tesis de Acción Nacional que ha sido sostenida desde hace muchos años. Nosotros vamos encaminados a eso: ¡a que el gobernante del Distrito Federal sea electo mediante el voto directo, secreto, de los habitantes de esta capital!

Queremos un Congreso local con plenas facultades legislativas como cualquier otro Congreso de los estados. Queremos un Poder Judicial independiente y queremos autoridades municipales, que las autoridades que se están conformando hoy en las delegaciones, también sean electas mediante el voto directo y el voto secreto.

Entonces, no nos vengan a decir, que nosotros o no tenemos estas tesis o estamos sosteniendo tesis contrarias. Si nosotros fuéramos la mayoría en esta Cámara no habría discusión alguna sobre aspectos fundamentales, porque estaríamos aprobando formas encaminadas a un Gobierno totalmente directo. Y eso lo hubiéramos hecho en la reforma constitucional.

¿Qué hubiera pasado si hubiéramos asumido actitudes y yo si les digo respetables, respetables como las asumidas por el PRD? Nos estancamos y el Partido Revolucionario Institucional saca su proyecto como originalmente lo tenía planteado.

Yo creo que la intervención responsable de las diferentes fuerzas políticas representadas en esta Cámara, han propiciado que el documento tenga avances sustanciales, avances importantes para la vida política de la capital.

Si cada quien se va a quedar atrincherado, atrincherado en su tienda y no va a entender razones y no va a dialogar, ¡pues pobre papel estaríamos haciendo o estamos haciendo aquí como diputados!

Y esto es contradictorio de lo que se viene a decir aquí en tribuna. Se habla de que la ciudad de México debe tener nuevas formas democráticas, que debe de abrirse al diálogo, a la concertación. Sin embargo, esto totalmente se contradice en las mesas de trabajo y en las actitudes asumidas en esta Cámara.

Se pide diálogo, se pide consenso, pero se toman actitudes totalmente contrarias a esto.

Yo respeto la posición asumida por el Partido de la Revolución Democrática, porque esto también sirve para ir haciendo avanzar más los propósitos democráticos. Habrá algunos que se vayan quedando en posiciones más duras, más extremas. Pero habrá otros que también, sin renunciar a las posiciones fundamentales, podrán hacer avanzar más las formas democráticas que beneficien a los propios capitalinos.

Quiero decir también que nosotros estamos de acuerdo y luchamos fuertemente en este consenso de los partidos políticos, porque los consejos delegacionales estuvieran integrados fundamentalmente por candidatos propuestos por los partidos políticos.

La ciudad de México tiene que cambiar su vida política. Quienes quieran hacer política que se metan a los partidos políticos y quienes tengan dos cachuchas de organizaciones sociales y partidos políticos, que opten por una, si es que quieren dedicarse a la política y formando parte de los órganos de gobierno.

Yo creo que aquí no se trata ni de maniatar a las organizaciones sociales ni de afectar a los ciudadanos en sus justas demandas, como parte de los organismos intermedios. Aquí se trata de darle el sentido exacto a lo que son los partidos políticos y las organizaciones intermedias.

¿Qué son las organizaciones intermedias? Son, como su nombre lo dice, un punto intermedio entre el ciudadano y el Estado. Las organizaciones intermedias deben de mantenerse luchando por el interés de los propios ciudadanos en acciones civiles. Si quieren formar parte de los órganos de gobierno los militantes de estas organizaciones civiles, que se metan a los partidos políticos.

Y me parece una actitud acertada de todos aquéllos quienes han entendido que hay que privilegiar y hay que fortalecer la vida de los partidos políticos, precisamente en esta clase de acciones, como de los consejos delegacionales. Los consejos delegacionales van a ser precursores, impulsores de la democracia en las propias delegaciones; van a fortalecer a todos y cada uno de los partidos en las diferentes delegaciones políticas y no va a haber aquí ni intereses encontrados de organizaciones sociales que seguirán asumiendo sus funciones, pero que no invadirán la de los partidos políticos, como también debe de acabarse en el Distrito Federal esa nefasta práctica de intervenir en las organizaciones vecinales, por parte de algunos partidos políticos y por parte del Gobierno del Distrito Federal, como ha sido hasta la fecha. Este va a ser un sano precedente para impulsar y fortalecer la vida política de los partidos y para separar definitivamente el ámbito de tareas de esas dos organizaciones.

Finalmente, quiero decir que en este documento se han atendido propuestas fundamentales, como en el caso de la remoción del regente. No se especificaba por qué causas graves podía ser destituido el jefe de Gobierno de la ciudad y se hicieron propuestas de manera seria y de manera responsable. Y en muchos otros aspectos también, en los derechos de los propios ciudadanos del Distrito Federal, que no estaba contemplado en el proyecto original.

Y yo sí quiero decir sin empacho, quiero decirle; porque hemos diferido, hemos tenido posiciones encontradas, empezando por el Presidente de la Comisión del Distrito Federal, con quien hemos debatido y hemos tenido diferencias, pero viva la diferencia en la democracia.

Yo quiero hacer un sincero reconocimiento ya en cuanto al trabajo que se ha ido desarrollando, en que ha habido apertura y no ha habido cerrazón, ni por parte de la comisión ni por parte del propio Presidente. Hemos sido críticos duros cuando lo hemos tenido que ser, pero yo creo que una actitud responsable también implica el reconocer cuando hay un esfuerzo compartido.

Yo les digo finalmente, compañeras y compañeros diputados, que éste es un esfuerzo serio de las diferentes fuerzas políticas aquí representadas y reconozco también aspectos importantes, propuestos por el Partido de la Revolución Democrática, que también haya contribuido al enriquecimiento de este documento; de asambleístas, de diputados y de otras personas que fueron fundamentales también para que este proceso se consolidara.

Quiero decirles que estamos en la aurora, estamos ya a unos cuantos metros de lo que puede ser una verdadera transformación política en el Distrito Federal, que realmente los cambios que se han operado a través de la reforma política y de este estatuto, es cierto que pueden resultar insuficientes aun para nosotros mismos, pero que también van a ser cambios fundamentales, que van a beneficiar a la mayoría de habitantes del Distrito Federal, que en este mismo año, en 1994, los delegados políticos ya no van a ser designados arbitrariamente por el Presidente de la República ni por el jefe de Gobierno, van a tener que pasar la prueba de la Asamblea de Representantes y cuidarán de que sean los mejores delegados políticos, bajo el riesgo de que sean rechazados por esta III Asamblea de Representantes.

El año próximo se van a instaurar los consejos delegaciones, donde los delegados van a temblar, porque van a tener, ahora sí, supervisores, vigilantes y también corresponsables en el gobierno de las propias delegaciones. Y en 1997 finalmente va a existir la posibilidad de que en el D.F. se elija de manera indirecta al jefe de Gobierno de esta capital de la República.

Acción Nacional considera que se han dado y se están dando pasos firmes en la democratización del D.F., esfuerzos serios y actitudes compartidas por el bienestar de este Distrito Federal. Estamos trabajando todos los partidos políticos, independientemente de las posiciones aquí reflejadas en la Cámara de Diputados, en esfuerzos serios por la democracia de esta capital y por la ciudad que todos los habitantes de la misma queremos. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra para contestar alusiones personales el señor diputado Bejarano.

El diputado René Juvenal Bejarano Martínez:

Hay una máxima en política y en la vida común que reza "que aclaración no pedida, es acusación manifiesta", y es el caso del discurso que con sentimientos de culpa vino a pronunciar aquí el diputado Altamirano Dimas. Se trata de un reconocimiento de una diferencia profunda en la forma de hacer política en donde por un cálculo errado en el fondo no reconoce la necesidad de los cambios de fondo, sacrificaron lo más por lo menos.

La negativa por ejemplo a que en este mismo año se eligiera al jefe de Gobierno ni siquiera requiriéndose de una modificación constitucional, sino solamente modificando el Transitorio correspondiente de la reforma de octubre del año pasado, expresa cabalmente la diferencia entre lo dicho y lo hecho, en argumentar razones de tiempo y de inconveniencia de temporada con respecto a la necesidad de la posibilidad de que de una vez, en 1994, se hiciera la elección indirecta.

El diputado Altamirano Dimas llama de manera equivocada, deliberadamente a los consejos ciudadanos, consejos delegacionales, porque él sabe que es una aberración que los consejos ciudadanos no puedan integrarse por propuestas directamente de los ciudadanos y hace una separación maniquea en compartimientos, estancos propios del dogmatismo más limitado entre lo social y lo político reduciendo lo social a una posición y lo político a lo otro y diciendo que sólo se puede hacer política y acceder al poder a través de los partidos, cuando la compleja realidad sociológica contemporánea habla de la multiplicidad de los factores que inciden en la política y de las formas diversas de organización social no gubernamental, civil, artística y política y no necesariamente partido para llegar al poder.

Pero además, nadie se opone a que los partidos hagan propuestas, lo que sucede es que se veta la posibilidad de que un determinado número de ciudadanos, 3 mil como venía en el proyecto, que es una cantidad significativa para el tipo de conformaciones políticas que tenemos, puedan presentar propuestas y evidentemente esto refleja una pretensión antidemocrática, porque entonces se pretende expresar a los partidos el monopolio del registro y se cierra a las posibilidades de participación ciudadana.

El viejo recurso de descalificar al PRD por lo que no dice y de señalar épocas pasadas de reconocimiento explícito de etapas ya superadas como son los episodios del ingeniero Cárdenas y de desconocer la realidad política contemporánea, no es sino un recurso retórico que podrá tener algunos efectos, pero que tarde o temprano se cae por su propio peso.

Decir ahora que en esta coyuntura, en este sexenio, que uno de los avales fundamentales del fraude de 1988 fue Diego Fernández de Cevallos, no es hablar de hace 20 años, es hablar de ahora.

Y de la complicidad del propio candidato del Partido Acción Nacional con el fraude del 6 de julio y del entusiasta apoyo para quemar los paquetes electorales y, la actitud por demás falsa, de una expresión supuestamente democrática que no se corresponde con las aspiraciones reales de la mayoría de los ciudadanos, apostarles todo a la imposibilidad de que los ciudadanos presenten propuestas de candidaturas y además a desconocer que fue precisamente Acción Nacional el que se retiró de la comisión plural y prefirió negociar sin hacerse explícitas sus propuestas en la mesa con el PRI, al margen de las negociaciones plurales, es desconocer lo que es evidente: que el propio Acción Nacional prefirió negociar por su lado, como tradicionalmente lo hace, y sacrificar lo que en el discurso defiende. Muchas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra para contestar alusiones personales, el señor diputado Altamirano Dimas.

El diputado Gonzalo Altamirano Dimas:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Se dice en esta tribuna que Acción Nacional se opuso o se opone a que en este año se elija al jefe de Gobierno de esta ciudad. No sé de dónde saca estas... de dónde hace estas elucubraciones el diputado Bejarano, porque ésta no es la posición de Acción Nacional ni ha estado a discusión en estos momentos si se elige o no al jefe de Gobierno, si estuviera a discusión nosotros estamos de acuerdo que se elija al jefe de Gobierno en este momento.

Pero tal vez ahí sí vino un sentimiento de culpa del diputado René Bejarano, porque mucho se especulaba, y no yo, sino en la prensa, se decía de la posibilidad de que en este año se eligiera al jefe de Gobierno de la ciudad, y los columnistas decían precisamente que era lo que le quitaba el sueño a Porfirio Muñoz Ledo, quien pretendía ser el regente de esta ciudad. A lo mejor el sentimiento de culpa lo refiere a sí mismo el diputado René Bejarano.

Creo que ni es lo más por lo menos, sino simplemente es una actitud consecuente con nuestros principios y porque creemos que va a beneficiar a la mayoría de la población. Yo no sé que sea más benéfico para la población, si el estatuto que hoy hemos aprobado aquí con todos los avances que comentamos, o si se hubiera quedado en un simple documento que se nos impusiera y que no tuviera mejores posibilidades o mejores expectativas los habitantes de esta capital. Yo no sé cuál actitud sería la más irresponsable.

Respecto al nuevo tema que se trae aquí de los paquetes electorales. Ya lo discutimos bastante y fue una actitud abierta y está consignada en el Diario de los Debates.

Cada hombre debe de asumir su vida personal, la responsabilidad en su vida personal, presente y pasada también.

Diego Fernández de Cevallos la ha asumido y consta en el Diario de los Debates, como la asumimos los diputados de Acción Nacional, y no fue nada oscuro; sino está consignado claramente y asumimos nuestra responsabilidad.

Como también Cuauhtémoc Cárdenas debe de asumir la suya respecto a lo que ya hemos dicho en cuanto a la Ley Electoral de Michoacán, la Ley de Educación y todos los actos que realizó como gobernador, entre los cuales se contaban las prácticas, que ha sido un grave vicio en todo el país, como el sostener al partido oficial o el de transferir dinero de manera ilegal. Cada quien que responda de sus hechos y que responda de sus prácticas. Diego lo está haciendo.

Yo creo que lo más importante de esta sesión es que asumamos también plenamente los diputados nuestras diferentes responsabilidades y que dejemos a un lado todas estas nostalgias del pasado que paralizan a algunos y que les impiden ver hacia adelante, que se detienen en la visión de las ramas y no ven el bosque.

Nosotros refrendamos nuestro apoyo a este proyecto que, insisto, es un proyecto que recoge propuestas de las diferentes fuerzas políticas, y si no, al tiempo.

Acción Nacional actuó de acuerdo con sus convicciones y de acuerdo con su conciencia, y lo vamos a ver el 21 de agosto, especialmente en esta capital.

El Presidente:

Tiene la palabra el señor diputado Francisco Dorantes Gutiérrez .

El diputado Francisco Dorantes Gutiérrez:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Me llamó mucho la atención que quien me antecedió en el uso de la palabra dice que tienen 55 años luchando por la democracia. Muchas veces me he preguntado ¿qué entiende el Partido Acción Nacional por democracia? ¿Es para ellos democracia explotar a los trabajadores? ¿Es democracia para ellos engañar al pueblo votante poniendo bardas que dicen "La pobreza es culpa del Gobierno? Pero nunca le ofrecen al pueblo un programa social de progreso.

¿Cómo le va a decir el Partido Acción Nacional que nació para combatir la política progresista de Lázaro Cárdenas? ¿Cómo le va a poder decir el Partido Acción Nacional al pueblo de México que es el representante de los capitalistas y de los explotadores de la clase trabajadora de la República mexicana? ¿Cómo va a decir el Partido Acción Nacional que es uña y carne del clero católico y que representan intereses transnacionales de prestanombres también?

Yo quisiera que el Partido Acción Nacional algún día le ofreciera a los trabajadores: si llegamos al poder, vamos a procurar que se les aumente el sueldo, que ya no se despida a los trabajadores burócratas, que tengan una atención en el Seguro Social mejor, que todo mundo tenga trabajo, que todo mundo tenga jubilación a los 55 años.

¿Cuándo lo ha hecho el Partido Acción Nacional? nunca, lo que ha hecho es engañar a la clase trabajadora, incitar al pueblo en contra del Gobierno, porque es la única política que puede hacer.

¿Cómo voy a creer en las palabras sofisticadas de quien me antecedió en el uso de la palabra? cuando son palabras de retórica y de simulación, y quien en una Comisión de Población y Desarrollo para combatir al que habla empezó a platicar con otro diputado y a carcajearse, a reírse porque le faltaban argumentos de filosofía para combatir la razón. Ese es el Partido Acción Nacional.

Compañeros diputados revolucionarios de izquierda, es necesario desenmascarar al Partido Acción Nacional. ¿Queremos obtener votos? Desenmascaremos a la derecha en las próximas elecciones, hablándole al pueblo verdaderamente de qué es el Partido Acción Nacional y para qué nació. Muchas gracias.

El Presidente:

Tiene la palabra la diputada Patricia Ruiz Anchondo.

