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CÓDIGO DE CONDUCTA DEL BANCO DE MÉXICO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 21 DE DICIEMBRE DE 2021.

Código publicado en la Segunda Sección del Diario Oficial de la Federación, el viernes 8 de febrero de 2019.

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- Comisión de Responsabilidades.


CÓDIGO DE CONDUCTA DEL BANCO DE MÉXICO

Enero 2019




CONTENIDO


CONTENIDO

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

Alcance

I. ACTUACIÓN PÚBLICA

II. INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

III. CONTRATACIONES PÚBLICAS Y AUTORIZACIONES

IV. TRÁMITES Y SERVICIOS

V. RECURSOS HUMANOS

VI. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

VII. REGISTRO, EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE PROCESOS

VIII. CONTROL INTERNO

IX. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SEGUIDOS EN FORMA DE JUICIO

X. DESEMPEÑO PERMANENTE CON INTEGRIDAD

XI. COOPERACIÓN CON LA INTEGRIDAD

XII. COMPORTAMIENTO DIGNO

XIII. ADECUADO USO, PROTECCIÓN Y PRESERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN

XIV. SEGURIDAD, PROTECCIÓN CIVIL Y MEDIO AMBIENTE

DISPOSICIONES FINALES

Quejas y Denuncias

Incumplimiento

Interpretación y Difusión

Aprobación y Entrada en vigor

Glosario




DISPOSICIONES GENERALES


DISPOSICIONES GENERALES

- Objeto

El presente Código de Conducta tiene como propósito especificar de manera puntual y concreta la forma en que las personas servidoras públicas del Banco de México aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidos en nuestro Código de Ética. A tal efecto, se describen diversos estándares de comportamiento que debemos observar ante situaciones que pudiéramos enfrentar en el desempeño de nuestras labores. Dichos estándares de comportamiento están alineados a los principios de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia economía, integridad, competencia por mérito, disciplina y rendición de cuentas, que los artículos 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, establecen como rectores del servicio público, y que se encuentran definidos en el mencionado Código de Ética.

Los altos estándares de comportamiento esperados del personal del Banco de México, además de alinearse a los principios señalados, se apegan a los valores de interés público, respeto, respeto a los derechos humanos, igualdad y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, cooperación, liderazgo responsabilidad y excelencia que también integran nuestro Código de Ética y guían el actuar de quienes conformamos la Institución.

- Alcance

Las disposiciones de este Código son aplicables a quienes desempeñamos un servicio público en el Banco de México y, en tal virtud, deberemos observarlas y cumplirlas.

El Banco de México nos dará a conocer el contenido del presente Código y recabará constancia de ello, así como de nuestro compromiso para su cumplimiento, sin perjuicio de que estará disponible para su consulta en los medios institucionales. El personal de nuevo ingreso, suscribirá dicha constancia al momento de su incorporación al Banco. El compromiso de cumplimiento se refrendará periódicamente en los plazos que el Banco determine.

Asimismo, el presente Código es un marco de referencia para las personas con las que el Banco tiene alguna relación contractual, respecto de la conducta que se espera del personal del propio Banco, por lo cual se hará de su conocimiento a través de los mecanismos que determinen las áreas encargadas de formalizar y/o dar seguimiento a dichas contrataciones.

El Banco pondrá a disposición del público en general el presente Código en su página de Internet.

En el desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión, debemos guiar nuestras conductas conforme a las reglas de integridad que, de manera enunciativa y no limitativa, se expresan a continuación:




I. ACTUACIÓN PÚBLICA


I. ACTUACIÓN PÚBLICA

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Cultura de servicio e interés institucional
1. En el ejercicio de nuestro empleo, cargo o comisión velaremos por los intereses de la Institución. Actuaremos conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados. Procuraremos el mejor desempeño de nuestras funciones para alcanzar las metas institucionales, basándonos en los principios y valores que rigen el servicio público en el Banco de México, plasmados en nuestro Código de Ética. Asimismo, supervisaremos que el personal bajo nuestra dirección cumpla sus funciones y atienda los principios y valores referidos.

Vocación de servicio e interés público
2. Actuaremos con vocación de servicio a la sociedad. En el ejercicio de nuestras funciones preservaremos y buscaremos la satisfacción del interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y el bienestar de la población.

Objetividad e imparcialidad
3. Daremos a las personas en general el mismo trato y no concederemos privilegios o preferencias indebidos. Evitaremos que prejuicios, influencias o intereses ajenos al servicio público afecten nuestro compromiso para tomar decisiones o ejercer nuestras funciones de manera objetiva.

Legalidad
4. Actuaremos conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás ordenamientos aplicables prevén respecto a nuestro empleo, cargo o comisión. Cumpliremos las disposiciones que regulan el ejercicio de nuestras funciones, facultades y atribuciones, incluyendo los procedimientos, planes y criterios aplicables, tanto en esquemas de operación normal como ante la declaratoria de una situación de alerta. En su caso, propondremos acciones para la mejora continua de los procesos, y escucharemos los planteamientos de quienes las sugieran, analizando, de ser procedente, la viabilidad de su implementación.

