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Fecha de publicación: 27/01/2012
Categoría: DECRETO

PROCESOS LEGISLATIVOS
DISCUSION/ORIGEN
SENADORES
DISCUSIÓN
México, D.F. martes 14 de diciembre de 2010.
Versión Estenográfica


Estamos entonces en la, tenemos la segunda lectura a un dictamen de las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos, con proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de Propiedad Industrial y el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor.

Debido a que este dictamen se encuentra publicado en la Gaceta del día de hoy, ruego a la secretaría consulte a la Asamblea si dispensa su lectura.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.

-Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente.)

-Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente.)

Sí se omite la lectura, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Está a discusión el dictamen. Se ha inscrito el Senador Ricardo Monreal ¿En qué sentido? A favor. ¿Alguien más? Se cierra la lista de oradores con un solo orador a favor.

Tiene el uso de la palabra el Senador Ricardo Monreal.

-EL C. SENADOR RICARDO MONREAL AVILA: Ciudadano presidente; ciudadanos legisladores:

Estas modificaciones que contiene el dictamen a dos leyes, Ley de la Propiedad Industrial y Ley de Derechos de Autor, son de suma importancia, sobre todo porque pretenden combatir la piratería, pretenden aclarar los procedimientos administrativos, pretenden especificar y desarrollar el procedimiento de inspección, de verificación; y además en las modificaciones de la Ley de Propiedad Industrial se establece en los artículos 183, 205, 208, 213, 220.

(SIGUE 21ª PARTE)

.208, 213, 220, adiciones que permiten aplicar la normatividad de mejor forma.

¿Cómo cuáles? Como los procedimientos de declaración administrativa para las resoluciones de trámites definitivos, así como para la notificación en los estrados y también la publicación de la gaceta para los efectos de la notificación para terceros en procedimientos administrativos en esta materia.

Es decir, se le otorga a la Ley de Propiedad Industrial, lo que ahora comúnmente dicen: "Se le otorgan dientes para poder aplicar sanciones y para poder aplicar un procedimiento más claro en las visitas domiciliarias, inspecciones o cuando el personal se niega a aceptar alguna inspección".

Sin embargo, a pesar de que estaríamos en lo general, a favor, yo quisiera detenerme en un artículo que es de la segunda ley, en el artículo 232 de la Ley de Derechos de Autor.

¿Qué contiene esta ley? Y esta la voy a reservar, Presidente, el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor, voy a reservarla.

¿Por qué la voy a reservar? Porque resulta que en las últimas etapas del Congreso hemos legislado, de manera permanente, con medidas represivas, coercitivas: aumento de sanciones, agravación de tipos penales, nuevos tipos penales, nuevos delitos, nuevas conductas antijurídicas, disminución de la edad penal, alza a la punibilidad, más altas penas de conductas delictivas, pero también no ha faltado el tema de las sanciones administrativas.

Puede pasar de noche, pero este tema es muy importante, señores legisladores y legisladoras. Y me parece que la sanción que se está proponiendo en la modificación es desproporcionada; es una sanción fuera de toda lógica.

¿Qué quiere decir esto? Miren ustedes, en materia de derechos de autor, las infracciones, en materia de comercio, y termino, Presidente, se están ampliando, dice la fracción I del artículo 232, actual: "De 5 mil hasta 10 mil días de salario mínimo la aplicación de la sanción"; y se está proponiendo de 5 a 40 mil, 4 veces más.

Pero en la segunda fracción, que actualmente tiene de mil hasta 5 mil días de salario mínimo, se establece de 20 a 60 mil días de salario mínimo.

Es decir, actualmente, a todos aquellos que infringen la norma de derechos de autor, copian, graban o filman sin la autoría de los derechos de autor, se les van a poder aplicar estas normas económicas, administrativas.

Actualmente se les puede aplicar una sanción de hasta 285 mil, es decir, 5 mil salarios mínimos.

¿Saben ustedes cuánto se está proponiendo? Hasta 60 mil salarios mínimos. Es decir, 3 millones 447 mil pesos. A mí me parece desproporcionado.

No se puede someter, para proteger a un grupo, aplicar penas severas, aplicar sanciones tan graves, porque saben ¿quiénes van a venir a pagar esto? los ambulantes que tienen 100 películas piratas o 100 casetes piratas.

