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DATOS DEL EXTRACTO DE LA REFORMA
Fecha de publicación: 02/10/2014
Categoría: DECLARATORIA
Extracto: DECRETO NO. 172
DECLARATORIA DE INCORPORACION DEL ESTADO DE CAMPECHE AL SISTEMA PROCESAL ACUSATORIO E INICIO DE VIGENCIA GRADUAL DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

TRANSITORIOS:
PRIMERO.- PUBLIQUESE LA PRESENTE DECLARATORIA EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, PARA QUE SURTA SUS EFECTOS A PARTIR DEL DIA 3 DE DICIEMBRE DE 2014.

SEGUNDO.- AL ENTRAR EN VIGOR EL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES QUEDARAN ABROGADOS EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DEL ESTADO DE CAMPECHE EXPEDIDO POR DECRETO NUMERO 66 DE 3 DE DICIEMBRE DE 1975 DE LA XLVIII LEGISLATURA, QUE ENTRO EN VIGOR EL DIA 2 DE ENERO DE 1976, SEGUN ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO DE 12 DE DICIEMBRE DE 1975, PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE 16 DE DICIEMBRE DE 1975, CON TODAS SUS POSTERIORES REFORMAS, ADICIONES Y DEROGACIONES; ASI COMO EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DEL ESTADO DE CAMPECHE EXPEDIDO POR DECRETO NUMERO 75 DE LA XLI LEGISLATURA PUBLICADO EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2013.

TERCERO.- LOS PROCEDIMIENTOS INICIADOS, QUE SE INICIEN O SE ENCUENTREN PENDIENTES DE RESOLUCION POR HECHOS SUSCITADOS ANTES DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, CONTINUARAN SU SUSTANCIACION HASTA SU RESOLUCION FIRME DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES VIGENTES EN EL MOMENTO DE SU INICIO.


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