Sistema de Consulta de Ordenamientos





Anterior
[1]
2
Siguiente
Página 1 de 2 [13 Registros en total]


ENCABEZADO


ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RELATIVO A LAS SOLICITUDES DE SUSTITUCIÓN DE CANDIDATURAS A SENADURÍAS Y DIPUTACIONES POR AMBOS PRINCIPIOS, PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y COALICIONES

TEXTO ORIGINAL.

Acuerdo publicado en la Segunda Sección del Diario Oficial de la Federación, el jueves 17 de mayo de 2018.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG433/2018.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RELATIVO A LAS SOLICITUDES DE SUSTITUCIÓN DE CANDIDATURAS A SENADURÍAS Y DIPUTACIONES POR AMBOS PRINCIPIOS, PRESENTADAS POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES Y COALICIONES

ANTECEDENTES

[…]

CONSIDERANDO

[...]

En razón de los considerandos expresados y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, párrafo segundo, bases I y V, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, párrafo 5; 23, párrafo 1, inciso e); y 85, párrafo 2; de la Ley General de Partidos Políticos; 30, párrafo 2; 44, párrafo 1, inciso j); 232, párrafos 1, 2 y 3; 238, párrafos 1, 2 y 3; 240, párrafo 1 y 267, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; así como en acatamiento a la sentencia dictada en el expediente SUP-JDC-229/2018, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 44, párrafo 1, inciso t); del citado ordenamiento legal, emite el siguiente:


ACUERDO




PRIMERO


PRIMERO.- Se dejan sin efecto las constancias de registro de las candidaturas referidas en los Considerandos 3 al 15 y 17 del presente Acuerdo.




SEGUNDO


SEGUNDO.- Se registran las candidaturas a Senadurías por el principio de mayoría relativa presentadas por el Partido Verde Ecologista de México, Morena y la Coalición Por México al Frente conforme a lo siguiente:

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

Entidad: Ciudad de México

No. de Lista  Propietaria
1   Carmen Leticia Calderón León

MORENA

Entidad: Hidalgo

No. de Lista  Suplente
2   Navor Alberto Rojas Mancera

POR MÉXICO AL FRENTE

Entidad: Guanajuato

No. de Lista  Suplente
2   Juan Antonio Negrete Martínez

Entidad: Michoacán

No. de Lista  Suplente
1   Marco Trejo Pureco




ARTÍCULO 3


TERCERO.- Se registra la candidatura a Senaduría por el principio de representación proporcional presentadas por el Partido Verde Ecologista de México, conforme a lo siguiente:

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

No. de Lista  Suplente
31   Gabriela Ramírez Martínez




CUARTO


CUARTO.- Se registran las candidaturas a Diputaciones por el principio de mayoría relativa presentadas por los Partidos del Trabajo, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, así como por las Coaliciones Por México al Frente y Juntos Haremos Historia, conforme a lo siguiente:

PARTIDO DEL TRABAJO

Entidad: Hidalgo

Distrito Propietario    Suplente
01  Fortunato González Islas  Crescenciano Hernández Espinosa
  "Coma Nato"

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

Entidad: Ciudad de México

Distrito Propietario    Suplente
12  Iván Josué Romo Valdovinos Francisco Israel Hernández Vega

Entidad: Jalisco

Distrito Suplente
05  Eden Martha Aguirre Lamkin

NUEVA ALIANZA

Entidad: Puebla

Distrito Propietaria
14  Antonia Lourdes Nieto López

Entidad: Veracruz

Distrito Propietario    Suplente
09 Néstor Octavio Nájera García Fernando Tlaxcalteco González

POR MÉXICO AL FRENTE

Entidad: México

Distrito Suplente
19  Martín Gutiérrez Luna

Entidad: Michoacán

Distrito Suplente
11  Marco Antonio Bastida Bastida

Entidad: Puebla

Distrito Suplente
04  Apolinar Vega Montalvo
12  María Rebeca Alcaide Cruz

JUNTOS HAREMOS HISTORIA

Entidad: Baja California

Distrito Propietario Suplente
08  Héctor René Cruz Aparicio Alfredo Rivas Aispuro