La diputada Martha Patricia Ruiz Anchondo:

Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

Me ha llamado la atención esta coincidencia entre dos partidos que por lo regular siempre están debatiendo y pocas veces vemos que tengan puntos de coincidencia precisamente. La apología que han hecho tanto el Partido Popular Socialista como el Partido Acción Nacional sobre los partidos políticos y este sistema de representación vigente que tenemos en México, y que nuestra sociedad está cuestionando duramente en este momento, la apología que se hace por parte de estos dos partidos políticos, ciertamente estos dos institutos de los más viejos dentro del sistema de representación política en México, algo los une con el partido en el poder, y es que todos son parte de una clase política que hoy se siente amenazada ante la emergencia de una sociedad que ha madurado.

Este es un debate muy serio, es un debate muy serio efectivamente porque en México, de las cosas más importantes que tenemos y lo que está presionando hacia la transición, no ha sido precisamente esa clase política representada por estos institutos políticos, sino la sociedad la que está demandando mayores espacios de representación porque esta clase política precisamente ya no representa los intereses de la sociedad, y esto es lo que tiene a México en el camino de la transición, no la voluntad de los partidos políticos.

Hay militantes de partidos políticos, miembros de la clase política que han reconocido esta importancia de la sociedad, y hay quienes no y le cierran la puerta y dicen: vamos a aclarar de qué se tratan las cosas, que aquí nada se mueva y poder tener el mismo viejo sistema de representación, que es precisamente lo que algunos queremos transformar para arribar a la democracia.

Continuamente se llama a la sociedad a la participación en la solución de los problemas y que los problemas no son ni producto del Gobierno, ni de los políticos, sino de todos, que todos hemos participado en la creación de los grandes problemas que vive México y se hacen llamados de manera reiterada a la sociedad para participar en la solución de los mismos, desde el problema de la tierra, el problema del agua, el problema de la vivienda, los servicios, ahí sí se apela a la participación de la sociedad, que la sociedad participe, que vote, que se organice, que represente en la casilla, que defienda el voto, que salga a la calle, que apoye a nuestros candidatos, ahí sí que participe la sociedad. Pero cuando se trata de compartir el poder, efectivamente las decisiones que tienen que ver con el destino de los mexicanos, ahí sí no, ahí sí que la sociedad se regrese a su casa, para eso estamos los representantes de los partidos políticos para representarlos a ustedes, cuando la sociedad mexicana ya se ha topado contra una pared en ocasiones infranqueable de políticos insensibles que ni siquiera tienen la atención de escuchar los problemas y las demandas de los que se dicen ser sus representantes.

Creo que éste es un debate de fondo, y es del mayor interés en el punto de la transición hacia la democracia.

No podemos nosotros afirmar que son los partidos políticos mexicanos, tal y como están ahorita, lo que garantiza un sistema democrático.

¿En qué nivel de crisis se encuentran los partidos políticos en México? Todos lo sabemos. Sería una deshonestidad, intelectual incluso, afirmar que esta crisis no existe, y la crisis existe porque hay una crisis de representación del sistema de partidos de México y de todo el sistema político. No nos podemos hacer cómplices de esta situación.

Yo quisiera hacer, por último... señor Presidente, le solicito un minuto para concluir.

El Presidente:

Disponga usted de un minuto.

La diputada Martha Patricia Ruiz Anchondo:

Muchas gracias, señor Presidente:

Quiero hacer referencia a un acontecimiento que me llama la atención también.

Hace unas semanas estuve en un desayuno con la comunidad de chihuahuenses que vivimos en el Distrito Federal y el gobernador, con el actual gobernador de Chihuahua, hoy Francisco Barrio, militante del PAN.

Este gobernador llegó a su puesto de representación como producto de una gran movilización de la sociedad chihuahuense por la democracia en Chihuahua, y que generó y sentó un precedente para la movilización por la democracia en el país, que fue en 1986, finalmente él obtuvo la gubernatura seis años después como resultado de esta movilización y como un patrimonio de todos los chihuahuenses.

En Chihuahua se luchó por la democracia, y la sociedad chihuahuense luchó y consiguió tener esta gubernatura.

Y a mí me llamó la atención precisamente que ese desayuno, voy a concluir, el gobernador Barrio Terrazas afirmó que dentro de los intereses y de las aspiraciones de la sociedad de Chihuahua, la democracia no era un punto tan importante, que la democracia era una cosa que podía pasar absolutamente a considerarse como una parte secundaria porque para los chihuahuenses no era un tema de su interés.

El Presidente:

Compañera, le recuerdo que puede usted pedir en una ocasión posterior la palabra para hechos.

La diputada Martha Patricia Ruiz Anchondo:

Bien, voy a terminar, señor Presidente. Esto nos dice nada más cuál es el concepto de democracia que se maneja entre nosotros y que cuando nos referimos a la democracia tenemos que precisar a qué nos estamos refiriendo. Todos hablamos de democracia, pero obviamente que cada uno de nosotros, cuando se refiere a la palabra democracia tiene un concepto o una teoría que sustenta esta palabra que no tiene que ver, en la mayoría de los casos desgraciadamente, con lo que el pueblo de México está reclamando, representatividad real.

El diputado Juan Jacinto Cárdenas García (desde su curul):

Señor Presidente, pido la palabra para hechos.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Juan Cárdenas, para hechos, por cinco minutos.

El diputado Juan Jacinto Cárdenas García:

Mucho lamento volver a subir a esta tribuna para responder a una cuestión que existe de fondo, pero que parece ser que no se entiende plenamente, lo relativo a la lucha de clases. Y es lógico que el partido de la derecha y el partido de izquierda asuman posiciones claras en torno a esto. No es coincidencia, es una cosa surgida de la realidad. Lógico que el Partido Acción Nacional defienda también posiciones de partido desde su perspectiva de derecha y nosotros así lo hacemos desde nuestra perspectiva de izquierda.

Lo que no se vale es decir que lo nuevo, lo revolucionario, es la emergencia de la sociedad civil. ¿Qué es lo que ha resultado de esta supuesta emergencia de la sociedad civil? El más grave retroceso en la vida democrática del país, precisamente cuando los grupos poderosamente económicos, nacionales y extranjeros, son los que están impulsando la destrucción de los partidos y son los que están siendo beneficiados con esta emergencia de la sociedad civil.

¿Esto es lo revolucionario? ¿El haber permitido que en aras de avanzar con la sociedad civil se hayan permitido las reformas contrarrevolucionarias a la Constitución? Yo creo que no se advierte plenamente el papel de los partidos políticos. Claro, cuando se pierde conciencia de clase, es posible aceptar las tesis del imperialismo, de la emergencia de la sociedad civil, éste es el problema.

Asumimos una conciencia clasista o nos "enrumbamos" en esa tesis de que, bueno, la sociedad civil, acá, allá, etcétera. ¿Y la lucha por el poder? Bueno, en la sociedad civil, pues claro, los que por sus enormes fortunas pueden prepararse, son los que en las colonias, en los barrios, en todos lados, surgen como dirigentes. Y claro, se les endulza con algunas concesiones en las marchas, en los mítines, pero ¿para qué? Para destruir los verdaderos instrumentos de lucha de la clase trabajadora.

Ahí está la embestida contra las organizaciones sindicales, es la misma embestida contra los partidos políticos verdaderamente clasistas. Claro, entendemos, cuando no se trabaja en función de una conciencia de clase. Bueno, ahí están los resultados. La sociedad civil que está tomando todas las instancias electorales. Y ahí está, ¿cuál es el resultado?

¿Podemos los partidos opinar y que se nos tome en cuenta o votar siquiera en las instancias electorales? No, es la sociedad civil ¿Eso está dando como resultado un avance democrático? Me parece que desde el punto de vista clasista es un tremendo error histórico avanzar por esa vía que propugna e impulsa, con una serie de tesis, el imperialismo norteamericano, que es el que se beneficia con la destrucción de la lucha de clases y de los instrumentos de la clase obrera para arribar al poder.

Señoras y señores diputados, yo creo que ameritaría, sí, una discusión más profunda, más amplia, para decidir si la sociedad mexicana retoma el camino de un régimen de partido o se sigue deteriorando la vida democrática con esa llamada emergencia de la sociedad civil. Muchas gracias.

El Presidente:

Muchas gracias, señor diputado. Para rectificar hechos tiene la palabra el diputado René Bejarano.

El diputado René Juvenal Bejarano Martínez:

En el curso del debate acerca de quiénes tenían la posibilidad o la facultad para presentar candidaturas a consejos ciudadanos, cuando menos el PRI y el PRD coincidieron en que los partidos políticos podrían tener esa posibilidad, pero que esto no se debería cerrar a la posibilidad de que hubiera candidatos no registrados por los partidos y que fueran expresión de una cantidad significativa de ciudadanos de una determinada demarcación. Y así venía el proyecto. Ojalá el PRI, en la intervención que tiene pendiente, pudiera justificar por qué concedió tácticamente en algo que ellos defendieron y que después retiraron.

Y nosotros queremos dejar precisado aquí el asunto. En primer lugar, hace ya muchos años en los enfoques teóricos que quedaron abandonadas las tesis que separan a las organizaciones políticas de las organizaciones sociales. La teoría de los partidos políticos no puede quedar anclada en aquellas viejas concepciones acerca de que sólo los partidos políticos son de clase. Las sociedades y la complicación de las sociedades hablan de muy diversos tipos de partidos políticos y una conformación muy diversa de las sociedades y sus formas de expresión.

Y hablando de México, el problema del debilitamiento del sistema de partidos obedece a que no hay un mecanismo real para garantizar que los partidos que expresan la aspiración de un núcleo importante de clase, de género, de grupo o de sector, pudieran tener esa representación porque está artificialmente impuesto. Ese es el primer problema.

Y, en segundo lugar, por el contrario, cerrar la posibilidad de que los ciudadanos puedan presentar candidaturas a los consejos ciudadanos, es un contrasentido, es absurdo; y ojalá el PRI asuma el costo de esta concesión, que para el PAN fue fundamental para su voto a favor, pero que nosotros no podemos aceptar. Ojalá le puedan explicar los candidatos de estos partidos, ahora en las elecciones, a los ciudadanos de sus distritos que votaron en contra de que los ciudadanos que no tengan partido, que son la mayoría y que agrupen a 3 mil en una posible demarcación de 20 mil, puedan presentar una candidatura independiente. En las sociedades modernas eso existe, y no se está yendo al otro extremo, no se está yendo al otro extremo de impedir que los partidos presenten candidatos, porque ése también sería un contrasentido.

Lo que se estaba estableciendo era la posibilidad de que los partidos presentaran sus candidatos y también expresiones de la sociedad lo pudieran hacer. Y si hay 3 mil ciudadanos en una demarcación de 20 mil, que no aceptan a ningún partido y quieren presentarse de manera independiente, los que se deben preocupar son los partidos, porque están reflejando entonces la incapacidad para poder articular las expresiones ciudadanas. Y no cancelar por la vía legal estas formas de expresión que son francamente antidemocráticas, porque esto de la figura de candidato independiente en una determinada cuestión, y particularmente en los consejos ciudadanos, es cerrarse a esa posibilidad.

Y en eso concentraron su coincidencia y por ello avanzaron en ese camino. Nosotros seguimos insistiendo, porque es la mejor forma de fortalecer a los consejos ciudadanos, porque así se evita que se presenten candidatos que sólo obedecen al interés de partido y no tienen una real expresión en la sociedad, que es algo que desafortunadamente existe en México, y ya no hablemos de los consejos ciudadanos, hablemos de los diputados o de otros cargos de representación popular, porque hay una perversión del sistema de partidos.

Y, finalmente, la única forma de fortalecer el sistema de partidos es que los ciudadanos digan qué partido tiene registro y quién no, que se registre a todos los que lo deseen y que según el número de votos se registre a ese partido. Así se hizo en muchos lados y hay un sistema de partido real; pero aquí como hay un control estricto del registro de los partidos, se mantiene un sistema artificial, y ahora se les impide a los ciudadanos que presenten candidaturas en los consejos ciudadanos. Eso es un absurdo. Muchas gracias.

El diputado Israel González Arreguín (desde su curul):

Pido la palabra.

El Presidente:

Señor diputado un segundo. Hace un muy buen tiempo, el señor diputado Carlos González Durán había solicitado el uso de la palabra para hacer algunas reflexiones sobre el tema que nos ocupa. Después de su intervención con mucho gusto señor diputado González Arreguín.

El diputado Carlos González Durán:

Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

Ciertamente uno de los temas pendientes es el de la democratización no sólo del Estado, sino también de la sociedad civil. Hoy estamos viendo demandas y reclamos de participación en la vigilancia, en la observación del proceso electoral por parte de agrupaciones de ciudadanos.

Ciertamente éste es un tema que está pendiente, pero no es el tema que está enlistado en el orden del día.

Yo me voy a referir, como lo ha expresado el compañero Presidente, al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. Y expresar aquí categóricamente, que la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática va a votar en contra de este proyecto.

Y voy a intentar resumir las razones que en mi convicción son suficientes y sólidas para votar en contra de este proyecto:

En primer término, el diseño que tenemos en la Constitución define que nuestra estructura política es una estructura republicana; que las elecciones deben ser universales, directas, secretas; que los municipios deben ser libres; que las entidades de la República deben tener una diversidad de poderes y de funciones, independientes, para que se dé efectivamente la vida democrática en el país y en la primera razón por la cual nosotros no estamos de acuerdo con este proyecto que difiere para fines del presente siglo una especie de remedo de procedimiento que en el fondo es kafkiano y que efectivamente es una democracia a cuentagotas; es una ilusión vana y falsa de democratización del Distrito Federal, que este proyecto no es democrático.

En primer término, no es democrático desde el punto de vista político; porque desde el punto de vista político hay democracia cuando hay respeto y participación independiente y plena de los ciudadanos en las decisiones de la vida pública; cuando hay elecciones directas. Pero aquí ni siquiera va a haber elecciones indirectas; aquí lo que se está proponiendo es un procedimiento turbio en tres etapas de primer intento, segundo intento y tercer intento de coptación; no es esto en verdad ningún procedimiento de carácter de democracia política.

En segundo término se escamotea y se escurre el principio básico de la vida ciudadana, de que el ciudadano tiene derecho a elegir a sus gobernantes. Este, como dijo el compañero Guillermo Flores, no es un Gobierno propio; puesto que no es un Gobierno electo.

Ahora bien, este proyecto va a crearnos una serie de problemas y de conflictos. Admito de buena fe que en el proyecto no todo es malo; admito que en el proyecto hay una dosis de avance organizativo, administrativo, funcional y técnico. Ciertamente se estructuran las funciones de los servicios públicos y las obras públicas con una especie de remedo de consejo democrático que se llama consejo ciudadano.

Pero la verdad es ésta: la democracia si va a ser verdadera, tiene que comenzar por ser una democracia electoral; luego una democracia política y en seguida una democracia social, puesto esto no es ni político ni electoral, ni social. Ni es tampoco un respeto al diseño republicano. El parche que hicimos el año pasado, es un parche incorrecto e inconsecuente por todas estas razones.

Tenemos que los órganos de Gobierno, por ejemplo, en la administración de justicia, para que haya verdaderos jueces, se necesita que sean éstos independientes. Si los va a proponer el Ejecutivo, no pueden ser independientes.

Desde el punto de vista de los delegados, de lo que se llaman consejos ciudadanos, hubiera sido más consecuente y ya lo hemos estado sosteniendo en algunas ocasiones, que se reconociera dentro de los ayuntamientos, las comunidades vecinales, comunidades administrativas y políticas, no para que el ciudadano sea reunido a dar opiniones y súplicas y peticiones o para observar los actos de las obras públicas, sino como se dijo por uno de los compañeros, la democratización del Distrito Federal tiene que transitar a través de la democratización política, o sea, lo que se necesita es que los órganos colectivos, ciudadanos o municipios, tengan facultades decisorias de Gobierno, para que atiendan sus problemas inmediatos.

Si no damos la puerta abierta a la iniciativa ciudadana para que se integre el Gobierno, para que Gobierno y pueblo sean lo mismo, que eso es lo que postula básicamente el postulado esencial de la democracia, la identidad de pueblo y Gobierno, no vamos a encontrar una actividad de iniciativa creadora de los ciudadanos que vaya resolviendo y afrontando los problemas.