Si llegáramos a tener duda sobre la forma de interpretar o cumplir una disposición, o consideráramos que no contamos con la capacidad técnica necesaria para la debida ejecución de nuestras funciones, deberemos informarlo y solicitar la capacitación, herramientas u orientación necesarias de la persona de nivel superior jerárquico inmediato, y de no ser posible, de la unidad administrativa competente.

Cuidado de la información
(REFORMADO, D.O.F. 21 DE DICIEMBRE DE 2021)
5. Nos abstendremos de usar, sustraer, ocultar, alterar, mutilar, destruir, inutilizar o divulgar indebidamente, total o parcialmente, la información que se encuentre bajo nuestra responsabilidad o a la cual tengamos acceso o conozcamos con motivo de nuestro empleo, cargo o comisión. Dicha obligación subsistirá inclusive cuando concluyamos nuestra relación con el Banco, en términos de las disposiciones aplicables. En caso de que determinada información deba ser difundida en cumplimiento de la Ley, deberá hacerse a través de las personas servidoras públicas o unidades administrativas facultadas para ello, y conforme a los procedimientos establecidos. La información clasificada como reservada o confidencial deberá ser resguardada de conformidad con las disposiciones aplicables. Los datos personales deberán protegerse y tratarse en apego a los principios establecidos en la Ley.

No comprometer indebidamente al Estado mexicano
6. En el desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión, nos abstendremos de realizar cualquier trato o promesa que pueda comprometer indebidamente al Estado mexicano.




II. INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES


II. INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Acceso a la información pública y protección de datos personales
1. Respetaremos, en el ámbito de nuestras atribuciones y conforme a las disposiciones aplicables, el derecho de acceso a la información pública y protegeremos los datos personales que tratemos en el ejercicio de nuestras funciones.

(REFORMADO SU ACÁPITE, D.O.F. 21 DE DICIEMBRE DE 2021)
Orientación a las personas solicitantes
2. Orientaremos a las personas que deseen presentar una solicitud de acceso a la información pública o para el ejercicio de derechos ARCO(1), a efecto de que contacten a la Unidad de Transparencia del Banco de México, y puedan recibir de esta el auxilio y asesoría correspondiente, en términos de la normatividad aplicable. En caso de que por cualquier motivo recibamos una solicitud de este tipo, la turnaremos de inmediato a la referida Unidad.
1. Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.

Atención de solicitudes de acceso a la información y de derechos ARCO
3. Colaboraremos con la Unidad de Transparencia, en nuestro ámbito de atribuciones, para la debida atención de solicitudes de acceso a la información y el ejercicio de derechos ARCO, en términos de las disposiciones aplicables.

Publicación de información
4. Actualizaremos periódicamente y publicaremos oportunamente, en coordinación con la Unidad de Transparencia, conforme a las disposiciones aplicables, la información relativa a nuestras facultades, atribuciones y funciones que deba darse a conocer en medios electrónicos de conformidad con la legislación en materia de transparencia.

Búsqueda exhaustiva
5. Llevaremos a cabo una búsqueda exhaustiva en los expedientes y archivos institucionales bajo nuestra responsabilidad(2), en términos de las disposiciones aplicables, previo a someter a consideración del Comité de Transparencia la declaración de inexistencia de información o documentación.
2. Incluye, conforme a las disposiciones aplicables, aquellos que en su momento se hayan enviado al Archivo Institucional.




III. CONTRATACIONES PÚBLICAS Y AUTORIZACIONES


III. CONTRATACIONES PÚBLICAS Y AUTORIZACIONES

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Asegurar las mejores condiciones
1. Cuando en el ámbito de nuestras atribuciones participemos en la contratación de cualquier tipo de obra, bienes o servicios, deberemos llevar a cabo los actos necesarios para asegurar al Banco las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Principios a observar en las contrataciones
2. En cualquier tipo de contratación, observaremos los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, transparencia y honradez, de conformidad con las disposiciones aplicables.




IV. TRÁMITES Y SERVICIOS


IV. TRÁMITES Y SERVICIOS

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Actitud de servicio
1. Trataremos a las personas con las que interactuemos con motivo de nuestro empleo, cargo o comisión, de manera digna, respetuosa, imparcial, profesional y libre de discriminación.

Actuación diligente y oportuna
2. En caso de que se nos formule alguna solicitud en el ámbito de nuestra competencia, deberemos atenderla de manera diligente y oportuna, en la forma y términos previstos en las disposiciones aplicables.