El problema de fondo es la economía del país, el desempleo, y no se va a resolver la situación del país con más cárceles, penas más severas, multas más elevadas. Por eso yo estoy en contra de la sanción que se está intentando poner para proteger a un sector.

Concluyo, Presidente, y de nueva cuenta le recuerdo que he reservado el artículo relativo que he comentado.

Muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Cómo no.

Esta Presidencia ha tomado nota de la reserva del Senador Monreal, del artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor.

No habiendo ya más oradores inscritos, ruego a la secretaría, bueno, ruego a la secretaría consulte a la Asamblea si se considera suficientemente discutido en lo general.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea --en votación económica-- si considera suficientemente discutido en lo general el dictamen.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente)

-Suficientemente discutido, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Está suficientemente discutido en lo general, y en los términos del artículo 200 de nuestro reglamento, se ha reservado el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor, por el Senador Ricardo Monreal.

-Consulto a la Asamblea si hay alguna compañera o compañero que quiera hacer alguna otra reserva.

-Queda, entonces, sólo reservado el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor.

-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO (Desde su escaño): Pido la palabra, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Don Tomás Torres.

-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO (Desde su escaño): Para decir algo del 206.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Y reserva también el 206, éste de la Ley de Propiedad Industrial.

Bien, con estas 2 reservas, ábrase el sistema electrónico de votación para recoger la votación en lo general y de los artículos no reservados, hasta por 3 minutos.

-Háganse los anuncios a los que se refiere el reglamento.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Se invita a los ciudadanos Senadores y Senadores a emitir su voto en el sistema electrónico, ya que la Presidencia ha determinado que sólo así se podrá sumar la votación mediante el sistema electrónico.

(Se abre el sistema electrónico de votación)

(Se recoge la votación)

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Señor Presidente, conforme al registro en el sistema electrónico, informo que se emitieron 84 votos en pro; 1 en contra, 0 abstenciones.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Aprobado en lo general el dictamen.

-Se concede el uso de la palabra al Senador Tomás Torres, quien ha reservado, para su discusión y votación en lo particular, el artículo 206 de la Ley de Propiedad Industrial.

-Tiene el uso de la palabra el Senador Tomás Torres.

-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO: Hice la reserva, Senadores y Senadoras, de uno de los numerales aislados del contenido del dictamen.

(Sigue 22ª. Parte)

.de uno de los numerales aislados del contenido del dictamen.

Me ha llamado la atención, senadores, senadoras, de que últimamente el Congreso mexicano ve como alternativa todo aquello que no funciona, desde las acciones y políticas de gobierno; desde el terreno de las leyes administrativas ir a buscar la Ley Penal como alternativa.

Además de la votación mayoritaria, quiero preguntarle a las comisiones dictaminadoras.

Fíjense nada más que aberración. Fíjese que aberración, cuando vayan a visitarlos a ustedes, dirán, qué ilegalidad.

Voy a esperar a que termine la operación ahí.

Fíjense nada más. En las visitas, en las visitas, si se negara el acceso al personal comisionado a los establecimientos, a los que se refiere el párrafo previo, o si de cualquier manera. o si de cualquier manera hubiera oposición a la realización de la visita de inspección, dicha circunstancia se hará constar en el acta respectiva y se presumirán ciertos los hechos que se le imputen en los procedimientos de declaración administrativa correspondiente.

¿Nos les parece una barbaridad?

Digo, con toda seriedad, se los planteo. Si de cualquier manera te opones a la visita administrativa, se presume cierto el hecho imputado, que ha provocado el procedimiento administrativo.

¿Conoce la comisión dictaminadora? Pregunto, a la comisión de Comercio y Fomento Industrial, ¿conoce la garantía de legalidad y seguridad jurídica del 14 y del 16 de la Constitución?

¿Han tomado conciencia de lo que contiene el dictamen?

¿Lo han valorado?

Ustedes dicen, son más hombres de empresa. Y quien maneja la propiedad, en este país, industrial. por cierto habrá que ver ahí al IMPI.

Sólo quise llamarles la atención. Quise llamarles la atención, de un dictamen inconstitucional.

Van a simular las visitas, para tener, por cierto, el contenido de la denuncia.

Pero parece que aquí, después de profusos discursos relacionados con el deber supremo de la preservación de la Constitución, no interesan, tienen que ver con construir una mayoría de votos.

Ya se los plantearán sus electores.

Ya lo verán en disputas de registro marcario y de otras.