Por otra parte hay esta realidad evidente que simplemente la estamos contemplando para muy lejos y para el año de la hebra y del mes del cordón, y consiste en lo siguiente: la realidad social que integra este enorme capital, tiene una unidad problemática. Mientras no cuente con una estructura política que integre todas la zona conurbada y además su región, la región que la alimenta y la puede sustentar, si no integramos este estado del valle de México, no va a ser posible resolver los problemas que vienen siendo reclamados en la vía pública, en las plazas todos los días, porque todos los ciudadanos de esta enorme ciudad se muestran descontentos por la forma en que se conducen los asuntos del orden público.

Entonces, hay ahí otro problema importante. Además, desde el punto de vista de una reglamentación funcional del Gobierno, advertimos, por ejemplo, las policías, el Ministerio Público, sépanlo, compañeros, México es el país donde hay más policía. Si comparamos nuestra patria con otros países, aquí en México es donde hay el mayor número de policías, pero también el mayor número de corrupción y el mayor número de desviación y de abuso de las policías.

Si pretendemos corregir este mal funcionamiento de la seguridad pública que padecemos en esta capital, debemos entender que el control que los bandos supremos de la policía y del Ministerio Público no pueden seguir bajo la hegemonía y el control y la designación del Poder Ejecutivo, sino que deben de ser las asambleas, deben ser los ayuntamientos los que vigilen la buena marcha de la seguridad pública, no necesitamos tantísimos cuicos. Lo que necesitamos es que trabajen civilizadamente y que estén organizados y sometidos a la vigilancia ciudadana.

Por lo tanto, no voy a cansarlos a ustedes con mis argumentos, pero sí quiero decir categóricamente: ¡el Partido de la Revolución Democrática votará en contra de este estatuto porque carece de cualquier verdad democrática! ¡Este estatuto es pura y simplemente un avance administrativo, un avance funcional, un avance organizativo, de las tareas del Gobierno; pero sigue sometido, como aquí lo han expresado muchos compañeros, a una estructura de Gobierno vertical, a una cerrazón y a un procedimiento de captación de funcionarios para integrar un procedimiento verdaderamente kafkiano! ¡Esto es oscuro y esto es antidemocrático! Es todo compañeros.

El Presidente:

Tiene la palabra el diputado Israel González Arreguín, para rectificar hechos, por cinco minutos.

El diputado Israel González Arreguín:

Con el permiso de la Presidencia; compañeras y compañeros diputados:

Hay un principio de derecho que dice que "a confesión de parte, relevo de pruebas".

El diputado René Bejarano ha reconocido ante esta tribuna que "el PAN en acuerdos de cúpula transó la voluntad popular manifestada en 1988, reconociendo el resultado electoral". Y lo que no esbozó abiertamente, pero sí en forma implícita, es que con la figura de la triada más tarde el PRD se incorpora y se ungió a tales acuerdos cuando dio formación a un remedo de reforma electoral y que tan solo responde a sus intereses.

En otro orden de ideas, varios oradores aquí han venido con una controversia entre partidos políticos y organizaciones sociales. El PRD defiende afanosamente éstas últimas y creo que es muy claro por qué lo hace: ellos están muy lejos de ser un partido político; ellos forman parte de una serie de corrientes y de grupúsculos que lo único que buscan son intereses muy particulares.

No tienen la unidad de acción, no tienen la unidad de concepción, no tienen ninguna ideología definida. Por eso no pueden aspirar a ser un partido político y por eso defienden el que por encima de los partidos políticos, que son órganos reconocidos por la sociedad y por todo mundo, ellos lo ataquen tratando de interpretar el que por encima de los partidos políticos está la sociedad civil.

¡Se olvidan de que los partidos políticos somos instrumentos en manos del pueblo y ellos quieren mejor utilizar al pueblo como su instrumento! Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, diputado.

Tiene la palabra el diputado Alfonso Rivera Domínguez.

El diputado José Alfonso Rivera Domínguez:

Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Asamblea: vengo a esta tribuna con dos propósitos. El primero, fijar la posición de mi partido, el Revolucionario Institucional, acerca del dictamen que hoy discutimos. Y segundo, para intentar dar respuesta a algunos planteamientos formulados por los compañeros diputados que me han antecedido en el uso de la palabra en esta tribuna.

Mi fracción parlamentaria votará a favor del dictamen a discusión, porque consideramos que es un importante avance en el proceso de democratización del Distrito Federal.

Como todos sabemos, nuestra ciudad se encuentra en una etapa de profunda transformación, apoyada sustancialmente en las reformas realizadas a nuestra Constitución Política en el año de 1993. En dichas reformas se encomendó al Congreso de la Unión expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, por esa razón en el mes de diciembre del año pasado, los diputados integrantes de los diversos grupos parlamentarios, suscribieron un acuerdo para que, escuchando la opinión de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, se dedicaran a la tarea de elaborar un proyecto de estatuto de Gobierno, el cual se presenta hoy al pleno de esta Cámara.

En efecto, compañero diputado Guillermo Flores, no estamos en un mercado en el que se venda y se compre o se regatee, estamos en la actividad política en la que discutimos, debatimos con razones, con argumentos y sobre todo, con buena fe.

Con el estatuto se proporciona un marco normativo apropiado para la ciudad de México, congruente con el nuevo marco constitucional diseñado para el Distrito Federal. El estatuto de Gobierno establece la distribución de las atribuciones entre los poderes federales y los órganos locales de Gobierno del Distrito Federal, así como los fundamentos para su organización y las facultades de éstos.

Mi partido considera de la más importante relevancia el otorgamiento, por fin, de facultades legislativas al órgano local de representación popular del Distrito Federal, esto es, a la Asamblea de Representantes.

En el proyecto a discusión se establece además, la forma de organización de la Administración Pública del Distrito Federal, el nombramiento, remoción, obligaciones y facultades del jefe del Distrito Federal, así como la distribución de atribuciones entre los órganos centrales y desconcentrados, contemplando incluso la creación de entidades paraestatales. También contempla, desde luego, los derechos y obligaciones de los habitantes y ciudadanos del Distrito Federal.

Otro aspecto que debe destacarse, es la creación de los consejos ciudadanos, que serán órganos integrados por ciudadanos, vecinos de las diferentes delegaciones que intervendrán en la gestión, supervisión, evaluación y, en su caso, consulta o aprobación de aquellos programas delegacionales que se determinan en el propio estatuto.

Debido a la situación geográfica, política y social del Distrito Federal, la ciudad de México enfrenta el fenómeno de la conurbación, circunstancia que motiva el recurso de la coordinación metropolitana, que permitirá al jefe del Distrito Federal celebrar acuerdos y convenios con las autoridades de la Federación, de los municipios y de los estados limítrofes, mediante los cuales se crearán comisiones encargadas de resolver los graves problemas que rebasan el ámbito del Distrito Federal, permitiendo mejorar así las condiciones de vida de los habitantes de la zona conurbada.

Mi partido votará a favor del dictamen, porque se trata de un ordenamiento legal necesario para darle sustento político y jurídico al Distrito Federal, en el que se reconoce precisamente la capacidad jurídica y personalidad del Distrito Federal como entidad federativa.

También es importante porque establece los lineamientos para determinar las calidades que corresponden a las personas que habitan en el territorio del Distrito Federal, distinguiendo entre originario, habitante, vecino y ciudadano de la ciudad de México. De tal forma que será originario el que nace en el territorio del Distrito Federal; habitante, la persona que resida dentro del territorio, aunque esa residencia no sea habitual, es decir, que sin vivir permanentemente en la ciudad de México, establece un domicilio o desarrolle sus actividades dentro de la ciudad, creándole un vínculo jurídico con la vida de esta ciudad.

Son vecinos los habitantes con más de seis meses de residencia en el territorio del Distrito Federal, en concordancia con el criterio de la legislación civil para definir el domicilio de las personas físicas y tiempo que se considera suficiente para crear en la persona un vínculo con su comunidad y por lo tanto un arraigo, que generará una mayor participación en los diversos aspectos de la vida de la ciudad.

Y, por último, la calidad de ciudadano es una fórmula de gran importancia, sobre todo tratándose de instituciones políticas y del Gobierno de la ciudad, estimándose como tales a los ciudadanos mexicanos que además reúnan la calidad de originarios o vecinos del Distrito Federal.

Mi partido considera acertado que debido a las circunstancias especiales, particulares y propias del Distrito Federal, en el estatuto se establezcan los mecanismos de organización administrativa y política, considerando precisamente su condición de Distrito Federal, asiento de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, comunidad geográfica y estructural y en su condición de ciudad conurbada, debido a lo cual fue atinado establecer en éste, su primer estatuto de Gobierno, 12 principios estratégicos que orientan la actuación del Gobierno del Distrito Federal y que señalarán los cauces que deberán regir su organización política y administrativa.

Por otro lado, coincidimos en que la justicia laboral en el ámbito local sea impartida por la junta local de conciliación y arbitraje y que asimismo las relaciones de trabajo entre el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores se rijan por lo dispuesto en el apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo que se refiere a la responsabilidad de los servidores públicos mi partido comparte la tesis de que éstos se sujeten a lo contemplado en la ley federal de la materia en plena observancia al texto constitucional.

Por lo que corresponde al título de derechos y obligaciones de carácter público, es otro aspecto sumamente relevante del estatuto por el que mi partido votará a favor del mismo debido a que se hace una especial definición de los derechos y obligaciones de las personas que viven en el Distrito Federal.

Para los habitantes, queda de manifiesto el derecho a la protección de las leyes, reglamentos y demás normas jurídicas, así como el de recibir la prestación de los servicios públicos y utilizar los bienes de uso común, pero merece referencia especial el derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios causados por los servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal y el de ser informados acerca de las leyes y decretos que expidan, tanto la Asamblea de Representantes del Distrito Federal como el Congreso de la Unión.

Relevante es la obligación de los habitantes de la ciudad de México de no perturbar el orden, la paz y las actividades de los demás habitantes en el ejercicio de sus derechos, así como utilizar los bienes de uso común y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino, lo que se apegue estrictamente a lo dispuesto por nuestra ley fundamental.

Por lo que toca a los ciudadanos, estos tendrán también claramente definido su esquema de derechos y obligaciones, comenzando por su derecho a votar y ser votado para cargos de representación popular y vecinal, así como el de ocupar preferentemente cargos, empleos o comisiones de carácter público.

Mi fracción parlamentaria estima positiva la delimitación clara y precisa que se hace en el estatuto a discusión, de las atribuciones de los poderes de la Unión. Al Congreso de la Unión le confiere la facultad de legislar en todas aquellas materias relacionadas con el Distrito Federal, que no sean facultad expresa establecida en la propia Constitución y en favor de la Asamblea de Representantes, así como el de aprobar anualmente los montos de endeudamiento que requiera el Gobierno del Distrito Federal y que deberán incluirse en la Ley de Ingresos del Distrito Federal.

Debe puntualizarse que la vigilancia de la correcta aplicación de recursos federales que realice el jefe del Distrito Federal se efectuará a través de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, mientras que a la de Senadores le corresponde nombrar y remover al jefe del Distrito Federal en los términos y supuestos contenidos en la Constitución y en el propio estatuto.

Por otra parte, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación el estatuto le asigna facultades para conocer de las controversias que se susciten entre uno o más Estados y el Distrito Federal y entre sus órganos locales de Gobierno, sobre la constitucionalidad de sus actos precisándose los requisitos de procedibilidad de dicho procedimiento.

Por lo que se refiere a las atribuciones del Presidente de la República, mi partido apoya las facultades que se le conceden para nombrar el jefe del Distrito Federal y para aprobar el nombramiento del Procurador General de Justicia del Distrito Federal, así como para ejercer el mando de la fuerza pública en el Distrito Federal considerando que con ello se evita la posibilidad de conflictos de competencia política derivados de la coexistencia de diversas autoridades con funciones esencialmente similares dentro de un mismo espacio territorial.

Mi partido votará a favor del dictamen porque con el estatuto se establecen bases firmes para consolidar el proceso de reforma política y de avance democrático del Distrito Federal, como lo son también el conjunto de atribuciones que el estatuto asigna a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal que contará con facultades legislativas en las materias expresamente señaladas por nuestra Carta Magna así como la de ratificar la propuesta de nombramiento del Jefe del Distrito Federal y recibir por escrito informes tanto de éste último como del Procurador General de Justicia y del responsable de la fuerza pública del Distrito Federal, así como revisar la cuenta pública del Gobierno de esta entidad. Mi partido reconoce igualmente atinado que se hayan establecido con precisión las diversas hipótesis del nombramiento del jefe del Gobierno del Distrito Federal y las atribuciones que en dicho proceso corresponden a los diversos órganos involucrados en el mismo. Mi partido reconoce un gran avance en lo relativo a la prestación de los servicios públicos que se hayan incluido en el estatuto los criterios de profesionalización y especialización que deben prevalecer en la conformación del aparato administrativo del Gobierno de la ciudad garantizando así la eficacia y debida atención en el funcionamiento de los servicios públicos.

Igualmente, mi partido considera de relevancia el hecho de que el representante popular que se ha propuesto para ocupar el cargo de Jefe del Distrito Federal, deba presentarse ante la Asamblea de Representantes del Distrito Federal cuando ésta lo cite para responder a las preguntas que le formulen los asambleístas encargados de dictaminar su ratificación y así obtener los mayores elementos de juicio que los lleve a determinar si es la persona idónea para desempeñar el cargo de Jefe del Distrito Federal.

Mi partido apoya el procedimiento y las causales señaladas en la iniciativa para la remoción de Jefe del Distrito Federal por considerar que se trata de un procedimiento claro, preciso y sencillo y que igualmente las causales establecidas son de tal naturaleza que deben motivar la remoción de dicho funcionario.

Además, al asignar la facultad de remoción al Senado de la República y en sus recesos a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se garantiza la imparcialidad de la resolución respectiva, dada la naturaleza plural de éstos órganos.

Mi partido considera aceptada la precisión con que se expresan en el estatuto las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal, como son las de nombrar y remover a los titulares de las unidades, órganos y dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal; nombrar a los magistrados del Tribunal Contencioso Administrativo y del Tribunal Superior de Justicia.

Este caso y para ambos tribunales deberá obtenerse además la ratificación de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, así como formular el programa general de desarrollo de la ciudad; iniciar leyes y decretos ante la Asamblea de Representantes del Distrito Federal; expedir reglamentos gubernativos; ejercer actos de dominio sobre el patrimonio del Distrito Federal y celebrar convenios de coordinación entre otras.

Por lo que se refiere a la función judicial, mi partido celebra que en el estatuto se haga referencia expresa a la independencia de los magistrados y jueces en el ejercicio de sus funciones, estableciéndose además las bases de una auténtica carrera judicial y la autonomía del Tribunal Superior de Justicia para elaborar su propio presupuesto.

En cuanto a lo relativo a las base para la organización de la Administración Pública del Distrito Federal, mi partido apoya el sistema de organización propuesto, por ajustarse a los lineamientos generales contenidos en la propia Constitución General de la República, reconociendo además que se hace una meticulosa reglamentación de los aspectos relativos a la prestación de los servicios públicos, a los requisitos para ser secretario, a la Administración de la Hacienda Pública, a la definición de la Administración Pública Paraestatal y a sus objetivos.

Sin lugar a dudas, las delegaciones constituyen un elemento fundamental en la vida de la ciudad, pues significan el contacto más inmediato entre el ciudadano y el Gobierno de la ciudad. Por ello, mi partido ve con agrado que en el estatuto se contengan disposiciones tendientes a fortalecerlos y renovar su función en el contexto del Gobierno de la ciudad.

Los delegados serán designados por el Jefe del Distrito Federal y ratificados, en su caso, por la mayoría de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, lo que significa la participación de las fuerzas políticas de la ciudad en el nombramiento, dada la naturaleza plural de dicho órgano de representación, lo que propiciará que para lograr obtener la ratificación, los propuestos deberán acreditar no solo los requisitos formales a que se refiere el artículo 105 del estatuto que discutimos, sino que cuentan además con experiencia, capacidad y conocimiento de la problemática delegacional que los acredite como los más aptos para desempeñar tal responsabilidad en beneficio de la comunidad.

