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ENCABEZADO


CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el miércoles 8 de mayo de 2019.

Mtro. José Luis Beato González, Secretario de Desarrollo Económico de la Ciudad de México, con fundamento por lo dispuesto en los artículos 3 fracción II, 11 fracción I, 16 fracción V, 18, 20 fracción IX y 30 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 7 fracción V del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y




CONSIDERANDO


C O N S I D E R A N D O

I. Que en términos de lo dispuesto en el artículo 109 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el ejercicio de sus funciones.

II. Que de conformidad a lo establecido en el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, el personal que labore en el servicio público deberá observar el Código de Ética que emitan las Secretarías o los Órganos Internos de Control, conforme a los Lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción para que, en su actuación, impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño.

III. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México, deben observar en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de transparencia como principio rector, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público, conforme a las directrices establecidas en el misma Ley.

IV. Que la Secretaría de Desarrollo Económico es la responsable de definir y coordinar la política económica de la Ciudad de México con el fin de que el crecimiento económico y el empleo estén sustentados en un marco de certeza jurídica, normativa y regulatoria que facilite y fomente la competitividad, la innovación, la inversión y el desarrollo de las actividades económicas teniendo como centro el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México.

Por lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente;

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ENLACE ELECTRÓNICO DONDE PODRÁ CONSULTARSE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO




ARTÍCULO ÚNICO


ÚNICO. Se da a conocer el Aviso por el que se da a conocer el Enlace electrónico donde podrá consultarse el Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Económico, el cual está disponible para su consulta en el siguiente enlace electrónico:

https://www.sedeco.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Juridico/codigo-de-conducta-sedeco-vobo-contraloria-final-02-mayo.pdf


> Ver documento anexo.-1




TRANSITORIOS


T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- El Servidor Público Responsable del enlace electrónico es el Ing. Edgar Camiruaga Hernández, J.U.D. de Promoción a la Inversión en la Secretaría de Desarrollo Económico. Teléfono: 56-82-20-96 ext. 346

TERCERO.- El presente Aviso por el que se da a conocer el Enlace electrónico donde podrá consultarse el Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Económico, entrarán en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México a 07 de mayo de 2019

El Secretario de Desarrollo Económico

(Firma)

Mtro. José Luis Beato González




ENCABEZADO


CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA CIUDAD DE MÉXICO




DISPOSICIONES GENERALES


DISPOSICIONES GENERALES

El Programa de Gobierno de la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, denominado Ciudad de México: Ciudad de la Innovación y la esperanza 2018-2024, destacando que, la planeación y gestión de la ciudad necesita privilegiar el interés público, el sentido de comunidad, la transparencia y la honestidad para construir un futuro de integración, funcionalidad, igualdad, inclusión, seguridad y sustentabilidad.

Así mismo, señala que, el objetivo es hacer buen gobierno y reconstruir la confianza de la sociedad a partir de una óptica de relojero. Frenar y revertir la corrupción Ciudad de la Innovación y la esperanza Ciudad de México.

Dentro del Programa de Gobierno, destaca cinco Principios Orientadores y doce Ejes, entre los primeros es la Honestidad, la Austeridad republicana, Gobierno abierto, Democrático y con cero tolerancia a la corrupción: "Un gobierno honrado, democrático y abierto es uno de los pilares para reconstruir y lograr la Ciudad que queremos. El gobierno de la Ciudad de México se constituirá con funcionarios preparados, honestos y con deseo de servicio público..."

Por otro lado, con la reforma Constitucional del 27 de mayo de 2015, en materia de combate a la corrupción, se crea el Sistema Nacional Anticorrupción y, en consecuencia, se conforma el Sistema Nacional de Fiscalización. Derivado de lo anterior, se publica en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, precisando en su artículo 2 fracción VII, lo siguiente: "Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos";

Dentro del mismo ordenamiento, en el Capítulo II del artículo 5 señala los "Principios que rigen el servicio público", siendo: "Son principios rectores que rigen el servicio público los siguientes: legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito. Los Entes públicos están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada servidor público".

Por otra parte, la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México en su Capítulo II establece los "Principios y directrices que rigen la actuación de las Personas Servidoras Públicas", señalando lo siguiente: Artículo 6. Todos los entes públicos de la Ciudad de México están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento de la Entidad Federativa en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública. Artículo 7. Las Personas Servidoras Públicas observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de transparencia como principio rector, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y eficiencia que rigen el servicio público.