V. RECURSOS HUMANOS


V. RECURSOS HUMANOS

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Reclutamiento
(REFORMADO, D.O.F. 21 DE DICIEMBRE DE 2021)
1. Llevaremos a cabo los procedimientos de selección, contratación y promoción del personal, con base en la capacidad, así como en la calidad profesional y técnica de las personas, garantizando en todo momento la igualdad de oportunidades entre todas las personas aspirantes.

Capacitación y desarrollo laboral
(REFORMADO, D.O.F. 21 DE DICIEMBRE DE 2021)
2. Procuraremos que la participación del personal en programas de capacitación, desarrollo de proyectos y promoción laboral corresponda a las necesidades institucionales y se realice con base en las capacidades, competencias y méritos de cada persona. Deberemos garantizar la igualdad de oportunidades entre el personal, así como reconocer su trabajo.

Evaluación objetiva
(REFORMADO, D.O.F. 21 DE DICIEMBRE DE 2021)
3. Evaluaremos de manera objetiva el desempeño de pares, personas con nivel superior jerárquico y personal a nuestro cargo, sin tratos preferenciales ni concesión de privilegios indebidos. De igual forma, si nos corresponde, les haremos saber de manera oportuna la percepción de sus fortalezas y áreas de oportunidad.

Equilibrio entre vida laboral y personal
4. Fomentaremos el equilibrio entre la vida laboral y personal de nuestro equipo de trabajo, así como su derecho a cuidar de otras personas.




VI. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS


VI. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Administración eficiente y responsable
1. Administraremos los recursos que estén bajo nuestra responsabilidad con apego a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, con la finalidad de satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Capacitación para el correcto uso de bienes y servicios
2. Nos capacitaremos para el mejor uso y aprovechamiento de los bienes y servicios que tengamos bajo nuestro cuidado o administración.

Informar deficiencias o fallas en los bienes
3. Informaremos a las unidades administrativas responsables de las deficiencias o fallas que advirtamos en los bienes que nos sean asignados o utilicemos para el cumplimiento de nuestras funciones. Deberemos abstenernos de realizar reparaciones por cuenta propia o modificaciones de cualquier índole a los bienes referidos, salvo que contemos con la capacidad técnica requerida y estas sean indispensables para prevenir daños inminentes a la Institución o riesgos que puedan afectar la integridad de las personas. En estos casos deberá darse aviso en cuanto sea posible a las referidas unidades administrativas.

Asistencia puntual a actividades y eventos
4. Asistiremos con puntualidad y en la forma debida a las actividades y eventos organizados por el Banco para el desarrollo de nuestras competencias, mejorar el desempeño de nuestras funciones o para nuestra superación, tales como cursos de capacitación, juntas, conferencias y comisiones. Asimismo, aplicaremos en nuestras labores los conocimientos adquiridos y los difundiremos entre nuestras compañeras y compañeros de trabajo.

Respeto a horarios de reuniones
5. Procuraremos respetar los horarios establecidos para la realización de reuniones de trabajo, y cuando deban diferirse lo comunicaremos con oportunidad a las personas participantes.

Disposición y autorización de recursos financieros
6. Al disponer de recursos financieros del Banco o autorizar su uso, deberemos verificar que estos se encuentren debidamente justificados y documentados conforme a las disposiciones aplicables.

Uso y conservación de bienes y servicios
7. Utilizaremos los bienes y servicios del Banco para los fines expresamente autorizados. Procuraremos la conservación y uso racional de los recursos de la Institución, ya sean materiales, financieros o humanos, en estricto apego a las disposiciones aplicables.

Empleo adecuado del tiempo de trabajo
8. Emplearemos el tiempo de trabajo en las labores y actividades propias de nuestro empleo, cargo o comisión, y nos abstendremos de solicitar a nuestro equipo la realización de tareas ajenas a sus funciones.




VII. REGISTRO, EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE PROCESOS


VII. REGISTRO, EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE PROCESOS

En este ámbito deberán observarse, entre otras, las conductas siguientes:

Registro de operaciones
1. Deberemos registrar y documentar las operaciones y funciones que estén a nuestro cargo de manera correcta y completa. Dichos registros deben preservarse conforme a la normatividad aplicable y reflejar con veracidad y transparencia las operaciones del Banco, nuestras actividades y el cumplimiento de los programas o proyectos institucionales. Asimismo, deberemos facilitar las actividades de verificación y revisión a cargo de los órganos de control interno, fiscalización, auditoría u otras instancias o autoridades competentes.

En todo caso, el personal que intervenga en el registro y confirmación de operaciones de banca central, no deberá participar de forma alguna en actividades de concertación o formalización de dichas operaciones.

Atención de recomendaciones u observaciones
2. Llevaremos a cabo, en el ámbito de nuestras atribuciones, las actividades conducentes para que puedan ser atendidas en tiempo y forma las recomendaciones u observaciones que formulen las instancias de control, evaluación o verificación competentes, ya sea internas o externas.



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