Es importante destacar que para fortalecer a las delegaciones, el estatuto contempla tres vertientes: el presupuesto, el contacto delegación ciudadanía, y la distribución de atribuciones entre los órganos centrales de la Administración Pública del Distrito Federal y las delegaciones.

Con la primera, cada delegación contará con asignaciones presupuestales para la realización de sus actividades; con la segunda, se estrecharán los vínculos entre la autoridad delegacional y la población, mediante la realización obligatoria de recorridos periódicos y audiencias públicas.

Y por último, porque se precisan con claridad, los ámbitos de competencia de los órganos centrales y de las delegaciones.

Uno de los aspectos fundamentales y trascendentes de la reforma política del Distrito Federal que mi partido alaba, es el de la participación ciudadana, la cual encuentra su principal expresión en la creación de los consejos ciudadanos, que por cierto no serán presididos como aquí se dijo, por el delegado correspondiente, sino que serán presididos por uno de los miembros de ese consejo ciudadano y la presidencia será rotativa, e incluso, los delegados podrán acudir a las sesiones plenarias de estos consejos, contando con voz, pero sin voto en dichas sesiones de trabajo.

Estos órganos ciudadanos serán integrados por ciudadanos del Distrito Federal, elegidos mediante voto libre, secreto y directo, en cada una de las delegaciones, e intervendrán en la gestión, supervisión, evaluación y, en su caso, consulta o aprobación de los programas de la Administración Pública del Distrito Federal, que para las delegaciones determinen las leyes correspondientes.

Otra facultad más en favor de los consejos ciudadanos que merece nuestro reconocimiento, es la de recibir informes o quejas de los habitantes de la delegación, sobre el comportamiento de los cuerpos de seguridad pública, ministerio público y servidores de la delegación, pudiendo incluso, por conducto del delegado, solicitar su presencia ante una de sus comisiones o su pleno, para plantearles el contenido de la queja.

Insistimos en nuestro beneplácito por la creación de los consejos ciudadanos y su incorporación en el estatuto que hoy se discute, porque con ellos se da cauce a la participación de la comunidad en sus problemas cotidianos y porque sin lugar a dudas constituirán un efectivo equilibrio en el ejercicio de las funciones de Gobierno en el ámbito delegacional.

Compañeras y compañeros diputados: el signo de nuestros tiempos es el cambio, vivimos un mundo de transformaciones, un mundo de reflexiones, de reconsideraciones y de correcciones. México no es y no podría ser ajeno a este proceso de cambio. Creo que en nuestro país estamos viviendo un intenso y profundo proceso de transformación democrática, que no se reduce únicamente a los aspectos estrictamente electorales, sino que comprende también a las instituciones políticas y aun a las libertades públicas.

Este proceso de cambio democrático exige, sin exclusiones, la participación del conjunto social. Es sin duda un esfuerzo plural sustentado en la buena fe de los participantes y en el compromiso con el bienestar de la nación, teniendo presentes, por tanto, los grandes objetivos nacionales: la soberanía nacional, la preservación del estado de derecho, el desarrollo económico con justicia social y desde luego la democracia como principio y fin de este proceso.

Y dentro de este contexto nuestra ciudad, nuestra querida ciudad, la capital de todos los mexicanos, no podía quedar al margen.

Al iniciar esta tarea de buscar un nuevo esquema político para la ciudad, nos enfrentamos a la disyuntiva de quienes postulan un cambio radical e inmediato y los que quisieran que nada cambiara.

El objetivo por tanto era lograr una propuesta viable, era encontrar el equilibrio y alejarse entonces de los extremos, en un intenso esfuerzo de búsqueda de consensos que permitiese un cambio real y posible.

Estoy seguro que el presente estatuto no nos deja satisfechos a todos, pero también lo estoy de que es un avance muy importante, de que es una propuesta viable y de indudable beneficio para todos los que vivimos en esta ciudad. Por ello, mi partido votará a favor del dictamen.

Finalmente, mi partido reconoce y agradece el trabajo de todos y cada uno de los integrantes de la comisión plural que participaron en la elaboración del estatuto de Gobierno que hoy discutimos. Muchas gracias.

El Presidente:

Habiendo terminado la participación de los diputados inscritos, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta a la Asamblea si el dictamen se encuentra suficientemente discutido en lo general.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutido, señor Presidente.

El Presidente:

Gracias.

Para los efectos del artículo 134 del Reglamento Interior del Congreso, y en virtud de que las diversas fracciones parlamentarias han entregado a esta Presidencia los artículos que se reservan para la discusión en lo particular, voy a dar lectura a dichos artículos en relación con los grupos parlamentarios correspondientes, para su debida consideración de cada uno de ellos.

Por el grupo parlamentario del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, los artículos 8o., 7o., 18, 32, 37, 38, 42, 43, 61, 67, 71, 75, 90, 118 y noveno transitorio.

Por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, del 1o. al 10, del 12 al 15, del 17 al 24, 29, 32, 34, 35, 38, 38 - A, 38 - B, 38 - C, 38 - D, 38 - E, 39, 39 - A, 40, 41, 41 - A, 42, 45, 46, 67, 69, 106, 107 y 129.

Por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional: 12, 67, 80, 99, 101 y III.

Por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional: 20, 23 y 42.

Proceda en consecuencia la Secretaría a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados en un solo acto.

El secretario Armando Romero Rosales:

Se va a proceder a recoger la votación nominal en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados en un solo acto.

Se solicita a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación.)

Señor Presidente, se emitieron 254 votos en pro y 23 en contra.

El Presidente:

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 254 votos.

Esta Presidencia informó ya oportunamente de los artículos que en lo particular se reservaron los diferentes grupos parlamentarios y para referirse a ellos se han inscrito en esta Presidencia los diputados: Tomás Correa Ayala, Guillermo Flores Velasco, Manuel Terrazas Guerrero, Alberto Nava Salgado, Salvador Abascal Carranza, Carlos González Durán y Alberto Monterde Reyes.

En consecuencia, tiene la palabra el diputado Tomás Correa Ayala.

El diputado Tomás Correa Ayala:

Con su permiso señor Presidente; señoras y señores diputados:

Yo me he reservado los artículos 8o., 17, 18, 32, 37, 42 y 43 y con su permiso señor Presidente, voy a hacer mis propuestas de modificación a todos los artículos en un solo acto.

La propuesta que el Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional tiene para modificar el artículo 8o. del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal es el siguiente: la redacción del artículo 8o. presupone que la Asamblea de Representantes y el Tribunal Superior de Justicia estarán subordinados al jefe del Distrito Federal cuando se señala. Los órganos locales del Gobierno y la palabra "del", es precisamente la que está marcando esa subordinación, cuando esos son órganos autónomos no es conveniente la actual redacción, porque estaríamos cometiendo un error que se tendría que corregir en una reforma al estatuto, por lo que es conveniente corregirlo en este momento y consideramos que el artículo 8o. se debe de modificar para quedar como sigue:

Actualmente dice: los órganos locales del Gobierno del Distrito Federal son: la Asamblea de Representantes, el jefe del Distrito Federal y el Tribunal Superior de Justicia.

La propuesta que nosotros hacemos debe de decir:

"Artículo 8o. Los órganos locales de Gobierno del Distrito Federal son: la Asamblea de

Representantes 2o. el jefe del Distrito Federal y 3o. el Tribunal Superior de Justicia".

Dejo mi propuesta en la Secretaría para que sea votada en su momento.

Con relación a las modificaciones y los comentarios que tenemos al artículo 17 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, son los siguientes:

La ciudad de México se encuentra en una zona de alta sismicidad, así como también es objeto de otros fenómenos naturales que ponen en peligro la vida y patrimonio de sus habitantes, consideramos que dentro de los derechos de los habitantes se debe de contemplar que tengan acceso a la protección civil para que los daños los dejen sin ninguna posibilidad de continuar con su vida civil normal, por lo que proponemos que debe quedar como sigue:

Actualmente dice:

"Artículo 17. Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a ..."

Y son cinco los artículos que están actualmente. Nosotros proponemos que se adicione un sexto para que diga de la forma siguiente:

"Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a ... Sexto: protección civil en los casos de sismos inundaciones o cualquier fenómeno físico que afecte su patrimonio".

Dejo también esta propuesta en manos de la Secretaría para que en su momento sea votada.

En relación al artículo 18 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, nuestros comentarios son los siguientes:

El derecho de la sociedad a manifestarse constituye una de las garantías primordiales de los ciudadanos, no sólo del Distrito Federal, sino de toda la República.

La ciudad de México es lugar de expresión social por lo que se debe de tener cuidado de no lesionar este derecho popular al redactar el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, por lo que consideramos el artículo 18 debe quedar como sigue:

Actualmente dice:

"Artículo 18. Son obligaciones de los habitantes cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los de este estatuto, así como los de las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables; contribuir a los gastos públicos de la Federación y del Distrito Federal de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; utilizar las vías y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino, y ejercer sus derechos sin perturbar el orden y la tranquilidad pública ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los demás habitantes".

Nosotros proponemos que deba decir el artículo 18 lo siguiente: "...son obligaciones de los habitantes cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los de este estatuto jurídico, así como los de las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables; contribuir a los gastos públicos de la Federación y del Distrito Federal de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; utilizar las vías y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino..." Es decir, suprimimos lo que dice: "...y ejercer sus derechos sin perturbar el orden y la tranquilidad pública ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los demás habitantes" .

Dejo también esta propuesta en manos de la Secretaría para que sea votada en su momento.

En relación al artículo 32 del mismo Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, nuestros comentarios son los siguientes:

De acuerdo con las disposiciones constitucionales, el Presidente de la República le corresponde proponer el nombramiento del jefe del Distrito Federal a la Asamblea de Representantes, la cual ratifica dicha propuesta, para precisar las funciones del Presidente de la República, consideramos necesario modificar la fracción I del artículo 32 y las fracciones IV y VIII, versan sobre el mismo asunto, por lo que se propone, por técnica jurídica, se expresen en una sola fracción, con ello el numeral de las fracciones se correrían para quedar la IX como VIII y IX y la XI como IX y como X.

Así el artículo 32 quedaría como sigue, dice actualmente:

"Artículo 32. Corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos nombrar al jefe del Distrito Federal en los términos que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto.

4o. Iniciar las leyes o decretos ante el Congreso de la Unión en las materias competencia de éstas relativas al Gobierno del Distrito Federal.

VIII. Iniciar leyes y decretos ante la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

IX. Formular observaciones a las leyes y decretos expedidos por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y promulgarlas de acuerdo con las previsiones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Debe decir:

"Artículo 32. Corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos: 1o. Proponer el nombramiento del jefe del Distrito Federal en los términos que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto.

4o. Iniciar leyes o decretos ante el Congreso de la Unión en las materias competencia de éste relativas al Gobierno del Distrito Federal y la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

Fracción IX pasa a ser la VIII; la X y la XI se corren para quedar como IX y como X. Esta propuesta también la dejo en manos de la Secretaría."

En relación al artículo 37 del mismo Estatuto de Gobierno del Distrito Federal tenemos este comentario. La redacción del artículo en cualquier nombramiento requiere para su comprensión de toda una técnica y estructura jurídica, de acuerdo a su naturaleza el orden de los artículos debe obedecer a su naturaleza propia. Consideramos que el numeral de los artículos 37 y 38 es incorrecto debido a que en el primero se integra la Asamblea de Representantes y después se establecerá la mesa directiva, por lo que se propone que el orden de los artículos quede como sigue:

Artículo 37. dice: La Asamblea. Debe decir: La Asamblea.

Artículo 38. dice: La integración de la Asamblea. Debe decir: La integración de la Asamblea. Dejo esta propuesta también en manos de la Secretaría.

Artículo 42. Del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal: Las tareas de cada uno de los poderes de la Unión son claras por lo que no se puede permitir la invasión de esferas. La expedición de la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Distrito Federal corresponde al Poder Judicial, por lo que es inadecuado que se establezca como una facultad de la Asamblea de Representantes, la facultad de comunicación señalada en la fracción XVII, es muy ambigua, por lo que se propone se suprima: "... la realización de consultas populares es una necesidad innegable de un órgano de la naturaleza de la Asamblea de Representantes".

Actualmente dice el artículo 42:

"La Asamblea tiene facultades para...

VI. Expedir la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia del Distrito Federal.

XVII. Comunicarse con los otros órganos locales de Gobierno como la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, con la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como cualquier otra dependencia o entidad, por conducto de su mesa directiva. La comisión de gobierno o sus órganos internos de trabajo, según el caso, de conformidad con lo que dispongan las leyes correspondientes.

XX. Las demás que le otorgue la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto."

Debe decir:

"Artículo 42. La Asamblea tiene facultades para...

Se suprime y se recorre el numeral de las fracciones VII y XVII. Se suprime y se recorre nuevamente el numeral de las fracciones subsecuentes.

XIX. Realizar consultas populares circunscritas a materias y leyes que así lo requieran.

XX. Las demás que le otorgue la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto."

Esta propuesta también la dejo en manos de la Secretaría.

Y, por último, la modificación que proponemos al artículo 43 del propio Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

La colocación del último párrafo del artículo 43 es inadecuada por ser materia de la fracción X del artículo 67, y una norma para su comprensión debe ser clara. Si se está hablando de la presentación de la cuenta pública por el jefe del Distrito Federal, ésta constituye una obligación del Distrito Federal y, por lo tanto, debe ser ubicada dentro de la fracción X del artículo 67.

Dice:

Artículo 43. Para la revisión de la cuenta pública, la Asamblea de Representantes del Distrito Federal dispondrá de un órgano técnico denominado Contaduría Mayor de Hacienda, que se regirá por su propia ley orgánica. La vigilancia del cumplimiento de sus funciones estará a cargo de la comisión respectiva que señale la Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes.

La revisión de la cuenta pública respecto del gasto autorizado y el ejercido, tendrá por objeto conocer de manera general los resultados financieros de la gestión del Gobierno del Distrito Federal.

Si del examen aparecieran desviaciones en la realización de los programas o incumplimiento a las disposiciones administrativas o legales aplicables, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley de la materia. La cuenta pública del año anterior deberá ser presentada por el jefe del Distrito Federal a la Comisión de Gobierno de la Asamblea dentro de los 10 primeros días del mes de junio.

Debe decir:

"Artículo 43. Para la revisión de la cuenta pública, la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, dispondrá de un órgano técnico denominado Contaduría Mayor de Hacienda, que se regirá por su propia ley orgánica. La vigilancia del cumplimiento de sus funciones estará a cargo de la comisión respectiva que señale la Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes.

La revisión de la cuenta pública respecto del gasto autorizado y el ejercido, tendrá por objeto conocer de manera general los resultados financieros de la gestión del Gobierno del Distrito Federal. Si del examen aparecieren desviaciones en la realización de los programas o incumplimiento a las disposiciones administrativas o legales aplicables, se determinarán las responsabilidades de acuerdo a la ley en la materia.

Esta es la propuesta del Partido del Frente Cardenista, en relación al artículo 43 del Estatuto del Gobierno del Distrito Federal. Y dejo también esta propuesta en manos de la Secretaría. Esas son las propuestas. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene el uso de la palabra el diputado Guillermo Flores Velasco, del PRD.

El diputado Guillermo Flores Velasco:

Con su venia, señor Presidente; honorable Asamblea:

Solicito autorización al Presidente para presentar el conjunto de propuestas que hace el Partido de la Revolución Democrática al proyecto de dictamen del estatuto de Gobierno, entregando el texto para que lo lea la Secretaría en el momento oportuno y solamente remitirme a hacer una exposición general breve de los dictámenes, porque son bastantes propuestas.

El Presidente:

Autorizado, señor.

El diputado Guillermo Flores Velasco:

Gracias. Entrego a la Secretaría las propuestas.

El centro de la propuesta o el eje de la propuesta que hace nuestro partido al Título Primero, ya que las propuestas fueron presentadas título por título. Con respecto al primero de disposiciones generales, nosotros hacemos varias observaciones.

En el artículo 1o. planteamos la necesidad de tener observancia; que este estatuto tenga una jurisdicción clara y su observancia seria en el Distrito Federal.