Van a meterse, como lo están haciendo, asegurando troqueles, modelos.

Y para que sepan de lo que estamos hablando. Para que sepan de lo que estamos hablando, cuando les llegue una visita, crúcense de manos, ofrezcan una silla y díganle al visitador, que él manda.

Bienvenido, porque no tiene derecho a reclamar. Porque si reclama, es cierta la imputación que provocó el procedimiento administrativo.

¡Allá ustedes!

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Gracias, senador Tomás Torres.

Esta Presidencia, por el contenido del discurso, del orador, consulta a las comisiones dictaminadoras, si harán uso de la palabra.

No.

-EL C. SENADOR FELIPE GONZALEZ GONZALEZ: (Desde su escaño) Señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Don Felipe González.

-EL C. SENADOR FELIPE GONZALEZ GONZALEZ: (Desde su escaño) Señor presidente, si se podría dar lectura a este artículo, que acaba de mencionar el senador Torres.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Con mucho gusto.

-EL C. SENADOR FELIPE GONZALEZ GONZALEZ: (Desde su escaño) Como está. Porque la propuesta, no hizo propuesta el senador Torres.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: No hizo propuesta, solamente.

-EL C. SENADOR FELIPE GONZALEZ GONZALEZ: (Desde su escaño) Pero lo señaló. Nomás para que.

-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO: (Desde su escaño) Se suprimo. La propuesta, presidente, es para suprimir la presunción de confesión, contenida en el párrafo segundo del artículo 206.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Si nos hace llegar su propuesta por escrito, para que la Secretaría, en su momento, pueda procesarla.

Y, por otro lado a la Secretaría, ruego obsequiar la solicitud del senador Felipe González, dando lectura al texto del artículo 206 de la Ley de Propiedad Industrial, contenida en el dictamen.

Hay que leer el artículo, en los términos del dictamen. Y posteriormente, la propuesta.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Artículo 206. Si se negara el acceso del personal comisionado a los establecimientos a los que se refiere el párrafo previo o si de cualquier manera hubiera oposición a la realización de la visita de inspección, dicha circunstancia se hará constar en el acta respectiva, y se presumirán ciertos los hechos, que se le imputen en el procedimientos de declaración administrativa correspondiente.

Es cuanto, presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Muchas gracias, señor secretario.

Ahora, dé lectura la Secretaría, a la propuesta planteada por el senador don Tomás Torres.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Su propuesta es modificar el artículo 206, y es suprimir el párrafo segundo.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Que es a que se acaba de dar lectura.

Bien.

Pregunte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si la propuesta planteada por el senador Tomás Torres, se admite a discusión.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si es de aceptarse a discusión la propuesta del senador Tomás Torres.

Quienes estén a favor de que se someta a discusión, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Quienes estén en contra de que se someta a discusión, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

No se admite a discusión, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Bien. No se admite a discusión la propuesta de modificación, y se reserva el artículo 206, para su votación nominal.

Tiene, ahora, el uso de la palabra el senador Ricardo Monreal, quien ha reservado el artículo 232 de la Ley de Derechos de Autor.

-EL C. SENADOR RICARDO MONREAL AVILA: Gracias, ciudadano presidente.

Miren, legisladores, legisladoras, sé que ha sido un día particularmente pesado, este día se pretende concluir con el período de sesiones.

Pero no podemos dejar pasar, el análisis y la discusión de estos dictámenes.

Yo he reservado el artículo 232.

¿Por qué lo he reservado?

(SIGUE 23ª. PARTE)

. yo he reservado el artículo 232, ¿por qué lo he reservado?

Porque el artículo 232 establece las sanciones a las infracciones en materia de comercio previsto en la Ley de Derechos de Autor, y que de ninguna manera puede pasar.

Yo sé que el senador Eloy Cantú enseguida va a comentar, por parte de las comisiones, algunas consideraciones que me ha hecho.

Y es que no puede pasar porque déjenme recordarles cuáles son las infracciones en materia de comercio.

Las infracciones son, entre otras, utilizar la imagen de una persona sin la autorización del o de sus causadientes, el uso de una imagen.

Actualmente la sanción para quien use la imagen del senador González sin su autorización, dice la ley: "puede ser de mil hasta cinco mil salarios mínimos". Aplicable según la zona del Distrito Federal.

Es decir, aproximadamente hacía las cuentas, 248 mil pesos para la gente que utilice la imagen de cualquier persona sin autorización.

