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ENCABEZADO
[N. DE E. PARA CONSULTAR LAS MODIFICACIONES PUBLICADAS EN EL D.O.F. DE 15 DE JULIO DE 2019, SE RECOMIENDA ACUDIR AL FINAL DEL PRESENTE ORDENAMIENTO.]



INE/JGE138/2017. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA EL MANUAL DE NORMAS ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE RECURSOS FINANCIEROS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 15 DE JULIO DE 2019.

Acuerdo publicado en la Primera Sección del Diario Oficial de la Federación, el viernes 13 de octubre de 2017.

INE/JGE138/2017. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE APRUEBA EL MANUAL DE NORMAS ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE RECURSOS FINANCIEROS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL.

ANTECEDENTES

[…]

CONSIDERANDO

[...]

2. Que la elaboración del Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del INE, consideró los siguientes criterios y principios que fueron base en el desarrollo de las nuevas propuestas: a. Alineación normativa y conceptual con los preceptos establecidos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; b. Agilizar la operación de los procedimientos de recursos financieros para atender con oportunidad las necesidades de las unidades administrativas; c. Simplificación de trámites y requisitos en la gestión de las solicitudes de las unidades administrativas; d. Brindar certeza y transparencia en la operación; e. Eficientar la aplicación de los recursos vinculados con la administración y ejecución de los procedimientos institucionales.


ACUERDO




PRIMERO


PRIMERO.- Se aprueba el Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del Instituto Nacional Electoral, el cual se anexa al presente Acuerdo y forma parte integrante del mismo.




SEGUNDO


SEGUNDO.- El presente Manual entrará en vigor a los 30 días naturales siguientes a su aprobación. Una vez que entre en vigor, se abroga el Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros del IFE, aprobado mediante Acuerdo JGE89/2013, de fecha 24 de junio de 2013, así como su modificación aprobada mediante el Acuerdo JGE01/2015, de fecha 22 de enero de 2015.




TERCERO


TERCERO.- Los procedimientos y asuntos que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigor del presente Manual, continuarán hasta su conclusión en los términos y las disposiciones establecidas en el momento de su inicio.




CUARTO


CUARTO.- La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Administración, en un plazo no mayor a 60 días hábiles a partir de la aprobación del presente Manual, deberán emitir la actualización del Título Séptimo “Gastos de Campo”, en el ámbito de sus respectivas competencias.




QUINTO


QUINTO.- Las disposiciones contenidas en el Manual a que se refiere el Punto de Acuerdo Primero, son de observancia general y carácter obligatorio para las Unidades Responsables del Instituto Nacional Electoral.




SEXTO


SEXTO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que haga del conocimiento de todas las Unidades Responsables del Instituto Nacional Electoral el presente Acuerdo.




SÉPTIMO


SÉPTIMO.- La interpretación para efectos administrativos del presente Acuerdo y Manual, así como la resolución de lo no previsto en el mismo, corresponderá a la Dirección Ejecutiva de Administración.




OCTAVO


OCTAVO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, la Gaceta Electoral, en la Norma INE y en la página web del Instituto Nacional Electoral.




PARTE FINAL DEL ACUERDO


El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria de la JGE celebrada el 18 de julio de 2017, por votación unánime de los Directores Ejecutivos de Organización Electoral, Prof. Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Dr. José Rafael Martínez Puón; de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Mtro. Roberto Heycher Cardiel Soto; de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, C.P. Eduardo Gurza Curiel y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Mtro. Miguel Ángel Patiño Arroyo; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la JGE, Lic. Edmundo Jacobo Molina, no estando presentes durante la votación el Director del Registro Federal de Electores, Ing. René Miranda Jaimes, el Director de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, Mtro. Carlos Alberto Ferrer Silva y el Consejero Presidente y Presidente de la JGE, Dr. Lorenzo Córdova Vianello; asimismo no estando presentes durante el desarrollo de la sesión los Directores Ejecutivos de Prerrogativas y Partidos Políticos, Mtro. Patricio Ballados Villagómez y de Administración, Lic. Bogart Cristóbal Montiel Reyna.

El Consejero Presidente del Consejo General y Presidente de la JGE del INE, Dr. Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo y Secretario de la JGE del INE, Lic. Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.

El Acuerdo completo y su Anexo pueden ser consultados en las siguientes direcciones electrónicas:

Acuerdo: http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/93422/JGEex201707-18-ap-3-1.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Manual: http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/93422/JGEex201707-18-ap-3-1-a1.pdf?sequence=2&isAllowed=y

Ciudad de México, a 6 de octubre de 2017.- El Director Ejecutivo de Administración, Bogart Montiel Reyna.- Rúbrica.


> Ver documento anexo.-1

>
Ver documento anexo.-2



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