Para la efectiva aplicación de dichos principios, las Personas Servidoras Públicas observarán las siguientes directrices: I. Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones; II. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización; III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población; IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva; V. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades; VI. Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; VII. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución; VIII. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general; IX. Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones, y X. Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Gobierno de la Ciudad de México.

En esa misma Ley, establece en su Título Segundo "Mecanismos de Prevención e Instrumentos de Rendición de Cuentas", Capítulo I "Mecanismos Generales de Prevención", citando en su artículo 16 lo siguiente: "Las Personas Servidoras Públicas deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por la Secretaría y los Órganos internos de control de los poderes y órganos autónomos, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño. El código de ética a que se refiere el párrafo anterior deberá hacerse del conocimiento de las Personas Servidoras Públicas, así como darle la máxima publicidad y mediante la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México"




INTRODUCCIÓN


INTRODUCCIÓN

El lenguaje empleado en este documento, no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos. Cuando se refiere a los servidores públicos se deberá entender a ambos sexos, hombres y mujeres, ya que no se hace ninguna distinción de ningún género.

En la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México (SEDECO) nos planteamos tres grandes principios alrededor de los cuales se desarrollan las estrategias y acciones, estos son: efectividad, transparencia e innovación.

Efectividad: Toda actividad, proyecto, programa o función que se realice en la SEDECO, contribuirá a alcanzar la misión y metas estratégicas institucionales; asegurando que cada actividad sea ejecutada en forma correcta, con la calidad necesaria y en el tiempo esperado.

Transparencia: La SEDECO se conducirá con total integridad y honestidad demostrando que la corrupción y opacidad se evitan cuando se clarifican, se miden y controlan los resultados, sin necesidad de sobre-regulaciones y excesos de controles que aunque buscan evitar la corrupción, distraen recursos escasos y entorpecen la gestión, lo cual impacta negativamente el desempeño organizacional de nuestra institución.

Innovación: Transformar a las áreas que integran nuestra Dependencia, en unidades administrativas de mejora y desarrollo continuo, mediante un cambio profundo de cultura que permita encontrar solución a los grandes retos que enfrenta la SEDECO, buscando nuevas formas de hacer las cosas.

El Código de Conducta de los Servidores Públicos de la Secretaría de Desarrollo Económico, pretende coadyuvar en la construcción de instituciones efectivas, transparentes e innovadoras, para lo cual se sugiere algunos atributos del liderazgo que deben ejercerse precisando patrones de conducta en todos sus colaboradores, para garantizar que los principios señalados sean los que nos distingan.




MISIÓN Y VISIÓN Y OBJETIVOS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO


Misión y Visión y Objetivos de la Secretaría de Desarrollo Económico

MISIÓN

Definir y coordinar la política económica de la Ciudad de México con el fin de que el crecimiento económico y el empleo estén sustentados en un marco de certeza jurídica normativa y regulatoria que facilite y fomente la competitividad, la innovación y la inversión y el desarrollo de las actividades económicas teniendo como centro el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Ciudad de México.

VISIÓN

Ser una dependencia moderna, facilitadora de la actividad económica, con indicadores y métricas confiables, reconocida como el ente rector y articulador de la política económica e identificada como una aliada para hacer negocios en una ciudad dinámica, competitiva y en constante desarrollo.

OBJETIVOS

Fomentar la inversión que favorezca el empleo, la innovación tecnológica para el crecimiento económico de la Ciudad de México.

Mejorar la competitividad y el ambiente de negocios, con el fin de impulsar el crecimiento de las empresas, la creación de empleos y con esto el desarrollo de la Ciudad de México.

Fortalecer los mecanismos de financiamiento, así como la creación y el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa, con el fin de promover el crecimiento económico de la Ciudad de México.




CAPÍTULO I


Capítulo I




PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES


Principios Constitucionales

Las y los servidores públicos deben de observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función un comportamiento ético bajo los siguientes principios Constitucionales:

- 1.- Legalidad.
- 2.- Honradez.
- 3.- Lealtad.
- 4.- Imparcialidad.
- 5.- Eficiencia.
- 6.- Interés Público.
- 7.- Respeto.
- 8.- Respeto a los Derechos Humanos.
- 9.- Igualdad y No discriminación.
- 10.- Equidad de Género.
- 11.- Entorno Cultural y Ecológico.
- 12.- Integridad.
- 13.- Cooperación.
- 14.- Liderazgo.
- 15.- Transparencia.
- 16.- Rendición de cuentas.