Entidad: Oaxaca

Distrito Suplente
06  Virginia Merino García

Entidad: Puebla

Distrito Suplente
01  José Francisco Esquitín Alonso
10  Esperanza Estela Chilaca Muñoz

Entidad: Sonora

Distrito Propietario     Suplente
01  Manuel de Jesús  Abraham David Mier Nogales
  Baldenebro Arredondo

Entidad: Tamaulipas

Distrito Propietaria   Suplente
08 Olga Patricia Sosa Ruiz  Alba Silvia García Paredes

Entidad: Zacatecas

Distrito Suplente
04  Rumaldo Ortiz Herrera




QUINTO


QUINTO.- Se registran las candidaturas a Diputaciones por el principio de representación proporcional presentadas por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, del Trabajo y Movimiento Ciudadano conforme a lo siguiente:

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Circunscripción No. de Lista  Suplente
Cuarta  06   Imelda Noemí González Barreras

PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

Circunscripción No. de Lista  Propietaria
Quinta   08   Hermila Guizar López

PARTIDO DEL TRABAJO

Circunscripción No. de Propietario  Suplente
   Lista

Segunda  07 Arturo Villegas Carrillo Arturo Villegas Ávila

MOVIMIENTO CIUDADANO

Circunscripción No. de Lista  Suplente
Tercera   05  María Fernanda Altamirano Orantes




SEXTO


SEXTO.- Se deja sin efectos el registro de la ciudadana María Teresa Orozco Escobedo, como candidata propietaria a diputada por el principio de representación proporcional, en el número 34 de la lista correspondiente a la cuarta circunscripción electoral plurinominal, postulada por Encuentro Social.




SÉPTIMO


SÉPTIMO.- Se registra a la ciudadana Norma Angélica García Torres como como (sic) candidata propietaria a diputada por el principio de representación proporcional, en el número 34 de la lista correspondiente a la cuarta circunscripción electoral plurinominal, postulada por Encuentro Social.




OCTAVO


OCTAVO.- Expídanse las constancias de registro de las fórmulas de candidaturas referidas en los Puntos Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Séptimo que anteceden.




NOVENO


NOVENO.- Infórmese a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la aprobación del presente Acuerdo, sobre el cumplimiento dado a la sentencia dictada en el expediente SUP-JDC-229/2018.



Anterior
[1]
2
Siguiente
Página 1 de 2 [13 Registros en total]


Estimado usuario:

La edición de los ordenamientos jurídicos del ámbito federal en medios electrónicos representa una versión oficial, con base en lo dispuesto por los artículos 2°, 5°, 6° fracción IV, y 8° de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

La edición de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en medios electrónicos no representa una versión oficial, con fundamento en el artículo 3° del Código Civil para el Distrito Federal.

Cuando en algún párrafo aparezca la leyenda “N. DE E.” significa Nota de Editor y consiste en la nota, aclaración o acotación de la persona que compiló la reforma, al advertir la falta de precisión en el decreto de promulgación o modificación.

En caso de que algunas fechas de publicación o modificaciones a este ordenamiento aún no incluyan la imagen digitalizada de su periódico oficial o texto sistematizado en Word, se hace de su conocimiento que éstas se encuentran en proceso de ingreso u obtención. Para confirmar los datos o conocer su seguimiento o actualización, favor de comunicarse al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 1623 o 2113.

Para todo comentario o sugerencia adicionales en relación con la información que aquí se muestra, agradeceremos los haga llegar a las cuentas de correo electrónico cdaacl@mail.scjn.gob.mx y sjuridico@mail.scjn.gob.mx; o bien, se comunique al teléfono (55) 4113-1000 extensiones 4109 o 1262.

Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes / cdaacl@mail.scjn.gob.mx / (55) 4113-1100 extensiones 4109 o 1262.

Procesando...