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Fecha de publicación: 08/06/2012
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/REVISORA
SENADORES
DISCUSIÓN
México, D.F. jueves 19 de abril de 2012.
Versión Estenográfica


Tenemos, ahora, la segunda lectura al dictamen de las comisiones unidas de Gobernación; y de Estudios Legislativos, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal y se reforma el artículo 31 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

A este dictamen se le dio primera lectura, hace unos momentos.

En consecuencia, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que se dispensa la segunda lectura, y se ponga a discusión de inmediato.

-LA C. SECRETARIA SOSA GOVEA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza la dispensa de la segunda lectura del anterior dictamen.

Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Sí se aprueba omitir la segunda lectura, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GONZÁLEZ MORFÍN: Muchas gracias.

En consecuencia, está a discusión.

No habiendo quien solicite la palabra, ni artículos reservados, ábrase el sistema electrónico de votación, por tres minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 del Reglamento.

(Votación electrónica)

-LA C. SECRETARIA SOSA GOVEA: Informo a la Presidencia que se emitieron 73 votos por el pro; cero en contra; cero abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE GONZÁLEZ MORFÍN: Gracias.

En consecuencia, está aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Protección a Personas que intervienen en el Procedimiento Penal y se reforma el artículo 31 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Se devuelve con modificaciones a la Cámara de Diputados, para los efectos de lo dispuesto por la fracción e) del artículo 72 constitucional.

 




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