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ENCABEZADO


ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO I/2023, DE LA PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE MODIFICAN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DIVERSAS ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA Y LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA.

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 24 DE ABRIL DE 2024.

Acuerdo publicado en el Número 2 del Diario Oficial de la Federación, el jueves 2 de febrero de 2023.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Dirección General de Asuntos Jurídicos.

ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO I/2023, DE LA PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE MODIFICAN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DIVERSAS ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA Y LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA.




CONSIDERANDO


CONSIDERANDO

PRIMERO. Con fundamento en los artículos 100, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 14, fracciones I, V y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, corresponde a la Presidenta de este Alto Tribunal su administración, dictar las medidas necesarias para el buen servicio en sus oficinas, y expedir los acuerdos generales que en materia de administración se requieran.

SEGUNDO. El seis de mayo de dos mil veintidós se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece la estructura, organización y atribuciones de los órganos y áreas de este Alto Tribunal, entre ellos, la Secretaría General de la Presidencia y la Coordinación General de Asesores de la Presidencia.

TERCERO. Con el propósito de mejorar los procesos administrativos, la distribución de atribuciones y los tramos internos de control, resulta conveniente modificar las áreas adscritas a la Secretaría General de la Presidencia y a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia.

CUARTO. En este sentido, se adscribe la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia y, por otro lado, pasan a formar parte de la estructura orgánica de la Secretaría General de la Presidencia, la Dirección General de Derechos Humanos, la Dirección General de Relaciones Institucionales, el Centro de Estudios Constitucionales y la Unidad General de Igualdad de Género.

QUINTO. Tales cambios en la organización de la Suprema Corte de Justicia de la Nación permitirán que, en general, las atribuciones de los órganos y áreas de la estructura de este Máximo Tribunal se ejerzan de forma más oportuna y eficaz en apoyo a las funciones de la Ministra Presidenta.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones jurídicas señaladas, se expide el siguiente:


ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN




PRIMERO


PRIMERO. La Secretaría General de la Presidencia tendrá las atribuciones previstas en los artículos 9o., fracciones I, II, III, IV, V, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI, y 20, fracciones VIII, IX, X, XI y XII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (ROMA).

Para el ejercicio de sus atribuciones contará con las áreas siguientes:

I. La Dirección General de Asuntos Jurídicos, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 10 del ROMA;

II. La Dirección General de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, que ejercerá sus atribuciones conforme a lo previsto en el artículo 11 del ROMA;

III. El Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes, que ejercerá sus atribuciones conforme a lo previsto en el artículo 12 del ROMA;

IV. La Unidad General de Enlace con los Poderes Federales, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 13 del ROMA;

V. La Dirección General de Servicios Médicos, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 15 del ROMA;

VI. (DEROGADA POR EL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO I/2024, DE LA PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, D.O.F. 24 DE ABRIL DE 2024)

VII. La Dirección General de Justicia TV Canal del Poder Judicial de la Federación, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 17 del ROMA;

VIII. La Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 18 del ROMA;

IX. (DEROGADA POR EL ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO I/2024, DE LA PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, D.O.F. 24 DE ABRIL DE 2024)

X. La Dirección General de Derechos Humanos, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 21 del ROMA;

XI. La Dirección General de Relaciones Institucionales, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 22 del ROMA;

XII. El Centro de Estudios Constitucionales, que ejercerá sus atribuciones conforme a lo previsto en el artículo 23 del ROMA, y

XIII. La Unidad General de Igualdad de Género, que ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 24 del ROMA.




SEGUNDO


SEGUNDO. La Coordinación General de Asesores de la Presidencia tendrá las atribuciones previstas en los artículos 9o., fracciones VI y VII, y 20, fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII del ROMA, y para el ejercicio de sus atribuciones y suplencias por ausencia contará con la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, la cual ejercerá las atribuciones previstas en el artículo 14 del ROMA.




TERCERO


TERCERO. Se faculta a la Secretaría General de la Presidencia para resolver los casos no previstos derivados de la instrumentación del presente Acuerdo General de Administración.




