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DATOS DEL EXTRACTO DE LA REFORMA
Fecha de publicación: 29/12/2014
Categoría: DECRETO
Extracto: DECRETO
ARTICULO SEGUNDO. SE REFORMAN LOS ARTICULOS 183, 186, 187, FRACCION I Y SEGUNDO PARRAFO; 188, 189, TERCER PARRAFO; Y 190, PRIMER PARRAFO; Y SE ADICIONA EL ARTICULO 187, CON UN TERCER PARRAFO DEL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

TRANSITORIO PRIMERO. LA LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL ENTRARA EN VIGOR EN LOS MISMOS TERMINOS Y PLAZOS EN QUE ENTRARA EN VIGOR EL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

LAS REFORMAS Y ADICIONES AL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES PREVISTAS EN EL PRESENTE DECRETO ENTRARAN EN VIGOR EN LAS REGIONES Y GRADUALIDAD EN LAS QUE SE LLEVE A CABO LA DECLARATORIA A QUE REFIERE EL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, SERAN APLICABLES PARA LOS PROCEDIMIENTOS INICIADOS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ACUSATORIO Y SE SUSTANCIARAN DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL.


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