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ENCABEZADO


REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

TEXTO ORIGINAL.
[N. DE E. CONTIENE LA FE DE ERRATAS PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL 23 DE ENERO DE 2018.]

Reglamento publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el jueves 21 de diciembre de 2017.

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(F. DE E., G.O. 23 DE ENERO DE 2018)
LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN, Secretaria General de Acuerdos (I), con fundamento en los artículos 14 fracción III de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y 17 fracción IX y 62 fracciones I y XXVIII del Reglamento Interior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal de conformidad con lo dispuesto por el artículo cuarto transitorio último párrafo de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, emitió lo siguiente:

En cumplimiento al Acuerdo tomado por el Pleno General de la Sala Superior en sesión plenaria de fecha veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, se procede a la publicación del:


REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO




CAPÍTULO I


CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES




ARTÍCULO 1


Artículo 1.- El objeto de este Reglamento es regular la organización y el funcionamiento del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, así como las atribuciones de sus órganos y unidades administrativas que faciliten la aplicación de la Ley Orgánica y (sic) Ley de Justicia Administrativa ambas del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y de otros ordenamientos legales y administrativos aplicables a este Órgano Jurisdiccional.




ARTÍCULO 2


Artículo 2.- Las disposiciones de este Reglamento son de observancia general para los servidores públicos del Tribunal; corresponde al Pleno General, al Pleno Jurisdiccional, a la Sección Especializada, a su Presidente, a la Junta de Gobierno y Administración y a las Salas Ordinarias, cuidar su debido cumplimiento, en el ámbito de sus respectivas competencias.




ARTÍCULO 3


Artículo 3.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

I. Estatuto: El Estatuto del Servicio Civil de Carrera Jurisdiccional del Tribunal;

II. Junta: La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal;

III. Ley Orgánica: La Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México;

IV. Ley de Justicia: Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México,

V. Ley de Transparencia: La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;

VI. Órganos de Gobierno: La Sala Superior funcionando en Pleno General, la Junta y el Presidente;

VII. Presidente: El Presidente del Tribunal, del Pleno General, del Pleno Jurisdiccional y de la Junta;

VIII. Reglamento: El presente Reglamento Interior;

IX. Salas Ordinarias: Las diez salas reconocidas en el artículo 26 de la Ley Orgánica, integradas cada una con tres Magistrados, de las cuales cinco tendrán el carácter jurisdiccional y cinco especializadas en materia de responsabilidades administrativas;

X. Sala Superior: El Órgano Colegiado integrado por doce Magistrados; de los cuales nueve ejercerán funciones jurisdiccionales, uno de los cuales Presidirá el Tribunal, tres atenderán asuntos en materia de responsabilidades de servidores públicos; y funcionará en Pleno General, en Pleno Jurisdiccional y en un (sic) Sección Especializada;

XI. Tribunal: Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México;

XII. Instituto: El Instituto de Especialización en Justicia Administrativa de la Ciudad de México;

XIII. Dirección General: Dirección General de Administración; y

XIV. Sistema: El Sistema Digital de Juicios del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (SIDIJ).




ARTÍCULO 4


Artículo 4.- Los servidores públicos del Tribunal ajustarán su actividad jurisdiccional y administrativa a la Ley Orgánica, a la Ley de Justicia, a este Reglamento, al Estatuto, a los Manuales Administrativos, al Código de Ética, a la Carta de Derechos y Obligaciones de los Usuarios de la Justicia Administrativa de la Ciudad de México, al Código de Ética del Tribunal, a la Ley del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México, así como a los Acuerdos del Pleno General y de la Junta, a las Condiciones Generales de Trabajo y demás disposiciones jurídicas aplicables.




ARTÍCULO 5


Artículo 5.- Corresponde a la Sala Superior, funcionando en Pleno General, interpretar las disposiciones del presente Reglamento.




ARTÍCULO 6


Artículo 6.- El horario de labores de los servidores públicos del Tribunal, será de las nueve a las dieciséis horas. Tratándose del personal de confianza, además de cumplir con el horario precitado, su jornada atenderá a las cargas de trabajo.

La Junta, considerando las funciones de los empleados, podrá establecer un horario de labores diferente.




ARTÍCULO 7


Artículo 7.- Estarán facultados para presentar propuestas que reformen, adicionen o deroguen disposiciones de este Reglamento:

I. El Presidente; y

II. Los Magistrados.




ARTÍCULO 8


Artículo 8.- Las propuestas para adicionar, reformar o derogar disposiciones del Reglamento se ajustarán al procedimiento siguiente:

I. Toda propuesta deberá presentarse ante la Junta;

II. La Junta elaborará el dictamen correspondiente, para lo cual podrá solicitar la opinión de los titulares de las áreas que correspondan, quienes remitirán por escrito su opinión a la Junta en un plazo no mayor a treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que hayan recibido la solicitud respectiva;

III. En caso de que el dictamen emitido por la Junta sea en sentido positivo, se remitirá al Presidente, a fin de que sea sometido a la consideración de la Sala Superior para su discusión en Pleno General, y en su caso, aprobación.

IV. La Junta notificará al proponente el sentido del dictamen emitido; y

V. En caso de aprobarse las reformas, adiciones o derogaciones, la Sala Superior ordenará su publicación en la Gaceta Oficial dela (sic) Ciudad de México.



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