VALORES DEL SERVICIO PÚBLICO


Valores del Servicio Público

Los Valores previstos en el numeral Octavo del citado Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México, que orientan el servicio público realizado en la Administración Pública son los siguientes:

1. Interés Público
2. Respeto a los Derechos Humanos
3. Igualdad y No Discriminación
4. Equidad de Género
5. Entorno Cultural y Ecológico
6. Cooperación
7. Liderazgo




REGLAS DE INTEGRIDAD


Reglas de Integridad

Las Reglas de Integridad previstas en el numeral Décimo del Código de Ética de la Administración Pública de la Ciudad de México, son las conductas específicas esperadas; acciones y prohibiciones a partir de los Principios, Valores y Directrices del servicio público y son las siguientes:

1. Actuación Pública
2. Información Pública
3. Contrataciones públicas, permisos administrativos temporales revocables y concesiones
4. Programas Gubernamentales
5. Trámites y Servicios
6. Recursos Humanos
7. Administración de bienes muebles e inmuebles
8. Procesos de Evaluación
9. Control Interno
10. Procedimiento Administrativo
11. Desempeño Permanente con Integridad
12. Cooperación con la Integridad
13. Comportamiento Digno

Es importante mencionar que este Código de Conducta, no reemplaza, sustituye o limita la responsabilidad y obligaciones de toda persona servidora pública integrante de la Administración Pública de la Ciudad de México, consignadas en otras disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, así como ejercer un buen criterio y en su caso, consultar con el personal facultado, con respecto a la conducta esperada.

Los Códigos de Ética y Conducta institucionales son una herramienta básica que busca homologar los principios, valores y pautas de comportamiento que se esperan de los servidores públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones.

El Código de Conducta tiene como objetivo establecer los valores y las pautas de comportamiento de observancia obligatoria para los servidores públicos y para terceros relacionados con su Entidad. Los servidores públicos deberán conducirse bajo estas normas de comportamiento al tomar decisiones y al adoptar medidas en el desempeño de sus empleos, cargos y comisiones.

Los Códigos de Conducta deben afianzar en los individuos su compromiso de respeto a las leyes, ya que éstas definen las líneas indispensables de comportamiento que se espera de las personas en la sociedad ya que refuerzan el cumplimiento de las normas jurídicas, puesto que regulan actuaciones que no siempre están comprendidas en la legislación, además de que ofrecen lineamientos para orientar nuestras conductas y nos ayudan a tener presentes en nuestros actos.

La actuación en el quehacer diario del servicio público que conforman el Código de Conducta de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México son:

1. Respeto al marco normativo
2. Desempeño del cargo público
3. Respeto a los Derechos Humanos, Igualdad, no discriminación y Equidad de Género.
4. Uso y cuidado de los recursos
5. Manejo de la información
6. Conflicto de intereses
7. Toma de decisiones
8. Relación con Proveedores
9. Relación con dependencias y otros entes de Gobierno
10. Capacitación y Desarrollo
11. Clima Laboral
12. Transparencia y rendición de cuentas
13. Adaptación al cambio




1. RESPETO AL MARCO NORMATIVO


1. Respeto al marco normativo.

Debo

1. Conocer, respetar y cumplir el marco legal y normativo que rige mi actuar como persona servidora pública, de conformidad a mi empleo, cargo o comisión.

2. Conocer y ejercer mis derechos y obligaciones a fin de asumir debidamente mi responsabilidad como persona servidora pública.

3. Observar y dar cumplimiento a la normatividad que rige el actuar de las áreas diferentes a la que pertenezco cuando sus procesos interaccionen con mis funciones.

No debo

1. Aplicar indebidamente las disposiciones legales y normativas.

2. Permitir la aplicación de normas y procedimientos que propicien acciones discrecionales y que además afecten el desempeño de las áreas de la Secretaría de Desarrollo Económico.




2. DESEMPEÑO DEL CARGO PÚBLICO


2. Desempeño del cargo público

Debo

1. Cumplir responsablemente mis labores cotidianas, así como coadyuvar en la obtención de las metas y objetivos de mi área y, por ende, contribuir al logro de la misión y visión de SEDECO.

2. Mantener un ambiente de respeto y colaboración en donde la actitud de servicio sea la constante.

3. Cumplir con los horarios establecidos, asistiendo puntualmente a mis jornadas laborales, reuniones, eventos y demás compromisos institucionales.

