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DATOS DEL EXTRACTO DE LA REFORMA
Fecha de publicación: 04/05/2018
Categoría: LEY
Extracto: LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO.

ARTICULOS TRANSITORIOS:
(REFORMADO, G.O. 26 DE ABRIL 2019)
TERCERO.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO DECIMO PRIMERO TRANSITORIO DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LA CIUDAD DE MEXICO, LA PRESENTE LEY ENTRARA EN VIGOR EL UNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, CON EXCEPCION A LAS RELATIVAS AL CONSEJO JUDICIAL CIUDADANO Y EL CONSEJO DE LA JUDICATURA, QUE INICIARAN SU VIGENCIA EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO DECIMO PRIMERO TRANSITORIO ANTERIORMENTE CITADO.

(REFORMADO, G.O. 26 DE ABRIL 2019)
CUARTO. - LAS NORMAS RELATIVAS A LA SALA CONSTITUCIONAL EMPEZARAN SU VIGENCIA EL 1 DE JULIO DEL AÑO 2019.

QUINTO. - AL MOMENTO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, QUEDARAN ABROGADAS LA LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y LOS ORDENAMIENTOS LEGALES CONTRARIOS AL PRESENTE DECRETO.


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