Nosotros proponemos también en estas disposiciones de carácter general, en el artículo 3o. el problema de los límites, el cambio de los límites del Distrito Federal.

Como sostuvimos en el debate sobre el proyecto de límites, pensamos que el Congreso tiene reservada esa facultad. Y el Congreso tiene doble papel: ser legislador de la nación y al mismo tiempo ser el legislador del Distrito Federal.

Por lo tanto, proponemos que la facultad para facultar al jefe del Distrito Federal la modificación de los límites, sea sobre la base de normas que establezca el Congreso de la Unión. Y sobre esa base estaría autorizado el jefe del Distrito Federal, a establecer convenios con las entidades vecinas. Esto daría un filtro para el proceso y no nos encontraríamos ante problemas de que se pudieran cambiar por el arbitrio de solamente una persona, los límites de esta entidad.

Nosotros proponemos también un artículo 3o. A, que recoge la esencia de los avances demográficos en materia de reconocimiento de derechos de la mayoría de las constituciones de las entidades federativas de nuestra República. Planteamos la ampliación de estos derechos, el reconocimiento a otros derechos: a la mujer, a los niños, a minorías, los derechos culturales, todo eso que no están reconocidos de una manera tan clara tanto a nivel de la Constitución en algunos aspectos, y en muchas constituciones tampoco aparecen.

Entonces la pluralidad que existe, social, étnica, de costumbres y todo eso, hace la necesidad y toda esta compleja sociedad que tenemos, la ampliación de estos derechos.

Proponemos también una mejor definición sobre la característica de quienes son los defeños. En la propuesta del dictamen no se plantea este problema así de ser solamente originarios por nacimiento, y es una práctica común en todas las constituciones locales y en la Constitución Nacional o en la Federal, que se puede obtener esa nacionalidad o ese gentilicio del Estado, no solamente por nacimiento, sino también por lo que se llamaría el derecho de sangre de ser hijo de padre o madre nacida en esa entidad, aunque el defeño, en este caso, haya nacido en otra entidad.

Nosotros eliminamos el concepto de vecino por ser incoherente y definimos mejor lo de habitantes y definimos con mayor precisión el concepto de ciudadano.

También el proyecto propone en esta facultad que nos otorga la Constitución para hacer este estatuto y podamos redistribuir las facultades a las que tienen derecho los órganos locales, nosotros lo ponemos en positivo en el artículo 8o. y hacemos una propuesta de las facultades, y la definición más bien, perdón, que tendría la Asamblea de Representantes como una facultad legislativa que se deposita en un órgano de Gobierno, precisamente con esas facultades de carácter legislativo, reconociendo previamente que el Distrito Federal tiene una soberanía limitada por lo que mandata la Constitución.

También definimos al jefe del Distrito Federal, como parte de un órgano de Gobierno y que es titular de la administración pública. El proyecto de dictamen tiene una deficiencia que por un lado solamente enumera los órganos de Gobierno, uno, dos y tres; no aparece el concepto de administración pública en las disposiciones generales y hasta el final en un título, en un apartado, se desarrolla la administración pública, pero sin estar ligada o sujeta a este órgano de Gobierno que se deposita en una sola persona, que es el jefe de Gobierno del Distrito Federal.

También nosotros proponemos que la facultad jurisdiccional en el orden de lo contencioso administrativo, la Constitución no faculta al jefe del Distrito Federal para el nombramiento de los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Y no puede ser que si hay, hay que dirimir los problemas que se susciten entre el Gobierno y los particulares, el Gobierno sea juez y parte, el propio Gobierno designar a estos magistrados. Entonces para conseguir la plena autonomía jurisdiccional, es necesario que sea la Asamblea de Representantes la que nombre a estos magistrados.

También proponemos que quede explícita la facultad jurisdiccional en materia de derechos humanos, tal como lo establece la Ley de Derechos Humanos del Distrito Federal, que legisló esta Asamblea y que dio de alguna manera, o sea, esta materia está reservada para el Congreso; no es materia de la Asamblea del Distrito Federal, pero puede quedar claramente consignada en los términos como está esta ley, la facultad jurisdiccional de este órgano.

También no queda expresa en ninguna parte la necesidad de contar, sobre todo con tantos problemas que tenemos en materia de justicia la necesidad de expedir una Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal que le dé el marco jurídico a la institución del ministerio público y a la institución misma del Procurador General de la República.

Entonces, en ninguna parte del proyecto de dictamen aparece quien haría la reglamentación correspondiente a la procuraduría. Entonces proponemos que debe ser una ley orgánica que expida la Asamblea de Representantes para darle a esa institución, que requiere también la sociedad y garantizar la justicia para todos los ciudadanos del Distrito Federal.

Estamos proponiendo derogar los artículos 12 y 13 porque se dan una serie de lineamientos generales que son contrarios al espíritu constitucional que da plena facultades a la Asamblea de Representantes para normar la administración pública. Y estos principios lo que hacen es preservar el sentido presidencialista y centralista de la actual administración y prejuzga la capacidad del legislativo en la Asamblea de Representantes.

Estamos proponiendo también la necesidad de que se establezca una Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Distrito Federal, porque existe en la reforma constitucional una de alguna manera omisión que se confronta también en el proyecto del dictamen a discusión.

Se habla de que en la Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos, son responsables los asambleístas. Esta ley existía antes de la reforma. Fue cambiada la reforma, existe un Gobierno propio, una administración "propia", bueno propia entre comillas, con esa limitación constitucional que existe y en la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos no están tipificados todos los funcionarios públicos que habría en la administración, o sea están nominados porque están textualmente señalados quienes son, porque esta Ley Federal de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos se complementa con la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos que emiten cada uno de los estados. Anteriormente toda la administración era de carácter federal, hoy es una administración de alguna manera compartida, o sea entre el poder de los poderes de la Unión y los órganos de Gobierno locales o del Distrito Federal.

Por lo tanto, hay un vacío que debe ser llenado y ésta debe ser una facultad que tenga la Asamblea de Representantes para emitir, en este caso concreto la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos.

También en el artículo 14 cuando se trata de, y en otros artículos y de una vez me adelanto, las relaciones de los trabajadores con los órganos de Gobierno, se tiene que quedar también claro que las relaciones de los trabajadores que tienen el Poder Judicial o en este caso nuestro Tribunal Superior de Justicia, como es una norma también federal y en los estados la relación es entre el Tribunal de Justicia y sus trabajadores, resuelve esos problemas que se presenten la propia sala de magistrados esas relaciones.

Entonces, al hablar de manera imprecisa todo esto, y eso creo que debe hacerse extensivo desde mi punto de vista, a la Asamblea de Representantes y dejar solamente en el apartado B, las relaciones de los trabajadores con lo que sería propiamente la administración pública.

Nosotros estamos en el Título Segundo ampliando un conjunto de los derechos y las obligaciones, que se llaman aquí: De los derechos y obligaciones de carácter público y los derechos y obligaciones de los habitantes, ¿no?

Estamos ampliando explícitamente lo que sería su derecho de manifestación, su derecho de petición, que es bastante y constantemente violado ya por las autoridades actuales, o sea, ampliamos un conjunto de derechos que tendrían los habitantes, en una parte, y los ciudadanos, por otra.

Y también planteamos erogar los artículos 20 y 21, que desde nuestro punto de vista pueden dar lugar a una reglamentación posterior o a una legislación posterior en la Asamblea de Representantes, que limite los derechos de manifestación, los derechos de petición y los derechos políticos de los ciudadanos del Distrito Federal.

También cuando establecemos las atribuciones de los poderes de la Unión, existe una deficiencia en el proyecto de estatuto, porque repite solamente de manera dogmática el enunciado constitucional y lo que creo, desde mi punto, que debía hacerse, es desarrollar creativamente la distribución de atribuciones que existirían entre los poderes de la Unión y las atribuciones que tendrían los órganos de Gobierno del Distrito Federal.

En particular, en el caso del Congreso de la Unión, en una de sus facultades se habla que puede legislar en las facultades que no tiene reservada la Asamblea de Representantes, pero existe imprecisión en varias partes, porque se da el caso de que en algunas materias existe una concurrencia de facultades, tanto del Congreso de la Unión como de la Asamblea de Representantes. Entonces, debe también legislar el Congreso de la Unión en las materias en las que concurre, como lo marca la Constitución, junto con la Asamblea de Representantes.

También existe bastante imprecisión en diversos artículos sobre la materia de seguridad pública. Nosotros también en esta Asamblea aprobamos la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, ahí definimos un conjunto de atribuciones que tiene la Asamblea de Representantes y existe una..., es una materia también que está reservada para el Congreso de la Unión, o sea, para la Cámara de Diputados, y no es materia de la Asamblea de Representantes. Y existen contradicciones entonces con los enunciados presentados en este estatuto con esta materia, que ahí es una materia de concurrencia, podríamos decirlo así, de facultades entre este estatuto y lo que se definió en la Ley de Seguridad Pública para el Distrito Federal.

Y, sobre todo, se aumentan las atribuciones del jefe del Distrito Federal y existe una, sobre todo, un problema de indefinición de los mandos, cuando dice que se puede delegar todo eso, y dimos un debate muy importante cuando debatimos sobre el problema de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

Creemos también que en consecuencia con toda la exposición que hicimos, de la necesidad de contar verdaderamente, aunque sea con órganos restringidos de Gobierno y que debemos contar con una ley electoral propia que debe emitir la Asamblea de Representantes, entonces en este caso, contrariamente a lo que hacen en otras partes del dictamen o de la propuesta de proyecto de dictamen, cuando se define la Asamblea de Representantes se refiere solamente a la Constitución, pero no se desglosa cómo se integra, o sea, ahora sí que todas las disposiciones, los derechos de los partidos, todo eso, y esto va a dar lugar precisamente, porque la Constitución nos dio facultades al Congreso, a legislar un Congreso que dé las bases de cada uno de estos órganos de Gobierno y lo que hacemos es regresarle la tarea a la Constitución, al repetir lo mismo que nos dice la Constitución.

Entonces, desde el artículo 35, que yo puse como 35, 35 - A, B, C, etcétera, se desarrolla un conjunto de lo que sería propiamente la integración y las bases de la organización de este órgano de Gobierno, limitado como lo tenemos, que es la Asamblea de Representantes.

También como existe la facultad reglamentaria para el jefe del Distrito Federal, en el caso de la Asamblea de Representantes debe explicitarse que también va a poder tener facultad reglamentaria, en el caso de expedir su propio reglamento de su ley orgánica y no dejar que sea el jefe del Distrito Federal el que dé el reglamento a la Asamblea de Representantes. Entonces, aquí también hay una imprecisión sobre este problema.

También nosotros proponemos ampliar, como están, en las facultades de la Asamblea de Representantes está planteado de manera explícita y concreta qué facultades tiene, entonces quedan algunas facultades omitidas que podrían dar lugar después a una confusión de quién es el que tiene la facultad de legislar, todo es, planteamos expedir concretamente la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos, expedir la Ley Orgánica de la Administración Pública, expedir la Ley Electoral del Distrito Federal, expedir la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, de la Asamblea de Representantes, nombrar a los magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, expedir la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal. Todas estas materias no están expresadas en las facultades explícitas que tiene el actual proyecto.

También proponemos quien tiene facultades para iniciar leyes en la Asamblea de Representantes y en la formación, proponemos ampliar la facultad a los consejos ciudadanos y también a los propios ciudadanos con un determinado número de firmas.

Proponemos también que reconociendo la nueva pluralidad que existe en la sociedad si bien se deje la facultad al jefe del Distrito Federal de nombrar a los titulares de las unidades y órganos, de unidades administrativas y órganos y dependencias de la administración pública, que se procure reflejar la pluralidad existente de la sociedad, o sea que los pronunciamientos que han venido haciendo diversas fuerzas políticas de contar con un Gobierno que refleje esa pluralidad social, se exprese por lo menos como voluntad aquí en la ley.

Proponemos también poner un límite a la entrega de los informes trimestrales que tenga que emitir el jefe del Distrito Federal 30 días máximo posterior al ejercicio.

También existe en diversas disposiciones del presente estatuto, insisto una confusión sobre un conjunto de leyes generales que son facultad o sea de expedir por parte del Congreso y que tiene obligación todas las entidades federativas incluidas el Distrito Federal.

En el caso de la coordinación metropolitana, no se toman en cuenta en la forma como están redactadas un conjunto de normas de carácter general, de leyes generales nacionales como son la Ley de Asentamientos Humanos, la Ley de Aguas Nacionales, las leyes de ecología, leyes de planeación y existe como si no existieran esas leyes una relación que va a crear confusión a la hora de legislar en estas materias y de instrumentar un conjunto de acciones que se proponen en esta nueva forma de organizar el Gobierno del Distrito Federal.

El compañero González Durán hará una exposición breve del Título Quinto y por último proponemos que en el proceso de elección de los consejeros ciudadanos sea organizado por el propio órgano electoral del Distrito Federal con la propia Ley Electoral del Distrito Federal y que en una congruencia total este órgano sea el encargado de elegir tanto a los consejos ciudadanos, a los asambleístas, a los representantes a la Asamblea como a los delegados de la entidad.

Entonces dejo en la Secretaría para que en su momento se lea completa y ésa sería la esencia de las sesenta y tantas propuestas que presentó nuestro partido en este momento y que también con anterioridad había entregado a la Comisión del Distrito Federal cuando estaba debatiéndose el proyecto de dictamen. Por su atención, muchas gracias.

El Presidente:

Gracias diputado Flores Velasco; hace uso de la tribuna el diputado Manuel Terrazas Guerrero, del PFCRN para presentar propuestas.

El diputado Manuel Terrazas Guerrero:

Señor Presidente; compañeros diputados:

Presentamos las propuestas sobre el resto de los artículos reservados por nuestro grupo parlamentario. Entramos en materia, directamente al artículo 67, comentando que además de la adecuación que ya fue mencionada por el compañero diputado Correa Ayala, con relación al artículo 43, cabe mencionar que dentro de la fracción XII de lo que se formula es el plan general de desarrollo, no el programa general de desarrollo; hay una utilización equivocada de concepto.

Respecto a la fracción XXIII, el jefe del Departamento del Distrito Federal, no puede dirigir la planeación y ordenamiento del desarrollo urbano, en todo caso lo que sí es posible que realice es formular la planeación, por lo que proponemos se modifique la utilización de concepto dentro de las fracciones mencionadas para quedar como sigue:

Dice:

Artículo 67. Las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal son las siguientes: I a la IX, igual. X. Enviar a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, la cuenta pública del año anterior. XI a la XII, igual. El XIII, formular el programa general de desarrollo de la ciudad. XIV a la XXII, en el texto que se propone, mencionamos la fracción XIII: dirigir la planeación y ordenamiento del desarrollo urbano del Distrito Federal, en los términos de las leyes, y, XXIV como está propuesto.

Debe decir, a nuestro juicio:

Artículo 67. Las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal, son las siguientes: la X que es la que modificamos:

La cuenta pública del año anterior, deberá ser presentada por el jefe del Distrito Federal a la Comisión de Gobierno de la Asamblea, dentro de los 10 primeros días del mes de junio. XI a XII, no lo mencionamos. XIII. Mencionamos que debe decir: Formular el plan general de desarrollo de la ciudad. XIV a XXII, igual. XIII. Formular la planeación y ordenamiento del desarrollo urbano del Distrito Federal en los términos de las leyes... y lo demás igual.

Con relación al artículo 71, pensamos que los convenios que se celebren en el seno de las comisiones metropolitanas, sólo pueden ser suscritos por el jefe del Distrito Federal y no por otro funcionario público, aunque haya sido designado por el mismo jefe del Distrito Federal.

La suscripción de convenios es una facultad que por su importancia debe recaer en el jefe del Distrito Federal, y las consecuencias que se pueden producir por dejar esa tarea un servidor público, pueden ser graves, por lo que se propone modificar el artículo 71 para quedar como sigue:

Dice:

Artículo 71. Los convenios que se celebren en el seno de dichas comisiones, serán suscritos por el jefe del Distrito Federal o por el servidor público que éste designe para tal efecto.

