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ENCABEZADO
[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL PUNTO TERCERO DEL ACUERDO DEL INE/JGE130/2020 Y ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LOS LINEAMIENTOS PARA REGULAR EL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN DE CONFLICTOS LABORALES, EL LABORAL SANCIONADOR Y EL RECURSO DE INCONFORMIDAD, PUBLICADOS EN EL D.O.F. DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020, EL PRESENTE ORDENAMIENTO QUEDA ABROGADO UNA VEZ QUE ENTREN EN VIGOR LOS CITADOS LINEAMIENTOS, ESTOS ÚLTIMOS EN LOS TÉRMINOS DEL PUNTO SEGUNDO DEL ACUERDO INE/JGE130/2020 Y ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DE DICHOS LINEAMIENTOS.]



ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO LABORAL DISCIPLINARIO Y A SU RECURSO DE INCONFORMIDAD, PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN: 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020 (ABROGADO).

Acuerdo publicado en la Primera Sección del Diario Oficial de la Federación, el martes 23 de mayo de 2017.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Junta General Ejecutiva.- INE/JGE157/2016.

ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO LABORAL DISCIPLINARIO Y A SU RECURSO DE INCONFORMIDAD, PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO.

ANTECEDENTE

[…]

CONSIDERANDO

[...]

En virtud de los considerandos anteriores, y con fundamento en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, Apartados A, párrafos primero y segundo, y D, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 29, numeral 1; 30, numerales 2 y 3; 34, numeral 1; 35, numeral 1; 42, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 1, fracciones I y III; 10, fracción I; 11, fracción III; 13, fracción II y 400 al 464 del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:


ACUERDO




PRIMERO


Primero. Se aprueban los Lineamientos aplicables al procedimiento laboral disciplinario y a su recurso de inconformidad, para el Personal del Instituto.




SEGUNDO


Segundo. Se abrogan los Lineamientos aplicables al procedimiento disciplinario y al recurso de inconformidad para el personal del Servicio Profesional Electoral.




TERCERO


Tercero. Los asuntos que estén en curso a la entrada en vigor de los presentes Lineamientos, se desahogarán conforme a las disposiciones citadas en el punto anterior.




CUARTO


Cuarto. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta del Instituto Nacional Electoral.




QUINTO


Quinto. Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.




PARTE FINAL DEL ACUERDO


El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria de la Junta General Ejecutiva celebrada el 29 de junio de 2016, por votación unánime de los Directores Ejecutivos de Prerrogativas y Partidos Políticos, Maestro Patricio Ballados Villagómez; de Organización Electoral, Profesor Miguel Ángel Solís Rivas; del Servicio Profesional Electoral Nacional, Doctor José Rafael Martínez Puón; de Administración, Licenciado Bogart Cristóbal Montiel Reyna; de los Directores de las Unidades Técnicas de Fiscalización, Contador Público Eduardo Gurza Curiel; de lo Contencioso Electoral, Maestro Carlos Alberto Ferrer Silva y de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, Licenciado Miguel Ángel Patiño Arroyo; del Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva, Licenciado Edmundo Jacobo Molina y del Consejero Presidente y Presidente de la Junta General Ejecutiva, Doctor Lorenzo Córdova Vianello, no estando presentes durante el desarrollo de la sesión los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, Ingeniero René Miranda Jaimes y de Capacitación Electoral y Educación Cívica, Maestro Roberto Heycher Cardiel Soto.

El Consejero Presidente del Consejo General y Presidente de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario Ejecutivo y Secretario de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.




LINEAMIENTOS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO LABORAL


Lineamientos aplicables al procedimiento laboral disciplinario y a su recurso de inconformidad, para el Personal del Instituto.




TÍTULO PRIMERO


Título Primero

Del procedimiento laboral disciplinario




CAPÍTULO PRIMERO


Capítulo Primero

Disposiciones Generales



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