Y el dictamen propone y ahí fue error, hasta 60 mil, de 5 mil hasta 60 mil; es decir, de 240 a 3 millones 400.

¿A quién?

A quien use la imagen de una persona sin la autorización.

¿Pero a quién más se le aplicará esta sanción?

Se le aplicará esta sanción a quienes retransmitan, fijen, reproduzcan y difundan al público emisiones de organismos de radio difusión sin la autorización debida.

Pero a quién más, a quien use, reproduzca y explote derechos de programas de cómputo sin el consentimiento del titular.

¿A quién más?

A quien utilicen, saquen copias de obras literarias sin la autorización expresa del titular de derechos de autor o de sus herederos.

¿A quién más?

A quienes ofrecen en venta almacenar, transportar o poner en circulación obras protegidas por la ley. ¿Cómo qué? Libros, discos, CD, películas.

Entonces actualmente las sanciones, repito, en la fracción 2 del 232, de mil a cinco mil días de salario mínimo. Por eso me parecía pertinente aclararlo, porque no podemos admitir una desproporcionada sanción.

¿Saben contra quién van estas sanciones particularmente? Los vendedores ambulantes, los que están en la esquina de Bellas Artes, los que están aquí en el Zócalo. A esos les vas a aplicar sanciones de 3 millones 400 mil pesos.

Yo estoy seguro que se va a aclarar, estoy seguro.

Y yo dejo la propuesta de redacción, ciudadano presidente, una propuesta alternativa, para.

-EL C. PRESIDENTE GARCÍA CERVANTES: A ver, un momento, por favor. Sonido en el escaño del senador Felipe González.

-EL C. SENADOR FELIPE GONZÁLEZ GONZÁLEZ (Desde su escaño): Senador, una pregunta. Le quiero preguntar si estas sanciones son exclusivamente cuando alguien tenga registrada su imagen. O sea, porque también hay quienes utilizan para burlarse de alguien, pues sacan su foto diciendo cosas que no son ciertas, en fin.

Pero aquí como es propiedad industrial, la pregunta es, ¿en esto está claro que solamente que tenga propiedad sobre su imagen?

Por su respuesta, gracias.

-EL C. SENADOR RICARDO MONREAL ÁVILA: Muchas gracias, senador. Me da pie para responderle puntualmente porque es muy importante su pregunta.

El artículo 231 señala: ."constituyen infracciones en materia de comercio las siguientes conductas: fracción dos.- utilizar la imagen de una persona sin la autorización, sin su autorización o la de sus causadientes. O sea, el sujeto activo es todas las personas, todo el universo, todas las personas que utilicen la imagen de cualquiera puede ser sancionado. La sanción está y yo digo que debiera quedar así.

El presidente de la Comisión de Comercio, antes de iniciar mi intervención, me dijo tiene razón y ahora enseguida lo comentaré.

Porque, miren, no se puede resolver los problemas del país con multas, cárcel, con más penas. No se puede.

Yo los llamo a la reflexión y estos son los últimos dictámenes de un periodo de sesiones de este día difícil, no productivo, pero que finalmente es conveniente hacer el mejor esfuerzo para no cometer irregularidades o establecer sanciones desproporcionadas que van a lesionar a las personas independientemente de su actividad.

Muchas gracias, presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCÍA CERVANTES: Don Ricardo Monreal, ¿deja usted alguna propuesta por escrito en la secretaría?

Ha solicitado el uso de la palabra el senador Tomás Torres, el senador Eloy Cantú, para referirse al mismo artículo. Tiene el uso de la palabra don Tomás Torres, inmediatamente después el senador Eloy Cantú.

-EL C. SENADOR TOMÁS TORRES MERCADO: Hago comedidamente mi llamado porque en una sociedad como la que estamos viviendo ahora en medio de un espiral de violencia en la ausencia de crédito a la autoridad y a la justicia, me parece francamente lamentable, compañeros, compañeras, que estemos transitando a un derecho punitivo, o todo es cárcel o todo es la pérdida de tu patrimonio por la conducta que en esta sociedad realices.

Fíjese nada más, qué niveles de productividad tiene México que genera la capacidad creativa, la creación intelectual un valor patrimonial. Se ha dicho aquí, vean los niveles de generación de patentes, de registro, y vean quiénes son los titulares de los registros marcarios. El que quiera producir si en la lógica de este Senado es proteger a las pequeñas, a las micro empresas, vean quiénes son los dueños de los registros marcarios con relación a determinados productos, unas galletas habrá que inventar un nombre, unos dulces.