Tratándose de materias concurrentes o en caso de que se comprometan recursos federales asignados o transferidos al Distrito Federal, también deberán suscribirse por un representante de la Administración Pública Federal.

A nuestro juicio, debe decir: artículo 71. Los convenios que se celebren en el seno de dichas comisiones, serán suscritos por el jefe del Distrito Federal; tratándose de materias concurrentes o en casos de que se comprometan recursos federales asignados o transferidos al Distrito Federal, también deberá suscribirse por un representante de la administración pública federal...

Con relación al artículo 75 comentamos: la correcta utilización de conceptos dentro del estatuto de Gobierno, es necesaria para su comprensión y correcta aplicación. El jefe del Distrito Federal no puede difundir el contenido de los acuerdos y convenios entre los habitantes de la capital, en todo caso, el jefe del Distrito Federal podrá publicar el contenido de dichos acuerdos, conforme a la naturaleza que enviste a dicho funcionario.

Por lo cual proponemos que se modifique el artículo 75 para quedar como sigue:

Dice:

"Artículo 75. El jefe del Distrito Federal difundirá el contenido de los acuerdos y convenios entre los habitantes del Distrito Federal que residan en la zona materia de los mismos, a fin de que éstos conozcan sus alcances, así como a las autoridades responsables de su ejecución.

En la discusión podrán participar los consejos de ciudadanos y asociaciones de residentes de colonias, barrios y unidades habitacionales."

Debe decir:

Artículo 75. El jefe del Distrito Federal publicará el contenido de los acuerdos y convenios entre los habitantes del Distrito Federal, que residan en la zona materia de los mismos, a fin de que éstos conozcan sus alcances, así como a las autoridades responsables de su ejecución.

En la discusión podrán participar los consejos de ciudadanos y asociaciones de residentes de colonias, barrios y unidades habitacionales.

Con relación al artículo 90 comentamos: en base a la claridad que debe revestir una norma, es necesario que dentro del artículo 90 se especifique que los reglamentos, decretos y acuerdos, deberán ser refrendados por el Secretario de Gobierno en la materia correspondiente; de lo contrario, es difícil pensar en la cantidad de documentos que tendrá que firmar un Secretario de Gobierno.

Dice:

Artículo 90. Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el jefe del Distrito Federal, deberán ser refrendados por el Secretario de Gobierno.

Debe decir:

Artículo 90. Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el jefe del Distrito Federal, deberán ser refrendados por el secretario que corresponda, según la materia de que se trate.

Con relación al artículo 118. La seguridad pública en el Distrito Federal constituye uno de los problemas que más agobia a la sociedad civil, constituye un reto para el Gobierno del Distrito Federal. En base a ello, creemos que esta materia debe ser incluida dentro de las fracciones del artículo 118, ya que constituye un elemento esencial para el desarrollo y bienestar social de la ciudad, por lo que se propone su modificación para quedar como sigue:

"Artículo 118, dice: Para el desarrollo y bienestar social en la ciudad, deberán tomarse en cuenta las siguientes materias: uno a la séptima, tratándose etcétera."

Debe decir:

Artículo 118. Para el desarrollo y bienestar social en la ciudad, deberán tomarse en cuenta las siguientes materias: uno a la séptima, tratándose, etcétera igual. Octava: seguridad pública". Y lo demás igual.

Creemos también, compañeros, que es necesario hacer alguna modificación en lo que se refiere a los encabezados los capítulos I, II y III, porque se establece, se dice, se refieren al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia y al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos como poderes de la Unión. Consideramos que denotar de esta manera los subtítulos de los apartados, puede resultar erróneo, en la medida en que:

1. El Congreso de la Unión es en donde reside el Poder Legislativo;

2. La Suprema Corte de Justicia, es donde reside el Poder Judicial, y

3. El Presidente de la República es la persona en quien recae la titularidad del Poder Ejecutivo Federal. En este sentido, la manera en que se presentan los títulos es errónea, en tanto que no hacen abstracción jurídica de los poderes, sino que particulizan en algunas de sus instituciones específicas.

Nuestra propuesta es de cambiar los títulos correspondientes para quedar como sigue:

Dice:

"Título Tercero. De las atribuciones de los poderes de la Unión para el Gobierno del Distrito Federal. Capítulo I. Del Congreso de la Unión."

Debe decir:

"Título Tercero. De las atribuciones de los poderes de la Unión para el Gobierno del Distrito Federal. Capítulo I. Del Poder Legislativo."

Dice:

"Capítulo II. De la Suprema Corte de Justicia de la Nación."

Debe decir:

"Capítulo II. El Poder Judicial."

Dice:

"Capítulo III. Del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos."

Debe decir:

"Capítulo III. Del Ejecutivo Federal."

Con relación al artículo 90 que dice: "Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el jefe del Distrito Federal deberán ser refrendados por el Secretario de Gobierno", consideramos que hay que especificar y debe decir por tanto:

Artículo 90. Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el jefe del Distrito Federal, deberán ser refrendados por el Secretario que corresponda, es lo que proponemos se agregue, que corresponda según la materia de que se trate, para que no quede en abstracto.

9o., dice:

"El jefe del Departamento del Distrito Federal en 1994, nombrará previo acuerdo del Presidente de la República, a los delegados del Departamento del Distrito Federal y se sujetarán a la ratificación de la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal en su primer período de sesiones."

Creemos que hay que especificar el procedimiento, por lo tanto proponemos: "9o. El jefe del Departamento del Distrito Federal en 1994, nombrará previo acuerdo del Presidente de la República a los delegados del Departamento del Distrito Federal, y se sujetarán a la ratificación de la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, conforme al procedimiento vigente para la ratificación de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal".

Dejamos las propuestas para que sean sometidas a su consideración en el momento oportuno. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Alberto Nava Salgado, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Alberto Nava Salgado:

Con su permiso, señor Presidente; estimados compañeros diputados:

Sólo para hacer una propuesta al artículo 42 del estatuto de Gobierno que hoy discutimos. En su fracción XIX señala el proyecto actual que es facultad de la Asamblea de Representantes aprobar los convenios amistosos que en materia de límites suscriba el Gobierno del Distrito Federal.

Si nosotros revisamos el artículo 122 en su fracción IV de la Constitución, no se señala de manera expresa esta facultad para la Asamblea de Representantes, por lo que estamos sugiriendo que esta fracción se suprima, se recorra la fracción XX y de esta manera se mantenga lo establecido en el artículo 46 de la propia Constitución y en relación con el artículo 73 en su fracción IV.

Dejo esta propuesta a la Secretaría, que firman diversos diputados de mi fracción parlamentaria para que se incluya en esta discusión.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Salvador Abascal Carranza, del Partido Acción Nacional.

El diputado Salvador Abascal Carranza:

Señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:

Vengo a hacer seis proposiciones a un número igual de artículos del estatuto que estamos discutiendo, a nombre del Partido Acción Nacional.

Entrando directamente en materia, el artículo 12 dice: "La organización política y administrativa del Distrito Federal atenderá los siguientes principios estratégicos: la definición de las políticas sobre finanzas públicas que considere las cargas tributarias en la ciudad, la conformación de sus bases productivas, la protección y fomento del empleo, los costos de operación, infraestructura, servicios y administración, las inversiones, la equidad social y la atención prioritaria de necesidades sociales".

Proponemos, en lugar de esta fracción X, otra que diría lo siguiente: "Artículo 12. La organización política y administrativa del Distrito Federal atenderá los siguientes principios estratégicos: la definición de las políticas sobre finanzas públicas, fracción X, la definición de las políticas sobre finanzas públicas para asegurar la estabilidad financiera de la entidad, la equidad de la carga tributaria, la seguridad jurídica de los contribuyentes y la atención prioritaria de las necesidades sociales".

Respecto al artículo 67, expresa: "... las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal". En la fracción X dice: "... enviar a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal la cuenta pública del año anterior".

Nosotros proponemos que diga: "Fracción X: enviar a la Comisión de Gobierno de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal la cuenta pública del año anterior".

La fracción XI del mismo artículo 67, dice: "... someter a la consideración del Presidente de la República la propuesta de los montos de endeudamiento necesarios para el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, en los términos que disponga la ley que expida el Congreso de la Unión".

Nosotros proponemos en esta fracción XI que diga: "... que sea la Ley General de Deuda Pública..." Y no la ley que expida el Congreso de la Unión, porque ya existe una ley de la materia específica, y no tendríamos entonces que atenernos a ninguna reglamentación, a ninguna disposición que expidiera en su caso el Congreso de la Unión, por lo cual quedaría de la siguiente manera: "Someter a la consideración del Presidente de la República, la propuesta de los montos de endeudamiento necesarios para el financiamiento del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, en los términos que disponga la Ley General de Deuda Pública".

Del mismo artículo 67, en su fracción XV, dice el proyecto de decreto: "Remitir a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal los informes trimestrales sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y programas aprobados para la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal".

Proponemos en este decimoquinto párrafo añadir: "... se remitirá a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal dentro de 45 días posteriores a la fecha del corte del período respectivo, los informes trimestrales a los que se refiere precisamente esta fracción".

Otra proposición en relación con el artículo 80, dice: "Los nombramientos de los magistrados serán hechos dentro de aquellas personas que se hayan desempeñado como jueces o que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la impartición o procuración de justicia.

Proponemos que diga: Artículo 80. Los nombramientos de los magistrados serán hechos preferentemente de entre aquellas personas que se hayan desempeñado como jueces o que hayan prestado servicios con eficiencia y probidad en la impartición o procuración de justicia. Lo demás quedaría igual. Esto de que sea "preferentemente" entre los que se hayan desempeñado como jueces es precisamente para alentar la carrera judicial dentro de la administración de justicia del Distrito Federal.

En el artículo 99 dice: Los organismos descentralizados y empresas de participación estatal tendrán por objeto principal. Y la fracción II dice: La prestación de servicios públicos o sociales prioritarios o de alta especialización en el funcionamiento de la ciudad, y.

Después viene la fracción III dice: "El auxilio operativo en el ejercicio de funciones tecnológicas o técnicas del jefe del Distrito Federal".

Esta "y" que es copulativa nos estaría indicando que los organismos descentralizados y empresas de participación estatal tendrían por objeto cualquiera de los tres apartados, cualquiera de las tres funciones que están señaladas en el artículo 99 que sería la realización de actividades determinadas como prioritarias o aplicables la que acabamos de mencionar. Y la tercera, que es el auxilio operativo en el ejercicio de funciones tecnológicas o técnicas del jefe del Distrito Federal.

De tal manera, que lo que proponemos con esta simple modificación de la disyunción en lugar de la copulación, propondría con mayor precisión jurídica la distinción entre las funciones y no que al mismo tiempo se puedan dar las tres que establece este artículo 99.

En relación con el artículo 101 en su segundo párrafo dice: "En la integración del capital social de empresas y patrimonio de fideicomisos públicos no podrán concurrir quienes tengan el carácter de servidores públicos del Distrito Federal. Proponemos que se suprima este segundo párrafo, toda vez que en muchas ocasiones los funcionarios públicos tienen que actuar a nombre del departamento, a nombre del órgano público del Distrito Federal y estarían impedidos de hacerlo, y entonces no habría representación oficial en alguno de estos organismos, por lo cual proponemos que se suprima este párrafo.

Por último, en el artículo 111 proponemos una adición. Una adición que sería la fracción VII, para que se entienda mejor, dice el artículo 111: Que en todo caso la variación de la división territorial deberá perseguir... La fracción V dice: "Mayor participación social". La fracción VI: "Otros resultados predecibles en beneficio de la población" y, ésta es la adición: fracción VII: "Contribuir a la estabilidad financiera de la entidad".

Firman las proposiciones los diputados: Fauzi Hamdan, Gonzalo Altamirano Dimas y el de la voz.

Dejo las proposiciones en la Secretaría para su votación en el momento que así lo considere la Presidencia. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Carlos González Durán, del Partido de la Revolución Democrática.

El diputado Carlos González Durán:

Con su venia, compañero Presidente; honorable Asamblea:

En el marco de la propuesta que hizo mi compañero Guillermo Flores sobre algunas modificaciones específicas, me corresponde la siguiente:

Capítulo II. Título Quinto. "Los Delegados serán electos en votación universal directa y secreta por los ciudadanos del Distrito Federal que radiquen en la demarcación. La Asamblea de Representantes del Distrito Federal tomará la protesta de ley.

Artículo 107. La Ley Electoral del Distrito Federal normará el proceso de su elección. Los requisitos para ser delegado serán los mismos que para ser diputado federal o asambleísta".

Un rezago que se observa en la estructura política del Distrito Federal es la institución que se llama la "regencia". El regente es aquel que gobierna en nombre de un menor de edad que por su edad no puede gobernar.

Si partimos de la base de que los ciudadanos del Distrito Federal son verdaderos ciudadanos, no debemos negarles el derecho a elegir a los delegados que correspondan a su circunscripción. Sería una manera de vincular el carácter representativo de estos delegados.

Hay dos cosas que quedan pendientes en esta reforma, una es la importancia que podría tener el principio de elección proporcional para que los órganos colectivos llamados municipios o comunidades vecinales, fueran verdaderamente plurales e integrados bajo la base del efectivo peso político de cada fuerza social. Y no se estuviera todavía conservando ese error antidemocrático que es la cláusula de gobernabilidad que aquí mencionó el compañero René Bejarano, en el sentido de que el partido que obtiene el 30% de los electores tiene derecho a un 51% de la composición del órgano colectivo. Deberíamos respetar el principio más democrático de la elección proporcional y también deberíamos respetar la iniciativa ciudadana en varias formas, como son: la iniciativa popular, la iniciativa ciudadana; como son: el referendum en sus tres sentidos: referendum administrativo, referendum político y referendum legislativo.

Y, además, el plebiscito, porque un vicio que todavía subsiste en este proyecto es el que se refiere a la desaparición de los órganos de Gobierno. Si conservamos para el Senado funciones de atropellar el nivel interior de las entidades y de los ayuntamientos y la capacidad de desconocer y declarar desaparecidos órganos de Gobierno, creo que estamos haciendo una intromisión de los poderes federales sobre la vida interior de las entidades y sobre la autonomía y libertad de los ayuntamientos.

Los únicos que tienen derecho de revocar funcionarios, son los que tienen derecho de elegirlos y esto debería establecerse a través del plebiscito, así es que en función de esta dirección de avances democráticos, por lo menos, como mal menor, estaríamos entonces proponiendo esta modificación que sería el que se diera a los ciudadanos del Distrito Federal el derecho ciudadano que ya está consignado en la Constitución, de elegir a sus gobernantes por lo menos eligiendo a los delegados.

Ese es el sentido de la propuesta que aquí entrego a la Secretaría para que en su oportunidad sea puesta a la consideración de esta Cámara de Diputados.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Tiene la palabra el diputado Alberto Monterde Reyes, del Partido Revolucionario Institucional.

El diputado Alberto Monterde Reyes:

Señoras y señores diputados:

De forma muy concreta, a nombre de mi fracción parlamentaria, el Partido Revolucionario Institucional, quiero proponer a la consideración de esta honorable Asamblea, dos modificaciones a los artículos 20 y 23, del dictamen que estamos discutiendo y que se refieren a los derechos y obligaciones de los ciudadanos del Distrito Federal y reiteran la más importante prerrogativa a nuestro juicio con que cuentan todos los ciudadanos, que es la de votar y ser votado.

El artículo 20 sólo hace mención como derecho, el votar para los cargos de diputados, senadores, representantes a la Asamblea del Distrito Federal, y de consejeros ciudadanos, omitiendo el derecho para hacerlo, en el caso de Presidente de la República.

Por su parte, el artículo 23, sólo establece la obligación de votar para la integración de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y de los consejos ciudadanos, omitiendo en su redacción a los demás órganos de representación a los que hace referencia el artículo 20.

Con el afán de que estos dos artículos estén correlacionados y homologados y a fin de evitar una enumeración que puede ser excluyente, los abajo firmantes, diputados del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento Interior para el Congreso General, hacemos la siguiente propuesta de modificación:

"Artículo 20. Los ciudadanos del Distrito Federal, tienen derecho a: 1o. Votar y ser votados en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de este estatuto y de las leyes para los cargos de representación popular y los de consejeros ciudadanos en las demarcaciones territoriales.