TRANSITORIOS


TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo General de Administración entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

SEGUNDO. Las referencias que se hagan en las disposiciones jurídicas aplicables a los órganos o áreas cuya adscripción se modifica, se entenderán hechas a aquellos a los que se atribuyen las funciones conforme al presente Acuerdo General de Administración.

TERCERO. En su caso, deberán formalizarse la entrega de recursos, información y documentación, derivado de la modificación de la organización los órganos o áreas, así como participar en los actos de entrega y recepción con motivo de la entrada en vigor del presente Acuerdo General de Administración, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

CUARTO. Publíquese el presente Acuerdo General de Administración en el Diario Oficial de la Federación, el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en medios electrónicos de consulta pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de los artículos 70, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 71, fracción VI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.




PARTE FINAL DEL ACUERDO


Así lo acordó y firma la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el veintiséis de enero de dos mil veintitrés, ante el Director General de Asuntos Jurídicos que da fe.

Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández.- Rúbrica.- Director General de Asuntos Jurídicos, Luis Fernando Corona Horta.- Rúbrica.




CERTIFICACIÓN


EN LA CIUDAD DE MÉXICO A VEINTISIETE DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, EL MAESTRO LUIS FERNANDO CORONA HORTA, DIRECTOR GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 10, FRACCIÓN XIII, DEL REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.- CERTIFICA: Que la presente copia constante de ocho fojas útiles concuerda fiel y exactamente con el ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO I/2023, DE LA PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, POR EL QUE SE MODIFICAN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DIVERSAS ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA Y LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORES DE LA PRESIDENCIA, mismo que obra en los archivos de la Dirección General a mi cargo.- Rúbrica.




D.O.F. 24 DE ABRIL DE 2024


[N. DE E. A CONTINUACIÓN SE TRANSCRIBEN LOS ARTÍCULOS TRANSITORIOS DE LOS DECRETOS DE REFORMAS AL PRESENTE ORDENAMIENTO.]

D.O.F. 24 DE ABRIL DE 2024.

[N. DE E. TRANSITORIOS DEL "ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN NÚMERO I/2024, DE LA PRESIDENTA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE QUINCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA DENOMINACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL, SE LE TRASLADAN ALGUNAS QUE ORIGINALMENTE CORRESPONDEN A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL, Y SE ADICIONAN ATRIBUCIONES A LA DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN".]

PRIMERO. El presente Acuerdo General de Administración entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.

SEGUNDO. Se derogan las fracciones VI y IX, del segundo párrafo del numeral Primero del Acuerdo General de Administración número I/2023, de la Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, por el que se modifican la estructura orgánica y diversas atribuciones de la Secretaría General de la Presidencia y la Coordinación General de Asesores de la Presidencia. Asimismo, se derogan las disposiciones jurídicas que se opongan al presente Acuerdo General de Administración.

TERCERO. Con motivo de la entrada en vigor del presente Acuerdo General de Administración y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, deberá formalizarse la entrega y recepción a la Dirección General de Tecnologías de la Información y a la Dirección General de Participación Social de los recursos humanos, materiales y financieros, información y documentación que correspondan; entre ellas, así como entre esta última y la Dirección General de Comunicación Social.

CUARTO. La Oficialía Mayor, en coordinación con los órganos y áreas competentes, realizará las acciones necesarias para adecuar las estructuras orgánicas conforme al presente Acuerdo General de Administración, en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor de este instrumento.

QUINTO. Las referencias que se hagan en las disposiciones jurídicas aplicables a la Unidad General de Administración del Conocimiento Jurídico y a la Dirección General de Comunicación Social, se entenderán hechas al área a la que se le asignan las atribuciones conforme al presente Acuerdo General de Administración.

SEXTO. Una vez que las disposiciones del presente Acuerdo General de Administración hayan entrado en vigor, intégrense las anotaciones respectivas al Acuerdo General de Administración número I/2023, de la Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés, por el que se modifican la estructura orgánica y diversas atribuciones de la Secretaría General de la Presidencia y la Coordinación General de Asesores de la Presidencia.

SÉPTIMO. Publíquese el presente Acuerdo General de Administración en el Diario Oficial de la Federación, el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en medios electrónicos de consulta pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de los artículos 70, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 71, fracción VI, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.



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