4. Ser ejemplo de colaboración y de unidad fomentando el trabajo en equipo, tratando con respeto y sin hacer distinciones entre mis colaboradores.

5. Fomentar el incremento de la productividad de mi área de adscripción, desarrollando los procesos que contribuyan a fortalecer la eficiencia y la imagen institucional de SEDECO.

6. Establecer los controles internos necesarios para atender en tiempo y forma, los asuntos de mi competencia.

No debo

1. Realizar al interior de la Secretaría de Desarrollo Económico, compra o venta de cualquier tipo de mercancía, ni participar o propiciar tandas, rifas y sorteos que me distraigan de las labores encomendadas.

2. Presentarme a mis labores bajo los efectos del alcohol o cualquier otra sustancia indebida no permitida. No fumar dentro de las instalaciones de SEDECO.

3. Checar los controles de asistencia de mis compañeros(as) de trabajo, ni sus tarjetas de asistencia.




3. RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS, IGUALDAD, NO DISCRIMINACIÓN Y EQUIDAD DE GÉNERO


3. Respeto a los derechos humanos, igualdad, no discriminación y equidad de género.

Debo

1. Actuar en estricto apego al respeto de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de sus garantías.

2. Incluir acciones afirmativas que favorezcan el respeto de los derechos humanos, la equidad entre mujeres y hombres en las políticas y acciones relacionadas con las atribuciones de mi área de trabajo, además de asumir la igualdad de trato y de oportunidades e impulsar el trabajo en equipo.

3. Usar lenguaje incluyente en cualquier forma de expresión para comunicarme con las y los demás al exterior y al interior de la Secretaría de Desarrollo Económico.

4. Fomentar el acceso a oportunidades de desarrollo sin discriminación de género.

No Debo

1. Generar beneficios por cuestiones de género.

2. Discriminar por razones de género, grupo étnico, religión, creencias, color, enfermedad, nacionalidad, edad, orientación sexual, estado civil, estructura familiar, discapacidad, condición social, ideologías políticas o cualquier otra característica que diferencie a una persona de otra y que, con ello, atente contra la dignidad humana.

3. Utilizar lenguaje sexista que fomente estereotipos o prejuicios que favorezcan las desigualdades entre mujeres y hombres.

4. Ejercer algún tipo de violencia laboral hacia mis compañeros de trabajo, aludiendo a su género o a alguna otra característica inherente a su persona como las que de forma enunciativa más no limitativa se nominan en el punto que antecede al presente Código de Conducta.

5. Condicionar los derechos y/o las prestaciones con las que cuenta la institución para el personal de la Secretaría de Desarrollo Económico.

6. Realizar cualquier manifestación u acto que acose y hostigue sexual o laboralmente a mis compañeras o compañeros de trabajo.




4. USO Y CUIDADO DE LOS RECURSOS


4. Uso y cuidado de los recursos

Debo

1. Aprovechar al máximo mi jornada laboral para cumplir con mis funciones.

2. Utilizar óptimamente todo tipo de recursos que me hayan sido asignados evitando abusos y desperdicio en su uso.

3. Emplear de manera honrada, responsable y para uso exclusivo de cuestiones laborales los recursos referentes a la Secretaría de Desarrollo Económico como el teléfono, internet, celulares, sistemas o programas informáticos y correo electrónico, así como otro tipo de recursos como copias, papel, materiales de escritorio, papelería, agua, luz, parque vehicular, y otros, utilizando cuando proceda, papel reciclado para imprimir (en la menor medida de lo posible) o fotocopiar documentación interna.

4. Conservar en buen estado el equipo, parque vehicular, muebles e instalaciones, tomando en cuenta que no me pertenecen, si no a la SEDECO; así como denunciar cualquier acto de vandalismo o uso inadecuado y abusivo de los mismos.

5. Aprovechar el uso del correo electrónico institucional en lugar de medios impresos.

6. Optimizar el uso de los recursos financieros para fines específicos de la Secretaría de Desarrollo Económico, evitando autorizar su uso en beneficio propio.

No debo

1. Hacer mal uso, compartir o sustraer de las oficinas los bienes que se me proporcionan para el desempeño de mis tareas, salvo que sean requeridos para mis funciones previa autorización del jefe superior inmediato.

2. Utilizar los recursos e instalaciones de la Secretaría de Desarrollo Económico, en beneficio propio o a favor de un partido político, asociación civil, persona física, moral.



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