Veía en días pasados, si lo vamos a seguir.

(Sigue 24ª parte)

. . . unos dulces, veía en días pasados si lo vamos a seguir, una dulcera jalisciense que le vendió al más importante productor, que hay que reconocerlo como empresa, su liderazgo de pan blanco en este país, llevaba el nombre de dulces Vero -que se retire, por favor del acta y del Diario de los Debates- antes de concretar la operación de compraventa con policías federales que no son capaces de garantizar una vía general de comunicación a 50 kilómetros van y se meten y aseguran troqueles, modelos, azúcares, insumos.

Van a ver con esta reforma inconstitucional, dicen es que cómo le hace el IMPI, o es de negligentes, de ignorantes o de cómplices, hay medios de apremio y hay tipos penales que se llaman oposición a la ejecución de mandatos legítimos de la autoridad cuando el particular se opone.

A quién se le ocurre, fíjense nada más el texto, y lo haré de modo comedido, el esfuerzo de quien dictamina debe de ser respetado siempre, debe ser respetado el legislador y debe ser respetada la institución, antepongo la institucionalidad del Senado de la República, pero no por lo que cuartan las libertades de las gentes.

Cuando la acción u omisión constitutiva de infracción se haya realizado a sabiendas, qué barbaridad, se realiza por imprudencialmente o hay lo que en la materia penal se conoce como la preintención de cinco hasta 40 mil días de salario mínimo. Será igual decir, desde un pellizco hasta la pena de muerte, ese es el mínimo y el máximo de la punibilidad administrativa aquí contenida.

No puedo votar a favor de tan desproporcionadas propuestas, no sólo porque son contrarios a los principios de seguridad jurídica que contempla el 14 y el 16, la pena debe tener una valoración racional lógica entre el mínimo y máximo, no puedes decir que contra el homicidio doloso proceda un puntapié o llevarlo al paredón, así andamos en esta materia.

Esta es la ley de los creadores nacionales, es la ley de los titulares de los registros marcarios y de los derechos de autores comercialmente explotados, podrá estar en la Ley, pero no va a estar en la conciencia serena y ética de quiénes lo voten a favor.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Gracias Senador Tomás Torres, tiene el uso de la palabra el Senador Eloy Cantú.

-EL C. SENADOR ELOY CANTU SEGOVIA: Muchas gracias, Senador Presidente, compañeras y compañeros senadores, estamos en la reserva del artículo 232 que ya habíamos previsto y atinadamente también así lo hizo el Senador Ricardo Monreal, de que aquí había un error, el error consiste en lo siguiente, en el texto que se publica en la gaceta del Senado, se incluyen las fracciones I, II y III de dicho artículo, ni la II, ni la III, fueron modificadas por las Comisiones Unidas. Es decir, sigue el texto actualmente en vigor, por lo tanto la fracción II y III se deben de retirar, no forman parte y cómo queda, pues como dice el texto en vigor, y el texto en vigor dice de mil hasta 5 mil días, no 60. Eso es lo que dice el texto en vigor nada más para aclarar.

Es decir, la única fracción que del artículo 232 se modificó fue la fracción I, que como lo señaló el Senador Monreal es de 5 hasta 40 mil días de salario mínimo, aquí el texto decía 60, está equivocado. Recapitulando en este artículo 232 que es en el que estamos, únicamente se modificó la fracción I poniendo de 5 hasta 40 mil días de salario mínimo, ni la fracción II, ni la fracción III se modificaron y queda el texto en vigor.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Ruego a la Secretaría dar lectura a la propuesta del Senador Ricardo Monreal.

Sonido en el escaño del Senador Tomás Torres.

-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO (Desde su escaño): Yo le ruego a usted, Presidente, en virtud a las referencias del señor Senador Eloy Cantú, antes de que se le dé lectura a la reserva, en todo caso le dé lectura al dictamen enviado al pleno por las comisiones dictaminadoras.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Es correcto, y era la intención de esta Presidencia, que al darle lectura a la propuesta, se clarificara si coinciden o no las intervenciones del Senador Ricardo Monreal y Eloy Cantú, pero tiene usted toda la razón y se obsequia su solicitud, ruego a la Secretaría primero dar lectura l artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor en los términos planteados por el dictamen.