Artículo 23. Son obligaciones de los ciudadanos del Distrito Federal: 1o. Votar en las elecciones en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de este estatuto y de las leyes para los cargos de representación popular y los de consejeros ciudadanos en las demarcaciones territoriales".

Firman la presente propuesta, los diputados: Fernando Lerdo de Tejada, Alfonso Rivera, Aníbal Pacheco, José Guadalupe Rodríguez, Rafael Farrera, Manuel Monarres Valenzuela y el de la voz.

Señor Presidente; señoras y señores legisladores, dejo esta propuesta en la Secretaría para los fines legales correspondientes. Muchas gracias.

El Presidente:

Gracias, señor diputado.

Habiendo concluido la participación de los señores diputados inscritos para la discusión de los artículos en lo particular, ruego a la Secretaría consulte a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos.

Decía a la Secretaría que se sirviera consultar a la Asamblea, si los artículos particulares reservados están suficientemente discutidos.

El secretario Armando Romero Rosales:

En votación económica, se pregunta a la Asamblea si se encuentran suficientemente discutidos los artículos reservados.

Los diputados que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén por la negativa, sírvanse manifestarlo... Suficientemente discutidos.

El Presidente:

Proceda ahora la Secretaría a someter a la consideración de la Asamblea, las propuestas presentadas por los diputados.

El secretario Armando Romero Rosales:

Propuesta del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 8o. del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 8o. Los órganos locales de Gobierno del Distrito Federal son:

1. La Asamblea de Representantes;

2. El jefe del Distrito Federal, y

3. El Tribunal Superior de Justicia."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aprobado, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 17 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 17. Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a:

6) Protección civil en los casos de sismos, inundaciones o cualquier fenómeno físico que afecte a su patrimonio."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 32 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 32. Corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos:

1) Proponer un nombramiento del jefe del Distrito Federal en los términos que disponga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto.

4) Iniciar leyes o decretos ante el Congreso de la Unión en las materias competencia de éste, relativas al Gobierno del Distrito Federal y la Asamblea de Representantes del Distrito Federal.

Fracción IX, pasa a ser la VIII; la X y la XI se recorren para quedar como IX y X."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional para modificar el artículo 37 del Estatuto de Gobierno en el Distrito Federal.

"Artículo 38. La Asamblea.

Artículo 37. La integración de la..."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 42 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 42. La Asamblea tiene facultades para:

6) Se suprime y se recorre el numeral de las fracciones.

17) Se suprime y se recorre nuevamente el numeral de las fracciones subsecuentes.

19) Realizar consultas populares circunscritas a materias y leyes que así lo requieran.

20) Las demás que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 43. Para la revisión de la cuenta pública la Asamblea de Representantes del Distrito Federal dispondrá de un órgano técnico denominado Contaduría Mayor de Hacienda que se regirá por su propia ley orgánica. La vigilancia del cumplimiento de sus funciones estará a cargo de la comisión respectiva que señale la Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes.

La revisión de la cuenta pública respecto del gasto autorizado y el ejercido tendrá por objeto conocer de manera general los resultados financieros de la gestión del Gobierno del Distrito Federal.

Si del examen aparecieren desviaciones en la realización de los programas o incumplimiento a las disposiciones administrativas o legales aplicables, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la ley de la materia."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuestas del Partido de la Revolución Democrática al proyecto de dictamen del estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Disposiciones generales.

Artículo 1o. Las disposiciones de este estatuto son de orden público e interés general, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observancia general en el Distrito Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 2o. La ciudad de México, en el Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, parte integrante de la Federación, soberano en lo que concierne a sus órganos de Gobierno, de acuerdo a lo consignado en la Constitución Política de la República. Sólo podrán ejercer jurisdicción en el territorio del Distrito Federal las autoridades cuyo mandato emane de la Constitución General, del presente estatuto y de sus leyes reglamentarias."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 3o. El territorio del Distrito Federal es el que actualmente tiene. Los cambios a sus límites serán aprobados por el Congreso de la Unión, en los términos del artículo 73, fracción IV de la Constitución.

En caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirán en el Estado del valle de México, con los límites que le asigne el Congreso General. La ley que regule la Administración Pública del Distrito Federal, contendrá los límites del Distrito Federal.

El Congreso General, en su facultad para legislar sobre el Distrito Federal, tiene reservada la materia de los límites del Distrito Federal y establecerá las normas para que el jefe del Distrito Federal suscriba convenios amistosos con las entidades vecinas. Para su Gobierno, organización política, administrativa y ciudadana, se dividirá en demarcaciones territoriales que establecerá la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

La ley establecerá las normas y procedimientos para los cambios de las demarcaciones territoriales. Dicha ley contendrá la descripción de los límites del Distrito Federal.

En la ciudad de México, toda persona gozará de las garantías individuales y sociales que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que el presente estatuto y sus leyes reglamentarias reiteren y amplíen, garantías que no podrán restringirse o suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que establece nuestra Carta Magna. Esta Constitución protegerá los derechos sociales, económicos, políticos, humanos y culturales y las riquezas naturales del pueblo, respetando en todo momento su identidad, lenguas, costumbres y tradiciones.

El jefe del Distrito Federal y la Asamblea de Representantes, en el ámbito de sus competencias, promoverán el estudio, fomento, desarrollo, preservación y difusión de las culturas, los usos y las costumbres de los pueblos indios de todo el país, así como el cuidado y la protección del patrimonio histórico, artístico, científico, lingüístico y cultural de nuestro pueblo.

Se promoverá el desarrollo y la participación de la mujer en todos los aspectos de la vida social, cultural y económica.

Los órganos de Gobierno del Distrito Federal, deberán fomentar ante las instituciones públicas y privadas, el apoyo a la niñez, a las madres solteras, a las personas de tercera edad y a la población discapacitada.

Todo habitante del Distrito Federal tiene derecho a una alimentación suficiente en calidad y cantidad. Los órganos de Gobierno del Distrito Federal, la sociedad y las familias, son responsables de garantizar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad.

La ley establecerá las políticas, instrumentos y apoyos necesarios para que los órganos de Gobierno aseguren la satisfacción de una dieta que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad, accesibilidad y disponibilidad, participando directamente, fomentando la iniciativa y participación de las familias, los particulares y los grupos sociales.

La ley es igual para todos, de ella emanan las atribuciones de las autoridades y los derechos y obligaciones de todas las personas que se hayan en la ciudad de México, ya sean domiciliadas o transeúntes; a todas corresponde el disfrute de sus beneficios y del acatamiento de sus disposiciones."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 4o. Son defeños:

1. Por nacimiento.

a) Las personas que nazcan en el territorio de la ciudad de México, y

b) Los hijos de padre o madre defeños que hayan nacido fuera de la entidad.

2. Por residencia. Los mexicanos por nacimiento o naturalización conforme a las leyes del país que no estén en los supuestos a que se refiere la fracción anterior, que residan en la entidad más de seis meses consecutivos en la entidad."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 5o. Son habitantes del D.F. las personas que residan en su territorio."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 6o. Son ciudadanos del DF. los ciudadanos mexicanos que sean defeños y sean habitantes del DF. Los ciudadanos de otra entidad no lo podrán ser del Distrito Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 7o. El Gobierno del D.F. ejercerá, como lo dispone el artículo 122 de nuestra Carta Magna, al Congreso General y al Ejecutivo Federal les corresponden las facultades otorgadas por la propia Constitución.

La presente ley normará de acuerdo al mandato constitucional, los órganos de gobierno del DF. representativos y democráticos."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 8o. El Gobierno del Distrito Federal contará con órganos locales de Gobierno para el ejercicio de su soberanía:

1. La Asamblea de Representantes del Distrito Federal. La facultad legislativa se deposita en un órgano de Gobierno denominado la Asamblea de Representantes del Distrito Federal; la distribución y atribuciones exclusivas y concurrentes entre el Poder Legislativo de la Unión y la Asamblea, su integración, organización, funcionamiento y facultades, están determinadas por la Constitución General, el presente estatuto y la Ley Orgánica de la Asamblea de Representantes.

2. El jefe del Distrito Federal. El jefe del Distrito Federal es el titular de la administración pública de la ciudad de México, su nombramiento, remoción, licencia, sus facultades, obligaciones y los términos en que se realizará la administración pública están determinados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el presente estatuto y la Ley Orgánica de la Administración Pública.

3. El Tribunal Superior de Justicia. El ejercicio de la facultad judicial se deposita en un órgano del gobierno denominado Tribunal Superior de Justicia, integrado por magistrados, así como en los juzgados de primera instancia, en los juzgados menores, de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 9o. La función jurisdiccional en el orden administrativo estará a cargo de un tribunal de lo contencioso - administrativo, que contará con plena autonomía para dictar sus fallos a efecto de dirimir las controversias que se susciten desde la administración pública del Distrito Federal y los particulares, en los términos del presente estatuto y de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso - Administrativo.

La función jurisdiccional en derechos humanos estará a cargo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, que contará con plena autonomía para dictar sus recomendaciones en los términos de la Ley de Derechos Humanos del Distrito Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 10. Al Ministerio Público del Distrito Federal incumbe la persecución de los delitos y la representación de los intereses de la sociedad; estará a cargo de un procurador general de justicia, cuyo nombramiento y remoción hará el jefe del Distrito Federal con aprobación del Presidente de la República. Sus atribuciones se ejercerán en los términos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Para ser Procurador General de Justicia del Distrito Federal, además de los requisitos que establezca la ley correspondiente, se requerirá ser ciudadano del Distrito Federal, con una residencia efectiva de dos años al día del nombramiento.

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Derogar el artículo 12.

El gobierno de la ciudad de México para su organización política y administrativa está determinado por:

1. Su condición de Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos.

2. La unidad geográfica y estructural de la ciudad de México y su desarrollo integral e incompatibilidad con las características de las demarcaciones que se establezcan a su interior, para el mejor gobierno y atención de las necesidades públicas, y

3. Su condición y participación como entidad conurbada en los términos de la fracción IX del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Derogar artículo 13.

La organización política y administrativa del Distrito Federal atenderá los siguientes principios estratégicos."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 14. Las relaciones de trabajo entre el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores, se regirán por lo dispuesto en el apartado - B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la ley que el Congreso de la Unión emita sobre la materia."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 15. Las responsabilidades de los servidores públicos del Distrito Federal son normadas en el ámbito de sus competencias, en los términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la ley federal de la materia y por la ley que emita la Asamblea de Representantes del Distrito Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El secretario Guillermo Jorge González Díaz:

Propuestas del Partido de la Revolución Democrática.

"Artículo 17. Los habitantes del Distrito Federal gozarán de las garantías que consagra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las de este estatuto, así como las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables en los términos y condiciones que las leyes establezcan en particular. Tienen derecho a:

1. La protección de las leyes, reglamentos y demás normas jurídicas que rigen en el mismo;

2. La prestación de los servicios públicos;

3. Utilizar los bienes de uso común;

4. Ser indemnizados por los daños y perjuicios causados por servidores públicos de la entidad con motivo del ejercicio de las atribuciones que les estén encomendadas;

5. De petición y asociación ante los órganos del Gobierno del Distrito Federal en los asuntos políticos de la entidad, y

6. Ser informados sobre las leyes y decretos que emitan la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y el Congreso de la Unión, respecto de las materias relativas al Distrito Federal, reglamentos que expida el Presidente de la República y el jefe del Distrito Federal, así como la realización de obras y prestaciones de servicios públicos e instancias para presentar quejas y denuncias relacionadas con los mismos y con los servidores públicos responsables."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 18. Son obligaciones de los habitantes cumplir con los preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los de este estatuto, así como de las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables, en particular contribuir a los gastos públicos de la Federación y del Distrito Federal de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Se propone la derogación del artículo 19.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 20. Los ciudadanos del Distrito Federal tienen derecho a:

1. Votar y ser votados en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de este estatuto y de las leyes, para los cargos que se señalen en dichos ordenamientos;

2. Ocupar cargos, empleos o desempeñar comisiones de carácter público cuando cumplan con los requisitos que establezcan las leyes;

3. Opinar por sí o a través de los representantes populares y ciudadanos, sobre los asuntos públicos de la entidad. Participar asimismo en el referendum y la iniciativa popular de acuerdo a la ley y

4. Los demás que señalen la Constitución, las leyes y este estatuto."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Se propone la derogación del artículo 21 y 22.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 23. Son obligaciones de los ciudadanos del Distrito Federal:

1) Desempeñar los cargos de elección popular para los que haya sido electo;

2) Desempeñar gratuitamente los cargos censales y los cargos electorales que las leyes determinen y también proporcionar la información requerida en los censos efectuados por las autoridades y

3) Las demás que establezca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los otros ordenamientos."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Artículo 24. Corresponde al Congreso de la Unión:

1) Legislar en todas aquellas materias relacionadas con el Distrito Federal que la Constitución no establece en forma expresa para la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y colegislar en las materias concurrentes que establece la Constitución;

2) Aprobar anualmente los montos de endeudamiento que deberán incluirse en la Ley de Ingresos del Distrito Federal, que en su caso requieran del gobierno del Distrito Federal y las entidades de su sector público, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Deuda Pública. La deuda pública del Distrito Federal para todos los efectos correspondientes será considerada como deuda del Gobierno Federal. El jefe del Distrito Federal estará facultado para firmar los contratos de canalización de recursos crediticios que disponga el Ejecutivo Federal y

3) Las demás atribuciones que en lo relativo al Distrito Federal le señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este estatuto y las leyes que expida el propio Congreso."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 29. Corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

1) Conocer de las controversias que se susciten entre uno o más estados y el Distrito Federal, entre los órganos locales de gobierno del Distrito Federal, sobre la constitucionalidad de sus actos en términos de este estatuto y de sus leyes reglamentarias;

2) Las demás atribuciones que en lo relativo al Distrito Federal le señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 32. Corresponde al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos:

1. Nombrar al jefe del Distrito Federal, en los términos que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto;

2. Aprobar el nombramiento o remoción en su caso que haga el jefe del Distrito Federal del Procurador General de Justicia del Distrito Federal;

3. Iniciar leyes o decretos ante el Congreso en las materias competencia de éste, relativas al Gobierno del Distrito Federal;

4. Enviar anualmente al Congreso de la Unión la propuesta de los montos de endeudamiento necesarios para el financiamiento del presupuesto de egresos del Distrito Federal;

5. Informar anualmente al Congreso de la Unión sobre el ejercicio de los recursos a que se refiere la fracción anterior al rendir la cuenta pública;

6. Proveer en la esfera administrativa la exacta observancia de las leyes y decretos relativos al Gobierno del Distrito Federal que sean expedidos por el Congreso de la Unión;

7. Iniciar leyes y decretos ante la Asamblea de Representantes del Distrito Federal;

8. Formular observaciones a las leyes y decretos expedidos por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal y promulgarlas de acuerdo con las previsiones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

9. Solicitar a la Comisión de Gobierno de la Asamblea de Representantes que convoque a sesiones extraordinarias y

10. Ejercer las demás atribuciones que le señalan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, este estatuto y las leyes."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 34. Corresponde al Presidente de la República el mando supremo de los cuerpos de seguridad pública en el Distrito Federal y la designación del servicio público que tenga a su cargo. El Ejecutivo Federal podrá delegar en el jefe del Departamento del Distrito Federal las funciones de dirección en materia de seguridad pública en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 35. El Presidente de la República será informado permanentemente por el jefe del Distrito Federal respecto de la situación que guarda la fuerza pública en la ciudad, sin perjuicio de que disponga que también lo haga directamente el servidor público que la tenga a su cargo, en los términos de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 38. La Asamblea de Representantes del Distrito Federal se integrará por 40 representantes electos, según el principio de votación mayoritaria y relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales y 26 representantes electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una circunscripción plurinominal. Sólo podrán participar en la elección los partidos políticos con registro nacional. La demarcación de los distritos se establecerá como determine la Ley Electoral del Distrito Federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 38 - A. Los representantes a la Asamblea del Distrito Federal serán electos cada tres años y por cada propietario se elegirá un suplente. Las vacantes de los representantes serán cubiertas en los términos que en la fracciono IV en el artículo 77 de esta Constitución establece para la Cámara de Diputados."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 38 - B. Los representantes deberán reunir los mismos requisitos que esta Constitución establece para los diputados federales y les será aplicable lo dispuesto por los artículos 59, 62 y 64 de esta Constitución."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 38 - C. La elección de los representantes, según el principio de representación proporcional y el sistema de listas en una sola circunscripción plurinominal se sujetará a las siguientes bases y a lo que en particular disponga la ley electoral del Distrito Federal.

a) Un partido político para obtener el registro de su lista de candidatos a representantes a la Asamblea del Distrito Federal, deberá acreditar que participa con candidatos por mayoría relativa en todos los distritos uninominales del Distrito Federal.

b) Todo partido político que alcance por lo menos el 1.5% del total de la votación emitida, tendrá derecho a que le sean atribuidos representantes según el principio de representación proporcional y

c) Al partido político que cumpla con lo dispuesto por los incisos anteriores, le serán asignados representantes por el principio de representación proporcional."