-EL C. SECRETARIO ZOREDA NOVELO: Doy lectura al artículo 232, que viene en el dictamen.

232.- Las infracciones en materia de comercio previstas en la presente Ley, serán sancionadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial como Multa:

Fracción I.- De 5 hasta 40 mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones I, III, IV, V, VII, VIII y IX del artículo anterior.

Fracción II, de 20 hasta 60 mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones II y VI del artículo anterior y III, de 500 hasta mil días de salario mínimo en los demás casos a que se refiere la fracción X del artículo anterior, se aplicará multa adicional de hasta 500 días de salario mínimo general vigente por día a quien persista en la infracción.

Es cuanto, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Bien, quiero hacer una aclaración.

Usted lo leyó textualmente, señor Secretario, fracción I, de 5, no de 5 mil, hasta 40 mil, fracción II y fracción III están contenidas en el dictamen, la intervención del Presidente de la Comisión de Comercio es que no debieran estar esas dos fracciones, lo que tenemos que verificar ahora es que la propuesta del Senador Ricardo Monreal consista en la eliminación de la fracción II y III, si no es así, son cosas distintas, si sí es así, consultaremos a la Asamblea si acepta a discusión la propuesta del Senador Monreal.

Sonido en el escaño del Senador Torres.

-EL C. SENADOR TOMAS TORRES MERCADO: Estimado Presidente, no puede estarse subjetivamente planteando una reserva vinculada con un dictamen que no fue debidamente publicado, o se repone el procedimiento. . .

(Sigue 25ª parte)

.. Que no fue debidamente publicado, o se repone el procedimiento cual debe, haciendo la publicación debida del texto del dictamen, presidente, y no me vaya a salir con la soberanía de la mayoría para continuar con su discusión porque sería una violación grave al procedimiento.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Gracias, senador don Tomás. La Secretaría Parlamentaria hace constar a esta presidencia que el texto publicado en la Gaceta del Senado hace referencia en su fracción primera, del artículo 232, fracción primera, de cinco hasta 60 mil días de salario mínimo, y en el dictamen que está presentado, formalmente por las comisiones, con las firmas autógrafas dice el artículo 232, fracción primera.

De cinco hasta 40 mil días de salario mínimo, es obvia y evidente la diferencia entre lo que está establecido en la publicación de la Gaceta y en el dictamen entregado a la Secretaría.

La alternativa que tiene esta presidencia es proponer que este dictamen regrese a la Comisión para establecer cual de los textos es el texto avalado por la Comisión. Lo ha dicho en su intervención el senador presidente de la Comisión, se ha querido referir a la fracción que contiene una sanción de 40, de cinco hasta 40 mil días de salario, que es lo que está en el dictamen presentado por las comisiones, pero que ha sido conocido por la asamblea, en virtud de su publicación en la Gaceta, dice 70 mil días de salario mínimo.

Yo les pediría que a la honorable asamblea que acepte la solicitud que hace esta presidencia de que se entreguen los dos documentos, la Gaceta y el dictamen a la presidencia de la Comisión a efecto de que si es posible, durante el desarrollo de las próximos puntos del orden del día, se reformule y se identifique exactamente el contenido del dictamen, luego la asamblea pueda volver a conocer de este artículo.

Yo ruego a la secretaría consulte a la asamblea si autoriza que la presidencia remita el artículo 226 a las comisiones para, perdón, 232 para su reformulación. Sí, Ricardo Monreal, don Ricardo Monreal.

-EL C. SENADOR RICARDO MONREAL AVILA: (Desde su escaño). Presidente, estoy de acuerdo, presidente, en aras de lograr un consenso estoy de acuerdo en que se regrese a comisiones, sólo con la salvedad de que usted se refirió solo a la fracción primera y las contradicciones que existen en esta.

Pero en el caso de la fracción segunda, y de la fracción tercera, la propia comisión ha sostenido y afirmado que no deberían estar ahí, sino que se mantiene el texto vigente que contiene mi propuesta.

Luego entonces la discusión sólo es una fracción, la fracción primera que contiene, en un lado 40 mil y en otro 60 mil salarios mínimos y que actualmente contiene cinco mil salarios mínimos.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: precisamente porque el dictamen contiene las tres fracciones se requiere de una reformulación de este artículo, y permítanme simplemente recapitular.

Estamos en la discusión en lo particular de un artículo reservado, el dictamen ha sido aprobado en lo general, de tal manera que todo lo que no sea impugnado está aprobado. Sólo queda reservado el artículo 206 de la Ley de Propiedad Industrial que ahora será sometido a votación; y el 232, que esta presidencia ruega a la asamblea autorice que se envíe a las comisiones para hacer reformulado y vuelto a conocer por la asamblea.

Sólo el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor. Consulte la secretaría a la asamblea, en votación económica si autoriza a las comisiones reformular el artículo 232 por la diferencia que hay entre la publicación y el dictamen.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la asamblea, en votación económica si autoriza la petición de la presidencia para regresar a comisiones el dictamen, particularmente en el artículo 232, para ser reformulado, y en su caso tratarse en esta misma sesión.

Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano. (La asamblea asiente).

Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La asamblea no asiente).

Se autoriza su petición, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Esta presidencia agradece a la asamblea su autorización, y ruega a las comisiones dictaminadoras de inmediato se pongan a reformular los términos del artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor. Es obvio que por ser esta la última sesión de este período de sesiones, si no se pone a discusión o a conocimiento de la asamblea, quedará desaprobado y extraído del dictamen ese artículo.

Ahora procede que se abra el sistema electrónico de votación para recoger la votación en lo particular del artículo 206 de la Ley de Propiedad Industrial, que fue reservado por el senador Tomás Torres, discutido y rechazada su propuesta de modificación. Abrase el sistema electrónico para recibir la votación del artículo 206 en los términos del dictamen. No puedo dar la palabra a este artículo, ya fue suficientemente discutido y fue rechazada la propuesta de modificación, por lo tanto, ábrase el sistema de votación hasta por tres minutos y esta presidencia quiere ilustrar a la asamblea.

El voto por el sí, es en los términos en que está propuesto por el dictamen, el voto por el no, significa reprobar el artículo y se elimina del dictamen. Si es sí, es sí, y si es no, es no.

Háganse los avisos a que se refiere el reglamento, y les recuerdo que es necesario que utilicen el sistema electrónico de votación. Insisto, el sí es sí, y el no es no.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Conforme al sistema electrónico se emitieron 67 votos en pro, 19 en contra, una abstención.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Queda aprobado en los términos del dictamen el artículo 206 de la Ley Federal de Propiedad Industrial. Antes de que esta presidencia dicte el trámite del dictamen, esperará prudencialmente.

(Sigue 26ª. Parte)

. . . . . . . . . . ..que esta presidencia dicte el trámite del dictamen, esperará prudencialmente la presentación de la reformulación del Artículo 232, de la Ley de Derecho de Autor.

Honorable Asamblea, debido a su autorización, esta presidencia remitió a las comisiones para aclarar el contenido del artículo 232 del dictamen que previamente estaba a discusión, que fue aprobado en lo general y que sólo quedó para su votación en lo particular el artículo 232 de la Ley de Derecho de Autor.

Esta presidencia informa a la Asamblea que ya llegó reformulado el contenido del artículo 232, la presidencia instruyó a la Secretaría Parlamentaria se distribuyera entre todas las compañeras y compañeros senadores, cosa que está sucediendo en este momento.

De todas maneras quiero rogar a la secretaría se sirva dar lectura a los términos reformulados del artículo 232 de la Ley Federal de Derecho de Autor que será considerada como una propuesta de modificación al dictamen. El procedimiento entonces es que la Asamblea autorice que se admita a discusión la propuesta, y posteriormente el trámite correspondiente.

Ruego a la secretaría dar lectura al artículo 232 reformulado por las Comisiones.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Doy lectura a la propuesta sobre el artículo 232 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

Artículo 232.- Las infracciones en materia de comercio previstas en la presente ley serán sancionadas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con multa, fracción I, de 5 hasta 40 mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones I, III, IV, V, VII, VIII y IX del artículo anterior.

Es cuanto, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: En virtud de que todas y todos ustedes tienen el texto y han escuchado la lectura de la secretaría, ruego ahora a la secretaría consulte, en votación económica, a la Asamblea si admite la propuesta a discusión.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que se admita a discusión la propuesta a la que se le ha dado lectura.

-Quienes estén porque se admita a discusión, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente.)

-Quienes estén porque no se admita a discusión, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente.)

Sí se admite a discusión, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Está a discusión la propuesta de modificación del artículo 232. Solicita el uso de la palabra el Senador Ricardo Monreal en contra. ¿Alguna otra compañera o algún compañero que quiera inscribirse? No.