La ley establecerá la fórmula para su asignación. Además, al hacer ésta se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en la lista correspondiente.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 38 - D. Para el otorgamiento de las constancias de asignación se observarán las siguientes reglas:

a) Ningún partido político podrá contar con más del 63% del total de representantes electos mediante ambos principios, y;

b) Al partido político que obtenga por sí mismo el mayor número de constancias de mayoría y por lo menos el 30% de la votación en el Distrito Federal, le será otorgada la constancia de asignación por el número suficiente de representantes para alcanzar la mayoría absoluta en la Asamblea."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

El secretario José Raúl Hernández Ávila:

"Artículo 38 - E. En lo relativo a la organización de las elecciones, declaración de validez de las mismas, otorgamiento de constancias de mayoría, así como para el contencioso - electoral de los representantes a la Asamblea del Distrito Federal, se estará a lo dispuesto por los artículo 41 y 60 de esta Constitución."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 39. La Asamblea se reunirá a partir del 17 de septiembre de cada año, para celebrar un primer período de sesiones ordinarias que podrá prolongarse hasta el 31 de diciembre del mismo año y a partir del 15 de marzo de cada año para celebrar un segundo período de sesiones ordinarias que podrá prolongarse hasta el 30 de abril del mismo año."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 39 - A. Durante sus recesos, la Asamblea celebrará sesiones extraordinarias para atender los asuntos urgentes para los cuales sea convocada, a petición de la mayoría de los integrantes de su comisión de gobierno, del Presidente de la República o del jefe del Distrito Federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha.

Los diputados que estén porque se admita, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 40. Toda resolución de la Asamblea tendrá el carácter de ley o de decreto. Las leyes y decretos se comunicarán al Presidente de la República por el Presidente y por un Secretario de la Asamblea en esta forma: la Asamblea de Representantes del Distrito Federal decreta... texto de la ley o decreto."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la proposición.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 41. Los representantes a la Asamblea son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de su cargo en los términos del artículo 61 constitucional; su presidente velará por el respeto al fuero constitucional de sus miembros, así como por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar."

En votación económica se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la proposición.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 41- A. En materia de responsabilidades será aplicable a los representantes de la Asamblea la Ley Federal que Regula las Responsabilidades de los Servidores Públicos."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

De las facultades de la Asamblea.

"Artículo 42. La Asamblea tiene facultad para: fracción I: expedir su Ley Orgánica y Reglamento que regulará su estructura y funcionamiento internos, que será enviada al Presidente de la República y al jefe del Distrito Federal para su sola publicación."

Fracción II. Permanece igual.

"Fracción III. Formular el proyecto de su presupuesto que enviará oportunamente al jefe del Distrito Federal para que éste ordene su incorporación en el proyecto de presupuesto de egresos del Distrito Federal.

"Fracción IV. Permanece igual.

"Fracción V. Formular observaciones al Programa General de Desarrollo del Distrito Federal que le remita el jefe del Distrito Federal para su examen y opinión.

Fracciones VI, VII, VIII, IX, permanecen igual.

"Fracción X. Recibir durante el segundo período de sesiones ordinarias y comparecencia ante su pleno los informes por escrito de resultados anuales de:

a) El Procurador General de Justicia del Distrito Federal.

b) El servidor público designado por el Presidente de la República, encargado de la fuerza pública en el Distrito Federal y

c) El presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal."

La fracción XI permanece igual.

"Fracción XII. Analizar y emitir un juicio sobre los informes trimestrales que le envíe el jefe del Distrito Federal sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y programas aprobados. Los resultados de dicho análisis se considerarán para la revisión de la cuenta pública que realice la Contaduría Mayor de Hacienda de la propia Asamblea."

La fracción XIII permanece igual. Lo mismo que la XIV, XV, XVI, XVII y XVIII.

"Fracción XIX. Las demás que le otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y este estatuto."

"Fracción XX. Expedir la Ley de Responsabilidad de los Funcionarios Públicos para el Distrito Federal."

"Fracción XXI. Expedir la Ley Orgánica de la Administración Pública."

"Fracción XXII. Expedir la Ley Electoral del Distrito Federal."

"Fracción XXIII. Expedir la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal."

"Fracción XXIV. Nombrar a los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso - Administrativo."

"Fracción XXV. Expedir la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 45, derogado."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Continuando con la sección dos, "el artículo 46. El derecho de iniciar las leyes o decretos ante la Asamblea compete":

Fracciones I, II y III permanecen igual.

"Fracción IV. A los consejos ciudadanos en los términos de la ley."

"Fracción V. A los ciudadanos que cuenten con el apoyo de 5 mil firmas."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

"Artículo 67. Las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal son las siguientes:

Fracciones I, II, III, permanecen igual.

"Fracción IV. Nombrar y remover libremente a los titulares de las unidades, órganos y dependencias de la administración pública del Distrito Federal, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en este estatuto o en las leyes, procurando que se refleje la pluralidad existente en la sociedad."

Fracciones V, VI, VII, VIII, IX, X y XI, permanecen igual.

"Fracción XII. Formular el programa general de desarrollo de la ciudad, atendiendo las recomendaciones de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal."

Fracción XIII, permanece igual.

"Fracción XIV. Remitir a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, los informes trimestrales sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y programas aprobados, a más tardar 30 días después de concluido el ejercicio, para la revisión de la cuenta pública del Distrito Federal.

Fracciones XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, permanecen igual.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

Propuestas del Partido de la Revolución Democrática.

"Sección tercera, de la coordinación metropolitana.

"Artículo 69. El Distrito Federal participará en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes generales y este estatuto, en la planeación y ejecución de acciones coordinadas con la Federación, estados y municipios, en las zonas conurbadas; limítrofes con la ciudad de México, en materia de asentamientos humanos, protección al ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico; transporte, agua potable y drenaje, recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos y seguridad pública.

Por el Partido de la Revolución Democrática, diputados: Guillermo Flores, Evangelina Corona, René Bejarano, Patricia Ruiz Anchondo, Carlos González Durán, Emilio Becerra, Raymundo Cárdenas y Francisco Javier Saucedo Pérez.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Título sexto, de los consejos ciudadanos.

Capítulo I. De la integración e instalación.

"Artículo 129. El proceso de elección de consejeros ciudadanos será organizado por el órgano electoral del Distrito Federal.

Capítulo II. Derogar artículo 132."

Por el Partido de la Revolución Democrática, firman los diputados: Guillermo Flores, Evangelina Corona, René Bejarano, Patricia Ruiz Anchondo, Carlos González Durán, Emilio

Becerra, Raymundo Cárdenas, Jesús Martín del Campo y Francisco Javier Saucedo Pérez."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar los encabezados de los capítulos I, II y III del Título tercero del estatuto de Gobierno para el Distrito Federal.

"Título tercero. De las atribuciones de los poderes de la Unión para el Gobierno del Distrito Federal, Capítulo I. Del Poder Legislativo. Capítulo II. Del Poder Judicial. Capítulo III. Del Ejecutivo Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuesta del PFCRN para modificar el artículo 67 del estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 67. Las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal son las siguientes:

Fracción al IX igual la X. La cuenta pública del año anterior deberá ser presentada por el jefe del Distrito Federal a la comisión de gobierno de la Asamblea dentro de los 10 primeros días del mes de junio.

De la fracción XI a la XII, igual. La XIII. Formular el plan general de desarrollo de la ciudad, de la fracción XIV a la XXII sigue igual. La XXIII. Formular la planeación y ordenamiento del desarrollo urbano del Distrito Federal en los términos de las leyes. Fracción XXIV, igual."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 71 del estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 71. Los convenios que se celebren en el seno de dichas comisiones, serán suscritos por el jefe del Distrito Federal, tratándose de materias concurrentes o en caso de que se comprometan recursos federales asignados o transferidos al Distrito Federal. También deberán suscribirse por un representante de la administración pública federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo...Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo 75 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

"Artículo 75. El jefe del Distrito Federal publicará el contenido de los acuerdos y convenios entre los habitantes del Distrito Federal que residan en la zona materia de los mismos, a fin de que éstos conozcan sus alcances así como a las autoridades responsables de su ejecución.

En la difusión podrán participar los consejos de ciudadanos y asociaciones de residentes de colonias, barrios y unidades habitacionales."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuesta del Partido del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, para modificar el artículo, 118 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal:

"Artículo 118. Para el desarrollo y bienestar social en la ciudad, deberán tomarse en cuenta las siguientes materias: de la fracción I a la VII, siguen igual. La VIII. Seguridad pública, tratándose..."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Diputado Manuel Terrazas:

"Artículo 90. Los reglamentos, decretos y acuerdos expedidos por el jefe del Distrito Federal, deberán ser refrendados por el secretario que corresponda según la materia de que se trate."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

Diputado Manuel Terrazas:

"Transitorio noveno. El jefe del Departamento del Distrito Federal, en 1994 nombrará, previo acuerdo del Presidente de la República, a los delegados del Departamento del Distrito Federal y se sujetarán a la ratificación de la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, conforme al procedimiento vigente para la ratificación de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal."

En votación económica, se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

Artículo 42, fracción XIX. La Asamblea tiene facultad para: Fracción XIX, no dice nada, se recorre la última fracción.

Firman los diputados: Fernando Lerdo de Tejada, Alberto Nava, Alfonso Rivera Domínguez, Manuel Monarres, Rafael Farrera, Filiberto Paniagua y Alberto Monterde.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

Proposiciones del Partido Acción Nacional.

"Artículo 12. La organización política y administrativa del Distrito Federal, atenderá los siguientes principios estratégicos:

Fracción X. La definición de las políticas sobre finanzas públicas para asegurar la estabilidad financiera de la entidad, la equidad de la carga tributaria, la seguridad pública de los contribuyentes y la atención prioritaria a las necesidades sociales."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

"Artículo 67. Las facultades y obligaciones del jefe del Distrito Federal son las siguientes:

Fracción X. Enviar a la comisión de gobierno de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, la cuenta pública del año anterior.

XI. Someter a la consideración del Presidente de la República, la propuesta de los montos de endeudamiento necesarios para el financiamiento del presupuesto de egresos del Distrito Federal, en los términos que disponga la Ley General de Deuda Pública.

Fracción XV. Remitir a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, dentro de 45 días posteriores a la fecha del corte del período respectivo, los informes trimestrales o de la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y programas aprobados para la revisión de la cuenta pública del Distrito Federal."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor presidente.

"Artículo 80. Los nombramientos de los magistrados serán hechos preferentemente de entre aquellas personas que se hayan desempeñado como jueces o que hayan prestado sus servicios con eficiencia y probidad en la impartición o procuración de justicia o en su caso que por su honorabilidad, competencia y antecedentes entre otras ramas de la profesión jurídica, se consideren aptos para impartirla. En igualdad de circunstancias se preferirá a los originarios o vecinos del Distrito Federal, en la forma que determine la ley."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada señor Presidente.

"Artículo 99. Los organismos descentralizados y empresas de participación estatal tendrán por objeto principal, fracción II: La prestación de servicios públicos o sociales prioritarios o de alta especialización en el funcionamiento de la ciudad."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

"Artículo 101. El jefe del Distrito Federal aprobará la participación del gobierno de la entidad en las empresas, sociedades y asociaciones civiles o mercantiles, ya sea para su creación, para aumentar su capital o patrimonio y en su caso adquirir todo o parte de éstos. Dicha aprobación también será indispensable para constituir o aumentar fideicomisos públicos. Las autorizaciones a que se refiere este artículo serán otorgadas por conducto de la secretaría que determine la Ley Orgánica, la cual será fideicomitente única de derechos fideicomisos.

Se suprime el párrafo segundo."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo.

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

Se adiciona una última fracción al artículo 111. para quedar como sigue:

"Artículo 111. En todo caso la variación de la división territorial deberá perseguir: fracción VII. Contribuir a la estabilidad financiera de la entidad."

Firman los diputados Salvador Abascal Carranza, Fauzi Hamdan y Gonzalo Altamirano Dimas.

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aceptada, señor Presidente.

El secretario Armando Romero Rosales:

Propuestas presentadas por diputados del Partido de la Revolución Democrática:

"Artículo 106. Los delegados serán electos en votación universal, directa y secreta por los ciudadanos del Distrito Federal que radiquen en la demarcación. La Asamblea de Representantes del Distrito Federal tomará la protesta de ley."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada.

"Artículo 107. La Ley Electoral del Distrito Federal normará el proceso de su elección. Los requisitos para ser delegado serán los mismos que para ser diputado federal o asambleísta."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Desechada, señor Presidente.

Propuestas presentadas por diputados del Partido Revolucionario Institucional.

"Artículo 20. Los ciudadanos del Distrito Federal tienen derecho a:

I. Votar y ser votados en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de este estatuto y de las leyes para los cargos de representación popular y los de consejeros ciudadanos de las demarcaciones territoriales."

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

Artículo 23. Son obligaciones de los ciudadanos del Distrito Federal:

1) Votar en las elecciones en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de este estatuto y de las leyes para los cargos de representación popular y los de consejeros ciudadanos en las demarcaciones territoriales".

En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los diputados que estén porque se acepte, sírvanse manifestarlo...

Los diputados que estén porque se deseche, sírvanse manifestarlo... Aprobada, señor Presidente.

El Presidente:

Proceda la Secretaría a recoger la votación nominal de los artículos reservados.

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

Se va a proceder a recoger la votación nominal de los artículos reservados.

Se solicita a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior.

(Votación).

Se emitieron 255 votos en pro y 18 en contra.

El Presidente:

Aprobados los artículos reservados por 255 votos.

Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

La secretaria Martha Maldonado Zepeda:

Pasa al Senado para los efectos constitucionales.

 




Estimado usuario:

La edición de los ordenamientos jurídicos del ámbito federal en medios electrónicos representa una versión oficial, con base en lo dispuesto por los artículos 2°, 5°, 6° fracción IV, y 8° de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

La edición de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en medios electrónicos no representa una versión oficial, con fundamento en el artículo 3° del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando en algún párrafo aparezca la leyenda “N. DE E.” significa Nota de Editor y consiste en la nota, aclaración o acotación de la persona que compiló la reforma, al advertir la falta de precisión en el decreto de promulgación o modificación.

En caso de que algunas fechas de publicación o modificaciones a este ordenamiento aún no incluyan la imagen digitalizada de su periódico oficial o texto sistematizado en Word, se hace de su conocimiento que éstas se encuentran en proceso de ingreso u obtención. Para confirmar los datos o conocer su seguimiento o actualización, favor de comunicarse al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 1623 o 2113.

Para todo comentario o sugerencia adicionales en relación con la información que aquí se muestra, agradeceremos los haga llegar a las cuentas de correo electrónico cdaacl@mail.scjn.gob.mx y sjuridico@mail.scjn.gob.mx; o bien, se comunique al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 4109 o 1262.

Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes / cdaacl@mail.scjn.gob.mx / (55) 4113-1100 extensiones 4109 o 1262.

Procesando...