Se cierra la lista de oradores sólo con el Senador Ricardo Monreal. Tiene usted el uso de la palabra.

-EL C. SENADOR RICARDO MONREAL AVILA: Gracias, presidente.

Primero es de reconocerse a las Comisiones de Comercio; y de Estudios Legislativos, que preside el Senador Eloy Cantú y Alejandro Zapata, que hayan retirado del dictamen la fracción II y la fracción III del artículo 232 que contenía sanciones administrativas hasta por 60 mil salarios mínimos, es decir, se corrigió.

Sin embargo, me inscrito en contra porque aún así se mantiene una fracción, la número uno que aumenta las sanciones de hasta 10 mil salarios mínimos, ahora de ustedes aprobarlo hasta 40 mil salarios mínimos. Es decir, se incrementa, desde mi punto de vista, de manera desproporcionada, pero no sólo esta disposición contenida en el artículo 232, fracción I, será aplicable para ocho fracciones, ocho fracciones de las infracciones en materia de comercio de diez, sólo dos fracciones estarán exceptuadas de la aplicación de esta disposición.

De nueva cuenta hago un exhorto a las comisiones: moderen el aumento de las infracciones, me parece un exceso subir de diez mil a cuarenta mil salarios mínimos de sanciones. Si las comisiones pudieran determinar subir sólo de diez a veinte mil salarios mínimos estaríamos en disposiciones de revisarla; pero me parece un exceso que intenten sancionar en esta ley a aquellos que infringen el artículo 231 y que contiene diez fracciones, y que me he referido, me parece un exceso que quiere el legislador aplicarle 40 mil salarios mínimos, de 10 a 40, por eso estamos en contra.

Estamos a favor que se hayan quitado la segunda y la tercera fracción que contenían infracciones hasta 60 mil salarios mínimos; pero aún así 40 mil salarios mínimos son más de 2 millones de pesos que serán aplicados a todos aquellos que infrinjan la materia del comercio.

Por esa razón yo les pediría, para no aplicar estas sanciones desproporcionadas, o regresar al texto original o bien aumentar 10 mil, que sería el 100% y no el 400% como se intenta. Esto será todavía motivo de la Cámara revisora, es, no conviene pues, es una mala lectura estar agravando el sistema de penas y de infracciones administrativas en épocas tan difíciles para el país en materia económica, de desempleo, de inseguridad.

Es una mala señal agravar sanciones en estos momentos tan complicados para la.

(SIGUE 28ª PARTE)

.es una mala señala agravar sanciones en estos momentos tan complicados para la vida del país.

Muchas gracias, Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: No, gracias a usted, Senador Monreal.

-Se ha agotado la lista de oradores, por lo que ruego a la secretaría consulte a la Asamblea si la propuesta de modificación del artículo 232 planteada por las comisiones y aprobada para su discusión, se considera suficientemente discutida.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea --en votación económica-- si considera suficientemente discutida la propuesta que se admitió a discusión del artículo 232.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente)

-Sí se considera suficientemente discutido, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Ahora consulte a la Asamblea --en votación económica-- si es de aprobarse.

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Consulto a la Asamblea --en votación económica-- si es de aprobarse la propuesta del artículo 232.

-Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente)

-Sí se aprueba la propuesta, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE GARCIA CERVANTES: Aprobada la propuesta.

-Se modifica el artículo 232 del decreto o del proyecto de decreto, y se instruye que se abra el sistema electrónico de votación para recibir la votación nominal del artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor, en los términos en que ha sido modificado, hasta por 3 minutos.

(Se abre el sistema electrónico de votación)

(Se recoge la votación)

-EL C. SECRETARIO RIVERA PEREZ: Se emitieron 68 votos en pro; 17 en contra, 0 abstenciones. Aprobada la propuesta.

-EL C. PRESIDENTE BELTRONES RIVERA: En consecuencia, con fundamento en el artículo 98, párrafo IV del Reglamento, queda aprobado el artículo 232 de la Ley de Derecho de Autor.

-Está aprobado en lo general y en lo particular este proyecto por el que se reforman diversos artículos de la Ley de la Propiedad Industrial; y el artículo 232 de la Ley Federal de Derechos de Autor.

Se remite a la Cámara de Diputados para efectos del artículo 72 Constitucional.

 




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